viernes, 20 de agosto de 2021

La hipótesis de la Comunión a los divorciados vueltos a casar en Amoris laetitia. Todo claro, pero todavía hay quienes no lo ven

La exhortación apostólica postsinodal Amoris laetitia, sobre el amor en la familia, se refiere, naturalmente, a mucho más que a las cuestiones morales relativas a los llamados divorciados vueltos a casar y, por supuesto, a muchísimo más que al tema de la imposibilidad de la Comunión eucarística para ellos. Sin embargo, esta última es la cuestión a la que parecen reducirse todos los debates sobre este documento pontificio del 2016. Como ya lo he expresado en muchas ocasiones, sobre la cuestión polemizada todo está suficientemente claro para quienes quieran verlo, aunque hay todavía muchos que no lo ven, o no lo quieran ver.

----------He publicado ya en este blog unas cuantas notas acerca del modo como los católicos debemos interpretar la exhortación postsinodal Amoris laetitia, sobre el amor en la familia, del 19 de marzo de 2016, y no ha faltado entre los mensajes que me llegan, el comentario de aquel que piensa que esta abundancia de notas es prueba de la dificultad de interpretar el contenido doctrinal y pastoral de este documento del papa Francisco. Sin embargo no es así, pues la interpretación de los puntos más debatidos es muy simple, y no hago más que repetirme en las explicaciones, aunque esforzándome por comprender el punto de vista y las particulares dificultades de cada uno de los objetantes. El problema está en que no faltan los que ven oscuro lo que es claro, pues parten o bien de sus posturas personales adversas al Pontífice actual, o de prejuicios ideológicos acerca de las enseñanzas del Papa, o bien, y esto es peor aún, de posturas heréticas, en clave rupturista respecto del magisterio anterior, especialmente de la exhortación Familiaris consortio del papa san Juan Pablo II, lo cual es argumentado tanto por los modernistas, como por los lefebvrianos.
----------Mi dedicación a este tema se debe a la preocupación que reflejan los mensajes de los lectores, la cual está claramente en función de la interpretación modernista que se ha hecho del documento pontificio, en sintonía con la interpretación modernista que se ha venido haciendo en estas cinco últimas décadas con los documentos del Concilio Vaticano II y con el magisterio de los Pontífices del postconcilio.
----------Sobre este tema, han sido pocos los mensajes de lectores que he podido dar a conocer en el blog, porque la mayoría son impublicables, pues cuando no vienen acompañados de denuestos hacia el papa Francisco, vienen cargados de insultos hacia el autor de este blog. Pero que los mensajes no puedan publicarse no significa que no me haya preocupado por comprender las dificultades de sus autores; de modo que, desbrozando el grano de la paja, he podido aquí hacer un primer elenco de preguntas y objeciones que trataré de responder en conjunto, una vez más, aunque me repita en muchas de mis respuestas.
----------Un mensaje dejado la pasada semana en el foro, terminaba de modo injurioso hacia el Santo Padre, añadiendo una referencia al tema que nos ocupa ahora: "Fray Filemón de la Trinidad aún no se ha retractado de su apoyo a la Comunión para quienes viven en estado permanente de adulterio, lo que hace que el resto de su pensamiento se derrumbe". Esta acusación, naturalmente, es falsa, pero ella me permite volver a recordar de modo resumido mi postura, lo que nos ayuda a plantear de modo general la cuestión.
----------Debe estar seguro el autor de tal mensaje, y quienes piensen como él, que, en lo que a mi respecta, de ninguna manera he apoyado la Comunión para quien vive en estado de permanente adulterio. He expresado en este blog claramente y repetidas veces mis pensamientos sobre tal cuestión. De todos modos, resumiré ahora brevemente lo que he dicho. Sustancialmente afirmo tres cosas:
----------1. El Romano Pontífice, en virtud del poder de las llaves (potestas clavium), tiene de parte de Nuestro Señor Jesucristo la facultad de disciplinar, en el curso del tiempo, la administración del sacramento de la Eucaristía según su prudente discreción, y, por lo tanto, puede instituir, conservar o modificar, de acuerdo a las circunstancias. Ahora bien, el permiso o no permiso de hacer la Comunión eucarística otorgado a ciertas personas está precisamente reglamentado por el Papa en virtud de ese poder de las llaves. Por ello, por motivos razonables, el Papa puede conceder el permiso a una categoría de fieles a los cuales, hasta ese momento, les era denegado. Precisamente este podría ser el caso de los divorciados vueltos a casar.
----------2. En la exhortación Amoris laetitia, el papa Francisco, presuponiendo de todos modos que el adulterio voluntario es pecado mortal y que en consecuencia la pareja vive en un estado irregular, sin embargo hace notar que no por esto ella se encuentra siempre en estado de pecado o culpa mortal, privada de la gracia. Sino que, suponiendo que la pareja, por razonables motivos, no pueda interrumpir su relación, si cada vez que peca, se arrepiente, es perdonada por Dios incluso sin el sacramento de la penitencia, por lo cual recupera la gracia perdida y, en principio, podría hacer la Comunión.
----------3. La nota 351 de la exhortación Amoris laetitia es el único punto en el cual el documento pontificio trata explícitamente de la Comunión para los divorciados vueltos a casar. Y lo notable es que aquí el Romano Pontífice no da un efectivo permiso de la Comunión, como erróneamente muchos han interpretado, sino que, en base a la facultad que le es concedida por el poder de las llaves, solo vislumbra la eventualidad de que él conceda tal permiso como resulta evidente a partir de dos hechos:
----------a) En primer lugar, el hecho de que el texto usa el condicional ("podría ser"). Pero es bien sabido que una ley o un permiso no se formula en modo condicional, sino en el indicativo o en el imperativo.
----------b) En segundo lugar, el hecho de que el texto cite "algunos casos", sin especificar cuáles. Ahora bien, una ley o un permiso, para estar en vigor, vale decir, para estar en vigencia, debe especificar los casos en los cuales precisamente está en vigor. De lo contrario, la ley resulta inaplicable.
----------También, la Carta que en su momento escribiera el Santo Padre a los Obispos argentinos de la región de Buenos Aires, sobre este punto, es una aprobación que concierne específicamente a la interpretación ("ustedes han interpretado bien") de lo que es hipotetizado por la nota 351, pero la hipótesis sigue siendo tal, es decir, una hipótesis; de modo que no se transforma en tesis, es decir, el permiso hipotético no deviene permiso de hecho. Siendo así las cosas, se mantiene en vigor la disposición del n. 84 de la exhortación Familiaris consortio del papa san Juan Pablo II, que prohíbe la Comunión a los divorciados vueltos a casar, mientras un nuevo Romano Pontífice, si lo estimara conveniente u oportuno, no cambie la normativa vigente.
----------Queda así resumidamente expuesta mi postura ante la cuestión debatida.
----------Dicho eso, paso ahora a referir a un interesante coloquio mantenido con otro lector, pero esta vez a través del correo electrónico. Mi interlocutor no sólo se refiere a la cuestión de la Comunión de los llamados divorciados vueltos a casar, sino también a otro tema sumamente candente: la cuestión de los homosexuales. Pues bien, respondo a su intervención dividiéndola en varias partes:
----------1°. Una primera cuestión planteada por mi interlocutor surge cuando él dice: "Si he entendido bien su comentario, para Ud. el problema de Amoris laetitia es que propone 'en el modo condicional' la Comunión para quien vive fuera de los dictados de Familiaris consortio n.84, y no que el dar la Comunión a quien contradice el Mandamiento Divino y las disposiciones de Familiaris consortio sea imposible".
----------Respondo. En la nota 351 el Santo Padre dice que en ciertos casos los divorciados vueltos a casar podrían hacer la Comunión. La Familiaris consortio en su n.84 dice que no pueden hacerla. Ya he dicho líneas arriba que, en cuanto a establecer quién puede hacer o no hacer la Comunión, un Papa reinante puede cambiar lo que había establecido el Papa anterior. Ahora bien, en aquella nota 351 el papa Francisco no dice: "se cambia", sino: "se podría cambiar". Por consiguiente, todavía se aplica lo que establece Familiaris consortio n.84. Si el papa Francisco quiere efectivamente cambiar, nos lo hará entender.
----------Ciertamente que es imposible dar la Sagrada Comunión eucarística a quien contradice el Mandamiento divino, es decir, a quien se encuentra en estado de pecado mortal, privado de la gracia divina santificante. Pero el Papa dice que puede suceder que los dos miembros de la pareja de divorciados vueltos a casar estén en gracia, por los motivos que he mencionado líneas arriba.
----------2°. Luego mi interlocutor se refiere a un conocido diálogo del Papa sobre los homosexuales, y aplica su respuesta a la presente temática de los divorciados vueltos a casar. Dice literalmente mi interlocutor: "Francisco dijo '¿Quién soy yo para juzgar?'. Por lo tanto, 'al sujeto' ni siquiera un Pontífice lo puede juzgar, sino sólo al objeto. ¿Cómo hace, entonces, el mismo Francisco, o quien sea por él, para afirmar saber si una persona que vive en adulterio está en gracia de Dios? ¿Quién es él para juzgar?".
----------Respondo. Cuando el Papa dijo aquella frase se refería al hecho de que es difícil saber si este o aquel tal está en gracia o no. Pero un Papa tiene toda la autoridad para recordarnos que, en principio, incluso quien se encuentra en un estado jurídicamente irregular puede, al menos a intervalos, estar en gracia.
----------3°. Luego dice mi interlocutor: "Si el próximo Papa, por el poder de las llaves, disciplinara la Comunión a las parejas gay, o incluso dispusiera para ellos un verdadero y propio matrimonio sacramental, ¿podría hacerlo? ¿Es un poder absoluto el suyo o subordinado?".
----------Respondo. El caso de las parejas homosexuales representa una unión irregular aún más alejada de la unión entre hombre y mujer querida por Dios y por la ley natural. Si ya la Comunión a los divorciados vueltos a casar es por ahora una simple hipótesis, es aún menos probable en el futuro el permiso de la Comunión a una pareja homosexual, aunque ocasionalmente puedan estar en gracia. Y si no es posible un matrimonio sacramento entre dos divorciados vueltos a casar, aún menos lo será para una pareja gay.
----------4°. Pregunta entonces mi interlocutor: "¿Adónde va a terminar la ley de la no contradicción a la que se refería el gran y preparadísimo cardenal Caffarra? cuando dijo: 'Si Familiaris consortio dice A y Amoris laetitia dice NO-A, NO-A es la negación, la contradicción de A, no su desarrollo'.
----------Respondo. Aquí la ley de la no contradicción no entra de ninguna manera, porque estamos en el campo de las decisiones pastorales o de gobierno eclesiástico ("poder de las llaves") y aquí un Papa reinante puede cambiar o anular lo que había decidido el Papa precedente. De ahí el dicho popular italiano: "Chi bolla, sbolla". Vale decir, quien está en grado de emitir una ley, también está en grado de abolirla.
----------5°. Por último, una referencia de mi interlocutor a la situación actual: "Estimado Padre, ahora, sin embargo, quisiera ir a los hechos y recordando la regla de oro que nos ha dejado Jesús: 'Por sus frutos los reconoceréis', me pregunto: ¿Por qué en mi comunidad parroquial todos los llamados divorciados resposados, convivientes y así sucesivamente, después de Amoris laetitia, hacen alegre, pública y descaradamente la Comunión sacramental? (Y cuando digo todos, me refiero a todos)".
----------Respondo. Explicar las razones de esta extendida situación es fácil: simplemente porque hay quienes malinterpretan la nota 351 de Amoris laetitia y, por lo tanto, desobedecen al Papa.
----------6°. Ha habido otro lector que planteó una objeción a lo expresado en el punto 2, al inicio de este artículo, cuando digo que: En la exhortación Amoris laetitia, el papa Francisco, presuponiendo de todos modos que el adulterio voluntario es pecado mortal y que en consecuencia la pareja vive en un estado irregular, sin embargo hace notar que no por esto ella se encuentra siempre en estado de pecado o culpa mortal, privada de la gracia. Sino que, suponiendo que la pareja, por razonables motivos, no pueda interrumpir su relación, si cada vez que peca, se arrepiente, es perdonada por Dios incluso sin el sacramento de la penitencia, por lo cual recupera la gracia perdida y, en principio, podría hacer la Comunión.
----------Pues bien, su objeción es la siguiente: "Esto es inverosímil, incluso para el solo sentido de lógica, prescindiendo de las indicaciones de la Ley divina. 'el adulterio voluntario es pecado mortal y en consecuencia la pareja vive en un estado irregular' contrasta frontalmente e irremediablemente con '...no por esto ella (la pareja) se encuentra siempre en estado de pecado o culpa mortal, privada de la gracia'. Se asume una gran responsabilidad, frente al Creador, por las almas de los equivocados, al respaldar esta tesis".
----------Respondo. Quien vive un estado irregular como el divorciado vuelto a casar, no se encuentra siempre necesariamente en un estado de pecado mortal, porque mientras el primero es un estado objetivo, externo, permanente y puede ser independiente de la voluntad, el estado de pecado o culpa es un estado interior, dependiente de la voluntad, la cual, bajo la influencia de la gracia, puede en cualquier momento volverse buena. El primer estado en ciertos casos no puede ser interrumpido, si, por ejemplo, la pareja tiene hijos, o bien por motivos económicos o de salud, o bien porque el cónyuge anterior ha contraído otra unión.
----------7°. El lector luego objeta: "la afirmación 'si cada vez que peca, se arrepiente…'. Lo mismo que antes. No es plausible programar anticipadamente la planificación de un estado habitual de pecado, más aún mortal, para luego arrepentirse. Precisamente eso no se sostiene en el Día del Juicio. Sería demasiado fácil, tiene sabor a truco, a burla. Pero no se sostiene, incluso antes, ni siquiera frente a la lógica".
----------Respondo. No se trata de "programar anticipadamente la planificación de un estado habitual de pecado, para luego arrepentirse". Esto sería una hipocresía intolerable, merecedora, como suele decirse, de las fulminaciones y relámpagos de la ira divina. En realidad, las cosas son bastante diferentes. Los llamados divorciados vueltos a casar se encuentran de hecho en una situación de continua tentación casi irresistible al pecado, por lo cual es de suponer que a menudo caen.
----------Esto no significa, sin embargo, como deja claramente entender el Papa en la exhortación Amoris laetitia, que ellos se encuentren siempre en un estado de pecado, o bien que estén necesariamente e insuperablemente en un estado continuo de pecado o culpa mortal, como si ya fueran los condenados del infierno. En efecto, como dice el Santo Padre, pueden tener circunstancias atenuantes de culpa, dada la enorme dificultad de resistir la tentación, causada por la convivencia continua.
----------Y de todos modos, si llegar a caer en pecado, aun cuando esto pueda suceder frecuentemente, pueden siempre, a su voluntad, en cualquier momento, volver a alzarse con la gracia de Dios y retornar a la gracia, tal vez pecando de nuevo poco tiempo después. Pero si cada vez se arrepienten y hacen penitencia, pueden siempre volver al buen camino. De hecho, bajo estas condiciones, inspirándolos el arrepentimiento de lo actuado por ellos, Dios misericordioso los perdona "no siete, sino setenta veces siete". Esto no quiere decir que, si pueden, no deban hacer todo el esfuerzo, al máximo, por intentar interrumpir esta relación, que los induce al pecado y pone en grave peligro la salvación de su alma.
----------8°. Referente también al pasaje del número 2 al principio de este artículo: si cada vez que peca, se arrepiente, es perdonada por Dios incluso sin el sacramento de la penitencia, por lo cual recupera la gracia perdida y, en principio, podría hacer la Comunión; el mismo lector plantea la siguiente objeción: "¡¿Como?!... ¿Pero no era un estado habitual de pecado mortal?... ¿Y el padre Filemón incluso lo querría resolver sin la Confesión, y sobre esta base dar, además, acceso a la Comunión?... Esto también es una hipótesis del todo inaceptable para la lógica, incluso antes de ser inaceptable para la Ley divina".
----------Respondo. Repito una vez más que el Papa afirma que no está dicho, no es seguro, que estén siempre en estado de pecado mortal, sino que pueden, a intervalos, estar en gracia. Por ello, es necesario recordar que Dios puede remitir los pecados y perdonar incluso sin el sacramento de la Confesión. Lo que obviamente no quiere decir que quien puede y tiene el permiso de confesarse no tenga la obligación de hacerlo. Pero si a los divorciados vueltos a casar les es negado el acceso a los sacramentos, esto no quiere decir que sean almas condenadas de antemano, sino que también para ellos existe esperanza de salvación.
----------9°. El mismo lector se refiere a mi postura, que al inicio del presente artículo he resumido de este modo: el Santo Padre solo vislumbra la eventualidad de que él conceda tal permiso como resulta evidente a partir de dos hechosa) En primer lugar, el hecho de que el texto usa el condicional ("podría ser"). Pero es bien sabido que una ley o un permiso no se formula en modo condicional, sino en el indicativo o en el imperativo. b) En segundo lugar, el hecho de que el texto cite "algunos casos", sin especificar cuáles. Ahora bien, una ley o un permiso, para estar en vigor, vale decir, para estar en vigencia, debe especificar los casos en los cuales precisamente está en vigor. De lo contrario, la ley resulta inaplicable. También, la Carta que en su momento escribiera el Santo Padre a los Obispos argentinos de la región de Buenos Aires, sobre este punto, es una aprobación que concierne específicamente a la interpretación ("ustedes han interpretado bien") de lo que es hipotetizado por la nota 351, pero la hipótesis sigue siendo tal, es decir, una hipótesis; de modo que no se transforma en tesis, es decir, el permiso hipotético no deviene permiso de hecho. Siendo así las cosas, se mantiene en vigor la disposición del n. 84 de la exhortación Familiaris consortio del papa san Juan Pablo II, que prohíbe la Comunión a los divorciados vueltos a casar, mientras un nuevo Romano Pontífice, si lo estimara conveniente u oportuno, no cambie la normativa vigente.
----------El lector objeta de este modo: "Respecto a lo anterior, me pregunto: ¿por qué arcano motivo Bergoglio ha puesto negro sobre blanco las mencionadas afirmaciones, dignas de la más cualificada y ambigua torpeza, si luego todo tuviera que quedar como antes?... Viene a decir, tendríamos también cosas más importantes que hacer, que interesarnos por las antes mencionadas afirmaciones de Amoris laetitia, que son más comprensibles para una sala de psiquiatría. Pero, dada la importancia de la sede de la cual provienen, no retrocedemos".
----------Respondo. La Carta a los Obispos argentinos ha confirmado la interpretación de la nota 351 como ley hipotética y al mismo tiempo ha aprobado los casos propuestos por los Obispos argentinos. Sin embargo, para que la ley entre en vigor, debe pasar del condicional al imperativo o indicativo.
----------10°. Luego el mismo lector pregunta acerca de los Dubia de noviembre de 2016, y cita: "1. Se pregunta si, según lo afirmado en Amoris Laetitia (nn. 300-305), se ha vuelto posible conceder la absolución en el sacramento de la Penitencia y, por ende, admitir a la Santa Eucaristía a una persona que, estando vinculada por el matrimonio válido, convive more uxorio con otra, sin que se hayan cumplido las condiciones previstas por Familiaris Consortio n. 84 y después afirmadas por Reconciliatio et paenitentia n. 34 y por Sacramentum caritatis n. 29. ¿La expresión "en ciertos casos" de la nota 351 (n. 305) de la exhortación Amoris laetitia puede ser aplicada a divorciados en nueva unión, que siguen viviendo more uxorio?".
----------Respondo. Una posible respuesta del Papa podría ser: La nota 351 no concede actualmente, sino que avanza la hipótesis ("podría ser") de conceder en el futuro, a discreción del Santo Padre, la absolución en el sacramento de la Penitencia y por lo tanto admitir a la Sagrada Eucaristía a una persona que, estando ligada por vínculo matrimonial válido, convive "more uxorio" con otra, en los casos propuestos por los Obispos argentinos y aprobados por él en la Carta especial que les envía. En el caso que el Santo Padre concediera el mencionado permiso, las disposiciones pontificias precedentes quedarían sustituidas.
----------11°. Finalmente, el mismo lector concluye diciendo: "Acerca del tema del  cual estamos razonando, esta es una clarísima solicitud de explicaciones, dirigida a Bergoglio, con deferente respeto, por Cuatro Cardenales. Vale decir, es Bergoglio en persona, y no ciertamente nosotros, incluido el padre Filemón, quien debía dar explicaciones. No habiéndolo hecho Bergoglio, después de tantos años y pasado de la solicitud, cada uno puede sacar sus propias conclusiones".
----------Respondo. Probablemente el Papa no ha respondido porque ha considerado suficientemente clara la nota 351, con la adición de la Carta a los Obispos argentinos en la interpretación que yo he propuesto.

18 comentarios:

  1. Las respuestas del padre Filemón me parecen muy 'intelectuales' y realmente sutiles, dignas de quien ha estudiado a fondo teología, pero que demuestran cómo, a pesar de ser muy claras en sus expresiones, se puede acabar disfrazando claras sombras, evidentes en determinados temas... Ejemplo obvio es lo publicado sobre AL respecto a la Comunión de los divorciados vueltos a casar… El Papa PODRÍA hacer modificaciones a la disciplina sobre la Eucaristía, etc. etc. PODRÍA, PODRÍA, PODRÍA… ¿No le parece, padre Filemón, que son demasiados discursos en modo condicional, demasiadas notas al pie de página sobre ciertos temas espinosos, pero luego en realidad la conclusión es que... según el padre Filemón nada cambia respecto a las indicaciones de Juan Pablo II.
    Pero si nada cambia, ¿por qué el obispo de Roma se detiene en estos temas? ¿No termina por ser, entonces, realmente AMBIGUO, dado que según algunos (o muchos) obispos y presbíteros, TODO ha cambiado, mientras que según otros NADA ha cambiado? Y a la vista de la confusión que se crea, ¿por qué no llega de Santa Marta un documento o al menos un comunicado de prensa que aclare de modo definitivo cómo nos debemos comportar? En mi opinión, simplemente porque la CONFUSIÓN y la AMBIGUIDAD han sido queridas desde el origen de AL por el Sr. Bergoglio...
    Yo, como también muchos consagrados, no tengo lamentablemente un cerebro muy brillante, como para poder captar ciertas POSIBILIDADES y ciertos MATICES, pero si me ocupo de un tema es porque quiero ser explícito al respecto... Y si esos quien lee mis palabras simples o escucha mis sermones simples, llega a estar confundido acerca de lo que yo he dicho, y puede llega a interpretarme incorrectamente, entonces significa que yo he hecho mal mi trabajo... Ahora bien, si luego de sucedido eso, yo ni siquiera trato de volver al tema para aclararlo, entonces mi el trabajo se vuelve pésimo y contraproducente... Entonces debería pensar seriamente en CAMBIAR de oficio... ¿Entiendes, querido Bergoglio?

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    1. Si el Santo Padre ha querido usar el condicional, probablemente el motivo esté dado por el hecho de que no ha querido una ruptura clara con la posición disciplinar de san Juan Pablo II (en Familiaris consortio n.84), aunque de por sí hubiera podido hacerlo, sino que ha preferido un tránsito o pasaje disciplinar más suave, usando ahora el modo condicional, propio y típico de una ley hipotética, probablemente con miras a usar en el futuro el modo indicativo o el modo imperativo de una verdadera y propia ley.

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  2. La teología de Amoris laetitia me parece la teología del gusano de seda... Una ley que niega la comunión a los divorciados vueltos a casar, Familiaris consortio, que no ha cambiado, pero… Ese "pero" de la teología de la casuística o de la teología de la situación, o de la teología del discernimiento... que se abre a una pastoral de la confusión, es decir, una teología envolvente, como el gusano de seda.
    Por lo tanto, el poder de las llaves no le permite a Pedro hacer lo que quiera, sino solo aquello con lo que él siga estando en las huellas del Magisterio anterior, y por Magisterio entiendo todo lo que los Papas anteriores han establecido en una determinada materia, ¡precisamente porque se trata de confirmar a los hermanos en la fidelidad a Cristo! ¿No es verdad lo que digo, padre Filemón?
    Ahora bien, si la intención de Francisco no es negar el Magisterio anterior, la pequeña nota al pie y el placet dado a las diversas interpretaciones son un pésimo servicio que Francisco presta al ministerio petrino. ¡Y los resultados se pueden ver en la práctica de la pastoral, querido padre Filemón!

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    1. Estimado/a "Ira divina",
      el poder de las llaves (o poder pastoral) no le permite en absoluto al Romano Pontífice hacer "lo que quiera", porque ese poder de las llaves no se refiere a la esencia de los sacramentos, la cual ni siquiera el Romano Pontífice puede modificar.
      Pero el caso es que en el tema debatido en este artículo, no se trata de la esencia de los sacramentos, sino de la justa y conveniente administración de los sacramentos, según las necesidades u oportunidades de las personas, de los tiempos y de los lugares.
      Por consiguiente, la esencia del sacramento de la Eucaristía está salvada y respetada tanto con un Papa que decide no dar la Comunión a los divorciados vueltos a casar (como hasta ahora todos los últimos Papas han decidido), como con otro Papa que algún día en el futuro decida darla.

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  3. Jesucristo ha prometido enviar el Espíritu Santo que conduciría a la Iglesia a la plenitud de la Verdad. No es nada fácil para un incompetente como yo darse cuenta si AL es una profundización de la fe, una novedad del Espíritu Santo que guía a la Iglesia a la Verdad completa. ¿Es AL la respuesta que da el Espíritu Santo hoy a la Iglesia?... ¿Se puede decir lo mismo de la interpretación que de AL nos ofrece el padre Filemón? ¿Puede el poder de las llaves dado a Pedro distorsionar un sacramento? El poder dado a Pedro, por lo poco que yo entiendo, no es el poder de hacer más ancha la puerta que el mismo Jesús dijo que era estrecha. Me parece que según la Palabra de Cristo, Pedro solo tiene que abrirla y cerrarla, pero no interpretarla. ¿O es que la Santa Iglesia, y no el sacerdote individual, es la que concede la Sagrada Comunión a los divorciados vueltos a casar, y esto es bueno para su salvación? Seguramente que muchos tienen más fe en Cristo que yo, y ellos irán al Cielo, pero le dejamos el juicio a Dios. Me parece que es este el caso en que los sacerdotes deben ser los primeros en decir "quién soy yo para juzgar"..., vale decir, como no soy Dios no puedo absolverlos, porque el Sacramento-Matrimonio, como todo Sacramento, es un signo eficaz de la Gracia.

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    1. Estimado José,
      como he dicho anteriormente, el llamado poder de las llaves o potestas clavium (teológicamente derivado del mandado de Jesús a Pedro: "pasce oves meas" o mandato pastoral) supone, en el caso que estamos tratando, el sacramento ya constituido por Cristo y no interfiere en absoluto en su esencia o substancia inmutable e inviolable, sino que sólo valoriza o realza el sacramento administrándolo con sabiduría y justicia para el bien de las almas.

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  4. Dulcinea mendocina20 de agosto de 2021, 18:04

    No domino la teología, y por eso pido disculpas de antemano, si demuestro ignorancia; pero la pregunta que hago es la siguiente: ¿Por el poder de las llaves, un Papa podría decidir que el Sacramento del Santo Bautismo se puede impartir solo a los adultos que lo quisieran? Si la respuesta fuera afirmativa, surge entonces una pregunta que un Papa se debe hacer: ¿es bueno para la salvación de las almas?
    Ahora bien, y quizás soy ahora conscientemente provocadora, pero hago igual la pregunta: para incrementar la presencia de fieles en la Santa Misa, siempre siguiendo lo que entiendo es el modo de pensar del padre Filemón, ¿un Papa, podría establecer que en lugar de la Hostia Divina, los fieles reciban Sprite y papas fritas? Probablemente habría iglesias llenas, pero ¿sería bueno para la salvación de las almas?
    Gracias.

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    1. Estimada Dulcinea,
      el poder de las Llaves, otorgado por Cristo, le da al Romano Pontífice la facultad, ejercida si el Papa así lo considera prudente u oportuno, de hacer impartir el Bautismo a los adultos solos, o a los adultos y a los niños recién nacidos también (como es la disciplina actual en la Iglesia). Está dentro de la facultad del Papa decidirlo a su discreción.
      Por el contrario, en lo que respecta a la materia con la cual se confecciona el sacramento de la Eucaristía, dado que se trata de la sustancia o esencia inmutable e intangible del Sacramento (instituida por Cristo mismo), el Papa no puede en absoluto cambiar la materia, que es, como es sabido, el pan y el vino.

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  5. A propósito de llaves por las cuales el Sumo Pontífice puede cambiar ciertas reglamentaciones en la Iglesia, ¿puede también decidir que dos convivientes puedan recibir la Eucaristía? ¿Puede permitir igualmente que dos convivientes del mismo sexo puedan hacer la Comunión? Después de todo, si tiene las llaves... ¡¡¡puede abrirlo todo!!!

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    1. Estimado Don Benja,
      el Papa puede abrir una puerta, como haría un portero, para dejar entrar a algunos e impedir la entrada a otros; pero no puede abrir la puerta para cosas ilícitas.
      El Papa puede, si quiere, abrir la puerta para la Comunión a los divorciados vueltos a casar, porque aquí se trata, como ya he dicho, de materia acerca de la cual él puede abrir o cerrar, en el sentido de permitir o no permitir (es precisamente el ámbito del "poder de las llaves").
      En cuanto respecta a los gays, ya lo he explicado anteriormente y en el artículo.

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  6. Me parece que el poder de las llaves puede solamente disponer condiciones de derecho eclesiástico para los sacramentos, pero no las de derecho divino.
    O sea, con respecto a la eucaristía puede disponer si el ayuno es desde medianoche, 3 horas o 1 hora. Pero no si se puede recibir en gracia o en pecado, porque eso es de derecho divino, ya que está en la carta a los corintios (1cor 11, 29).
    Sobre recuperar la gracia sin los sacramentos, es claro que Dios todo lo puede. También es claro entonces que si confiamos en que Dios perdona sin el sacramento de la penitencia, también confiemos en que alimentará sin la eucaristía. Y se acaba el asunto.
    Ahora si lo que se busca es una aceptación social mediante la recepción de la eucaristía... ése es otro tema.

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    1. Estimado Sacerdos quidam,
      tiene usted razón al decir que "el poder de las llaves puede solamente disponer condiciones de derecho eclesiástico para los sacramentos, pero no las de derecho divino".
      Precisamente, hay que distinguir derecho divino y derecho eclesiástico o, en el ámbito de la sacramentaria, lo que es de institución divina y lo que es de institución eclesiástica; que en el ámbito litúrgico tiene un correlativo entre, por un lado, lo que es el rito y, por otro lado, lo que es el ceremonial (la esencia de la Misa, que es de derecho divino, y el cambiante ceremonial, que es de derecho eclesiástico).
      Ahora bien, en lo que respecta al tema que nos ocupa, usted debe tener bien en claro lo que recuerda el Papa en Amoris laetitia: la distinción entre estado irregular y estado de pecado. Quien vive un estado irregular como el divorciado vuelto a casar, no se encuentra siempre necesariamente en un estado de pecado mortal, porque mientras el primero es un estado objetivo, externo, permanente y puede ser independiente de la voluntad, el estado de pecado o culpa es un estado interior, dependiente de la voluntad, la cual, bajo la influencia de la gracia, puede en cualquier momento volverse voluntad buena. No admitir esto sería considerar que un fiel perteneciente a la Iglesia terrena es ya un condenado viviendo en el infierno.
      Pues bien, considerando que quien vive en un estado irregular y no puede no vivir en ese estado irregular, como puede a intervalos vivir en gracia, el Papa podría decidir su acceso a los Sacramentos. Es precisamente la hipótesis que ha vislumbrado el Papa en Amoris laetitia, como hipótesis de ley, aunque no de hecho como ley.

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    2. No admitir esto sería considerar que un fiel perteneciente a la Iglesia terrena es ya un condenado viviendo en el infierno.
      Por supuesto que no. La persona que está en pecado mortal, hasta que no se arrepienta es candidato al infierno. Sea por adulterio o por faltar a Misa un domingo por culpa propia. Arrepentimiento: dolor de los pecados, propósito de enmienda.
      Eso es doctrina de catecismo.
      Y eso no lo puede cambiar ni el papa.

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    3. Estimado Sacerdos quidam,
      me alegro que haya podido comprenderlo. Siga en esa línea interpretativa y podrá ver que, tanto Familiaris consortio como Amoris laetitia, cuando se refieren a esas tristes y frecuentemente dramáticas situaciones, como la de los divorciados vueltos a casar, suponen y expresan la distinción entre estado irregular y pecado mortal.

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  7. ¡Finalmente tenemos aquí a alguien, el padre Filemón, que ha respondido claramente a la primera pregunta de los cuatro cardenales!… ¡Esto es notable! Pero le preguntaría al padre: entonces, si todavía está en vigor lo establecido por Familiaris consortio 84, ¿no debería corregirse Amoris laetitia? ¿Es lícito el silencio por parte del pontífice?
    El próximo Papa tendrá mucho que hacer, ¡vaya si tendrá trabajo!, ¡para arreglar el lío que ha armado el Papa actual! Porque, y según lo explicado por el padre Filemón: se ha hipotetizado sobre algo que no se puede poner en acción, porque existe algo que niega esa posibilidad... ¡precisamente el claro magisterio anterior al de Amoris laetitia! "Sí, sí... no, no" ¿No es cierto, padre Filemón?

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    1. Estimado Rubén,
      ya he dicho que acerca de esta materia de la reglamentación de la administración del sacramento de la Eucaristía un Papa posterior, en virtud del poder de las Llaves, puede cambiar lo que había decidido el Papa precedente.

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  8. Estimado padre Filemón, me gustaría compartir con usted, pero sobre todo con sus lectores, una experiencia triste (e inquietante), y también preguntarles a sus lectores habituales si perciben que la misma experiencia no es un caso aislado, sino también vivido por ellos. Si así fuera, entonces la intuición de que este pontificado apunta a la división dentro del mundo católico, se volvería más fuerte.
    Me han dicho que un sacerdote joven y valiente (no importa en qué diócesis o en qué parroquia) ha vivido una completa transformación en los últimos años, precisamente en una diócesis en la que la edad promedio de los sacerdotes supera los sesenta años. La transformación manifestada por este sacerdote es absolutamente radical.
    La percepción de su transformación, surge del hecho de que recientemente no se ha cansado de repetir en sus homilías (que son muy buenas) que "quien no ama al Papa no puede considerarse cristiano". Lo que más despierta la preocupación está en el hecho de que cuando lo dice mira precisamente a los ojos de algunos fieles asiduos, que siempre han comulgado de rodillas y en la boca, y que, por lo tanto, son calificados como "tradicionalistas", que en consecuencia pasan a sentirse culpables (o, podríamos decir, "culpabilizados" por el mencionado sacerdote).
    Y esto ocurre, quizás, supongo, porque han expresado (¿tal vez en el confesionario?) algunas reservas críticas sobre el Pontificado actual. El resultado es que sufren no poco, y algunos esos fieles no han regresado a las Misas de este sacerdote, o se han alejado de la parroquia, vagando en busca de algún otro sacerdote que solo hable de Dios en las homilías (lo cual no se consigue fácilmente, como sabemos).
    Mi sugerencia a los amigos que me contaron estos hechos sigue siendo siempre la misma: vayan y hablen con estos buenos sacerdotes, con qué resultado admito que no lo sé, pero intentarlo no cuesta nada, ¿no es cierto, padre Filemón?

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    1. Respecto a la experiencia por Ud. señalada, me permito aconsejar a aquel fiel que, mientras asiste a la Misa Novus Ordo, se sienta "culpabilizado" (digámoslo así) por parte del celebrante, que trate de adaptarse a la liturgia del Novus Ordo. De lo contrario, vaya a una Misa del Vetus Ordo, al menos en las circunstancias que pueda hacerlo, dadas las actuales restricciones.
      En cuanto respecta a las posibles críticas al Papa, es necesario distinguir el Papa como maestro de la doctrina de la fe, del Papa en su conducta moral de hombre pecador y como Pastor y Guía de la Iglesia. Sobre el primer punto hay que escucharlo y obedecerlo. En cambio, con respecto al segundo punto, es lícito, si existen motivos razonables y justificados, criticarlo y reprenderlo con respeto, prudencia y espíritu filial, y eventualmente exhortarlo a que se arrepienta de sus pecados.

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