domingo, 22 de agosto de 2021

Cabos sueltos sobre liturgia, novus ordo y vetus ordo (1/8)

Tras la publicación, semanas atrás, de mis varios artículos referidos al motu proprio Traditionis custodes, y habiendo recibido muchos mensajes de los lectores (algunos publicados y otros imposibles de publicar por las razones de siempre), han quedado varios "cabos sueltos" referidos a la situación en la actual disciplina litúrgica, del Novus Ordo y del Vetus Ordo, y sobre todo, a la comparación de sus diversos aspectos, particularmente en lo que se refiere al contexto del diálogo con los católicos tradicionalistas. Procuraré en una serie de notas responder a todas las dudas y preguntas que hasta ahora se me han planteado.

----------Un punto importante, para iniciar bien orientados esta serie de notas, sin perdernos a causa de cierto desorden expositivo en este elenco de "cabos sueltos" litúrgicos, es tener en cuenta que, si bien el Concilio Vaticano II promovió una reforma litúrgica, en particular sobre la Santa Misa, y la elaboró estableciendo el Novus Ordo, y promulgándolo para toda la Iglesia a través de los Papas del postconcilio, sin embargo, ninguno de ellos, ni san Juan XXIII, ni san Paulo VI, ni san Juan Pablo II, ni Benedicto XVI, ni Francisco, abrogaron totalmente el Vetus Ordo, aunque estaba entre sus facultades el poder hacerlo.
----------Pero, de hecho, no lo hicieron. En cambio, decidieron conceder, siempre a modo de excepción, o a modo de indultos, el permiso a ciertos fieles y comunidades para celebrar la Misa según el Vetus Ordo, aunque éste, después de 1970, ya no fuera considerado la ley de oración universal en la Iglesia de Rito Romano. Los permisos o indultos fueron distintos, según cada Papa, hasta llegar a la actualidad al reciente motu proprio Traditionis custodes, en que los permisos han sido restringidos, en razón de fundados motivos, bien expuestos por el papa Francisco en su Carta de presentación al Colegio Episcopal.
----------Si atendemos a lo fundamental en la actual disciplina litúrgica, más allá de las puntuales o históricas o contingentes libertades y restricciones que el Vetus Ordo (repito, nunca hasta ahora abrogado) ha tenido desde 1970, su vigencia en cuanto lex orandi eclesiástica ha sido siempre limitadísima, a modo de puntuales permisos e indultos. Por el contrario, el Novus Ordo Missae ha sido siempre, desde hace cinco décadas, la lex orandi eclesiástica universal en la Iglesia de Rito Romano. Por supuesto, cuando digo aquí lex orandi, me refiero a la lex orandi de institución humana, eclesiástica, que entra en la competencia pastoral del Romano Pontífice, en su potestas clavium; distinta a la lex orandi de institución divina, que es la esencia de la Misa, en cuanto rito instituido por Nuestro Señor Jesucristo, que el Papa debe conservar inmutable.
----------Respecto a esa situación fundamental de la disciplina litúrgica, que se ha mantenido la misma desde 1970, el papa Francisco, al fin de cuentas, lo que ha hecho con Traditionis custodes es declarar de modo explícito como única lex orandi de la Iglesia, hoy por hoy, al Novus Ordo; sin por ello negar la posibilidad de celebración de la Misa según el Vetus Ordo, con las debidas condiciones según lo determine cada Obispo en su diócesis. A mi entender, si tuvo que declarar de un modo tan categórico lo que ya se sabía desde 1970, se debe indudablemente a que algunos todavía no lo entendían del modo correcto (y esto salta a la vista cuando el Papa se refiere a los motivos que le llevaron a las actuales correcciones legislativas). 
----------En realidad esto ya lo había expresado, aunque por cierto no de un modo tan explícito ni categórico, el papa Benedicto XVI, actual papa emérito, en el motu proprio Summorum pontificum del 2007, al expresar la existencia de dos formas litúrgicas del Rito Romano, la forma ordinaria (es decir, universal), y la forma extraordinaria (es decir, particular), aún cuando Benedicto hubiera dado a los sacerdotes gran libertad (al menos teórica) para la celebración de la Misa según el Vetus Ordo. Vale decir, incluso en estos últimos catorce años de plena vigencia de las normas de Summorum pontificum, jamás el Vetus Ordo podía atribuirse una condición o vigencia tal como para pretender ser considerado la lex orandi universal y ordinaria de la Iglesia, cosa de hecho imposible en la disciplina litúrgica del post-concilio. 
----------El actual Romano Pontífice, en razón de los graves motivos por él aducidos (y que por mi parte ya he explicado larga y repetidamente, semanas atrás) ha querido explicitar esta limitadísima condición o vigencia del Vetus Ordo, que, en cuanto tal, sigue siendo, al igual que en estas cinco décadas, un rito "vetus", es decir ley de oración "anterior", que si bien no ha sido abrogada, es sólo permitida bajo especiales condiciones. Así sigue siendo hoy la condición del Vetus Ordo, luego de Traditionis custodes, sólo que con aún mayores restricciones. De los buenos católicos sanamente tradicionalistas dependerá que, arraigados como pueden estar al Vetus Ordo, den prueba de no tener intención de abusar de él, como tantos han abusado en estos últimos años, reconociendo la plena validez del Novus Ordo, sin negar la reforma litúrgica del Concilio Vaticano II, y sin negar el magisterio pontificio postconciliar, en perfecta continuidad y fidelidad al magisterio precedente. Es lo que, en resumidas cuentas, ha dispuesto el papa Francisco; sin que nada obste a que él mismo o alguno de sus sucesores cambie en todo o en parte la legislación que hoy por hoy está vigente.
----------Sea con mayores o menores libertades, sea con mayores o menores restricciones, la situación de los sanos tradicionalistas, y también la de los sanos progresistas, sigue siendo desde 1970 la misma en cuanto se refiere a la disciplina litúrgica, situación que puede resumirse en tres o cuatro puntos: antes que nada, todos los fieles son (al menos teóricamente) libres de elegir entre la Misa Vetus Ordo o la Misa Novus Ordo; lo importante es que tanto los fieles como el celebrante respeten las reglas relativas a la celebración con diligencia, fidelidad a las rúbricas, piedad y dignidad, sin caer en posturas heréticas y cismáticas como las que el Papa ha señalado en su Motu proprio. Por otra parte, quienes siguen arraigados en el Vetus Ordo no deben despreciar a quienes eligen el Novus Ordo (única lex orandi de la Iglesia), y viceversa. Además, debe estar claro para todos, que la Misa es esencialmente la misma de siempre en ambos casos (en cuanto lex orandi de institución divina), y solo cambian las formas ceremoniales y las rúbricas (lex orandi eclesiástica).
----------Teniendo en claro lo anterior, es fácil entonces distinguir entre los sanos tradicionalistas y los abusivos tradicionalistas. Los primeros, comprensiblemente arraigados en el Vetus Ordo, sin desconocer que el Novus Ordo es hoy la lex orandi de la Iglesia, han merecido consideración y asistencia por parte de los Papas del postconcilio. Los segundos, fanáticos del Vetus Ordo, prefieren, en cambio, compartir las ideas cismáticas y heréticas propias de los lefebvrianos (rechazan el Concilio Vaticano II, el magisterio pontificio postconciliar y la reforma litúrgica); son, por así decir, filolefebvrianos, y por ello, han merecido las sanciones y restricciones legisladas por el papa Francisco en el reciente Motu proprio.
----------Sin embargo, con todos ellos, sean abusivos progresistas o abusivos tradicionalistas, nuestra obligación como católicos es el diálogo, la comprensión y el respeto que nos debemos mutuamente en cuanto personas, y el esfuerzo por comprender mejor la verdad y la caridad a la que nos llama Nuestro Señor Jesucristo. Vale decir, así como la Iglesia no debe cejar nunca en su empeño por la unidad con los cristianos no-católicos, que viven en situación de cisma formal y explícito, frecuentemente a causa de estar su inteligencia y voluntad inficionadas por el veneno de la herejía, de modo similar nosotros, católicos, no debemos cejar en nuestro empeño por la unidad con aquellos cristianos que viven en situación material de cisma y herejía, sin saberlo a plena consciencia, como es el caso de los modernistas o de los abusivos tradicionalistas.
----------Ciertamente, el apostolado del diálogo con personas enfermas de fanatismo no es nunca una tarea sencilla, supone continua paciencia, repetidas explicaciones, serena insistencia a tiempo y a destiempo, exponiendo la verdad de uno y otro modo, con constante oración, y un estar siempre dispuestos a someternos a injurias, insultos y todo tipo de manifestaciones de odio; pues el caso es que los fanáticos no dialogan, ya que no buscan la verdad, sino que su único modo de relación social es el constante querer confirmar su ideología con gente fanatizada por sus mismas ideas (lo que algunos llaman "sesgo de auto-confirmación").
----------Quiero responder en esta primera nota al menos a algunas de las preguntas y dudas que se me han planteado, aunque ya sin extenderme hoy demasiado.
----------Comienzo por una cuestión puntual: lo que en el Novus Ordo se denomina Misa sine populo. Al respecto, un lector me ha planteado lo siguiente: "En el Novus Ordo está previsto un rito de la Misa cum populo y uno de la Misa sine populo, como si, cuando el sacerdote se vuelve para el Dominus vobiscum, no se dirigiera a la entera Iglesia, militante, purgante y triunfante, sino sólo a los fieles físicamente presentes".
----------Pues bien, esta es una equivocada crítica tradicionalista al Novus Ordo, crítica nacida de la tendencia que se nota en el abusivo tradicionalismo por subrayar que la participación de los fieles, "aunque digna de elogio y loable, no es, sin embargo, un elemento sustancial de la acción sagrada", como ha expresado el mismo lector de líneas arriba. Sea como sea, la crítica indicada en el párrafo anterior puede responderse de un modo simple y en una sola frase: en realidad el celebrante de la Misa Novus Ordo se dirige a toda la Iglesia, militante, purgante y triunfante, incluso cuando el sacerdote está celebrando sine populo. Naturalmente, también el celebrante se dirige a la entera Iglesia, no solo a la peregrina, cuando celebra cum populo.
----------Otra puntual cuestión que se me ha planteado, y por cierto de más importancia que la anterior, es la referida a la novedad creada por el papa Benedicto XVI en Summorum pontificum, de las dos "formas" del Rito Romano, ordinaria y extraordinaria. No han faltado quienes han visto contradicción en lo establecido por Benedicto. Suelen argumentar más o menos de este modo: siendo la Iglesia una sola, más allá de la diversidad de ritos (romano, ambrosiano, mozárabe, dominicano, etc.) cada rito debe tener su propia unidad y unicidad, ya que es la expresión de una única comunidad orante.
----------Tanto es así que siempre ha sido solicitud de los Papas impartir normas destinadas a asegurar que la Iglesia Romana tuviera su propio rito único y universal, y esto sucedió tanto antes como después del Concilio Vaticano II y su reforma litúrgica. Pablo VI, al promulgar el nuevo Misal, dejó sin vigencia universal el anterior, precisamente para mantener esta unidad cultual, y del mismo modo lo hicieron sus predecesores, cada vez que metieron mano en la forma litúrgica. Así lo hicieron Pío X, Pío XII y Juan XXIII, por ejemplo.
----------Pero en este punto, un lector me ha planteado una dificultad: "Lo que considero en cambio un, hápax es la invención de dos formas litúrgicas del mismo rito, tal como ha sido el caso del motu proprio Summorum Pontificum de Benedicto XVI. En ese texto legislativo el Rito Romano viene a tener dos voces, una extraordinaria y otra ordinaria, haciendo así que la Iglesia de Roma cumpla su oración oficial con dos voces. En teoría, más allá de la novedad de la solución adoptada por Benedicto XVI, se podría también admitir que existan dos formas en un mismo rito, así como existen ritos diferentes en la misma Iglesia católica".
----------Lo que mi interlocutor quiere expresar es que esta decisión del papa Benedicto, por su carácter de hápax, es decir por su absoluta singularidad, podría ser considerada ultra vires de su potestad de legislar sobre la liturgia. Como es sabido, se llama hápax o hápax legómenon (transliteración del griego άπάξ λεγόμενον) a una palabra que solo aparece una vez dentro de un contexto. Este "una sola vez" de Benedicto, al establecer dos formas del Rito Romano, habría ido más allá de su lícito poder litúrgico.
----------Pues bien, lo que puede responderse a ese objeción es, en primer lugar, que el hápax en la liturgia no es algo que deba sorprender, sino que es un hecho que da testimonio de la creatividad del Espíritu Santo, como por ejemplo los peculiaridades tractos del Triduo Pascual o la liturgia del Miércoles de Ceniza. En el caso del hápax objetado a Benedicto, el hecho de que haya dos voces, dos formas del Rito Romano, el Novus Ordo (forma universal u ordinaria) y el Vetus Ordo (forma particular o extraordinaria) testimonia simplemente la posibilidad de expresar la Palabra de Dios de múltiples modos.
----------En segundo lugar, empero, hay que recordar que en ningún momento el papa Benedicto ha querido equiparar ambas formas del Rito Romano en cuanto a su universalidad, lo cual salta a la vista en la misma denominación por él adoptada: la unicidad y universalidad del Rito Romano, que expresa a la Iglesia una y católica, está expresada, tanto para el papa Francisco hoy, como también ayer para Benedicto XVI, según Summorum pontificum, en el Novus Ordo; y no podía ser de otro modo.

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