Seguimos pasando revista a todos los dogmas y declaraciones doctrinales de la Iglesia, vale decir, a todas las verdades definidas y definibles. Hoy continuamos el capítulo 11 de nuestra serie, dedicado a las verdades de fe acerca de la Iglesia. Y en esta ocasión repasaremos las siguientes cuestiones: la Iglesia se apoya firmemente en lo eterno, pero al mismo tiempo avanza en la historia; la plena pertenencia a la Iglesia; cuáles pecadores pertenecen a la Iglesia; la pertenencia incompleta a la Iglesia; también los no-cristianos están ordenados al pueblo de Dios; fuera de la Iglesia no hay salvación; el Papa, "precipuo entre los Apóstoles", es fundamento secundario de la Iglesia; el primado del Romano Pontífice se realiza bajo diversos respectos. [En la imagen: "La Ultima Cena", fresco de Andrea del Castagno, pintado entre 1445 y 1450, en el antiguo Monasterio Benedictino -hoy Museo- de Santa Apolonia, en Florencia, Italia].
Notas: 1) Las proposiciones en letra negrita y entre comillas " " son las palabras textuales de los dogmas (1° y 2° grado) o de las proposiciones próximas a la fe (3° grado). El resto es mi comentario o explicación; 2) las frases en negrita grande evidencian los dogmas de primer grado, las que están en negrita normal los dogmas de segundo grado; 3) en la medida que me ha sido posible, he convertido en positivo las sentencias en negativo, para así mostrar al lector qué es lo que la Iglesia enseña. De lo cual se comprende fácilmente qué es lo que la Iglesia condena.
La Iglesia se apoya firmemente en lo eterno, pero al mismo tiempo avanza en la historia
----------"Así como al pueblo de Israel, según la carne, peregrinando por el desierto, se le designa ya como Iglesia [qahál = asamblea convocada] (2 Esd 13,1; Nm 20,4; Dt 23,1 ss), así el nuevo Israel, que caminando en el tiempo presente busca la ciudad futura y perenne (Hb 13,14), también es designado como Iglesia de Cristo (cf. Mt 16,18), porque fue El quien la adquirió con su sangre (Hch 20,28), la llenó de su Espíritu y la dotó de los medios apropiados de unión visible y social. Dios formó una congregación de quienes, creyendo, ven en Jesús al autor de la salvación y el principio de la unidad y de la paz, y la constituyó Iglesia a fin de que fuera para todos y cada uno el sacramento visible de esta unidad salutífera.
----------Debiendo difundirse en todo el mundo, entra, por consiguiente, en la historia de la humanidad, si bien trasciende los tiempos y las fronteras de los pueblos. Caminando, pues, la Iglesia en medio de tentaciones y tribulaciones, se ve confortada con el poder de la gracia de Dios, que le ha sido prometida para que no desfallezca de la fidelidad perfecta por la debilidad de la carne, antes, al contrario, persevere como esposa digna de su Señor y, bajo la acción del Espíritu Santo, no cese de renovarse hasta que por la cruz llegue a aquella luz que no conoce ocaso" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.9).
La plena pertenencia a la Iglesia
----------"A esta sociedad de la Iglesia están incorporados plenamente quienes, poseyendo el Espíritu de Cristo, aceptan la totalidad de su organización y todos los medios de salvación establecidos en ella, y en su cuerpo visible están unidos con Cristo, el cual la rige mediante el Sumo Pontífice y los Obispos, por los vínculos de la profesión de fe, de los sacramentos, del gobierno y comunión eclesiástica" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.14).
Cuáles pecadores pertenecen a la Iglesia
----------Indudablemente, quien peca de herejía, de cisma o de apostasía se excluye de la Iglesia; de ese modo son expulsados de la Iglesia también los excomulgados. Es necesario sin embargo tener presente que no todo pecado, aunque sea grave, excluye de la Iglesia, sino sólo los pecados contra la Iglesia o en sí misma, porque perturban a la Iglesia o crean divisiones en su interior, o bien contra la Iglesia en su jefe terreno, que es el Papa, o contra la fe, que es el programa doctrinal y operativo de la Iglesia. Dice por tanto el Catecismo Tridentino:
----------"En cuanto a los demás hombres, por malos y criminales que sean, no hay duda que aún éstos continúan dentro de la Iglesia; y esto se debe recordar de continuo a los fieles, para que estén muy seguros de que, si acaso fuese escandalosa la conducta de los prelados de la Iglesia, éstos, sin embargo, están dentro de su seno, y por eso nada se les priva de su potestad" (cf. Catecismo Romano, I parte, cap. X, n.9, Librería Editorial Santa Catalina, Buenos Aires, 1950, p.71). A parte de los excomulgables, no oficialmente excomulgados, que sin embargo hacen el mismo daño.
La pertenencia incompleta a la Iglesia
----------"La Iglesia se reconoce unida por muchas razones con quienes, estando bautizados, se honran con el nombre de cristianos, pero no profesan la fe en su totalidad o no guardan la unidad de comunión bajo el sucesor de Pedro. Existe en efecto una cierta verdadera unión en el Espíritu Santo, ya que El ejerce en ellos su virtud santificadora con los dones y gracias" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.15).
También los no-cristianos están ordenados al pueblo de Dios
----------"Quienes todavía no recibieron el Evangelio, se ordenan al Pueblo de Dios de diversas maneras. En primer lugar, aquel pueblo que recibió los testamentos y las promesas y del que Cristo nació según la carne (Rm 9,4-5). Por causa de los padres es un pueblo amadísimo en razón de la elección, pues Dios no se arrepiente de sus dones y de su vocación (Rm 11,28-29)" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.16).
Fuera de la Iglesia no hay salvación
----------"La sacrosanta Romana Iglesia, fundada en la Palabra del Señor y Salvador nuestro, firmemente cree, profesa y predica que todos aquellos que están fuera de la Iglesia, no sólo paganos, sino también judíos o herejes y cismáticos, no pueden hacerse partícipes de la vida eterna, sino que irán al fuego eterno que está aparejado para el diablo y, sus ángeles (Mt 25,41), a no ser que antes de su muerte se uniere con la Iglesia" (Concilio de Florencia, de 1442, Denz. 1351).
----------Se supone que su separación sea consciente, querida, y por tanto culpable. Quien en cambio sufre, sobre este punto, de ignorancia invencible y lleva una vida honesta, pertenece a la Iglesia invisiblemente e inconscientemente, y por consiguiente se salva.
El Papa, "precipuo entre los Apóstoles", es fundamento secundario de la Iglesia
----------"Aunque el primer y precipuo fundamento de la Iglesia sea el unigénito Hijo de Dios Jesucristo, según lo que dice el Apóstol: "Ha sido colocado un fundamento, fuera del cual no puede ser colocado ningún otro, y éste es Jesucristo" (1 Co 3,11), no obstante un segundo y secundario fundamento de la Iglesia es Pedro, aunque no el primero en el tiempo, pero eminente en la autoridad en medio de los demás, de los cuales dice el Apóstol Pablo: "Ya no sois huéspedes ni forasteros, sino conciudadanos de los santos y familiares de Dios, edificados sobre el fundamento de los apóstoles y de los profetas" (Ef 2,19s)" (Inocencio III, Carta Apostolicae Sedis primatum a Juan, patriarca de Jerusalén, del 12 de noviembre de 1199, Denz. 774).
El primado del Romano Pontífice se realiza bajo diversos respectos
----------El primado del Romano Pontífice como Cabeza y Pastor universal de la Iglesia sobre todo el cuerpo episcopal y sobre todo el pueblo de Dios.
----------"La Santa Iglesia Romana posee el sumo y pleno primado y principado sobre toda la Iglesia Católica que ella veraz y humildemente reconoce haber recibido con la plenitud de la potestad de parte del Señor mismo en la persona del bienaventurado Pedro, príncipe o cabeza de los Apóstoles, de quien el Romano Pontífice es sucesor; y como está obligada más que las demás a defender la verdad de la fe, así las cuestiones que acerca de la fe surgieren, deben ser definidas por su juicio" (II Concilio de Lyon, del 1274, Denz. 861, citado en la Constitución dogmática Pastor aeternus, del Concilio Vaticano I, del 18 de julio de 1870, Denz. 3067).
----------Definición dogmática: "Apoyados en los claros testimonios de las Sagradas Escrituras y siguiendo los decretos elocuentes y evidentes, ora de nuestros predecesores los Romanos Pontífices, ora de los Concilios universales, renovamos la definición del Concilio Ecuménico de Florencia, por la que todos los fieles de Cristo deben creer que 'la Santa Sede Apostólica y el Romano Pontífice poseen el primado sobre todo el orbe, y que el mismo Romano Pontífice es sucesor del bienaventurado Pedro, príncipe de los Apóstoles, y verdadero vicario de Jesucristo y cabeza de toda la Iglesia, y padre y maestro de todos los cristianos; y que a él le fue entregada por nuestro Señor Jesucristo, en la persona del bienaventurado Pedro, plena potestad de apacentar, regir y gobernar a la Iglesia universal, tal como aun en las actas de los Concilios Ecuménicos y en los sagrados Cánones se contiene'" (Concilio Vaticano I, Constitución dogmática Pastor aeternus, cit., Denz. 3059).
A. En la doctrina. Confirma a tus hermanos
----------"Enseñamos y definimos que es dogma divinamente revelado que el Romano Pontífice, cuando habla desde la cátedra de Pedro (ex cathedra), esto es, cuando cumpliendo su cargo de pastor y doctor de todos los cristianos, define por su suprema autoridad apostólica que una doctrina sobre la fe y costumbres debe ser sostenida por la Iglesia universal, gracias a la asistencia divina que le fue prometida en la persona del bienaventurado Pedro, goza de aquella infalibilidad de que el Redentor divino quiso que estuviera provista su Iglesia en la definición de la doctrina sobre la fe y las costumbres; y, por tanto, que las definiciones del Romano Pontífice son irreformables de por sí (ex sese) no por el consenso de la Iglesia" (Definición del dogma de la infalibilidad doctrinal del Papa, proclamado por el beato Pío IX, en la Constitución dogmática Pastor aeternus, cit., Denz. 3074).
----------El Romano Pontífice al definir un dogma de la fe es infalible por sí y por sí solo (ex sese) y no por el consentimiento de la Iglesia.
B. En el gobierno y en la legislación eclesiástica
----------El Papa es el pastor universal de la Iglesia. Apacienta a mis corderos.
----------a) Es el legislador del derecho canónico.
----------Es el legislador del derecho canónico, con facultad de instituir, abrogar y cambiar leyes.
----------"El Código de derecho canónino, en cuanto que, al ser el principal documento legislativo de la Iglesia, está fundamentado en la herencia jurídica y legislativa de la Revelación y de la Tradición, debe ser considerado instrumento indispensable para mantener el debido orden tanto en la vida individual y social, como en la actividad misma de la Iglesia" (San Juan Pablo II, Constitución apostólica Sacrae disciplinae leges, del 25 de enero de 1983).
----------b) Disfruta del poder coercitivo sobre cualquier fiel católico.
----------"La Iglesia tiene derecho originario y propio a castigar con sanciones penales a los fieles que hayan cometido delitos" (Código de derecho canónico, canon 1311).
----------El Papa puede excomulgar o castigar al cismático, al hereje y al apóstata (Código de derecho canónico, canon 1364).
----------c) Mantiene relaciones con los jefes de las otras religiones.
----------Mantiene relaciones de recíproca colaboración con los jefes de las otras religiones en el culto a Dios y para la promoción común de la fraternidad universal de los derechos humanos, de la justicia y de la paz.
----------d) Regula la relación de la Iglesia con los Estados.
----------Regula la relación de la Iglesia con los Estados y merece e infunde respeto por parte de los soberanos de la tierra y de la comunidad internacional como promotor de justicia y paz para todos los pueblos del mundo.
----------La conducta de los Papas hacia los soberanos seculares ha cambiado desde el Medioevo a la edad moderna. En el Medioevo ellos se consideraban ligados a las palabras de Cristo resucitado: "Me ha sido dado todo poder en el Cielo y en la tierra" (Mt 28,18). Bonifacio VIII entendió estas palabras como si el Papa tuviera en sus manos no sólo el poder espiritual, sino también el temporal:
----------"En el poder del Papa hay dos espadas: la espiritual y la temporal. Una y otra espada están en la potestad de la Iglesia, tanto la espada espiritual como la material. Una por mano del sacerdote, otra por mano del rey y de los soldados, si bien a indicación y consentimiento del sacerdote" (Bonifacio VIII, Bula Unam sanctam, del 18 de noviembre de 1302, Denz. 873).
----------Pero los Papas han tenido que aprender a sus expensas que esas palabras del Señor no debían ser referidas al poder de Cristo en su vida mortal, sino a su poder escatológico. Jesús en cambio, refiriéndose a Su vida terrena, esclarece bien ante Pilato que Su Reino no es de este mundo y no pretende en absoluto mandar sobre el César, sino que de hecho se le somete.
----------Los Papas, después de muchas amarguras y desilusiones, perdido el poder temporal sobre los Estados de la Iglesia, han comprendido, sobre todo a partir de León XIII, ser Vicarios no tanto del Cristo glorioso, como sobre todo del Cristo crucificado, que no goza nunca de ningún poder temporal sobre esta tierra, de hecho lo rechazó, sino que estaba sometido a los jefes de Israel y al César.
----------Jacques Maritain comprendió y describió muy bien en Humanisme intégral (Aubier, París 1936) el pasaje del "régimen sacral" medioeval al régimen "profano-cristiano" moderno, que preanuncia y anticipa el proyecto humanista de la Gaudium et spes. El mismo análisis se encuentra en Charles Journet, L'Eglise du Verbe Incarné, Desclée de Brouwer, Bruges 1962, vol. I, pp.269-388.
----------Fue así que los Papas, ya con la Revolución americana del 1776, al admitir el derecho a la libertad religiosa, rechazando la religión de Estado, dieron inicio a una relación más evangélica, con los Estados, delineada por primera vez por León XIII con feliz parangón de la relación entre el alma y el cuerpo. Dice de hecho el Pontífice:
----------"Dios ha repartido, por tanto, el gobierno del género humano entre dos poderes: el poder eclesiástico y el poder civil. El poder eclesiástico, puesto al frente de los intereses divinos. El poder civil, encargado de los intereses humanos. Ambas potestades son soberanas en su género. Cada una queda circunscrita dentro de ciertos límites, definidos por su propia naturaleza y por su fin próximo. De donde resulta una como esfera determinada, dentro de la cual cada poder ejercita iure proprio su actividad.
----------Pero como el sujeto pasivo de ambos poderes soberanos es uno mismo, y como, por otra parte, puede suceder que un mismo asunto pertenezca, si bien bajo diferentes aspectos, a la competencia y jurisdicción de ambos poderes, es necesario que Dios, origen de uno y otro, haya establecido en su providencia un orden recto de composición entre las actividades respectivas de uno y otro poder. Es necesario, por tanto, que entre ambas potestades exista una ordenada relación unitiva, comparable, no sin razón, a la que se da en el hombre entre el alma y el cuerpo.
----------Así, todo lo que de alguna manera es sagrado en la vida humana, todo lo que pertenece a la salvación de las almas y al culto de Dios, sea por su propia naturaleza, sea en virtud del fin a que está referido, todo ello cae bajo el dominio y autoridad de la Iglesia. Pero las demás cosas que el régimen civil y político, en cuanto tal, abraza y comprende, es de justicia que queden sometidas a éste, pues Jesucristo mandó expresamente que se dé al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios (Mt 22,21)" (León XIII, Encíclica Immortale Dei, cit., n.6, Denz. 3168).
----------Nótese la diferencia con Bonifacio VIII: este doble poder, para el papa León, no está en las manos del Pontífice, sino de Dios, que da al Papa el poder espiritual sobre la Iglesia, y a los soberanos el poder civil temporal sobre los Estados. Por consiguiente, Cristo es ciertamente Rey del universo, con poder en el Cielo y en la tierra.
----------Pero una cosa es lo que ha hecho Cristo sobre esta tierra, y otra cosa lo que hace Cristo ahora a la diestra del Padre y llevará a término en la Parusía. Él ahora actúa mediante el Espíritu Santo. Pero el Espíritu habrá cumplido su misión sólo en el Juicio universal. El Papa es Vicario del Cristo terreno, no del Cristo escatológico. La plena victoria de Cristo sobre sus enemigos no es de este mundo, sino del último Día.
----------Un rastro del Medioevo que sigue estando presente en este estupendo y sapientísimo discurso de León XIII está dado por el hecho de que el Papa al hablar del primado del poder espiritual sobre el temporal, no señala, como sí lo hará el Concilio Vaticano II (véase Lumen gentium, n.44), el hecho de que la Iglesia está, ciertamente, enviada a salvar al mundo, pero, en su aspecto humano y terreno, aprende también del mundo.
----------La famosísima bula de Bonifacio VIII termina luego con una definición dogmática: obedecer al Papa en las cosas de fe y de moral es de necesidad para la salvación.
----------"Declaramos, decimos, definimos y pronunciamos que el someterse al Romano Pontífice es de toda necesidad para la salvación" (Denz. 875).
----------También en este caso vale el principio de la ignorancia invencible enunciado por el beato Pío IX (Denz. 2866).
C. En la santificación. El poder de las llaves
----------a) Es el supremo moderador del culto divino.
----------b) Es el sumo sacerdote.
----------Es el sumo sacerdote, supremo dispensador a los fieles, mediante los sacramentos, de la misericordia y de la gracia del Padre.
----------c) Es infalible en la canonización de los santos.
----------Este no es un dogma definido, sino definible, porque no es pensable que el Papa, al indicar oficialmente un modelo de santidad para toda la Iglesia, pueda equivocarse. De hecho la Iglesia no le ha quitado nunca el título de santo o beato a un fiel precedentemente beatificado o canonizado.
----------d) Concede el don de las indulgencias.
----------Obediencia debida al Magisterio de la Iglesia. "La perfecta adhesión a las verdades reveladas, absolutamente necesaria para la consecución del verdadero progreso de las ciencias y la refutación de los errores, se puede obtener no sólo si se presta fe y obediencia a los dogmas expresamente definidos por la Iglesia. En efecto, tal adhesión, aparte de aquella sujeción que debe prestarse mediante un acto de fe divina a los dogmas expresamente definidos, sino que habría también de extenderse a aquellas cosas que se enseñan como divinamente reveladas por el Magisterio ordinario de toda la Iglesia extendida por el orbe y, por ende, con universal y constante consentimiento son consideradas por los teólogos católicos como pertenecientes a la fe" (Beato Pío IX, Carta Tuas libenter al arzobispo de Munich y Frisinga, del 21 de diciembre de 1863, Denz. 2879).
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