sábado, 13 de abril de 2024

Verdades de Fe (11/24) La Iglesia, Parte 3

En la última parte del capítulo concerniente a las verdades de fe referentes a la Iglesia, hoy examinaremos importantes Actas del Magisterio referidas a los siguientes temas: los obispos en cuanto sucesores de los apóstoles; la colegialidad episcopal; los presbíteros; los diáconos; la función de los religiosos; vida activa y vida contemplativa; los institutos seculares; la virginidad es superior al matrimonio; la función del laico; el laico es rey, sacerdote y profeta; la Iglesia salva al mundo, pero al mismo tiempo recibe ayuda del mundo; la Iglesia tendrá pleno cumplimiento en la Parusía del Señor. [En la imagen: una fotografía del Aula Pablo VI en el Vaticano, durante una de las reuniones generales del Sínodo de Obispos y del Pueblo de Dios, de octubre de 2023].

Notas: 1) Las proposiciones en letra negrita y entre comillas " " son las palabras textuales de los dogmas (1° y 2° grado) o de las proposiciones próximas a la fe (3° grado). El resto es mi comentario o explicación: 2) las frases en negrita grande evidencian los dogmas de primer grado, las que están en negrita normal los dogmas de segundo grado; 3) en la medida que me ha sido posible, he convertido en positivo las sentencias en negativo, para así mostrar al lector qué es lo que la Iglesia enseña. De lo cual se comprende fácilmente qué es lo que la Iglesia condena.
   
Los obispos, sucesores de los apóstoles
   
----------"Los Obispos han sucedido, por institución divina, a los Apóstoles como pastores de la Iglesia, de modo que quien los escucha, escucha a Cristo, y quien los desprecia, desprecia a Cristo y a quien le envió (Lc 10,16)" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.20).
----------"Para realizar estos oficios tan excelsos, los Apóstoles fueron enriquecidos por Cristo con una efusión especial del Espíritu Santo, que descendió sobre ellos (Hch 1,8; 2,4; Jn 20,22-23), y ellos, a su vez, por la imposición de las manos, transmitieron a sus colaboradores este don espiritual (1 Tm 4,14; 2 Tm 1,6-7), que ha llegado hasta nosotros en la consagración episcopal. Enseña, pues, este santo Concilio que en la consagración episcopal se confiere la plenitud del sacramento del orden, llamada, en la práctica litúrgica de la Iglesia y en la enseñanza de los Santos Padres, sumo sacerdocio, cumbre del ministerio sagrado. La consagración episcopal, junto con el oficio de santificar, confiere también los oficios de enseñar y de regir, los cuales, sin embargo, por su misma naturaleza, no pueden ejercerse sino en comunión jerárquica con la Cabeza y los miembros del Colegio" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.21).
   
La colegialidad episcopal
   
----------"El Colegio o Cuerpo de los Obispos, por su parte, no tiene autoridad, a no ser que se considere en comunión con el Romano Pontífice, sucesor de Pedro, como cabeza del mismo, quedando totalmente a salvo el poder primacial de éste sobre todos, tanto pastores como fieles. Porque el Romano Pontífice tiene sobre la Iglesia, en virtud de su cargo, es decir, como Vicario de Cristo y Pastor de toda la Iglesia, plena, suprema y universal potestad, que puede siempre ejercer libremente. En cambio, el Cuerpo episcopal, que sucede al Colegio de los Apóstoles en el magisterio y en el régimen pastoral, más aún, en el que perdura continuamente el Cuerpo apostólico, junto con su Cabeza, el Romano Pontífice, y nunca sin esta Cabeza, es también sujeto de la suprema y plena potestad sobre la Iglesia universal, si bien no puede ejercer dicha potestad sin el consentimiento del Romano Pontífice" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.22).
----------La declaración conciliar afirma que la suprema potestad puede ser ejercida de modo personal (primacial) por el Romano Pontífice, como también de modo colegial, o sea por el colegio episcopal, que es tal solamente si tiene al Papa como su cabeza [o sea los obispos junto al Papa]: "El Colegio o Cuerpo de los Obispos no tiene autoridad, a no ser que se considere en comunión con el Romano Pontífice, sucesor de Pedro, como cabeza del mismo, quedando totalmente a salvo el poder primacial de éste sobre todos [...] El Cuerpo episcopal es también sujeto de la suprema y plena potestad sobre la Iglesia universal junto con su Cabeza, el Romano Pontífice" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.22).
   
Los presbíteros
   
----------"Los Obispos han encomendado legítimamente el oficio de su ministerio, en distinto grado, a diversos sujetos en la Iglesia. Así, el ministerio eclesiástico, de institución divina, es ejercido en diversos órdenes por aquellos que ya desde antiguo vienen llamándose Obispos, presbíteros y diáconos. Los presbíteros, aunque no tienen la cumbre del pontificado y dependen de los Obispos en el ejercicio de su potestad, están, sin embargo, unidos con ellos en el honor del sacerdocio y, en virtud del sacramento del orden, han sido consagrados como verdaderos sacerdotes del Nuevo Testamento, a imagen de Cristo, sumo y eterno Sacerdote (Hb 5,1-10; 7,24; 9,11-28), para predicar el Evangelio y apacentar a los fieles y para celebrar el culto divino" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.28).
----------El presbítero ejerce la esencia del sacerdocio: el ofrecimiento del sacrificio y el perdón de los pecados. Pero no ejerce esta esencia en la plena fuerza y poder de sus recursos, que consiste en el poder de ordenar a otros obispos, presbíteros y diáconos, y de fortificar al pueblo de Dios con el sacramento de la confirmación. El obispo, por tanto, frente a los presbíteros, los diáconos y el pueblo, es un padre frente a sus hijos.
   
Los diáconos
   
----------"En un grado inferior de la Jerarquía están los diáconos, que reciben la imposición de las manos no en orden al sacerdocio, sino en orden al servicio. Así, confortados con la gracia sacramental, en comunión con el Obispo y su presbiterio, sirven al Pueblo de Dios en el ministerio de la liturgia, de la palabra y de la caridad" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.29).
----------El diácono representa el aspecto del servicio fraterno, propio del sacramento del orden, del cual constituye el grado de base sobre el cual se erige el poder presbiteral del ofrecimiento del sacrificio y de la remisión de los pecados. Es el colaborador del presbítero y del obispo en su actividad, en la liturgia, en el anuncio de la Palabra y en el apacentar al pueblo de Dios.
   
La función de los religiosos
   
----------"La madre Iglesia goza de que en su seno se hallen muchos varones v mujeres que siguen más de cerca el anonadamiento del Salvador y dan un testimonio más evidente de él al abrazar la pobreza en la libertad de los hijos de Dios y al renunciar a su propia voluntad. A saber: aquellos que, en materia de perfección, se someten a un hombre por Dios más allá de lo mandado, a fin de hacerse más plenamente conformes a Cristo obediente" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.42).
----------"Mediante los votos u otros vínculos sagrados -por su propia naturaleza semejantes a los votos-, con los cuales el fiel se obliga a la práctica de los tres susodichos consejos evangélicos, hace una total consagración de sí mismo a Dios, amado sobre todas las cosas, de manera que se ordena al servicio de Dios y a su gloria por un título nuevo y especial. Ya por el bautismo había muerto al pecado y estaba consagrado a Dios; sin embargo, para traer de la gracia bautismal fruto copioso, pretende, por la profesión de los consejos evangélicos, liberarse de los impedimentos que podrían apartarle del fervor de la caridad y de la perfección del culto divino y se consagra más íntimamente al servicio de Dios" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.44).
----------Preguntándonos cuál sea el término para comparar todos estos superlativos de mayor respecto a algo menor, es evidente que se trata de la vida secular o laical.
   
Vida activa y vida contemplativa
   
----------"Los Institutos destinados por entero a la contemplación, o sea, aquellos cuyos miembros se dedican solamente a Dios en la soledad y silencio, en la oración asidua y en la alegre penitencia, ocupan siempre, aun cuando apremien las necesidades de un apostolado activo, un lugar eminente en el Cuerpo Místico de Cristo" (Concilio Vaticano II, Decreto Perfectae caritatis, del 28 de octubre de 1965, n.7).
----------"Hay en la Iglesia gran número de Institutos, clericales o laicales, dedicados a diversas obras de apostolado, que tienen dones diversos en conformidad con la gracia que les ha sido dada" (Concilio Vaticano II, Decreto Perfectae caritatis, del 28 de octubre de 1965, n.8).
   
Los institutos seculares
   
----------"Los Institutos seculares, aunque no son Institutos religiosos, realizan en el mundo una verdadera y completa profesión de los consejos evangélicos, reconocida por la Iglesia. Esta profesión confiere una consagración a los hombres y a las mujeres, a los laicos y a los clérigos, que viven en el mundo. Por esta causa deben ellos procurar, ante todo, la dedicación total de sí mismos en caridad perfecta y los Institutos mantengan su propia fisonomía secular, a fin de que puedan realizar con eficacia y en todas partes el apostolado, para el que nacieron" (Concilio Vaticano II, Perfectae caritatis, cit., n.11).
----------¿Qué diferencia existe entre institutos religiosos e institutos seculares? Que mientras los miembros de los institutos religiosos se dedican en la forma de la vida conventual o monástica o eremítica a actividades intelectuales, laborativas o productivas apartadas de la secularidad, con prevalencia de la oración, de la liturgia, de las prácticas ascéticas, y de las observancias regulares, ocupándose de las franjas menos favorecidas de la población, los miembros de los institutos seculares, sin faltar a un serio empeño y una severa disciplina espiritual, están sin embargo ocupados en todas las actividades seculares, desde la economía a la política, desde las obras sociales a la cultura y la ciencia, desde el comercio a la industria, a las artes, al espectáculo, a la milicia, o a las actividades deportivas y recreativas.
   
La virginidad es superior al matrimonio
   
----------"La virginidad está por delante del matrimonio" (Decreto del Concilio Romano del 390 contra Joviniano, promulgado bajo la autoridad del papa san Siricio.
----------"El estado de virginidad o de celibato es mejor y más perfecto que el estado conyugal" (Concilio de Trento, Denz. 1810).
   
La función del laico
   
----------"El carácter secular es propio y peculiar de los laicos. Por propia vocación, a los laicos corresponde tratar de obtener el reino de Dios gestionando los asuntos temporales y ordenándolos según Dios. Ellos viven en el siglo, es decir, en todos y cada uno de los deberes y ocupaciones del mundo, y en las condiciones ordinarias de la vida familiar y social, con las que su existencia está como entretejida. Allí están llamados por Dios, para que, desempeñando su propia profesión guiados por el espíritu evangélico, contribuyan a la santificación del mundo como desde dentro, a modo de fermento. Y así hagan manifiesto a Cristo ante los demás, primordialmente mediante el testimonio de su vida, por la irradiación de la fe, la esperanza y la caridad" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.31).
----------El carisma específico del laico consiste en el hecho de que él, por su competencia propia, hace visible y operante a la Iglesia en aquellos lugares o ámbitos de este mundo o de la Iglesia misma, donde normalmente el clero no puede, no tiene medios ni competencia, para llegar, a menos que se verifique el infausto clericalismo, vale decir, en la familia, en la economía, en la política, en los asuntos del Estado, en el trabajo, en la cultura.
----------Sin embargo, no es lo mismo cuando estas intervenciones del clero se refieren a los principios basilares del actuar cristiano, como varios documentos del Magisterio enseñan. En base a estos principios la Iglesia interviene por problemas sociales importantes y urgentes, como por ejemplo los de la pobreza o las iniciativas políticas o legislativas, que ofenden gravemente a la dignidad humana o al bien común. En cuyo caso, el mantenerse afuera del sacerdote, del religioso o del obispo, sería hipocresía u oportunismo.
   
El laico es rey, sacerdote y profeta
   
----------"También por medio de los fieles laicos el Señor desea dilatar su reino" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n.36). "A los laicos, a los cuales Cristo asocia íntimamente a su vida y a su misión, también les hace partícipes de su oficio sacerdotal con el fin de que ejerzan un culto espiritual" (Ibid., n.34). "Cristo cumple su misión profética no sólo a través de la Jerarquía sino también por medio de los laicos" (Ibid., n.35). "Todos los fieles se constituyen en sacerdocio santo y real. Cada uno de ellos debe glorificar a Jesús en su corazón y dar testimonio de El con espíritu de profecía" (Concilio Vaticano II, Decreto Presbyterorum Ordinis, del 7 de diciembre de 1965, n.2).
   
La Iglesia salva al mundo, pero al mismo tiempo recibe ayuda del mundo
   
----------"La Iglesia necesita de modo muy peculiar la ayuda de quienes por vivir en el mundo, sean o no sean creyentes, conocen a fondo las diversas instituciones y disciplinas y comprenden con claridad la razón íntima de todas ellas. Es deber de todo el Pueblo de Dios, pero principalmente de los pastores y de los teólogos, auscultar, discernir e interpretar, con la ayuda del Espíritu Santo, las múltiples voces de nuestro tiempo y valorarlas a la luz de la palabra divina, a fin de que la Verdad revelada pueda ser mejor percibida, mejor entendida y expresada en forma más adecuada" (Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et spes, cit., n.44).
----------Está claro que el Concilio Vaticano II se refiere también a los modos de pensar modernos, que deben ser valorados con verdadero discernimiento y juicio crítico, a la luz de la divina Revelación y del Magisterio de la Iglesia, asumiendo los valores y descartando los errores. Era entonces esta la instancia válida del modernismo de principios del siglo XX, que lamentablemente sin embargo quedó desatendida, porque los modernistas, en lugar de juzgar la modernidad a la luz del Evangelio, terminaron por juzgar el Evangelio con el criterio de la modernidad. El Concilio por tanto recoge la instancia de modernización y reforma que habían planteado los modernistas dándole sin embargo la justa respuesta.
----------Esta ha sido la idea profética de san Juan XXIII, que él, al convocar el Concilio, no manifestó abiertamente para no descubrir las armas por una parte frente a los conservadores, que no comprendían esta instancia, detenidos solamente en la Pascendi de san Pío X, pero tampoco para descubrirlas frente a los cripto-modernistas, que sobrevivían en la nouvelle théologie condenada por la Humani generis y estaban deseosos de una revancha, como lamentablemente ha sucedido en el post-concilio.
   
La Iglesia tendrá pleno cumplimiento en la Parusía del Señor
   
----------"La plenitud de los tiempos ha llegado, pues, a nosotros (1 Co 10,11), y la renovación del mundo está irrevocablemente decretada y en cierta manera se anticipa realmente en este siglo, pues la Iglesia, ya aquí en la tierra, está adornada de verdadera santidad, aunque todavía imperfecta. Pero mientras no lleguen los cielos nuevos y la tierra nueva, donde mora la justicia (2 Pe 3,13), la Iglesia peregrina lleva en sus sacramentos e instituciones, pertenecientes a este tiempo, la imagen de este siglo que pasa, y ella misma vive entre las criaturas, que gimen con dolores de parto al presente en espera de la manifestación de los hijos de Dios (Rm 8,19-22).
----------Unidos, pues, a Cristo en la Iglesia y sellados con el Espíritu Santo, que es prenda de nuestra herencia (Ef 1,14), con verdad recibimos el nombre de hijos de Dios y lo somos (1 Jn 3,1), pero todavía no se ha realizado nuestra manifestación con Cristo en la gloria (Col 3,4), en la cual seremos semejantes a Dios, porque lo veremos tal como es (1 Jn 3,2). Por tanto, 'mientras moramos en este cuerpo, vivimos en el destierro, lejos del Señor' (2 Co 5,6), y aunque poseemos las primicias del Espíritu, gemimos en nuestro interior (Rm 8,23) y ansiamos estar con Cristo (Flp 1,23).
----------Ese mismo amor nos apremia a vivir más y más para Aquel que murió y resucitó por nosotros (2 Co 5,15). Por eso procuramos agradar en todo al Señor (2 Co 5,9) y nos revestimos de la armadura de Dios para permanecer firmes contra las asechanzas del demonio y resistir en el día malo (Ef 6,11-13). Y como no sabemos el día ni la hora, es necesario, según la amonestación del Señor, que velemos constantemente, para que, terminado el único plazo de nuestra vida terrena (Hb 9,27), merezcamos entrar con El a las bodas y ser contados entre los elegidos (Mt 25,31-46), y no se nos mande, como a siervos malos y perezosos (Mt 25,26), ir al fuego eterno (Mt 25,41), a las tinieblas exteriores, donde 'habrá llanto y rechinar de dientes' (Mt 22,13 y 25,30).
----------Pues antes de reinar con Cristo glorioso, todos debemos comparecer 'ante el tribunal de Cristo para dar cuenta cada uno de las obras buenas o malas que haya hecho en su vida mortal' (2 Co 5,10); y al fin del mundo 'saldrán los que obraron el bien para la resurrección de vida; los que obraron el mal, para la resurrección de condenación' (Jn 5,29; Mt 25,46)" (Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium, cit., n48).

No hay comentarios:

Publicar un comentario

En ciertas horas del días se permitirán comentarios sin moderación. Los comentarios no cónsonos con el blog serán removidos. Igualmente los que falten a las normas del respeto personal.