miércoles, 28 de abril de 2021

La actual pandemia. ¿Por que Dios permite el mal? (3)

En las dos primeras notas de esta serie hemos venido exponiendo, de modo sucinto, las diversas reacciones que actualmente suelen darse a la existencia del mal, es decir, las variadas respuestas que se dan a la pregunta del por qué existe el mal, pregunta hoy particularmente motivada por el sufrimiento y la muerte que causa la presente pandemia. Tratemos ahora de dar algunos pasos adelante, indagando sobre la concepción cristiana del mal, a la luz de la Sagrada Escritura y la Sagrada Tradición, expuestas por el Magisterio de la Iglesia.

Es necesario que nos decidamos a recuperar la noción bíblica del castigo divino del pecado
   
----------Al respecto, es necesario aclarar a la luz de la teología natural (metafísica) y de la Sagrada Escritura cuál es el verdadero concepto del castigo divino, hoy tan incomprendido y hasta rechazado por muchos, con grave daño en nuestro camino de salvación.
----------Por otra parte, debemos volver a descubrir que a menudo se ha perdido de vista el concepto de castigo divino, que es ciertamente un acto por el cual Dios causa sufrimiento, pero con el fin de un bien, es decir, para recordarle al pecador su pecado, para corregirlo y para inducirlo a penitencia.
----------Sin embargo, es necesario recordar que existe también un castigo meramente aflictivo, que es la condenación eterna, pero ella está justificada por el hecho de que el pecador, ya sea ángel u hombre, se ha fijado para siempre en su personal voluntad pecaminosa, por lo tanto sin ninguna voluntad o posibilidad de arrepentirse, condición, esta, que es necesaria para obtener el perdón divino.
----------La noción bíblica del castigo divino viene a ser oscurecida, malinterpretada o incluso rechazada frecuentemente, a causa de ideas erróneas sobre el castigo divino, como aquella, por ejemplo, también presente en la Sagrada Escritura, aunque en los ambientes rabínicos, de que el hecho de ser golpeado por la desgracia es señal de que se ha cometido algún pecado grave. En cambio, esto no es en absoluto lo que se dice, como lo hace notar Jesús mismo, en el relato del ciego de nacimiento (Jn 9).
----------También aparece la noción bíblica del castigo divino en el episodio del leproso sanado (Mt 8,1-4): la ley lo consideraba un pecador castigado por Dios, por lo cual no podía ser tocado y estar en sociedad. Jesús, transgrediendo esta ley injusta, y al sanarlo, muestra que no se trataba de un castigo divino merecido, sino simplemente de una desgracia, de la cual tenía todo el derecho de ser liberado.
----------Así se explican las palabras del Santo Padre en el Ángelus del pasado 14 de febrero: "Su enfermedad era considerada un castigo divino, pero, en Jesús, él puede ver otro rostro de Dios: no el Dios que castiga, sino el Padre de la compasión y del amor, que nos libera del pecado y jamás nos excluye de su misericordia".
----------Sin embargo, es necesario saber interpretar bien estas palabras del papa Francisco. Estas palabras suyas no deben ser entendidas como un aval a ciertos misericordistas, los cuales, malinterpretando la voluntad de Dios de hacer a todos misericordia, ven sistemáticamente en cualquier pecador, incluso en el más arrogante, obstinado y soberbio, solo una pobre y frágil persona para ser compasionada y para ser excusada, un simple sufriente, mientras que a veces también sucede que el pecador peca voluntariamente por malicia, y entonces no debe ser compasionado, sino corregido o castigado.
----------Acerca de esta delicada noción de castigo, es necesario decir que no es cierto, como sostienen algunos, que la noción de castigo divino sea una aplicación metafórica del castigar humano, que sería un concepto meramente unívoco que significa la sanción penal irrogada por la autoridad judicial humana.
----------A este nivel, de hecho, ¿qué es lo que sucede? Pues, que cometiendo un crimen o un delito, el malhechor se pone a sí mismo contra la razón y forzosamente sobrepasa (trans-gredit) los límites de lo lícito, y viola por tanto el orden comunitario de justicia fijado por la ley. La justicia quiere que el reo sea reconducido coercitivamente, según razón del tutor del orden comunitario, dentro del orden, tanto cuanto el criminal con su delito haya sobrepasado el límite del orden fijado por la ley. Si, por ejemplo, ha robado un determinado monto, debe devolver ese monto. Sobre la base de esta represalia o rigurosa correspondencia, en tiempos pasados el homicida era castigado con la muerte. Hoy el ordenamiento jurídico tiende más bien a abolir la pena de muerte para sustituirla por una pena correctiva o reeducativa.
----------Por el contrario, la noción de castigo es una noción trascendental de analogía de proporcionalidad, que se aplica tanto al castigar humano como al castigar divino. En efecto, tal noción trasciende la materialidad, que, como sabemos, es el fundamento de la univocidad conceptual, para liberarse en el cielo por la pura espiritualidad, por lo tanto conveniente también a Dios, purísimo Espíritu, en cuanto sustancialmente no es sino una voluntad de bien en el orden de la justicia retributiva, es decir, que es aquel acto de la voluntad de la persona, con el cual ella quiere una pena por el pecado.
----------Al respecto, es necesario distinguir un castigo interno del pecado de un castigo externo y posterior (o sucesivo al pecado). Este, a su vez, puede ser o bien natural o bien convencional. Todo pecado genera necesariamente en la conciencia un estado de confusión o turbación o desorden o malestar más o menos fuerte según la entidad de la culpa. Es la acusación o el reproche de la conciencia.
----------Este es el castigo interno al acto mismo del pecado, por lo tanto inescindible del pecado mismo y constituyente del estado de culpa o de pecado, por el cual el sujeto pierde la gracia y sólo la puede recuperar movido por la gracia al arrepentimiento y a la conversión, que implica la remisión del pecado.
----------Este sufrimiento espiritual es causado por el hecho de que la voluntad se encuentra en un estado innatural y reclama ser enderezada. El perdón divino devuelve la voluntad a su posición natural, para que ella vuelva a moverse con facilidad en el obrar el bien.
----------En cuanto al castigo externo, se trata de la pena que Dios irroga después, subsecuentemente, incluso después de mucho tiempo, pero infaltablemente, ya sea en la vida presente o en la vida futura, en el purgatorio por los pecados veniales no descontados en la vida presente, o bien en el infierno por los pecados mortales, en el caso que el alma se encontrara en ese estado en punto de muerte.
----------Si bien el castigo interno es ineliminable del propio acto pecaminoso, porque concurre a definirlo, de lo contrario no sería pecado, el castigo humano externo y subsecuente, puede faltar a causa de un defecto en la justicia humana. En cambio, en cuanto a lo que se refiere a Dios, Él lo puede postergar. Pero en cualquier caso, si el pecador en el tiempo de la vida terrena no ha descontado su pecado, él viene a ser castigado por Dios también en reparación de eventuales defectos de la justicia humana. O bien Dios, por su gran bondad, viendo al pecador sinceramente arrepentido, puede anular el castigo junto con su pecado, como parece suceder en la famosa parábola del hijo pródigo, el cual se siente merecedor de un castigo ("no soy digno de ser llamado hijo tuyo" dice Lc 15,18), pero su padre se lo anula.
----------Es necesario decir también que algunos delitos merecen la punición de parte de la autoridad humana o divina, y algunos otros son punidos necesariamente con una pena que es consecuencia necesaria del delito mismo. Ejemplo de los pecados del primer tipo: el castigo divino por la falta de observancia del precepto festivo o la sanción penal por una infracción al código de circulación. La sanción de los primeros está establecida por convención por la ley positiva. El castigo de los segundos se deriva del pecado por ley de naturaleza. Ejemplo de delito del segundo tipo: el envenenamiento subsecuente a la ingestión de hongos venenosos.
----------¿Cómo no parangonar la actual pandemia a los "flagelos" escatológicos de los cuales habla el Apocalipsis de san Juan? Al comienzo de este trágico y aterrador fenómeno, cuando aún no había alcanzado las proporciones que tiene en la actualidad, a mediados de febrero de 2020, monseñor Mario Enrico Delpini, Arzobispo de Milán, se negó a calificar la pandemia de "flagelo" en este sentido. "No comparto este alarmismo generalizado" decía el arzobispo, y hablaba de "exagerado contagio de miedo", cuando sólo había cinco víctimas por Covid en todo Italia, y sólo unos doscientos contagiados en Milán. Pero todos sabemos lo que sucedía pocas semanas después allí mismo, en el norte de Italia, y lo que sucede hoy en todo el mundo: nos llegan noticias de que el virus se descontrola en India, y aquí en Mendoza, hoy por hoy, ¿podemos calificar la situación con palabras distintas? Francamente, yo creo que, si san Juan viviera hoy, no dudaría en ver en la actual pandemia exactamente lo que él intentó decir con "flagelos" en su libro profético.
----------Y probablemente mons. Delpini se adecuaría como ejemplo del juicio del Apóstol san Juan, quien luego nota cómo los hombres, golpeados por los flagelos, "se mordían la lengua de dolor, pero en lugar de arrepentirse de sus obras, blasfemaron contra el Dios del cielo, a causa de sus dolores y de sus llagas" (Ap 16,10-11). Pero cuando los hombres no se arrepienten ni siquiera delante de estas extremas advertencias, ¿qué les espera entonces? ¿Se están arrepintiendo hoy los hombres frente a la pandemia?

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