domingo, 30 de julio de 2023

El espacio abierto por el motu proprio Magnum principium (3/3) Aclaración por parte del Santo Padre, sin dejar lugar a dudas

Con cierta frecuencia se le ha reprochado respetuosamente al papa Francisco que en algunos pasajes poco claros de sus enseñanzas no haya tomado siempre la precaución de volver sobre tales cuestiones a fin de aclararlas. Sin embargo, no ha sido así en el tema que tratamos en esta serie, y vista la incorrecta interpretación que el cardenal Robert Sarah había hecho de su motu proprio Magnum principium, el Santo Padre aclaró sus enseñanzas y directivas, sin dejar lugar a dudas, corrigiendo oportunamente a quien en ese entonces era nada menos que el Prefecto del Dicasterio del Culto. [En la imagen: celebración de la Santa Misa en la Parroquia y Santuario de María Auxiliadora, Rodeo del Medio, Maipú, de la Arquidiócesis de Mendoza, Argentina].

¿Cómo se atreve usted a corregir mi inglés?
   
----------Como lo atestiguaba claramente la resistencia explícita de los mismos cuerpos curiales llamados a aplicar sus disposiciones (véase al respecto la segunda parte de mi artículo del pasado miércoles 26 de julio), el motu proprio Magnum principium tomaba nota en septiembre de 2017 de una parálisis que había bloqueado la normal actividad de traducción de la tradición. Pero debemos subrayar un dato importante: habían sido las propias directivas litúrgicas de la Santa Sede, a través sobre todo de la instrucción Liturgiam authenticam del año 2001, las que habían provocado tal parálisis, y dieciseis años después era la propia Santa Sede la que realizaba su sincera autocrítica, volviendo a poner en el centro el "principio grande" (con el motu proprio Magnum principium) de la participación "inteligente" del pueblo en el acto de culto.
----------Frente a directivas de la Sede Apostólica (a través del Dicasterio del Culto) que desde hacía dos décadas habían venido aconsejando usar con mucha moderación la expresión "asamblea celebrante", ahora, en 2017, la restitución de las competencias a las Conferencias Episcopales, reabrían las puertas y ventanas del Dicasterio del Culto, que algunos todavía hubieran querido mantener cerradas con cerrojos de dos vueltas y sistemas de seguridad a prueba de bombas. Se desenmascaraban de un sólo golpe las ilusiones de quienes habían apostado por la supremacía de una lengua ya no viviente en detrimento de las lenguas vivas:
----------Dice el motu proprio Magnum principium: "Para ello, es necesario comunicar fielmente a un pueblo determinado, con su propio lenguaje, lo que la Iglesia ha querido comunicar a otro por medio de la lengua latina. No obstante la fidelidad no pueda juzgarse por las palabras individuales, sino en el contexto de todo el acto de la comunicación y de acuerdo a su propio género literario, sin embargo, algunos términos específicos también deben ser considerados en el contexto de la fe católica íntegra, porque cada traducción de los textos litúrgico debe ser congruente con la sana doctrina".
----------La pretensión de una traducción literal viene así superada por la descripción, apertis verbis, de las correspondencias dinámicas en las cuales vale la proporción: el latín es a un pueblo, como la lengua vernácula es a otro pueblo. Los diferentes pueblos determinan una mediación compleja y no directa entre las lenguas. Esta autocrítica que las directivas litúrgicas papales hacían en 2017 sobre las directivas de 2001 (que en el fondo no era más que un retorno a la lógica del Concilio Vaticano II, que Liturgiam authenticam había intentado obstaculizar) ha inaugurado una etapa de renovado diálogo entre fe y cultura, en la cual ningún Obispo tendrá necesidad de repetir ya aquello que un sabio pastor inglés, el cardenal George Basil Hume [1923–1999] le supo decir a un funcionario de la curia romana: "¿Cómo se atreve usted a corregir mi inglés?".
   
La carta del Papa al cardenal Sarah
   
----------Tras aquella infelíz intervención periodística del cardenal Sarah, el papa Francisco, le envió a su Prefecto del Culto una carta, con fecha 15 de octubre de 2017, solicitándole rectificar lo que Sarah había expresado y que se había difundido en diversos medios informativos. El caso era que Sarah matizaba y acotaba el alcance del motu proprio Magnum Principium, afirmando que el cambio del motu proprio al canon 838, que restituye la mayor parte de la responsabilidad de traducir textos litúrgicos a las Conferencias Episcopales, según el Prefecto todavía requeriría que la Sede Apostólica diera su aprobación a tales traducciones, y que Liturgiam authenticam seguía siendo el texto de referencia para las traducciones litúrgicas.
----------Sin embargo, el papa Francisco da un severo mentís a las declaraciones del cardenal Sarah, y en la carta que le dirige, el Santo Padre afirma claramente que la interpretación que el Prefecto hace del motu proprio es inexacta, ya que la intención pontificia es brindar a las Conferencias Episcopales la libertad de traducción de los textos litúrgicos. A continuación, la carta del Papa al cardenal Sarah:
   
----------Ciudad del Vaticano, 15 de octubre de 2017
----------A su eminencia Reverendísima, el señor Cardenal Robert Sarah.
----------Prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos
----------Eminencia
   
----------He recibido su carta del 30 septiembre en la que quiere, benévolamente, expresarme su gratitud por la publicación del motu proprio Magnum principium, y transmitirme una elaborada nota, "Comentario", sobre el mismo, con el objetivo de facilitar una mejor comprensión del texto.
----------Al agradecerle sentidamente por su empeño y contribución, me permito expresarle simplemente, y espero que con claridad, algunas observaciones sobre su nota, que considero importantes sobre todo para la aplicación y la justa comprensión del Motu Proprio y para evitar cualquier tipo de malentendido.
----------En primer lugar, es importante señalar la importancia de la clara diferencia que el nuevo Motu Proprio establece entre recognitio y confirmatio, bien consagrada en los § 2 y 3 del canon 838, para abolir la práctica adoptada por el Dicasterio después de Liturgiam authenticam (LA) y que el nuevo Motu Proprio quería cambiar. Por lo tanto, no podemos decir que recognitio y confirmatio son "estrictamente sinónimos (o) son intercambiables" o "son intercambiables en el nivel de responsabilidad de la Santa Sede".
----------En realidad el nuevo canon 838, a través de la distinción entre recognitio y confirmatio, afirma la diversa responsabilidad de la Sede Apostólica en el ejercicio de estas dos acciones, así como la de las Conferencias Episcopales. Magnum principium ya no sostiene que las traducciones deben ajustarse en todos los puntos a las reglas de la instrucción LA, como se afirmaba en el pasado. Por esta razón, los números individuales de LA deben ser cuidadosamente re-entendidos, incluyendo los números 79-84, para distinguir lo que exige el Código para la traducción y lo que se requiere para las adaptaciones legítimas. Por lo tanto, está claro que algunos números de la instrucción LA han sido derogados o han caído en los términos en los que fueron reformulados por el nuevo Motu Proprio (por ejemplo el n.76 y el n.80).
----------Acerca de la responsabilidad de las Conferencias Episcopales de traducir "fideliter", debe especificarse que el juicio acerca de la fidelidad al idioma latín y las correcciones necesarias, que era el deber del Dicasterio, en cambio ahora la norma otorga a las Conferencias Episcopales el poder de juzgar la bondad y la consistencia de uno y otro extremo en la traducción del original, incluso en diálogo con la Santa Sede. La confirmatio no supone más, por lo tanto, un examen detallado palabra por palabra, excepto en casos obvios que se pueden hacer a los presentes Obispos para su posterior reflexión. Esto se aplica en particular a las fórmulas relevantes, como por ejemplo para las oraciones eucarísticas, especialmente las fórmulas sacramentales aprobadas por el Santo Padre. La confirmatio también tiene en cuenta la integridad del libro, que verifica que todas las piezas que componen la edición típica hayan sido traducidas.
----------Aquí se puede añadir que, a la luz del Motu Proprio, el "fideliter" del § 3 del canon, implica una triple fidelidad: al texto original en primer lugar, al lenguaje particular que se traduce, y finalmente a la comprensibilidad del texto por los destinatarios (cf. Institución General del Misal romano nn.391-392).
----------En este sentido, la recognitio solo indica verificación y preservación de la conformidad a la ley y la comunión de la Iglesia. El proceso de traducción de los textos litúrgicos relevantes (las fórmulas sacramentales, el Credo, el Padre Nuestro, etc.) en una lengua (de las que se consideran traducciones auténticas) no debe conducir a un espíritu de "imposición" a las Conferencias Episcopales de una determinada traducción realizada por el Dicasterio, ya que con ello se perjudicaría el derecho de los Obispos consagrado en el canon, e incluso antes en la SC 36 § 4. Por otra parte, tenga en cuenta la similitud con el canon 825 § 1 sobre la versión de la Sagrada Escritura que no requiere confirmación por parte de la Sede Apostólica.
----------Resulta inexacto atribuir a la confirmatio el propósito de la recognitio (es decir, "verificar y salvaguardar el cumplimiento de la ley"). Ciertamente, la confirmatio no es un acto puramente formal, sino necesario para la edición del libro litúrgico "traducido": la confirmatio se concede después de que esa versión se ha presentado a la Santa Sede para la ratificación de la aprobación ya realizada por los Obispos, en un espíritu de diálogo y de ayuda para reflejar, si fuere necesario, respetando sus derechos y deberes, considerando la legalidad del proceso seguido y sus modalidades.
----------Por último, señor Cardenal, reitero mi fraterno agradecimiento por su compromiso, y constatando que el comentario ha sido publicado en algunos sitios web y se le ha atribuido erróneamente a usted, le pido amablemente que brinde esta respuesta a los mismos sitios, así como que la envíe a todas las Conferencias Episcopales, Miembros y Consultores de este Dicasterio
   
----------Fraternalmente
----------Francisco
   
El Papa restituye el derecho de la palabra al Concilio Vaticano II
   
----------El valor de esa carta que el papa Francisco escribiera en 2017 al cardenal Sarah, va más allá de la cuestión específica acerca de la cual interviene. Incluso con toda la relevancia del caso, vale decir, la recta interpretación del texto del motu proprio Magnum principium, y su impacto en la práctica de las traducciones litúrgicas, la carta pontificia se refiere al modo de interpretar el giro pastoral del Concilio Vaticano II, el punto de inflexión que ha inaugurado hace apenas sesenta años, y la apertura de una nueva fase en la relación de los Iglesia con la historia, y con la cultura y las culturas. He aquí algunos puntos esenciales del razonamiento que me parece podemos hacer a partir de esa carta del Santo Padre:
----------1. El Concilio Vaticano II con sentido diluído. En la hermenéutica litúrgica prevalente en las últimas décadas, tal como emanaba del Dicasterio del Culto, a menudo se hacían referencias a los textos conciliares que daban la impresión de contradecir su sentido. Ejemplos particularmente llamativos de esta praxis interpretativa del Dicasterio del Culto datan de principios del nuevo milenio: los textos de Liturgiam authenticam (2001) y de Redemptionis sacramentum (2004), son dos casos en los que se proponen lecturas de la tradición litúrgica postconciliar que no pocos han entendido como verdaderas negaciones del Concilio. Basta pensar que el resultado de los dos mencionados documentos es, respectivamente, la sospecha hacia la lengua hablada y hacia la asamblea celebrante. El "gran principio" al cual hace referencia el Santo Padre en su motu proprio de 2017, aparece en esos dos documentos olvidado o desfigurado.
----------2. El Concilio Vaticano II vuelve a tener derecho a la palabra. También en el caso del mencionado "Commentaire" escrito por el cardenal Sarah, con la pretensión de dar una "interpretación auténtica" del motu proprio Magnum principium, el entonces Prefecto del Culto utilizaba la misma técnica: se le ha encargado a un canonista miope y de probada fe auto-referencial plantear de modo descarado una lectura del texto del motu proprio en absoluta continuidad con la práctica y la mentalidad que se habían adquirido en las últimas dos décadas, pretendiendo así acreditar la idea de que esta lectura era "fiel" al texto de Magnum principium. Y el caso fue que el Prefecto accedió a firmar un texto completamente indefendible.
----------Normalmente esto se había hecho para textos que no tenían ninguna posibilidad de respuesta (textos que no podían defenderse a sí mismos en su recto sentido) y que vivían de la fidelidad con la cual, en la historia, todavía somos capaces de comprender su letra y su espíritu. En este caso, sin embargo, la temeraria operación realizada por esa hermenéutica pasadista (el nombre de "tradicionalista" le quedaría demasiado grande) no había tenido en cuenta el hecho de que el papa Francisco es hoy el adalidad de un Concilio con derecho a la palabra. Por eso, frente el descaro con que se desacataba la letra y el espíritu de un documento fechado hacía apenas un mes antes, la intentio auctoris (que todavía estaba muy clara en la mente de quien lo había firmado) intervenía inequívocamente para restaurar la verdad.
----------3. La cuestión central que está en juego. En el corazón del motu proprio Magnum principium está la necesidad de escuchar las razones de las diversas culturas, exigencia de la cual ha surgido la intuición originaria del Concilio Vaticano II. Ese sentido del motu proprio del papa Francisco, no puede ser oscurecido ni diluido por una mera defensa de las competencias centralistas desarrolladas en los últimos veinte años, bajo la presión de la obsesión por un supuesto olvido de la tradición que no es ni más ni menos que pasadismo.
----------A través de la "clara diferencia" (dice el Papa) entre dos formas de "aprobación", Magnum principium salvaguarda finalmente la diferencia necesaria de las diferentes culturas. Pensar la unidad como "homologación" constituye una abierta negación de la dinámica que el Concilio Vaticano II ha querido reconocer como vital para la tradición eclesial. Sobre este punto visceral, una lectura estática y una lectura dinámica de la tradición se enfrentan abiertamente y no pueden ser juzgadas la una contra la otra. De hecho, el texto de la carta pontificia habla explícitamente de "abolir" el enfoque impuesto por Liturgiam authenticam.
----------Esos obstáculos entre fidelidad y traducción, ingeniosamente creados durante dos décadas, y que sólo han desarrollado embarazo o vergüenza y parálisis, ya no son posibles. La "fidelidad", como dice el texto de la carta, implica una triple fidelidad: al texto original in primis; a la lengua particular a la cual se traduce, y finalmente a la comprensibilidad del texto por parte de los destinatarios: en otras palabras, la traducción viene reconocida como un acto sumamente complejo, que no puede ser controlado sólo por la Curia Romana, sino que debe respetar varias instancias, generales y particulares.
----------4. Una lección del Papa dirigida no sólo al cardenal Robert Sarah. Entre las primeras reacciones que caracterizaron la recepción de esta carta, una corría el riesgo de ser la predominante. Quizás es lo que la prensa también se sintió tentada a subrayar: es decir, una especie de "duelo" entre el Papa y uno de sus colaboradores oficiales. No era así. En lo sucedido entre el Papa y Sarah en aquel octubre de 2017, estaba en juego otra cosa: se trataba más bien de una manera de restaurar la autoridad de la naturaleza pastoral del Concilio Vaticano II y de los efectos que su giro pastoral puede y debe tener sobre todo el cuerpo eclesial, comenzando por los Dicasterios, que no permanecían inmunes a esta carta del Papa.
----------En definitiva, la carta del Papa del 15 de octubre de 2017 es la expresión de un Concilio Vaticano II que no se deja amordazar por hermenéuticas negacionistas, que no se deja paralizar por la obsesión por la continuidad del único sujeto eclesial, que no permite indiferencias o descuidos, sean tales antiguos o nuevos. Todos aquellos que han intentado en las últimas décadas domesticar al Concilio Vaticano II, deben sentirse los verdaderos destinatarios de esta carta. El cardenal Sarah, en aquel hecho acontecido hace casi seis años, fue más bien un ingenuo protagonista; y aquella carta del Papa ha pretendido hablar sobre todo a los demasiado listos y astutos que todavía merodeaban por los pasillos vaticanos.

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