lunes, 12 de febrero de 2024

Algo más sobre la materia y la forma de los Sacramentos

En los Sacramentos debemos identificar la sustancia o esencia del Sacramento, que son aquellos elementos sin los cuales el Sacramento no es válido. Este es el motivo por el cual el cardenal Víctor Fernández, en la nota Gestis verbisque, cita la materia y la forma, porque él tiene la preocupación por definir de qué depende la validez del Sacramento. El Cardenal censura los abusos litúrgicos consistentes en el hecho de que el ministro cambia la materia o la forma del sacramento, invalidando el Sacramento. [En la imagen: fragmento del "Tríptico de los Siete Sacramentos", óleo sobre madera de roble, realizado entre 1445 y 1450, por Roger van der Weyden, conservado y expuesto en el Museo Real de Bellas Artes de Amberes, Bélgica].

Ulteriores aclaraciones sobre la materia y la forma de los Sacramentos
   
----------Considero útil recordar al lector dos artículos publicados en diciembre pasado, referentes a la Materia y la Forma: Un sueño de Aristóteles: la materia y la forma (del 1.12.2023), y Ecos del sueño de Aristóteles con las dos Hermanas (del 17.12.2023), porque aquí el lector puede encontrar el punto de partida ontológico y cosmológico al que remite el dogma eclesial de la composición del Sacramento de materia y forma para la concepción de materia y forma propia de la realidad sacramental.
----------¿Que quiero decir? Como ya he explicado a los lectores en mi anterior artículo sobre el tema: La esencia de los Sacramentos: materia y forma (del 9.2.2024), que me han preguntado sobre la distinción entre materia y forma hecha por el cardenal Víctor Fernández en la reciente Nota del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, Gestis verbisque, la noción de materia y forma en Liturgia tiene un significado traslaticio respecto al significado ontológico que materia y forma tienen en la filosofía de Aristóteles.
----------En efecto, en la materia del Sacramento hay efectivamente alguna cosa material, aunque no se trata de la materia prima, de la cual habla Aristóteles, sino que es una materia ya formada, una materia segunda, una sustancia como por ejemplo el agua, el pan, el vino, el aceite, la persona humana.
----------La distinción entre materia y forma es por otra parte útil para definir la presencia en el Sacramento de una realidad sustancial o cosa material, que debemos entender en dos significados diferentes. En efecto, en el Sacramento debemos individuar o identificar la sustancia o esencia del Sacramento (del Catecismo de la Iglesia Católica), es decir, aquellos elementos sin los cuales el Sacramento no es válido.
----------Este es el motivo por el cual el Card. Fernández cita la materia y la forma, porque él tiene la preocupación por definir de qué depende la validez del Sacramento. Por otra parte, en los Sacramentos existe alguna sustancia material, compuesta de materia y forma. Esta sustancia constituye la materia del Sacramento.
----------Por ejemplo, en la Sagrada Eucaristía tenemos el pan y el vino. ¿Qué sucede en el momento en el cual el sacerdote consagra el pan y el vino? Sucede lo que la Iglesia llama transustanciación. Ahora bien, este concepto supone la distinción entre sustancia y accidentes. Por esto la Iglesia distingue en el pan y en el vino la sustancia de los accidentes o "especies eucarísticas".
----------En base a estos conceptos podemos entonces entender lo que la Iglesia quiere decir cuando habla de transustanciación: la conversión de la sustancia del pan y del vino en la sustancia del Cuerpo y de la Sangre del Señor, permaneciendo en existencia las "especies" o los accidentes del pan y del vino. Por consiguiente, está claro que si nosotros no tenemos presente la distinción entre materia y forma, y por tanto entre sustancia y accidentes, no podemos entender la transustanciación.
----------La distinción entre materia y forma también sirve para definir la sustancia material que viene usada en los Sacramentos. Por ejemplo, en el Bautismo tenemos agua. ¿Qué sucede con el agua, cuando sobre ella se pronuncian las palabras de la fórmula sacramental? Está claro que el agua siempre sigue siendo agua, sin embargo viene santificada y convertida en medio de la gracia santificante.
----------Recordemos, por otra parte, que los Sacramentos tienen dos efectos santificadores. Por una parte, los Sacramentos quitan los pecados y dan la gracia, y por otra, los Sacramentos aumentan la gracia que ya existe. Por ejemplo, el Sacramento de la Penitencia da la gracia a quienes no la tienen. En cambio, para recibir la Eucaristía es necesario estar ya en gracia.
----------El cardenal Víctor Fernández censura los abusos litúrgicos consistentes en el hecho de que el ministro cambia la materia o la forma del sacramento. Por ejemplo, en el matrimonio la materia está dada por la disponibilidad de ambos, un hombre y una mujer, o por el consentimiento a la unión conyugal según el pacto conyugal, mientras que la forma está dada por la fórmula verbal con la cual ellos expresan la voluntad de unirse en matrimonio en conformidad con el pacto expresado en palabras. Así, por ejemplo, si el consentimiento no es libre y sincero en base a la fe en la indisolubilidad del matrimonio o si el consentimiento se pone bajo condición, entonces el consentimiento está viciado, falta la materia y el matrimonio no es válido.
----------O bien si un sacerdote consagra las oblatas eucarísticas sin creer en la transustanciación, la forma es errónea y consagra inválidamente, aunque la fórmula sea la prescrita por la Iglesia.
   
Sustancia del Sacramento según el Catecismo de la Iglesia Católica
   
----------En base a lo que he dicho, repasemos ahora, siguiendo los textos principales del Catecismo de la Iglesia Católica, la individuación o identificación de la sustancia o esencia del Sacramento, es decir, aquellos elementos sin los cuales el Sacramento no es válido.
----------1. Bautismo (nn.1239-1240): 1239: Sigue entonces el rito esencial del sacramento: el Bautismo propiamente dicho, que significa y realiza la muerte al pecado y la entrada en la vida de la Santísima Trinidad a través de la configuración con el misterio pascual de Cristo. El Bautismo es realizado de la manera más significativa mediante la triple inmersión en el agua bautismal. Pero desde la antigüedad puede ser también conferido derramando tres veces agua sobre la cabeza del candidato. 
----------1240: En la Iglesia latina, esta triple infusión va acompañada de las palabras del ministro: "N., yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo". En las liturgias orientales, estando el catecúmeno vuelto hacia el Oriente, el sacerdote dice: "El siervo de Dios, N., es bautizado en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo". Y mientras invoca a cada persona de la Santísima Trinidad, lo sumerge en el agua y lo saca de ella.
----------1256: Son ministros ordinarios del Bautismo el obispo y el presbítero y, en la Iglesia latina, también el diácono (cf CIC, can. 861,1; CCEO, can. 677,1). En caso de necesidad, cualquier persona, incluso no bautizada, puede bautizar (cf CIC can. 861, § 2) si tiene la intención requerida y utiliza la fórmula bautismal trinitaria. La intención requerida consiste en querer hacer lo que hace la Iglesia al bautizar. La Iglesia ve la razón de esta posibilidad en la voluntad salvífica universal de Dios (cf 1 Tm 2,4) y en la necesidad del Bautismo para la salvación (cf Mc 16,16).
----------2. Confirmación (n.1300): 1300: Sigue el rito esencial del sacramento. En el rito latino, "el sacramento de la Confirmación es conferido por la unción del santo crisma en la frente, hecha imponiendo la mano, y con estas palabras: "Recibe por esta señal el don del Espíritu Santo" (Pablo VI, Const. ap. Divinae consortium naturae). En las Iglesias orientales de rito bizantino, la unción del myron se hace después de una oración de epíclesis, sobre las partes más significativas del cuerpo: la frente, los ojos, la nariz, los oídos, los labios, el pecho, la espalda, las manos y los pies, y cada unción va acompañada de la fórmula: Sfragis doreas Pnéumatos Agíou ("Sello del don que es el Espíritu Santo") (Rituale per le Chiese orientali di rito bizantino in lingua greca, Pars I).
----------1312: El ministro originario de la Confirmación es el obispo (LG 26).
----------3. Eucaristía (n. 1412): 1412 Los signos esenciales del sacramento eucarístico son pan de trigo y vino de vid, sobre los cuales es invocada la bendición del Espíritu Santo y el presbítero pronuncia las palabras de la consagración dichas por Jesús en la última cena: "Esto es mi Cuerpo entregado por vosotros [...] Este es el cáliz de mi Sangre..."
----------1411: Sólo los presbíteros válidamente ordenados pueden presidir la Eucaristía y consagrar el pan y el vino para que se conviertan en el Cuerpo y la Sangre del Señor.
----------4. Penitencia (nn. 1448-1449): 1448: A través de los cambios que la disciplina y la celebración de este sacramento han experimentado a lo largo de los siglos, se descubre una misma estructura fundamental. Comprende dos elementos igualmente esenciales: por una parte, los actos del hombre que se convierte bajo la acción del Espíritu Santo, a saber, la contrición, la confesión de los pecados y la satisfacción; y por otra parte, la acción de Dios por el ministerio de la Iglesia. Por medio del obispo y de sus presbíteros, la Iglesia, en nombre de Jesucristo, concede el perdón de los pecados, determina la modalidad de la satisfacción, ora también por el pecador y hace penitencia con él. Así el pecador es curado y restablecido en la comunión eclesial.
----------1449: La fórmula de absolución en uso en la Iglesia latina expresa el elemento esencial de este sacramento: el Padre de la misericordia es la fuente de todo perdón. Realiza la reconciliación de los pecadores por la Pascua de su Hijo y el don de su Espíritu, a través de la oración y el ministerio de la Iglesia: «Dios, Padre misericordioso, que reconcilió consigo al mundo por la muerte y la resurrección de su Hijo y derramó el Espíritu Santo para la remisión de los pecados, te conceda, por el ministerio de la Iglesia, el perdón y la paz. Y yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo» (Ritual de la Penitencia, 46.55).
----------1495: Sólo los sacerdotes que han recibido de la autoridad de la Iglesia la facultad de absolver pueden ordinariamente perdonar los pecados en nombre de Cristo.
----------5. Óleo de los Enfermos (nn. 1530-1531): 1530: Sólo los sacerdotes (presbíteros y obispos) pueden administrar el sacramento de la Unción de los enfermos; para conferirlo emplean óleo bendecido por el obispo, o, en caso necesario, por el mismo presbítero que celebra.
----------1531: Lo esencial de la celebración de este sacramento consiste en la unción en la frente y las manos del enfermo (en el rito romano) o en otras partes del cuerpo (en Oriente), unción acompañada de la oración litúrgica del sacerdote celebrante que pide la gracia especial de este sacramento.
----------6. Orden (nn.1573-1577): 1573: El rito esencial del sacramento del Orden está constituido, para los tres grados, por la imposición de manos del obispo sobre la cabeza del ordenando, así como por una oración consecratoria específica que pide a Dios la efusión del Espíritu Santo y de sus dones apropiados al ministerio para el cual el candidato es ordenado (cf Pío XII, Const. ap. Sacramentum Ordinis, DS 3858).
----------1576: Dado que el sacramento del Orden es el sacramento del ministerio apostólico, corresponde a los obispos, en cuanto sucesores de los Apóstoles, transmitir "el don espiritual" (LG 21), "la semilla apostólica" (LG 20). Los obispos válidamente ordenados, es decir, que están en la línea de la sucesión apostólica, confieren válidamente los tres grados del sacramento del Orden (cf DS 794 y 802; CIC can. 1012; CCEO, can 744; 747).
----------1577: "Sólo el varón (vir) bautizado recibe válidamente la sagrada ordenación" (CIC can 1024). El Señor Jesús eligió a hombres (viri) para formar el colegio de los doce Apóstoles (cf Mc 3,14-19; Lc 6,12-16), y los Apóstoles hicieron lo mismo cuando eligieron a sus colaboradores (1 Tm 3,1-13; 2 Tm 1,6; Tt 1,5-9) que les sucederían en su tarea (San Clemente Romano, Epistula ad Corinthios 42,4; 44,3). El colegio de los obispos, con quienes los presbíteros están unidos en el sacerdocio, hace presente y actualiza hasta el retorno de Cristo el colegio de los Doce. La Iglesia se reconoce vinculada por esta decisión del Señor. Esta es la razón por la que las mujeres no reciben la ordenación (cf Juan Pablo II, Mulieris Dignitatem, 26-27; Id., Carta ap. Ordinatio sacerdotalis; Congregación para la Doctrina de la Fe decl. Inter insigniores; Id., Respuesta a una duda presentada acerca de la doctrina de la Carta Apost. "Ordinatio Sacerdotalis").
----------7. Matrimonio (n.1665): 1664: La unidad, la indisolubilidad, y la apertura a la fecundidad son esenciales al matrimonio. La poligamia es incompatible con la unidad del matrimonio; el divorcio separa lo que Dios ha unido; el rechazo de la fecundidad priva la vida conyugal de su "don más excelente", el hijo (GS 50,1).
----------1623: Según la tradición latina, los esposos, como ministros de la gracia de Cristo, manifestando su consentimiento ante la Iglesia, se confieren mutuamente el sacramento del matrimonio. En las tradiciones de las Iglesias orientales, los sacerdotes –Obispos o presbíteros– son testigos del recíproco consentimiento expresado por los esposos (cf. CCEO, can. 817), pero también su bendición es necesaria para la validez del sacramento (cf CCEO, can. 828).
   
La formación litúrgica
   
----------Finalizo esta breve publicación de hoy recomendando la lectura del reciente Discurso del papa Francisco a los participantes de la Plenaria del Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, del pasado 8 de febrero, en la Sala Clementina del Palacio Apostólico.
----------El Santo Padre dice en uno de los pasajes del discurso: "Es necesaria la formación litúrgica, es decir para la liturgia y desde la liturgia, sobre la cual están reflexionando en estos días. No se trata de una especialización para pocos expertos, sino de una disposición interior de todo el pueblo de Dios. Eso naturalmente non excluye que haya una prioridad en la formación de aquellos que, en virtud del sacramento de la Orden, están llamados a ser mistagogos, es decir a llevar de la mano y acompañar los fieles en el conocimiento de los santos misterios. Los animo a proseguir en su compromiso para que los pastores sepan conducir el pueblo hacia el buen pasto de la celebración litúrgica, donde el anuncio de Cristo muerto y resucitado se convierte en experiencia concreta de su presencia que transforma la vida".

2 comentarios:

  1. Gracias nuevamente, querido padre Filemón, por sus exhaustivas explicaciones.

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    1. Querida Herminia,
      agradezco tu consenso y tu cotidiana compañía como atenta lectora de mis reflexiones.

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