Antes que nada, y para ahorrarme volver a publicar explicaciones que ya he publicado acerca del mismo tema, considero que los lectores de este blog que tuvieran interés en leer el presente artículo, necesitan haber leído, o leer antes, otro breve artículo mío reciente: La postura católica ante las leyes de prohibición de la homofobia.
Distinguir lo importante de lo que no lo es, o no lo es tanto...
----------A nosotros los católicos, interesados como estamos por la vida de la Iglesia y, en particular, por el modo como esa vida eclesial se desarrolla en nuestra pequeña comunidad, en nuestra Parroquia, en nuestro país, algunas noticias de estas últimas semanas quizás debieran hacernos pensar con mayor atención y un poco más detenidamente, en el modo como valoramos ciertos hechos, ciertos datos, ciertas noticias, a los que no siempre damos la importancia debida, la que les corresponde.
----------Hay católicos que rompen lanzas, o llaman a nuevas cruzadas, o convierten en dramas y tragedias, o convocan a una guerra santa, el simple hecho de que se conserven o no en la Iglesia y en la vida de la propia comunidad eclesial costumbres contingentes, transitorias, modificables, o el hecho de que el cura párroco o el propio obispo diocesano ha tomado tal o cual determinación jurídica o disciplinar.
----------Es posible que la tendencia al desequilibrio psicológico en estos tiempos anormales en que vivimos, a causa de la necesidad del distanciamiento social y hasta del aislamiento, en razón de las actuales epidemias, produzcan esas distorsiones de nuestro juicio prudencial y no valoremos las cosas por lo que realmente valen: que si la comunión en la lengua o en la mano, que si comulgar de pie o de rodillas, que si el canto gregoriano o las guitarras en la Misa, que si la Misa de san Pío V o la misa de san Pablo VI, que si el cura de sotana o el cura de clergyman, que si el latín o el vernáculo, que si se erige tal parroquia o capilla o se cierra tal otra, que si se construye un seminario nuevo cuando ya existía el viejo o si se cierra o no un seminario modernista o filo-lefebvriano... Sean trivialidades o no lo sean, las que he nombrado al azar de mi memoria, son todas cosas al menos contingentes, simples tradiciones humanas o, en el mejor de los casos, disciplina o ley eclesiástica, pero de ninguna manera Verdad ni Ley divinas por las que debamos dar la vida, que, al fin de cuentas, seguro que no la dan quienes hoy rompen lanzas por todo esto. Distinguir lo importante de lo que no lo es o no lo es tanto o no lo es en la misma medida, ese es el problema.
----------Por lo pronto es más simple y fácil hacer en nuestra vida de católicos una primera distinción fundamental y básica, que es la distinción que frecuentemente trato de transmitir a mis lectores en mis artículos: se trata de la distinción entre lo inmutable y lo modificable en la vida de la Iglesia, distinción que en algunos casos puede expresarse en términos de lo doctrinal y lo pastoral, vale decir, la distinción entre todo aquello que la Iglesia enseña como Verdad y Ley divina o natural, y lo que es su cambiante aplicación al cambiante sucederse de las costumbres o las necesidades o las urgencias de los tiempos. Es la misma distinción básica que el católico debe hacer entre Tradición y tradiciones, o entre lo divino y lo humano en la Iglesia.
----------En tiempos confusos y turbulentos como los del actual pontificado, para no pocos es tarea difícil discernir lo importante de lo que no lo es y, para colmo de males, si no se está bien predispuesto hacia las características humanas (demasiado a la vista humanas) del actual Romano Pontífice, parece que a algunos les es bastante fácil anatematizarlo por motivos que más bien hay que tomárselos en solfa, porque si tomáramos en serio las razones que algunos sedicentes "católicos" esgrimen para anatematizar y rechazar al papa Francisco, habría que recordarles ante todo que es una herejía acusar al Papa de hereje, es decir anatematizarlo y que, en todo caso harían bien estos llamados "católicos" en meditar acerca de que probablemente con esa misma actitud suya actual, carente de distinción entre lo divino y lo humano en un Papa, ellos en el mejor de los casos se habrían puesto del lado de Lutero si les hubiera tocado vivir en tiempos del papa León X, notorio hedonista (algo de lo cual se salva de ser acusado el papa Francisco), si es que no hubieran apostatado.
----------En el caso del Romano Pontífice no sólo es más fácil distinguir lo inmutable y lo modificable, es decir, lo doctrinal y lo pastoral, o lo divino y lo humano, o la Tradición y las tradiciones, sino que, además, es consolador y acrecienta nuestra fe, porque sabiendo Nuestro Señor Jesucristo lo fundamental que es para su Iglesia la conservación de su divino Legado, confió a Pedro y a sus sucesores el confirmar a sus hermanos en la fe, siempre e indefectiblemente ("confirma fratres tuos"), garantizando que esa gracia magisterial de Pedro se mantendría hasta el final de los tiempos ("porta inferi nos praevalebunt"), asegurando así que el Romano Pontífice nunca fallaría en la enseñanza del primero de los términos mencionados: la doctrina, la Verdad y Ley divina y natural, la Tradición, aún cuando en todo lo demás pudiera fallar, incluso en su oficio de Pastor ("pasce oves meas"), ámbito en el que Pedro puede equivocarse e incluso pecar.
----------Pues bien, en ese segundo ámbito del oficio de Pedro y de sus sucesores, es más difícil distinguir lo que es importante de lo que no lo es o no lo es tanto o en la misma medida. Pongo aquí un ejemplo que me conducirá al tema que quiero desarrollar en la segunda mitad de esta reflexión: que el Romano Pontífice determine cómo, quienes y cuándo pueden celebrar la Santa Misa en la Basílica de San Pedro, o que determine con el Jefe de Estado del Land de Niedersachsen un acuerdo o un convenio o un concordato, ambos hechos se ubican en el ámbito del oficio pastoral o de gobierno del Santo Padre, oficio en el que actúa de modo prudencial, y por lo tanto puede hacerlo correcta o incorrectamente.
----------Sin embargo, no existe ninguna duda de que la importancia de cada uno de esos actos pastorales o de gobierno del Papa, es muy distinta, y que la corrección o incorrección prudencial de ese obrar pontificio tiene consecuencias de distinta gravedad e importancia. El sacerdote que puede estar haciendo "turismo religioso" en Roma y que no consiga permiso de celebrar su Misa en la Basílica de San Pedro, podrá celebrarla en otro templo; mientras que los fieles católicos, cuya libertad religiosa está en gran medida, no digo garantizada, pero en cierto grado defendida, por la cualidad del acuerdo o convenio o concordato firmado por el Papa, como Jefe de Estado de Ciudad del Vaticano con otro Jefe de Estado, seguramente experimentarán consecuencias mucho más importantes para sus vidas que el celebrar la Misa en uno u otro templo.
¿Los católicos gozamos de libertad religiosa en Argentina?
----------Las últimas noticias que están sacudiendo la vida católica en otros países, con atentados a la libertad religiosa, al punto de que hay Estados que actualmente se han convertido en persecutores del catolicismo y de los católicos (y no hace falta pensar sólo en China para traer ejemplos al caso), deberían hacernos reflexionar a los católicos argentinos acerca de lo que se ha hecho, de lo que hemos hecho en estas últimas décadas respecto a la necesidad de garantizar, defender, y velar constantemente por la libertad religiosa (no solo la de los católicos). Precisamente esa libertad religiosa que ha proclamado tan en alto el Concilio Vaticano II y que, aún a sabiendas que no es la libertad liberal, los sedicentes católicos así llamados anti-progre se obstinan en rechazar, cuando se trata de una doctrina en absoluta continuidad con todo el Magisterio bimilenario de la Iglesia respecto a la defensa de la dignidad de la condición humana y de la ley divina y natural.
----------El Concilio Vaticano II declara dogmáticamente: "Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos sociales y de cualquier potestad humana, y esto de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o asociado con otros, dentro de los límites debidos. Declara, además, que el derecho a la libertad religiosa está realmente fundado en la dignidad misma de la persona humana, tal como se la conoce por la palabra revelada de Dios y por la misma razón natural . Este derecho de la persona humana a la libertad religiosa ha de ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad, de tal manera que llegue a convertirse en un derecho civil" (declaración Dignitatis Humanae n.2). La permanente oposición a esta enseñanza doctrinal infalible del Romano Pontífice reunido en Concilio ecuménico con el Colegio Episcopal cum et sub Petro, es uno de los tantos signos que manifiestan la pertinacia en el error, es decir, la herejía en la que han caído ciertos sectores del tradicionalismo, particularmente los lefebvrianos, actualmente en situación de cisma.
----------A la vista de lo que sucede hoy en Argentina no parece que hayamos defendido como debíamos esa justa libertad religiosa que, en algunos aspectos tiene mucho que ver con el derecho a la justa libertad de opinión o a la justa libertad de enseñanza. En un artículo de agosto del año 2020, dedicado al tema de la ideología de género que se intenta imponer en Argentina, monseñor Héctor Aguer terminaba escribiendo, con toda razón: "El totalitarismo del gobierno argentino incluye una policía del pensamiento, el Instituto Nacional de la Antidiscriminación (INADI), que ya existía bajo gobiernos anteriores, invariablemente dirigido por gente de izquierda. Por lo que acabo de escribir, yo podría ser denunciado ante este organismo, y eventualmente ser sometido a juicio e ir a parar a la cárcel".
----------Lo que expresa mons. Héctor Aguer al hablar de "totalitarismo", es que para los ideólogos del gender, que hoy indudablemente detentan poder en puestos del gobierno argentino, el respeto a la persona del homosexual implica también el apoyo de las ideas del gender, por lo cual el oponerse a esas ideas se configura como acto digno de merecer sanción penal. En otras palabras, mons. Aguer expresa que estamos ante una especie de Inquisición laica o secular, que sanciona como herejía la condena de la sodomía.
----------Pero más o menos lo mismo podría decirse de los riesgos y peligros a los que se enfrenta hoy un católico (obispo, o sacerdote, o laico) que defienda la doctrina católica no sólo acerca del gender, sino también acerca de toda la ética sexual católica, la reciprocidad hombre-mujer, el valor del matrimonio y de la familia, etc. La pregunta es: ¿está actualmente la Iglesia católica en Argentina, y están los fieles católicos argentinos, defendidos por el Concordato firmado hace cincuenta y cinco años atrás?
----------El acuerdo o concordato existente actualmente entre la Santa Sede y la República Argentina, fue firmado el 10 de octubre de 1966, entre el nuncio Umberto Mozzoni, plenipotenciario del papa san Pablo VI, y el canciller Nicanor Costa Méndez, plenipotenciario del entonces presidente argentino Juan Carlos Onganía.
----------En los pasajes que nos interesan para el tema que desarrollamos, el acuerdo establece en su Art.1 que: "el Estado Argentino reconoce y garantiza a la Iglesia Católica Apostólica Romana el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual, el libre y público ejercicio de su culto, así como de su jurisdicción en el ámbito de su competencia, para la realización de sus fines específicos", y en su Art.6 que: "...las Altas Partes Contratantes... resolverán amistosamente las eventuales diferencias que pudiesen presentarse en la interpretación y aplicación de las cláusulas del presente Acuerdo". El modo general con el cual el Art.1 "reconoce y garantiza" el "pleno" ejercicio de su labor a la Iglesia Católica, no es como para que los católicos se sientan absolutamente seguros de que gozan de absoluto respeto de la libertad religiosa por parte del Estado Argentino. De hecho todo parece estar librado a la buena voluntad y la honestidad de las personas que llegan a ser gobierno en Argentina, pues el Art.6 sugiere que no hay un modo univoco de interpretar lo establecido en el Art.1.
----------En mi opinión, la libertad de la Iglesia y de los católicos parecería mejor defendida en Italia, por su acuerdo o concordato, pues a diferencia del modo general como se la garantiza en el acuerdo de Argentina, en Italia se detallan en su Art. 2 las libertades que el Estado Italiano garantiza a la Iglesia católica; lo cual, por supuesto, no es absoluta garantía, porque, al fin de cuentas, también como en el caso argentino, todo queda librado a la honestidad de las personas que llegan a ser gobierno en Italia, como se ha puesto estas últimas semanas de manifiesto con los peligros que encierra para la libertad religiosa el llamado DDL Zan.
Peligra hoy la libertad religiosa en Italia. Peligra la libertad del Papa
----------Los lectores que sigan con atención, aunque más no sea que de manera general las noticias más importantes del acontecer eclesial en el centro de la cristiandad, se habrán enterado que recientemente la Secretaría de Estado del Santo Padre, a cargo del cardenal Pietro Parolin, ha enviado al Gobierno Italiano una Nota destacando el hecho de que el denominado "DDL Zan" (proyecto de ley de penalización de los delitos de homofobia, del que ya hemos hablado en un artículo anterior de este blog) contiene elementos que contrastan con el Concordato entre el Vaticano y el Estado Italiano de 1984. En particular, el DDL parece oponerse al artículo 2, cuyo inciso 1 se refiere a la Iglesia, a la que se le asegura la "libertad de organización, el ejercicio público del culto, el ejercicio del magisterio y el ministerio episcopal", mientras que el inciso 2 garantiza "a los católicos y a sus asociaciones y organizaciones la plena libertad de reunión y de manifestación del pensamiento con la palabra, la escritura y cualquier otro medio de difusión".
----------Está claro que el temor del Vaticano es que el mencionado proyecto de ley declare ilegal y, por tanto, pasible de sanción penal, el ejercicio de la "libertad de organización, ejercicio público del culto, ejercicio del magisterio y del ministerio episcopal", con particular referencia a la doctrina de la Iglesia acerca de la ética sexual, el matrimonio, la familia y la condena de la sodomía. Lo que surge de un somero análisis de lo que se proyecta con esta ley contra la homofobia es que todo lo que se refiere al ejercicio de la libertad de enseñanza de la doctrina católica en Italia, parece que está siendo homologado o equiparado a conducta de odio y desprecio hacia las personas homosexuales, conducta que, indudablemente, debe ser considerada como delito pasible de sanciones penales. Pero es evidente la injusticia de tal homologación.
----------Si tal es verdaderamente el dictado de la ley en elaboración, la Nota de la Secretaría de Estado está más que justificada porque reclama la atención del Parlamento italiano sobre el hecho de un proyecto de ley que viola los acuerdos concordatarios. Para remediar este vulnus, la ley debe distinguir, acerca de la cuestión de la homosexualidad, el respeto debido a la persona del homosexual de la doctrina católica acerca de la homosexualidad. Respecto al deber de todo ciudadano de abstenerse de comportamientos hostiles o carentes de respeto o incluso delictivos hacia la persona del homosexual, este deber es más que evidente y es más que obvio que cualquier forma de incumplimiento de este deber debe ser sancionada.
----------Pero en cuanto se refiere a la doctrina de la Iglesia, ya sea en el campo de la ética sexual, o de la distinción entre hombre y mujer, o del matrimonio y de la familia, debe decirse que la ley no tiene ninguna facultad para prohibir la enseñanza pública de esta doctrina por parte de cualquier católico, sea laico, sea sacerdote, sea religioso o sea obispo, sin por eso mismo violar el derecho de opinión o de libertad de pensamiento reconocido por el Concordato a la Iglesia en Italia, derecho que, sobre todo a partir del siglo XVIII, es universalmente reconocido en todos los Estados laicos y libres del mundo como derecho universal del hombre. Ante esta amenaza a la libertad de la vida de la Iglesia en Italia, es inevitable preguntarse: ¿acaso se quisiera impedir al mismo Romano Pontífice la enseñanza de la moral católica?
----------Para poner estas observaciones en su debida luz, es necesario relacionarlas con aquellas recientes declaraciones del cardenal Secretario de Estado Pietro Parolin, quien ha señalado en el llamado DDL-Zan la presencia de una materia penal que hace referencia a la expresión del pensamiento, sin que por otra parte se esclarezcan los contenidos pasibles de sanción penal, que vienen a ser dejados en la vaguedad, por lo que existe el riesgo de que, en caso de citación en juicio y de proceso penal, el juez actúe no según referencias precisas, sino a su arbitrio, con el riesgo de que el reo sea castigado sin que sepa por qué motivo, cosa que evidentemente ofende las reglas de la más elemental justicia.
----------Del mismo modo, el cardenal Gualtiero Bassetti, presidente de la Conferencia Episcopal Italiana, ha expresado recientemente, y muy oportunamente, la exigencia de que la proyectada ley contra la homofobia salvaguarde por una parte el respeto hacia la dignidad del homosexual, pero por otra parte permita la libertad de pensamiento no solo para las doctrinas del gender, sino también para aquellas doctrinas que proponen la ética sexual católica, la reciprocidad hombre-mujer, el valor del matrimonio y de la familia. Por lo demás, es evidente que el bien de la familia es inescindible del bien del Estado, si es que el Estado debe tener que preocuparse, como debe preocuparse, del incremento y de la educación de la ciudadanía.
----------Está claro que la libertad de pensamiento o la libertad religiosa no impiden a un Estado de derecho el contemplar delitos de opinión o de pensamiento, como pueden ser las doctrinas peligrosas para la seguridad del Estado, la incitación al terrorismo, a la guerra civil, a la sedición o a la sublevación popular, la difamación, el vilipendio de la religión, la apología del delito, la difusión de noticias falsas.
----------Pero hay que tener en cuenta también que, por cuanto un Estado no está habilitado para determinar la verdad en el campo de la ciencia, de la moral o de la religión (en el sentido de que el Estado pueda imponer en todo un "pensamiento único", como suele hoy decirse), vale sin embargo también para el Estado que solamente la verdad es la fuente del derecho, de la justicia, de la libertad y del bien común.
----------Por consiguiente, la Nota de la Secretaría de Estado, firmada por el cardenal Pietro Parolin, está plenamente justificada, en cuanto que es un llamado o recordatorio para el Estado italiano al respeto de los compromisos asumidos. Es un llamado a la conciencia de los gobernantes en nombre del principio pacta sunt servanda. Por lo cual, nadie debe confundirse: no se trata de que la Iglesia esté hoy haciendo un llamado a una supuesta conciencia católica del Estado italiano, nada de eso, pues estaría fuera de la realidad, sino que es un llamado a la conciencia laica del Estado, es decir, a la conciencia de los hombres de honor. Insisto en este punto, porque es lo que no entienden algunos sectores católicos que no terminan de reconocer que ya no puede ser invocado el respecto a una supuesta sociedad cristiana, o a un supuesto Estado católico, hoy inexistentes. Particularmente los grupos lefebvrianos o filo-lefebvrianos o en general anti-progre, que mantienen con pertinacia (herejía) el rechazo a la doctrina de la libertad religiosa del Concilio Vaticano II y la separación Iglesia-Estado, con la debida autonomía del orden temporal.
----------En efecto, ¿a qué instancia superior podría recurrir el Vaticano para hacer respetar el pacto, qué autoridad podría invocar capaz de obligar a Italia en el caso de que no tuviera en cuenta la Nota vaticana? Lamentablemente, no obstante los numerosos organismos internacionales jurídicos de los que hoy disponemos, no existe una autoridad supranacional capaz de obligar a un Estado a respetar un pacto violado.
----------¿Y a cuáles sanciones el Vaticano podría recurrir para hacer respetar el pacto? El Vaticano dispone de una autoridad moral, mientras que Italia es rica de una milenaria tradición de civilización cristiana. ¿Podríamos esperar que estos dos factores surtan algún efecto? ¿Y el Papa podría intervenir personalmente? ¿Será necesaria o será suficiente la Nota del Vaticano?
----------Si el papa Francisco como Jefe del Estado de la Ciudad del Vaticano no obtuviera justicia civil del Estado Italiano, como Jefe de la Iglesia Católica puede recurrir a la justicia divina, la cual, como demuestra la historia, tarde o temprano, de un modo o de otro, castiga o abate a aquellos tiranos o a aquellos regímenes políticos, que contravienen la ley divina, carecen de respeto por los derechos humanos y son enemigos de la Iglesia de Cristo. No olvidemos los ejemplos bíblicos de Sodoma y Gomorra y tampoco olvidemos los ejemplos históricos de la caída del Imperio Romano o de la caída del régimen nazi-fascista o de la disolución de la Unión Soviética y su bloque en la época de san Juan Pablo II.
----------La Nota del Vaticano no pretende una respuesta del gobierno italiano en nombre de la fe católica, sino que hace apelación a la honestidad y a la lealtad de un Estado laico que está obligado a respetar los pactos no en nombre de una fe religiosa, sino de la razón y del derecho natural.
----------El problema, por lo tanto, no es que entre nuestros gobernantes (y aquí incluyo a lo que sucede en Argentina) haya una mayoría católica, sino una mayoría de personas honestas, respetuosas del derecho a la libertad religiosa y del deber moral de respetar el Concordato con el Vaticano. El Vaticano exige tratar con hombres de honor, no con bribones o sinvergüenzas. No se trata de una relación entre Estado e Iglesia, sino entre Estado y Estado, aunque obviamente un Jefe de Estado sea también Jefe de la Iglesia Católica. Aquí Italia (o cualquier Estado) se relaciona con el Papa, pero no como jefe religioso, sino como Jefe de Estado.
¿Todos los colaboradores del Papa están realmente de su lado?
----------Monseñor Vincenzo Paglia, presidente de la Pontificia Academia para la Vida, en un programa de gran audiencia en la televisión italiana, respondiendo el pasado 24 de junio a una pregunta de un periodista acerca del DDL Zan (el proyecto de ley contra la homofobia), ha afirmado entre otras cosas que "es un problema que concierne solamente a la República Italiana. El Concordato no entra aquí para nada, no tiene nada que ver, por lo que en mi opinión esa nota no debería haberse escrito".
----------¿De que lado está Mons. Paglia? ¿Está convencido de representar dignamente al Romano Pontífice en el altísimo cargo que ocupa? ¿Cómo se atreve a oponerse al Papa que se expresa a través de su Secretario de Estado en una situación tan dramática para la vida italiana, para la Iglesia y para la sociedad, en la cual más que nunca es necesario que estemos todos unidos en torno al Papa?
----------Mons. Paglia parece no darse cuenta de la gravísima cuestión que está en juego. Las fuerzas masónicas están preparando una movida política en gran estilo para amordazar a la Iglesia en términos de ética sexual. Los masones quieren impedir a la Iglesia anunciar el Evangelio. No es la primera vez en la historia que el poder político quiere impedir la difusión del Evangelio y la educación de las almas para el reino de Dios.
----------Paglia no se da cuenta de que no se trata en absoluto de una cuestión interna de la República Italiana, sino de la relación de Italia con el Vaticano y, por lo tanto, con la Iglesia. No se trata de una cuestión interna para Italia, sino que, con la ética sexual y la ética de la familia en juego, se trata de una cuestión de civilización, que interesa a todo el mundo y a la misión universal de la Iglesia, y va más allá de los intereses de Italia. ¡Y lo asombroso del caso, lo que tiene de increíble, es que quien no se da cuenta de todo esto es precisamente el Presidente del Pontificio Consejo para la Familia!
----------Pero lo triste de este caso es que esta oposición a la doctrina de la Iglesia proviene del interior de la propia Iglesia católica. Indudablemente, existe ya desde hace tiempo una predicación herética en materia sexual, una predicación "católica" que no es católica. Ciertamente, a los promotores de la ley Zan esta predicación les vendría bien. Lo que a ellos no les conviene es la predicación auténticamente católica.
----------En estos cincuenta años de postconcilio, los Romanos Pontífices se han prodigado por promover la sana doctrina en materia de sexualidad. Pero lamentablemente la corrupción no ha dejado de avanzar a pasos agigantados. Y ahora el papa Francisco ha pensado en recurrir a la vía diplomática. Un reclamo o llamado al Estado italiano a respetar la libertad de pensamiento de la Iglesia.
----------¿Existirá en Italia una respuesta positiva o se estará avanzando hacia un régimen de opresión de la libertad de pensamiento? Las señales no son reconfortantes. Sin embargo, Cristo no abandona a su Iglesia. Necesitamos ponernos en las manos del Espíritu Santo. El espíritu maligno está desenfrenado. Solo el Espíritu Santo puede echar fuera al demonio. No es casualidad que el papa Francisco haya querido reintroducir recientemente, al final del rezo del Santo Rosario, la espléndida oración del papa León XIII a san Miguel Arcángel, que desde hace demasiado tiempo había caído en desuso.
----------No debemos temer los ataques del enemigo. Habituémonos al combate. Bajo la guía del Espíritu Santo estamos seguros. La victoria está de nuestra parte. No nos desanimemos. Los Santos nos asisten, la Virgen nos asiste. En el momento de la aparente derrota, se generan las energías de la victoria.
Estimado padre Filemón,
ResponderEliminargracias a usted nos hemos informado bien acerca de esta cuestión que agita hoy a la Iglesia en Italia, y conocer su opinión sobre el tema es utilísimo. Gracias. Pero tengo una pregunta para hacerle: Monseñor Paglia, antes de acudir a ese programa de TV, ¿no estaba al tanto de lo que se había ya decidido en la Secretaría de Estado? ¿No hay notas internas explicativas (si fuera necesario, como parece que lo es en esta cuestión de suma importancia) y dirigidas a los distintos Dicasterios y Oficios Vaticanos, al menos a los más interesados en las particulares cuestiones?
Estimado Sergio,
ResponderEliminarno estoy en grado de saber cómo funciona actualmente la difusión de las noticias internas entre los diversos "uffici" de la Santa sede.