martes, 15 de junio de 2021

Amoris laetitia, suma doctrinal y pastoral de la familia cristiana

En razón de que los debates, tanto en el orden teológico dogmático, como pastoral y jurídico, acerca de la exhortación post-sinodal del papa Francisco "Amoris laetitia", del 19 de marzo de 2016, lejos de haber sido esclarecidos por eventuales enseñanzas doctrinales o decisiones pastorales o jurídicas del Santo Padre, no se han terminado, sino más bien incentivado, propongo retomar el tema, comenzando por un sumario análisis de los aspectos básicos de la exhortación apostólica, tal cual se publicó en su momento, para luego pasar, siguiendo en general un orden cronológico, a discusiones producidas con posterioridad, sea por subsecuentes intervenciones del Papa, como de eminentes cardenales y obispos y competentes teólogos.

La disertación teológica: humilde búsqueda de los arcanos de Dios
   
----------Ante todo, es conveniente recordar que lo que intento hacer en este humilde rincón de la web, es presentar al puñado de amigos con el que me encuentro cotidianamente, el antiguo mecanismo especulativo de las disertaciones teológicas, las cuales no están hechas de "yo pienso" o "yo digo", no tienen por fundamento el egocentrismo (salvo en los contadísimos casos en que se exprese aquí la mera opinión o parecer o conjetura personal del autor) porque la teología no es ideológica búsqueda de las razones de uno mismo, de los motivos del propio yo, sino humilde búsqueda y anuncio de los arcanos misterios de Dios.
----------La exhortación apostólica post-sinodal Amoris laetitia lleva ya nada menos que cinco años atravesando lecturas e interpretaciones objetivas y sesgadas, integrales y parciales, teológicas e ideológicas, auténticas (es decir, católicas, en línea de continuidad y progreso con el Magisterio pontificio precedente) y contestatarias (es decir, o bien modernistas o bien lefebvrianas, ambas bajo la óptica de la ruptura con el Magisterio anterior). De ahí que me parece conveniente una serie de notas, empezando hoy con este artículo, en el que comienzo por resaltar los aspectos positivos de la exhortación post-sinodal; para seguir con otros artículos posteriormente, a fin de poder ofrecer un panorama del status quaestionis actual.
----------Lamentablemente, los lectores sólo tendrán al redactor de este modesto blog como exponente de estas disertaciones teológicas. Y digo lamentablemente porque en estas cuestiones disputadas es útil presentar un variado panorama, no de opiniones personales (porque ya aclaré que no se trata de eso, de egocentrismo) sino de diversos puntos de vista en la búsqueda y presentación del misterio o arcano o designio divino sobre el matrimonio y la familia. Pero los lectores sabrán complementar mis disertaciones teológicas con las de otros exponentes, seguramente más autorizados y competentes que yo.
----------Siempre es útil la variedad de exposiciones, siempre y cuando ellas se esfuercen por ser auténticamente católicas. Para mencionar un ejemplo: una vez, en ámbito especulativo, se me pidió que redactara un trabajo de investigación en el que resaltara todos los "aspectos positivos" del pensamiento de Lutero; y esa tarea me fue solicitada sabiendo lo reacio y adverso que yo era al pensamiento del "reformador". A otro de mis co-hermanos, quien en cambio consideraba al heresiarca con bastante más suavidad y moderación que yo, se le pidió un estudio en el que se resaltaran todos los aspectos negativos del propio Lutero.
----------Estos preciosos ejercicios de mis años de formación, que tenían el propósito de salvarnos de la ideología y del egocentrismo, probablemente hoy han caído en desuso, a la vista de los resultados que producen en la actualidad muchos teólogos, cerrados en la defensa de su propio egocentrismo, el cual "yoismo" (una de las formas más burdas del actual subjetivista antropocentrismo teológico) desde hace mucho tiempo ha venido a reemplazar al auténtico Deocentrismo o Cristocentrismo, que debe estructurar toda la teología.
----------Ahora bien, dejando ya la introducción, entremos pues en materia.
   
Consideraciones generales de la exhortación del papa Francisco
   
----------La Exhortación post-sinodal Amoris Laetitia del papa Francisco es una suma doctrinal y pastoral de la familia cristiana, una síntesis rica, completa y bien ordenada del actual pensamiento de la Iglesia acerca del tema. Amoris laetitia reafirma las verdades fundamentales de razón y de fe, que se refieren al matrimonio y a la familia, delinea sus características, sus finalidades y sus propiedades tal y como las ha querido el Creador, quien, mediante la misión y la obra de Cristo, ha concedido a la Iglesia y a la sociedad civil legislar con mayor precisión en la materia, según los tiempos y los lugares, teniendo en cuenta la fragilidad humana y la pecaminosidad consecuente al pecado original, a fin de asegurar en la mayor medida posible a la familia el máximo del ejercicio de las virtudes, sobre todo de la caridad, que florece en la laetitia amoris.
----------El Santo Padre, en este importante documento doctrinal y pastoral en el que nos ofrece sus enseñanzas y directivas después de las conclusiones de dos grandes asambleas sinodales, pone ante todo en comparación la verdadera y sana concepción de la familia, con ciertas ideas, hábitos y prácticas aberrantes y malsanas, que contrastan con el plan del Creador, la justa concepción del hombre y de la mujer, la recta razón práctica, el proyecto de Cristo, las leyes de la Iglesia, el bien de la sociedad civil, el progreso humano y la misma verdadera felicidad de la pareja, impidiendo la laetitia amoris. Sin embargo, antes de empezar a tratar de los temas morales, pastorales, psicológicos, educativos, culturales, eclesiales, civiles, jurídicos y espirituales que tocan a la familia, el Romano Pontífice tiene la feliz idea de partir desde muy lejos, es decir, desde los fundamentos absolutos, inviolables e inmutables, metafísicos, teológicos y antropológicos de todo el tratamiento, sin los cuales faltarían las razones de fondo, la consistencia teórica y la orientación esencial.
----------En efecto, el Sumo Pontífice sabe muy bien que, para descubrir y llevar a la luz las causas profundas de los males, que hoy afligen a la familia, para ponerles remedio y para corregir las ideas equivocadas y los malos comportamientos y hábitos, que la corrompen y la destruyen, es urgentemente necesario recuperar la concepción realista del conocimiento, para así poder ir con seguridad y objetividad a las raíces de la visión misma de la realidad, de la concepción del hombre, de Dios y de lo creado, tal como nos viene enseñado por la Sagrada Escritura, por la Tradición eclesial y por la sana filosofía.
----------Al inicio del documento, el Santo Padre nos advierte solemnemente con las siguientes palabras, como para darnos la clave de acceso y el criterio para captar el justo sentido y eliminar cualquier instrumentalización: "No caigamos en el pecado de pretender sustituir al Creador. Somos creaturas, no somos omnipotentes. Lo creado nos precede y debe ser recibido como don. Al mismo tiempo, somos llamados a custodiar nuestra humanidad, y eso significa ante todo aceptarla y respetarla como ha sido creada" (n.56).
----------En unas pocas y densas líneas, para ser meditadas prolongadamente y hacerlas fructificar, tenemos una síntesis de metafísica, de teología, de antropología, de gnoseología y de moral. El Papa, en efecto, recuerda aquello que ha sido el pecado original y que es el pecado del ateísmo y del panteísmo contemporáneos: pretender sustituirnos al Creador. O el hombre que se hace Dios y se identifica con Él o el hombre que niega a Dios y se pone en su lugar. Desgracia gravísima en uno como en otro caso.
----------En el ateísmo y panteísmo contemporáneos, el hombre no admite un ser, un real como presupuesto de su pensamiento, una realidad presupuesta, que lo preceda, realidad, que por lo tanto no ha creado él, sino que la ha creado Dios. No admite esto, para no admitir un Dios creador, trascendente, que también creó al hombre. No. El hombre pretende que el ser se identifique con su pensamiento y sea, por tanto, un efecto de su pensamiento, robando a Dios su prerrogativa, por la cual en Él y sólo en Él, Ser y Pensamiento subsistentes, lo real es causado y querido por lo ideal, en el caso, por el Logos divino.
----------Por lo tanto, nos explica el Santo Padre, el hombre que se considera "omnipotente", ya no se considera creatura, sino que se concibe como creador de sí mismo. No recibe de ningún Dios ningún don, porque todo lo hace por sí mismo, el hombre se basta a sí mismo, todo lo decide él, incluso los términos de la naturaleza humana, la cual naturaleza no es un dato fijo, objetivo, universal e inmutable, establecido por Dios, sino que en cambio él puede plasmar y cambiar subjetivamente como quiera. Y por lo tanto, le corresponde al hombre establecer la ley moral. No tiene ningún Dios a quien agradecer, o al cual pedirle ayuda o implorarle perdón o misericordia, ya que él, siendo ley para sí mismo, no debe rendir cuentas ante nadie, sino que está en grado y es capaz de resolver todos sus problemas por sí mismo.
----------Las consecuencias en moral de estos errores, en particular en el campo de la antropología sexual, son claras. La distinción hombre-mujer ya no es intocable, ni está establecida por Dios, sino que es un simple dato de hecho, un dato contingente, que no excluye, sino que efectivamente admite la posibilidad de formas diversas de sexualidad, creadas por el hombre. He aquí la actual teoría del gender.
----------El Papa, en cambio, recuerda que la ley moral natural está establecida por Dios y es, por lo tanto, inviolable. En el caso específico del matrimonio, es de por sí una institución natural, un valor natural, elevado por Cristo a la dignidad de sacramento. La Iglesia y el Estado, cada uno en su orden, tienen facultad, derecho y deber de legislar, disciplinar y regular en esta materia, pero siempre en aplicación de las leyes divinas, que son inmutables, mientras que las leyes humanas, tanto las de la Iglesia como las del Estado, pueden cambiar.
----------El Papa pasa luego a precisar la naturaleza de la guía moral y pastoral de las acciones humanas, que no pueden satisfacerse con las abstracciones de la ley o de la norma, sino que supone una lectura atenta, prudencial, de las circunstancias, de las variedades de los casos y de las situaciones, para así poder determinar u ordenar, con prudencia, justicia y caridad, el acto particular o concreto a cumplir.
   
Focalicémonos en dos cuestiones polémicas
   
----------Entre los muchos temas tratados, desearía centrarme sobre dos cuestiones, que durante muchos años han polarizado la atención de la Iglesia, de los obispos, de los moralistas, de las familias y del propio mundo laico: la primera, si es oportuno o no que la Iglesia conceda la Comunión eucarística a los divorciados vueltos a casar. Y la segunda, el juicio moral que debe darse a las uniones estables de personas homosexuales. El Santo Padre, en los nn. 243 y 298, habla de las condiciones humanas y morales de las parejas del primer caso, pero no entra en la cuestión. Lo que quiere decir evidentemente que él confirma las disposiciones del papa san Juan Pablo II contenidas en el n.84 de la encíclica Familiaris consortio.
----------El papa Francisco ha preferido insistir, en esos números y otros, tanto en el presentar modalidades, formas y circunstancias diversas de esas parejas, como en el dar indicaciones a los pastores, obispos y sacerdotes, y a las propias familias regulares, sobre cómo ayudar y acompañar con sabio discernimiento a esas parejas, en un camino de conversión, penitencia y crecimiento moral, dedicándose a las buenas obras y a la educación de los hijos, al servicio de la Iglesia y de la sociedad, esforzándose por vivir en gracia de Dios, precisando que, si bien no están excomulgadas, no están en plena comunión con la Iglesia.
----------El Santo Padre precisa que estas parejas, si bien están ubicadas en un estado de vida irregular, pueden sin embargo y deben mantenerse en gracia y recibir de Dios el perdón de los pecados, si bien esto no puede suceder mediante el sacramento de la penitencia, que a ellos no les es concedido, sino simplemente gracias a la presencia eficaz y directa de la misericordia de Dios.
----------El Papa, por lo tanto, responde a la dificultad planteada por aquellos que sostienen que, encontrándose estas parejas en un estado de vida que impulsa al pecado, no pueden estar en gracia. Un estado de vida, explica el Papa, puede ser peligroso, pero eso no quiere decir que quien vive en ese estado no pueda estar en gracia y, por otra parte, precisamente el impulso al pecado hace que la culpa disminuya, ya que nadie está obligado a cumplir un acto que supera las propias fuerzas.
----------La norma que prohíbe a los divorciados vueltos a casar el acceder a la Sagrada Comunión, es una norma, una ley, que depende del poder de las llaves, o sea es una ley eclesiástica, que no deriva de la ley divina en modo unívoco, necesario y sin alternativas, como si fuera una deducción silogística, casi como que, tal como algunos creen, una eventual modificación, abolición o mitigación de la actual disciplina que pudiera ser introducida en un futuro por el Papa, pudiera causar perjuicio u ofensa a la ley divina y a la dignidad cristiana del matrimonio. Por el contrario, todo esto cae dentro de las facultades del Sumo Pontífice como supremo Pastor de la Iglesia. Si no ha considerado su deber hacer esto, dejando sin cambios la ley del papa san Juan Pablo II, quiere decir que ha tenido buenas razones para hacerlo, y nosotros, como buenos católicos, acogemos dócil y confiadamente las decisiones del Vicario de Cristo.
----------Pasemos ahora a la segunda cuestión. El Santo Padre dice: "251. En el curso del debate sobre la dignidad y la misión de la familia, los Padres sinodales han hecho notar que los proyectos de equiparación de las uniones entre personas homosexuales con el matrimonio, 'no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia [...] Es inaceptable que las iglesias locales sufran presiones en esta materia y que los organismos internacionales condicionen la ayuda financiera a los países pobres a la introducción de leyes que instituyan el 'matrimonio' entre personas del mismo sexo [278]".
----------Y añadamos, también muy claro, el siguiente número: "292. El matrimonio cristiano, reflejo de la unión entre Cristo y su Iglesia, se realiza plenamente en la unión entre un varón y una mujer, que se donan recíprocamente en un amor exclusivo y en libre fidelidad, se pertenecen hasta la muerte y se abren a la comunicación de la vida, consagrados por el sacramento que les confiere la gracia para constituirse en iglesia doméstica y en fermento de vida nueva para la sociedad. Otras formas de unión contradicen radicalmente este ideal, pero algunas lo realizan al menos de modo parcial y análogo. Los Padres sinodales expresaron que la Iglesia no deja de valorar los elementos constructivos en aquellas situaciones que todavía no corresponden o ya no corresponden a su enseñanza sobre el matrimonio [314]".
----------Aquí no tenemos comentarios para hacer, pues ambos textos son muy claros. Lo que podemos esperar, y alentar con nuestras oraciones y esfuerzos personales, es que entre sociedad civil e Iglesia pueda surgir, en esta delicada materia, una fructuosa colaboración y aceptación recíproca, entre el punto de vista del Estado y el expresado aquí por los Padres sinodales con el consenso del Santo Padre.
----------El Estado, por una parte, debe darse cuenta de su deber, en su propio ámbito de autonomía secular, en su propio interés, de impedir el agravarse de este fenómeno social, que, en la evidencia más palmaria, conduciría, a largo plazo, no digo, a la extinción de la Iglesia, a la cual Cristo ha prometido la eternidad, sino a daños gravísimos al consorcio humano y al buen orden del Estado.
----------En cuanto a la Iglesia, por su parte, está hoy más llamada que nunca a anunciar el Evangelio de la familia, no como el residuo de un pasado que debe ser conservado por la fuerza, o un modelo de vida monocromo y monolítico para imponer a todos, y ni siquiera como una unión contingente, dejada al capricho de los individuos, sino como libre y creativa comunidad de amor, que, en la sociedad y en la Iglesia, opera por el bien de entrambos, Estado e Iglesia, in laetitia amoris.

17 comentarios:

  1. "El Santo Padre precisa que estas parejas, si bien están ubicadas en un estado de vida irregular, [...]"

    Estimado padre Filemón:
    Ante todo, comprendo que Ud. quiere seguir un orden cronológico en la exposición de Amoris laetitia y las polémicas que le han seguido.
    Sin embargo, me parece que, lamentablemente, ya su primer artículo no tiene en cuenta algunas intervenciones que se dieron al mismo tiempo que la publicación del documento: de hecho, el papa Francisco, creo recordar, ante periodistas, en el avión de uno de sus viajes, les aclaró que las disposiciones sobre los sacramentos efectivamente han cambiado, y les indicó que deberían referirse al discurso del cardenal Schoembern (en la conferencia de prensa del día en que se dio a publicidad Amoris laetitia) para entender el significado de este documento. Incluso el cardenal austríaco, me parece recordar, también dijo entre otras cosas que ya no es el caso de hacer distinciones entre "parejas regulares" y "parejas irregulares"...

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    1. Estimado Carlos,
      trataré de ayudarte en cuanto a lo que preguntas.
      Soy sacerdote de "cinco papas"; y he adquirido preciosa enseñanza del magisterio de todos los Sumos Pontífices.
      En el transcurso del actual pontificado, sin embargo, he aprendido más que nunca a no tomar por bueno y a no dar por sentado lo que dicen o informan los periodistas, especialmente cuando hablan o escriben en materia de doctrina y de fe, en lo cual, salvo que estén individualmente habilitados para ello, los periodistas (laicos o sacerdotes) no tienen competencia.
      Examinando en profundidad el texto de la exhortación Amoris laetitia, no parece sancionado el cambio de ninguna doctrina ni ninguna disciplina. Por supuesto, nadie puede esperar (salvo que no se trate de un católico) que un Romano Pontífice pueda cambiar nada que se refiera a la doctrina de fe y moral, ley natural o ley divina (su infalible carisma docente se lo impide). Podría, por supuesto, haber habido cambios en la ley eclesiástica (prudentes o quizás imprudentes, pues en esto no existe indefectibilidad pontificia); pero tal cosa no ha ocurrido, nada nuevo se ha sancionado, ningún cambio de ley eclesiástica. Y si no está sancionado por un documento firmado por el Santo Padre, ciertamente no puede ser por la respuesta improvisada por el Papa e informada por un periodista.
      Por lo tanto, te invito a no leer resúmenes o supuestas declaraciones reportadas a diestra y siniestra, que no constituyen texto pontificio disciplinario o jurídico, y que mucho menos constituyen doctrina, sino que más bien te invito a leer el texto completo de esta exhortación, una y otra vez, incluyendo los cientos de notas, como lo he hecho yo también con paciencia, y lo sigo haciendo.
      De hecho, temo que este documento corra el riesgo de ser demasiado comentado y muy poco leído, como hay de sobra testimonios en estos cinco años desde que ha sido publicado.

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  2. Disculpe, padre Filemón, pero no son simples "periodistas": lo que he escrito en mi comentario anterior es lo que se informó cinco años atrás en el comunicado de prensa oficial de la Oficina de Prensa del Vaticano:
    http://press.vatican.va/content/salastampa/it/bollettino/pubblico/2016/04/16/0275/00626.html

    En cuanto al texto de Amoris letitiae, ya lo he leído varias veces, completo. Y aún más veces he leído los puntos polémicos, que son más de uno: no los repito porque ya han sido reportados y comentados prácticamente por todas partes. Pero en este artículo no se han analizado. El hecho cierto de que otras partes del documento estén bien, no anula las partes que son polémicas. Por otro lado, Mons. Antonio Livi, eminente teólogo que falleciera el año pasado, señaló en su momento evidentes contradicciones en el texto, el cual, a mi entender y, hablando en general, demasiado complicado y enrevesado.

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    1. Estimado Carlos,
      una vez más, tratando de ayudarte en tu lectura y comprensión de la exhortación Amoris laetitia, creo que lo primero que deberías tener presente son las limitaciones propias del lenguaje humano, entendido como medio e instrumento de comunicación eficaz, sin entrar en el fondo de cuestiones estrictamente doctrinales, que son todas visibles, precisamente porque el texto al que nos referimos, al menos en una primera lectura, no es muy claro; o como bien dijo en su momento mons. Antonio Livi: "demasiado complicado y enrevesado".
      Lo que he tratado de hacer en mi artículo, es identificar e indicar los elementos positivos a partir de los cuales podemos empezar a "desenredar" el hilo de la madeja de un texto indudablemente largo y muy articulado como el de Amoris laetitia.
      En segundo lugar, el hecho al que te refieres, de que la entrevista al Papa sea reportada en un comunicado de prensa de la Oficina de Prensa del Vaticano, no cuenta en nada a nivel de Magisterio. La Oficina de Prensa de la Santa Sede se encarga de informar y dar cuenta de reuniones, discursos oficiales, respuestas dadas, saludos formales e informales del Santo Padre, audiencias del orden del día, etc. Pero la Oficina de Prensa, en el cumplimiento de esta tarea, no desempeña por ningún motivo, ni tiene título habilitante para la docencia magisterial, como sí los tiene la Congregación para la Doctrina de la Fe en sus funciones, que, por mandato del Sumo Pontífice, interviene, por ejemplo, con un documento de aclaración o con indicaciones precisas sobre una determinada cuestión.
      Si no se hacen estas obvias distinciones, se corre el riesgo de caer (aunque entiendo que no es tu caso) en el así llamado "opinionismo" salvaje de muchos blogueros que se pronuncian sobre cuestiones de enorme alcance y gravedad sobre la base de "Tizio ha dicho", "Caius ha escrito", "Sempronio ha informado"... Es el amarillismo y chusmerío barato y deleznable de quienes con propósitos inconfesables hablan de lo que no tienen competencia para hablar, y de lo cual lo único que pueden hacer es conventillear (sucede en España, Italia, Roma, Argentina, y también aquí en Mendoza, sin ir más lejos, para empezar hablando por casa).
      Repito, creo sinceramente que este no es tu caso, pero incluso ni siquiera debes considerar seriamente (al menos al mismo nivel de Magisterio) el periodismo vaticano.

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  3. El punto no es que lo haya informado tal o cual periodista. El hecho es que lo reportado es: "...dijo el Papa Francisco...". Por supuesto, hoy por hoy, tenemos los videos en youtube, no es que los periodistas nos puedan engañar acerca de lo que dijo el Papa. Se trata de sus palabras exactas, no los comentarios más o menos imaginativos de nadie.
    De modo que no sé como puede tener sentido el que los católicos podamos seguir esperando todavía, después de cinco años, a que el Papa o la Congregación para la Doctrina de la Fe o quien tenga la autoridad para hacerlo, nos explique mejor, intervenga, y acabe definitivamente con todas las polémicas.
    Pero, sea como sea, no podemos pretender ignorar que el Papa Francisco ha dicho claramente: "Sí, la disciplina ha cambiado". Y lo ha dicho refiriéndose a aquella primera entrevista oficial del cardenal Schoembern en el Vaticano, para conocer en detalle la forma correcta de interpretar Amoris laetitia. ¡Y esto sin mencionar su posterior carta a los obispos de Buenos Aires!...

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    1. Querido Rubén,
      supongo que sabes muy bien que en otros tiempos los Sumos Pontífices hablaban sólo a través de discursos oficiales o mediante locuciones escritas contenidas en textos igualmente oficiales, y muy raramente hablaban de modo casual o improvisado, y cuando esto hacían eran sumamente mesurados. Pero sobre todo no hablaban con los periodistas. Nunca antes se había visto a un pontífice entrevistado por periodistas de la manera y la frecuencia con que lo ha permitido y permite el papa Francisco, con todo lo que sigue a ello, incluso y sobre todo las malas consecuencias, es decir, las distorsiones y manipulaciones periodísticas.
      De modo que te repito: como hijo devoto del Santo Padre en la familia católica, no me interesa en absoluto lo que dijo el Papa en respuesta a un periodista.
      Ahora bien, si el Santo Padre, hablando improvisadamente en uno de sus viajes por Italia, ha dicho, por ejemplo, que el recordado monseñor Tonino Bello es un santo obispo, y yo fuera párroco, ¿qué debería yo hacer? Podría decirse que: bueno, al fin y al cabo, lo dijo el Sumo Pontífice al hablar en respuesta a un periodista, y está en un video de Youtube, es prueba evidente, ahí está su rostro, ahí está su voz... en fin, no hay duda, ¡es un verdadero documento!, por lo que se puede suponer que el Sumo Pontífice, de hecho, ha canonizado a san Tonino Bello en un momento de un viaje de regreso desde Palma de Mallorca, casualmente respondiendo a la pregunta de un periodista.
      Y bien, si al día siguiente, un grupito de mis fieles, en la iglesia donde celebro la Santa Misa, traen una estatua de Tonino Bello para colocarla en una capilla lateral, ya que el Sumo Pontífice, respondiendo a un periodista, dijo que Tonino Bello era un Santo Obispo..., bueno, a decir verdad, me darían fuertes ganas de aplastar la estatua en la cabeza de aquellos ​​fieles, y luego les diría: "Y ahora tomen escoba y pala, recojan los pedazos y se los llevan al Santo Padre"... Efectivamente, conociéndome, me costaría mucho resistir la tentación de hacerlo.
      Pero lo que sí estoy seguro que les diría a ese grupito de fieles devotos de mons. Tonino Bello (¡que Dios lo tenga en su gloria!) es lo siguiente:
      "Miren, hasta que no haya una canonización (pero de santo, ni siquiera de beato), para mí, Tonino Bello, no será todavía santo ni modelo de virtudes heroicas, independientemente de lo que el Sumo Pontífice le haya dicho y respondido a un periodista mientras estaba camino al Vaticano desde Palma de Mallorca".
      Espero, querido Rubén, que más allá del estilo del lenguaje y de las ironías, hayas comprendido lo que quiero decirte.

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  4. Estimado padre Filemón,
    Sus premisas para comprender la ardua cuestión en la que se ha internado, son oportunas. Comparto su convicción de que se debe comenzar por recorrer los varios pasajes positivos de la exhortación Amoris laetitia, que también con frecuencia han sido escasamente considerados o a veces mal interpretados; pero... con la intención de llegar a los demás pasajes, los más complicados, sobre todo respecto al tema central de la admisión a los sacramentos de las "parejas irregulares".
    Después de la respuesta a la que aquí se ha hecho referencia, "sorprendente para algunos, obvia para otros", proporcionada por el Papa en el avión, quizás sea necesario una nueva puesta a punto en particular sobre el controvertido capítulo 8, "ilógico e incoherente" en cuanto a la "forma legis", dicen algunos, y que otros consideran "erróneo" en la doctrina.
    Soy de la opinión de que el Papa, acaso avergonzado por haber sido tomado por sorpresa, quizás porque estaba cansado, luego ha invitado a leer el texto literal de la exhortación A.L., complementado con la famosa nota al pie y también "la presentación hecha" por el cardenal Schoenborn, quien la hizo después de haber citado sus títulos y sus credenciales, casi atrincherándose o escudándose tras ellos. Todo demasiado complicado y enrevesado
    Mi pregunta es: ¿no debería la Iglesia hablar el lenguaje de los sencillos y de los pequeños, siguiendo la palabra y el ejemplo de Jesús? Básicamente: ¿qué es lo que se mantiene firme y qué es lo que cambia en las reglas que debe observar el buen cristiano respecto al tema en cuestión?

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    1. Querido Aldo,
      respondo con gusto a tus comentarios y preguntas, y al mismo tiempo refuerzo lo dicho antes en otras respuestas.
      Respecto a la cuestión de los sacramentos a los divorciados vueltos a casar, tanto lo que el Papa ha dicho a los periodistas en el avión, como el comentario del cardenal Schönborn, deben interpretarse a la luz del texto de Amoris Laetitia, en particular del capítulo VIII, texto del cual, como ya he dicho en mi artículo, aparece evidente que el Papa no cambia cuanto san Juan Pablo II ha dispuesto en el n. 84 de la Familiaris consortio.
      En efecto, si el Papa hubiera querido cambiar, lo habría dado a entender, enunciando una ley diferente a la establecida por el papa san Juan Pablo II, cosa que no ha hecho. El mismo hecho de que el papa Francisco no entre en el tema en el texto de Amoris laetitia, es una clara señal de que supone válida la norma establecida por la Familiaris consortio.
      La novedad sobre el tema, si cabe, está dada por la nota 351, donde está claro que el Papa, hablando en modo condicional, no enuncia una nueva ley, sino que hace presente o señala su facultad, en virtud del poder de las llaves, para cambiar la ley, cuando en un mañana le pareciera bueno, conveniente u oportuno.

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  5. Estimado padre Filemón:
    Mientras le agradezco por su paciencia al responder a mis inquietudes, permítame continuar dialogando.
    En síntesis, si yo he comprendido bien: ¿está diciendo Ud. que la autoridad del Papa mientras escribe Amoris Laetitia es diferente a la autoridad del Papa mientras da una entrevista como acostumbra en uno de sus viajes por avión, incluso si está comentando ese mismo documento?
    Esto es lo que entiendo por el ejemplo que Ud. aporta acerca de su comentario sobre "san" Tonino Bello.
    Por lo tanto, dado que el Papa no dice "blanco" en Amoris Laetitia, el hecho de que el Papa mismo lo diga en el avión ¿no completa en ningún sentido el contenido del documento?
    Gracias por adelantado por su amable respuesta.

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    1. Querido Carlos,
      como ya ha mencionado, está claro que la autoridad del Papa en las entrevistas con periodistas es inferior a la autoridad de Amoris laetitia.
      Sin embargo el Papa, para una recta interpretación, cita la presentación del cardenal Schönborn.
      El Papa, ante la pregunta del periodista que le interroga si con Amoris Laetitia algo ha cambiado, responde "Podría ser que sí", refiriéndose a la presentación del Cardenal, sin ignorar sin embargo la nota 351, de la cual surge con evidencia que el Papa en la cuestión de los divorciados vueltos a casar, se refiere al poder de las llaves, por lo cual el Papa tiene la facultad de legislar y disciplinar la administración de los sacramentos y, en este caso específico, el sacramento de la Eucaristía, es decir, de fijar, según los tiempos, según los lugares y según las personas, las condiciones canónicas para recibir la Eucaristía.
      Pongamos algunos ejemplos. Cualquiera que conozca la historia de la liturgia, sabe que la Comunión a los niños fue establecida por san Pío X. En la época de santa Teresa de Ávila, en el siglo XVI, la Comunión no se podía recibir con más frecuencia que cada quince días. La posibilidad de que la mujer distribuyera la Comunión es una innovación de la reforma querida por el Concilio Vaticano II. La posibilidad de recibir la Comunión dos veces en un mismo día es una innovación introducida por la Iglesia desde hace unas pocas décadas.
      El Papa viene entonces a decir, tanto en la nota 351, como en su respuesta al periodista, que un día, si él lo desea o lo considera bueno u oportuno o conveniente, puede cambiar la norma establecida por el n.84 de la Familiaris consortio.
      Por lo tanto, habría que decir que el Papa en la entrevista no da una verdadera y propia explicación, sino que, como ya he dicho, se refiere tanto a su texto como al cardenal Schönborn.

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  6. Estimado Padre Filemón: Quisiera una aclaración, si fuera posible sobre el siguiente pasaje de su artículo: "La norma que prohíbe a los divorciados vueltos a casar el acceder a la Sagrada Comunión, es una norma, una ley, que depende del poder de las llaves, o sea es una ley eclesiástica, que no deriva de la ley divina en modo unívoco, necesario y sin alternativas, como si fuera una deducción silogística, casi como que, tal como algunos creen, una eventual modificación, abolición o mitigación de la actual disciplina que pudiera ser introducida en un futuro por el Papa, pudiera causar perjuicio u ofensa a la ley divina y a la dignidad cristiana del matrimonio".
    Pues me parece que quizás está en contraste con lo escrito por el papa san Juan Pablo II en el número 84 de la encíclica Familiaris consortio: "La Iglesia, no obstante, fundándose en la Sagrada Escritura reafirma su práxis de no admitir a la comunión eucarística a los divorciados que se casan otra vez. Son ellos los que no pueden ser admitidos, dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía".
    Las dos afirmaciones me parecen en contraste: por un lado se dice que la práctica de la que se habla deriva de la ley divina, por otro, que se funda en la Sagrada Escritura. ¿Podría Ud. ayudarme a entenderlo mejor?
    ¡Gracias por su amable respuesta!

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    1. Querido Ángel,
      trataré de responder a tu inquietud conjuntamente con mi respuesta al siguiente comentario. Si permanece en ti alguna duda, me la haces saber.

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  7. Le agradezco, Padre, por este artículo para reflexionar sobre Amoris Laetitia, que sigue estando demasiado en boca de todos, aunque está visto que no de la misma manera.
    Yo también veo cierto contraste con Familiaris Consortio número 84, particularmente cuando dice: "Hay además otro motivo pastoral: si se admitieran estas personas a la Eucaristía, los fieles serían inducidos a error y confusión acerca de la doctrina de la Iglesia sobre la indisolubilidad del matrimonio".
    Respecto a este motivo pastoral, en mi opinión se ha producido con Amoris Laetitia un remodelamiento de un nuevo "prejuicio" pastoral, como si el acceso a la comunión ya no fuera motivo de escándalo para los fieles ni de error respecto a la indisolubilidad del único matrimonio, y que puede ser una opción.
    Sobre el primer motivo del n.84 de F.C., en cambio, no tengo respuesta y no encuentro ninguna en su artículo, padre Filemón. Si el Papa Francisco realmente no quiso cambiar "la norma", entonces necesariamente él debe pensar (teniendo en cuenta A.L., no lo que dijo a los periodistas, ¡por supuesto!) que "su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía".
    Por un lado, ¿significa esto que no pueden tener la absolución a pesar de vivir como hermano y hermana (o si lo intentan)? Por lo tanto, ¿cómo es que pueden acceder a la Comunión si no tienen absolución? ¿Y cómo pueden actuar por una gracia que podría también actuar en situaciones próximas al pecado y en un estado que contradice la Eucaristía misma?
    Espero saber explicarme: lo que me parece es que al menos lógicamente esta idea debe cambiarse, al menos implícitamente. Según lo que enseña el padre Filemón, el Papa lo puede cambiar, gracias a su poder de las llaves. Eso yo no lo discuto. Pero la pregunta sigue siendo: ¿entonces ha cambiado esta idea? Es decir, ¿yo puedo enseñar (no solo si lo puedo pensar en mi fuero interno), puedo enseñar que una segunda unión pueda ser considerada de manera diferente a como era considerada hasta ahora, o sea, una situación próxima al pecado, como para ser condenada prudencialmente en el fuero externo?
    Añado algo más que pudiera considerarse aún más engorroso: según lo que enseña el padre Filemón, simplemente habría que decir que A.L. no permite de ninguna manera la comunión a los divorciados vueltos a casar. Pero, por otra parte, una frase periférica al texto de A.L., concretamente una nota marginal (351) parecería indicar lo contrario. Por lo tanto, comprendo los argumentos del señor Carlos Leme arriba indicados, no porque la entrevista en el avión valga más que A.L., sino porque en la práctica muchos, basados en esas palabras improvisadas del Papa y en lo que dice la nota marginal 351, terminan pensando que hoy la comunión a los divorciados vueltos a casar, está permitida en la Iglesia.
    Gracias de nuevo por su servicio a nosotros los fieles y a toda la Iglesia.

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    1. Estimado amigo, y también estimado Ángel,
      dada la norma actual de la exclusión a los sacramentos de los divorciados vueltos a casar, ellos pueden tener la completa absolución de sus pecados confesándose directamente a Dios sin pasar a través del Sacramento de la confesión.
      Para perdonar al divorciado vuelto a casar cada vez que peca, Dios le pide que él exprese su voluntad de abandonar su estado de divorciado vuelto a casar. Sin embargo, existen casos de divorciados vueltos a casar, los cuales, por serios motivos, no pueden, en este momento, como ha hecho observar el Papa (n.298), abandonar su estado irregular. En estos casos, como nadie está obligado a lo imposible, Dios está satisfecho con la buena intención, aunque el divorciado vuelto a casar no tenga la posibilidad de realizarla.
      El sacerdote o el educador o el formador debe instruir al divorciado vuelto a casar sobre el hecho de que su estado es el efecto de un pecado de adulterio (n.291, 292) y que, por consecuencia, tal estado es muy peligroso para su alma, porque induce fácilmente al pecado mortal, incluso si, como dice el Papa (nn.301-303), puedan existir las circunstancias atenuantes. En todo caso, el divorciado vuelto a casar debe ser estimulado al arrepentimiento (n.300) y a la conversión (n.297), de modo que, en la medida de lo posible, entregándose a las buenas obras (n.299), pueda mantenerse en gracia (n.297, 299).

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  8. Sergio Villaflores, Valencia17 de junio de 2021, 7:22

    Estimado padre Filemón, le ruego respetuosamente que me indique cuándo y en qué contexto el Magisterio ha definido cambiable, si bien no todavía cambiada, la norma en cuestión.
    Yo siempre he sabido (aunque soy un simple laico fiel, un aprendiz, feliz de corregirme ante la evidencia), que la Iglesia siempre ha enseñado que la norma es inmutable, ya sea por derecho divino como por derecho natural (por ejemplo, el catecismo n.1650: "La Iglesia sostiene, por fidelidad a la palabra de Jesucristo...", o el n.2384: "El divorcio es una grave ofensa a la ley natural...").
    El poder de las llaves tiene límites objetivos, no puede decirse que algo que naturalmente es pecado grave no sea pecado grave. El Vicario de Cristo no puede contradecir a Cristo ni tampoco puede cambiar la naturaleza humana.
    El punto me parece que es fundamental, porque toca un problema de principio. Si la Iglesia cambia algo que era inmutable, su credibilidad se desploma: dígase lo que se diga hoy, siempre quedará la duda de que mañana o dentro de un siglo podría cambiar nuevamente. Entonces, ¿cuál es la voz de Dios?
    Le pido gentilmente que me aclare este punto, porque está en juego la credibilidad de la fe católica. Y se lo agradeceré.

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  9. Sergio Villaflores, Valencia17 de junio de 2021, 7:27

    Pido disculpas por el doble comentario, pero ahora me di cuenta que el padre Filemón escribe, en su comentario del 16 de junio de 2021, a las 18:49:
    "La novedad sobre el tema, si cabe, está dada por la nota 351, donde está claro que el Papa, hablando en modo condicional, no enuncia una nueva ley, sino que hace presente o señala su facultad, en virtud del poder de las llaves, para cambiar la ley, cuando en un mañana le pareciera bueno, conveniente u oportuno".
    Precisamente: si realmente hay algo nuevo sobre el tema, entonces, antes la norma era considerada inmutable, ¿cómo se puede ahora enseñar que es mutable?
    Si la norma fuera desclasificada de inmutable a mutable, este solo hecho (independientemente de que haya habido un cambio o no) introduciría un principio de contradicción en el Magisterio que sería disruptivo.

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    1. Estimado Sergio,
      en la nota 351, el papa Francisco se refiere a la posibilidad o a la eventualidad de que los divorciados vueltos a casar reciban los sacramentos. Sin embargo, estas palabras no deben ser interpretadas como si el Santo Padre cambiara la ley establecida por el Santo Pontífice Juan Pablo II en el n.84 de la Familiaris consortio.
      Si hubiera querido hacerlo (y es claro que en virtud del poder de las llaves, habría podido hacerlo), no se habría expresado en el modo condicional, porque una ley no viene expresada en esta forma, sino en el modo indicativo o en el modo imperativo. Habría dicho algo así: "Abrogo la prohibición establecida por San Juan Pablo II y concedo los sacramentos a los divorciados vueltos a casar".
      En cambio, por cómo se expresó en todo el curso de Amoris Laetitia y como lo ha dado a entender, por encargo del Papa, el cardenal Schönborn en su comentario sobre Amoris Laetitia, el Pontífice presupone continuamente la ley de san Juan Pablo II y simplemente nos da nuevas indicaciones pastorales sobre cómo interpretarla y aplicarla mejor.
      La ley divina y la ley natural son inmutables y objeto del Magisterio infalible de la Iglesia. En cambio, la ley canónica, que es emanación del poder pontificio jurisdiccional, el así llamado "poder de las llaves", por mandato de Cristo mismo a Pedro ("apacienta mis corderos", Jn 21,15), no está garantizado por la infalibilidad, incluso si, en principio, debe ser recibido por los fieles (clérigos y laicos) con reverente obsequio y obedecido.
      Es el caso de lo que se refiere a la legislación canónica, la disciplina y administración de los sacramentos y el gobierno pastoral de la Iglesia, en aplicación de las leyes divinas y de la ley natural, según las necesidades y las oportunidades de los lugares, de los tiempos, de las situaciones, de las personas y de las circunstancias. En este campo las leyes no son inmutables, sino que el Papa puede cambiarlas o abrogarlas o emitir otras nuevas.
      Siendo así las cosas, ningún Papa jamás soñará con decir que "no es pecado grave algo que naturaliter es pecado grave", como por ejemplo el adulterio o el divorcio, porque aquí el poder de las llaves no entra para nada, sino que entra en juego la ley natural, que no depende del Papa, sino del Creador.
      Si, en cambio, se trata, por ejemplo, de establecer, según las situaciones y según los casos, quién puede o no recibir la Comunión, a qué edad, con qué frecuencia, en qué condiciones, cómo y dónde, y similares circunstancias, estas cosas son de competencia del Papa. Y la cuestión de los divorciados vueltos a casar entra en esta competencia, donde un Papa puede cambiar lo que ha hecho uno precedente, o bien él mismo puede cambiar las directivas emanadas por él mismo.
      Ahora bien, la exclusión de los divorciados vueltos a casar de la Comunión se deriva ciertamente de la ley divina del Matrimonio y de la Eucaristía. Pero no está dicho que también la concesión de la Comunión a los divorciados vueltos a casar, en ciertos casos y en ciertas situaciones, a la luz de diferentes consideraciones, no pueda ser un modo diferente de respetar los mismos valores divinos.
      Esto es lo que el Papa indica con la nota 351.

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