viernes, 18 de junio de 2021

Amoris laetitia. Lo que vino de y lo que fue a Argentina

Estos últimos días hemos intentado prestar el servicio de recordar junto a los amigos lectores, en visión sumaria pero objetiva, las enseñanzas de la exhortación apostólica post-sinodal Amoris laetitia del papa Francisco, del 19 de marzo de 2016, destacando sus aspectos positivos y afrontando con serenidad y seriedad sus aspectos polémicos, en espíritu de auténtica interpretación católica, es decir, entendiendo este documento en línea de continuidad en el progreso, respecto del Magisterio pontificio y conciliar anterior.

----------Tras lo reflexionado en las tres notas anteriores sobre la exhortación Amoris laetitia del 19 de marzo de 2016, llega ahora el momento de recordar lo sucedido apenas cinco meses después, el 5 de septiembre del mismo año: la Carta que le llegó al Santo Padre enviada por los obispos argentinos de la Región de Buenos Aires, y la Carta que el Santo Padre le envió a ellos el mismo día. Extraño y sugestivo hecho, que ya hemos analizado en diversos artículos de este blog, particularmente los publicados el 28 de febrero de 2020, y el 17 de marzo del mismo año. Los habituales lectores que cotidianamente siguen mis modestas reflexiones, saben cual es mi parecer acerca de aquel raro y sugestivo hecho del 5 de septiembre de 2016 y de los dos documentos a que dio origen: un desafortunado acto, responsabilidad de ambas partes, los obispos involucrados y, sobre todo, el Santo Padre, a quien debemos en todos los casos seguir en cuanto indefectible Maestro de la Fe, pero a quien es posible respetuosamente criticar en sus directrices pastorales.
----------De modo que, antes de seguir avanzando en los próximas días con los más recientes debates sobre el tema, considero conveniente volver a compartir aquellas dos mencionadas reflexiones, haciéndoles algunas leves modificaciones, y además permitiendo a los amigos lectores que presenten sus dudas o preguntas en el foro, a fin de permitir un renovado diálogo sobre la cuestión.
   
La cuestión de la Comunión a los divorciados vueltos a casar y la "interpretación porteña"
   
----------Los Obispos de la Región de Buenos Aires, el día 5 de septiembre de 2016, preguntaron al Papa acerca de su "interpretación" (la de ellos) de la exhortación apostólica postsinodal Amoris Laetitia, de la cual "interpretación" resultaría que se concede la Comunión eucarística a los divorciados vueltos a casar. Y el Santo Padre, el mismo día, les envió una respuesta, ciertamente desafortunada (calificación de la que ofreceremos nuestras razones) con la cual el Papa decía haber "aprobado" esa "interpretación".
----------Debemos observar con pesar y disgusto que esta concesión de la Comunión a los divorciados vueltos a casar no es una interpretación, sino un cambio de la ley contenida en Amoris Laetitia, la cual confirma (no explícitamente pero sí tácitamente) cuanto había sido dispuesto por el papa san Juan Pablo II en la Familiaris consortio en el n.84, es decir, la prohibición de la Comunión a los casados ​​divorciados, excluyendo a quienes opten por vivir en estado de continencia sexual.
----------Como ya he tenido la oportunidad de explicar públicamente en varias ocasiones, el Romano Pontífice tiene, en virtud del poder de las llaves, la facultad a su discreción de cambiar las leyes de la Iglesia, incluso si esas leyes se basan en el derecho divino. Ahora bien, la ley de la exclusión de los divorciados vueltos a casar de la Comunión eucarística es precisamente una de estas leyes.
----------El contenido de la carta del Papa está por consiguiente de por sí en línea y consonancia con su poder jurisdiccional, sin embargo implica defecto en la forma jurídica, por lo cual, si no se produce una sanatio formal, es jurídicamente inválida, por el motivo que he dicho y que repito: la carta del Papa no es una interpretación, sino un cambio en la ley. Mientras la exhortación Amoris Laetitia prohíbe la Comunión con la restricción antes mencionada, la Carta, en cambio, la admite.
----------Todo indica que hasta que no tenga lugar este sanatio, por ahora, hoy por hoy, sigue vigente la norma establecida en la exhortación Familiaris consortio, que viene tácitamente pero válidamente confirmada en la exhortación Amoris Laetitia. De hecho, es norma común de la exégesis jurídica que un legislador que vuelve sobre la materia tratada y regulada por un legislador precedente, salvo cambio explícitamente introducido por el nuevo legislador, confirma el dictado de la ley querida por el legislador precedente.
----------Ahora bien, esto es precisamente cuanto el Sumo Pontífice ha hecho en la exhortación Amoris Laetitia por el simple hecho de no haber cambiado explícitamente lo dispuesto por san Juan Pablo II. Por lo cual lo ha confirmado implícita pero válidamente. De ello se desprende que hoy por hoy sigue válida la norma establecida por san Juan Pablo II y confirmada en la Amoris Laetitia.
----------Sin embargo, cabe señalar que la exhortación apostólica Amoris Laetitia contiene, respecto a la exhortación Familiaris Consortio, dos innovaciones, que pueden servir como premisa para un eventual futuro cambio en la ley: 1) La admisión de que los divorciados vueltos a casar pueden estar en gracia. Ahora bien, si uno está en gracia, puede hacer la Comunión. 2) La nota 351, en la cual el Papa menciona "casos" en los cuales los sacramentos podrían concederse a los divorciados vueltos a casar.
----------Ad primum: una cosa es la premisa de la cual se puede derivar una ley y otra cosa es la ley misma. La premisa por sí sola no es verdadera ley. Es necesario que el propio legislador saque las consecuencias. Solo entonces habrá una verdadera ley. Se puede decir que en el fondo el Papa lo ha hecho en su Carta. Pero nuestro caso presenta la dificultad de que estas consecuencias están en contraste con una ley anterior.
----------El legislador de por sí, como ya lo he dicho, tiene la facultad de extraer dichas consecuencias, pero debe precisar claramente que ha modificado la ley precedente y no meramente que la ha "interpretado", como el Papa sugiere en su Carta. Solo en tal caso la nueva ley es válida y vinculante.
----------Ad secundum: una ley debe determinar los casos en los cuales debe ser aplicada o no aplicada, cosa que aquí no se hace, y no puede ser enunciada en verbo condicional, como se da aquí, sino en verbo imperativo o en verbo indicativo. Por esta razón, la nota 351 de la exhortación Amoris laetitia no tiene valor de ley y no deroga en absoluto el n.84 de la Familiaris Consortio.
----------En conclusión: si el Papa quiere cambiar la ley -y tiene la facultad de hacerlo- debe dejar a un lado esa desafortunada carta, evidentemente escrita por impulso. Sigue siendo un documento privado, que muestra el ánimo generoso del Papa, pero carece de prudencia jurídica, por lo cual es carente de valor obligante, no por el contenido, que puede ser válido -de hecho, le corresponde al Papa decidir-, sino por la forma.
----------Me permito, por lo tanto, sugerir al Santo Padre que emita un nuevo documento, eventualmente en la forma de Motu proprio, en el cual, renunciando a hablar de "interpretación", que es un monstruo jurídico, diga con inequívoca claridad y franqueza evangélica que deroga la ley de san Juan Pablo II y concede la Comunión a los divorciados y vueltos a casar en determinados casos.
----------No sería la primera vez que la Iglesia cambia sus leyes, pero debe ser hecho en la debida forma, para mostrar el rostro de la divina misericordia, así como para tranquilizar a los tradicionalistas y rigoristas, y también bloquear las tentativas anomistas y desleales de los modernistas y de los laxistas. Ambas actitudes hemos visto que se han producido en el curso de estos cinco años posteriores a aquellas desafortunadas Cartas.
----------Mismo en las diócesis de Argentina, en donde el rigorismo y fundamentalismo de algunos obispos y sacerdotes tradicionalistas (si quedan) y el monstruoso espectáculo de obispos y sacerdotes modernistas, ha hecho que los fieles tuvieran y tengan delante de sus ojos el triste y caótico espectáculo que venimos teniendo de que existan diócesis y diócesis, que haya parroquias y parroquias, curas y curas (salvo por el hecho de que la pandemia, providencialmente, ha hecho que todo esto haya quedado más disimulado, entre bambalinas). Entre la dureza rigorista del legalismo tradicionalista y el liberalismo anárquico modernista existe un punto medio: la prudencia jurídica, que es justicia y misericordia.
   
Principales aclaraciones sobre la exhortación Amoris laetitia
   
----------En conclusión: la exhortación Amoris laetitia, publicada por el papa Francisco el 19 de marzo de 2016, ha experimentado ya cinco caóticos años de polémicas, en las que muchas veces ha estado ausente la mínima caridad cristiana, y de aplicaciones que van desde los abusos aplicativos hasta el indiferentismo y el rechazo. Sin embargo, no han faltado teólogos fieles al Magisterio que han sabido esclarecer las dudas que genera, clarificar las ambigüedades que contiene, y refutar las interpretaciones incorrectas que de ella se han producido. Todavía continúan los debates y, peor aún, se mantiene la lamentable acción nociva del modernismo teórico y práctico, en teólogos, obispos y sacerdotes, que instrumentalizan el documento de modo heterodoxo, y la no menos venenosa acción del ultra-tradicionalismo lefebvriano y filo-lefebvriano que acusa al documento de herejía y al Santo Padre de hereje (acusación herética en sí misma) a causa de este documento.
----------Las agresiones, tanto de modernistas y "anti-tradi" como de tradicionalistas extremos y "anti-progre", hoy día han vuelto a hacer su tumultuosa y siempre dañina aparición, pero el fiel católico debe sostener el correcto juicio que hay que darle a la exhortación Amoris laetitia, que no es en absoluto herética, aunque hay que reconocer que, en algunos pasajes que han causado tanta polémica, tiene necesidad de una interpretación benévola. El fiel católico, obediente del Magisterio de la Iglesia, debe estar completamente seguro que en este documento no han sido negadas en absoluto las verdades de la indisolubilidad del matrimonio, el carácter absoluto de la ley moral y la sacralidad de la Eucaristía.
----------Frente a los sedicentes católicos "anti-progre", lo más importante que debe tenerse presentes es que: en virtud del poder de las llaves (potestas clavium), el Sumo Pontífice tiene facultad, si así lo considera, de conceder la Comunión a los divorciados vueltos a casar, como se desprende de la nota 351, la cual no da el permiso, sino que es solo una hipótesis de permiso. Los divorciados vueltos a casar pueden estar en gracia no porque se hayan liberado del precedente matrimonio, sino porque, manteniéndose vigente ese vínculo, se encuentran hipotéticamente en una situación de la cual no pueden volver. Por tanto, pueden y deben en todo caso esforzarse por obedecer la ley divina, incluso en esta condición de irregularidad jurídica. Si caen en pecado, pueden levantarse con la gracia de Dios y volver a la gracia. Por último, hay que decir también que si el documento tiene un defecto, es indudablemente el excesivo énfasis puesto en mostrar que pueden estar en gracia y ser salvados, aún sin interrumpir su relación, siempre en la hipótesis de que esa interrupción no sea posible por válidas razones o causas de fuerza mayor.
----------Ahora bien, en referencia a las desafortunadas (impulsivas, arriesgaría yo a calificar a ambas) Cartas del 5 de septiembre de 2016, es importante, con el propósito de calmar a todos los sectores tradicionalistas, y también a fin de frenar los excesos abusivos de los modernistas, demostrar que en las proposiciones de la exhortación Amoris laetitia en los nn. 295, 298, 299, 301, 304, reportadas en ambos documentos no se contienen herejías con referencia a la negación de la indisolubilidad del matrimonio, al carácter absoluto de la ley moral y a la sacralidad de la Eucaristía. Veamos:
----------En el n.295 se habla del hecho de que la ley, en sí misma, siempre idéntica a sí misma (por lo tanto no se hace en este punto ninguna referencia al relativismo) puede ser puesta en práctica según grados de creciente perfección y de decreciente imperfección, gradualmente que el propio sujeto, sostenido por la gracia, progresa en el esfuerzo metódico y perseverante de poner en práctica la ley.
----------En el n.298, ciertamente, se habla del deber de "discernir la situación". Pero esto no tiene nada que ver, como algunos, tanto modernistas como ultra-tradicionalistas, han malinterpretado, con la "ética de la situación", condenada por el papa Pío XII, sino que se distinguen adecuada y acertadamente dos situaciones objetivamente distintas de divorciados vueltos a casar: aquella, en la cual, por serios e insuperables motivos, ellos no pueden volver atrás y por tanto no deben separarse; y aquella otra situación para la cual es posible que ellos puedan volver atrás, y entonces por lo tanto deben hacerlo.
----------En el n.299 se reconoce que los divorciados vueltos a casar no están excomulgados, sino que "pertenecen al Cuerpo de Cristo, que es la Iglesia", porque pueden estar en gracia de Dios. Sin embargo, el Papa parece enfatizar excesivamente esta su condición, que después de todo debe ser tolerada, pero no puede ciertamente ser tomada como modelo de santidad conyugal; y, sin embargo, habla con exageración, respecto a ellos, del hecho que "el Espíritu Santo vierte en ellos dones y carismas para el bien de todos". Hay que tener en cuenta que naturalmente, sin embargo, tampoco aquí, está en juego la doctrina, sino que se trata sólo de una cuestión de oportunidad pastoral.
----------En el n.301 el Papa aclara que los divorciados vueltos a casar, aunque se encuentren en un estado jurídicamente irregular según la ley de la Iglesia, no por eso se debe pensar que se encuentran en un estado permanente de pecado mortal, sino que debemos pensar que pueden estar en gracia, obviamente arrepintiéndose de sus pecados y haciendo penitencia, con el propósito siempre renovado de obedecer la ley divina según la propia fuerza, aunque sea débil. De modo que aquí hubiera estado bien mencionar el perdón del pecado, que por lo demás queda sobreentendido.
----------El n.304 presenta efectivamente una real dificultad, que viene dada por el hecho de que parece que, para que un acto moral sea bueno, no basta "considerar si la acción de una persona responde o no a una ley o a una norma general", si no se invoca una "existencia concreta" o una "situación particular", que parecería eludir más que determinar el dato abstracto de la ley.
----------Pero la citación de santo Tomás de Aquino no parece pertinente, porque el Doctor Común habla precisamente de la determinación de lo abstracto de la ley en lo concreto de la acción. Parece entonces que se puede deducir de un argumento similar que si, por ejemplo, la relación sexual entre divorciados y vueltos a casar en abstracto, o sea según la ley, es pecado, porque no están legítimamente casados, en su caso se podría hacer una excepción y volver bueno en el concreto lo que en abstracto es pecado.
----------Ahora bien, es evidente que esta es una escapatoria deshonesta, que no podríamos atribuir a las palabras del papa Francisco. Se puede decir entonces que se trata probablemente de la mala exposición de un principio en sí correcto y que debe explicarse así: los divorciados vueltos a casar, uniéndose sexualmente, ciertamente pecan; pero pueden arrepentirse y ser perdonados por Dios.
----------Finalmente, repito lo ya expresado sobre un punto capital: la consideración de lo que expresa el papa Francisco en su Carta a un grupo de Obispos argentinos. Pues bien, el Papa se limita a decir que la han interpretado bien. ¿Pero qué cosa han interpretado bien sus paisanos? Pues, simplemente: la nota 351, en la cual, como ya lo he dicho tantas veces y he repetido en ese mismo artículo, no se habla de un permiso actual y en vigor de la Comunión, sino de una hipótesis o posibilidad de permiso. Por lo tanto, no se habla de casos reales, sino de casos hipotéticos, como son precisamente los propuestos por los Obispos argentinos en su Carta. Es de lamentar que, en muchísimos casos, en muchas diócesis argentinas, esta distinción no se ha hecho, y se han producido aberrantes aplicaciones pastorales de las desafortunadas Cartas.

28 comentarios:

  1. El paseador de perros18 de junio de 2021, 14:32

    Supongo que el punto sería explicar por cuál motivo 2 personas que no están unidas en matrimonio pueden realizar el acto matrimonial sin pecar.

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    1. Amigo mío, ¿quién es el que dice que "2 personas que no están unidas en matrimonio pueden realizar el acto matrimonial sin pecar"?
      ¿Podría aclarárnoslo a todos?

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    2. Berengario de Tours18 de junio de 2021, 16:32

      Ernesto,
      el "paseador" debe referirse a algo que ha dicho algún modernista.

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    3. El paseador de perros18 de junio de 2021, 16:37

      Dice que 2 personas que no están unidas en matrimonio pueden realizar el acto matrimonial sin pecar, quienes dicen que podrían recibir la comunión. Ya que el estado de gracia como condición para recibir la comunión no es de derecho eclesiástico, sino de derecho divino.
      Distinto del ayuno eucarístico o los días litúrgicos que son de derecho eclesiástico.

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    4. Paseador:
      ¿Quién dice lo que usted dice que dicen?
      Y otra pregunta:
      ¿Quién dice que dos personas que no están unidas en matrimonio no están en estado de gracia? ¿Usted?
      "Por eso, ya no es posible decir que todos los que se encuentran en alguna situación así llamada «irregular» viven en una situación de pecado mortal, privados de la gracia santificante" (n.301 de AL)

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    5. El paseador de perros18 de junio de 2021, 21:54

      Ángel:
      Yo no dije que 2 personas que no están unidas en matrimonio no están en gracia.
      Pedí que se explique por cuál motivo 2 personas que no están unidas en matrimonio pueden realizar el acto matrimonial sin pecar.
      Y nadie lo explica.
      Si Ud o Ernesto o el padre lo quieren explicar, lo escucharé con mucho gusto.

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    6. paseador...
      ¿quién dice que 2 personas que no están unidas en matrimonio pueden realizar el acto matrimonial sin pecar?

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    7. ¡Por supuesto! Como bien pregunta Aldo, yo también te pregunto lo mismo. Si estás pidiendo explicaciones de "por cuál motivo 2 personas que no están unidas en matrimonio pueden realizar el acto matrimonial sin pecar", es justo que se te pregunte: ¿quién dice que 2 personas que no están unidas en matrimonio pueden realizar el acto matrimonial sin pecar?. Ni el padre Filemón lo dice, ni tampoco lo dice el Papa en AL. De modo que te vuelvo a preguntar: ¿quién dice que 2 personas que no están unidas en matrimonio pueden realizar el acto matrimonial sin pecar? ¿Lo decís vos?

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    8. El paseador de perros19 de junio de 2021, 12:28

      PAldo y Ángel O.:
      para acceder a la comunión hay que estar en gracia de Dios. Y aquí se trata de personas que habitualmente tienen relaciones sexuales sin estar casados y accederían a la comunión sin siquiera intentar abandonar esa práctica.
      Por eso mi pregunta.
      Alguien lo puede aclarar?
      Gracias

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    9. Paseador de perros:
      Me parece que te confundís, y nos has querido sacar a pasear...
      No contestas a la pregunta: ¿Quién dice que 2 personas que no están unidas en matrimonio pueden realizar el acto matrimonial sin pecar?
      Ningún católico puede decir eso. ¿Conocés algún católico que lo diga?
      ¿Vos quién decís que lo dice?
      ¿Lo dice el Papa?
      ¿Lo dice Amoris Laetitia?
      Si es así... ni conocés lo que dice el Papa, ni lo que dice AL.
      Respondé a la pregunta. No gambetees la cuestión, porque vos mismo entraste en ella.

      Respecto a lo que ahora preguntás, la respuesta la tenés en Familiaris Consortio y en Amoris Laetitia, que dan la misma respuesta. Pero todo indica que vos no leíste ni la una ni la otra.

      Pero insisto en mi pregunta inicial: ¿Quién dice que 2 personas que no están unidas en matrimonio pueden realizar el acto matrimonial sin pecar?
      A ver si yo también te saco a pasear...

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    10. El paseador de perros19 de junio de 2021, 22:01

      Ángel:
      Sobre paseador de perros te puedo aclarar que al principio de la cuarentan -abril 2020- era el único modo que encontré de salir de mi casa. Si querés sacarme a pasear, depende adónde quieras llevarme aceptaré o no.
      Ahora bien, ¿por qué suponer que no leí los documentos? Yo hago una pregunta y vos hacés otra. Al decir del Topo Gigio "pregunté yo primero" (; . O sea que la pregunta inicial es la mía.
      Fuera de eso, en ningún momento dije que los documentos mencionados dijeran eso. Y si querés, nadie lo dijo. Y si querés más nadie dijo nada.
      Sin embargo por algo se formó semejante controversia. Por algo salen voces a favor y en contra entre los mismos cardenales y obispos.
      Por eso me parece que la pregunta es válida y todavía no logré que se responda. Si no te gustó la formulación, puedo reformularla así:
      Dos personas que no están unidas en matrimonio ¿pueden vivir more uxorio -o sea, manteniendo habitualmente relaciones sexuales- sin pecar?
      ¿Te animás a responderla sin decir que la respuesta está aquí o allá? La respuesta es sí o no. Y el fundamento se puede citar luego.

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    11. Estimados "Paseador...", Aldo y Ángel,
      veo que estos días han podido en cierto modo dialogar, aunque no han evitado caer en contradicciones varias, todos.
      Les sugiero que para evitar los equívocos y malos entendidos, que no se limiten a una frase o a una escueta pregunta, sino que desarrollen con serenidad y calma sus argumentos, y, sobre todo, comenzando por clarificar los términos que ustedes usan. Mucho me temo que para evitar las contradicciones en las que han caído, sólo deberían haberse puesto de acuerdo en comprobar si todos estaban hablando de los mismos conceptos al usar palabras como: ley, ley divina, ley eclesiástica, acto, hábito, estado, pecado, gracia, etc.
      Por lo demás, no se trata de responder cada uno a lo que se han preguntado, respondiendo por sí mismos, sino que supongo que todos ustedes son católicos, por ende, nuestra conciencia individual está reglada por el Magisterio, y han hecho bien en referirse al Magisterio, que debe ser leído y comprendido, y está bien responder con sus declaraciones. A nadie le interesa saber lo que el otro opina (tampoco les interesa saber lo que yo opino de tal o cual tema), sino que supongo que si vienen a este sitio es porque les interesa encontrar con más claridad la Verdad enseñada por la Iglesia.
      Modestamente, en estas notas trato de ayudar (muy modestamente, repito) a las dificultades de interpretar católicamente una cuestión muy ardua. Por ende, sugiero humildemente que lean también todas mis notas referidas al tema, las de estos días atrás y las que vendrán, antes de hacerme alguna pregunta, pues la respuesta puede estar ya contenida en mis artículos.
      Creo que el núcleo o nudo que los ha enredado puede empezar a ser dilucidado teniendo en cuenta lo siguiente:

      Los divorciados vueltos a casar pueden encontrarse en un estado o situación que, por motivos razonables o de fuerza mayor no puede ser interrumpido. Sin embargo, si pecan, ellos tienen en cambio la posibilidad de interrumpir (Sum.Theol., I-II, q.113, a.5) el estado de pecado con la penitencia (Sum.Theol.,III,q.86,a.1) y recuperar la gracia perdida.

      Una última sugerencia: no se obstinen en la discusión (sobre todo si no han tomado los recaudos que les he sugerido antes) y, en todo caso, esperen a que termine toda mi exposición (en varias notas más) si desean hacerme alguna pregunta con más claridad que la que han tenido hasta ahora al hacer sus preguntas.

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  2. Padre Filemón:
    ¡Dios sea alabado!
    Gracias por estas notas sobre AL.
    No es que lo entienda todo, pero al menos puedo comprender que un católico no puede dejarse llevar por los ideólogos de los extremos, siempre herejes.

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  3. Padre Filemón,
    Me pregunto si en Roma no sigue habiendo verdaderos teólogos que colaboran con el Papa y que cumplan con su función cabalmente. ¿Es que ya no existen más?... Si no me equivoco, en otros tiempos ha habido en la Santa Sede oficiales en la Congregación de la Doctrina de Fe o en la Secretaría de Estado, que examinaran con lupa y microscopio los textos papales, las comas y hasta los suspiros del Papa, examinados y sopesados ​​hasta las minucias!... antes de ser dados a publicidad.
    Gracias por sus sencillas aclaraciones, que no se apartan del recto entendimiento de las enseñanzas del Papa como Maestro de la Fe, pero tampoco le sacan el bulto a juzgar respetuosamente su prudencia o imprudencia pastoral y de gobierno.

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    1. Berengario de Tours18 de junio de 2021, 16:32

      Ernesto: dijiste bien, "en otros tiempos"... "en otros tiempos"...

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  4. Querido Fratre,
    Sea con frases certeras, o sea a veces también con ironías lapidarias, siempre consigues decirlo todo. Es un regalo raro y precioso el que tenemos en este blog.

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  5. Padre Filemón:
    Una vez, en uno de sus artículos (no recuerdo cuál, pero recuerdo la frase) Ud. escribió que si la Iglesia, como afirma el Papa, es "un hospital de campaña", en la sala de guardia de emergencias de este hospital para socorrer a los heridos, deberían ser atendidos en primer lugar los sacerdotes. Y a nosotros, los sacerdotes, casi no pasa un día sin que nos encontremos en la situación embarazosa de tener que responder a las preguntas de los fieles que nos piden aclaraciones sobre determinadas expresiones del papa Francisco, como por ejemplo esta sorprendente Carta a los obispos de Buenos Aires.
    No lo conozco personalmente, pero algo me dice que hasta no hace muchos años atrás a Ud., como creo que a ningún sacerdote, nunca se le hubiera pasado por la cabeza invitar a un Papa a ser prudente.
    Así que pongámoslo en estos términos: ¿cómo podría un obispo hoy, llamar (por ejemplo) a uno de sus sacerdotes para que se exprese con más prudencia, si no es corriendo el grave riesgo de que le respondan que el primero en hablar a veces a... despropósito es... el mismísimo Sumo Pontífice en sus expresiones improvisadas y extemporáneas?

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    1. Estimado padre,
      el Sumo Pontífice debe ser siempre escuchado y obedecido en las enseñanzas doctrinales, dogmáticas y morales, en cuanto que aquí él ejerce su oficio de Maestro de la Fe que confirma a los hermanos ("confirma fratres tuos"); sobre este punto él goza de la asistencia del Espíritu Santo que le ha prometido Nuestro Señor Jesucristo.
      Aquí, en este primer plano o nivel, el Papa no puede ser juzgado o corregido o reprendido por nadie, ni en nombre de la Escritura (como hizo Lutero), ni en nombre de la Tradición (como hacen los lefebvrianos y los pro-lefebvrianos o anti-progre), y quien así lo hiciere o bien es un cismático o bien es un hereje o bien es simplemente un tonto o necio.
      En cambio, por cuanto respecta al servicio pastoral ("pasce oves meas"), es decir, el poder jurisdiccional y de gobierno de la Iglesia y de las almas, este poder no siempre refleja necesariamente la fe del Papa, sino que siempre refleja su personal conducta moral.
      En este segundo plano o nivel, el Papa, por más santo que sea, permanece como todos nosotros falibles y pecadores, como todos los hijos de Adán, y, por lo tanto, como la historia lo demuestra abundantemente, puede estar sujeto a los siete pecados capitales, a cualquiera de ellos o a todos.
      Podría también terminar en el infierno, como nos sugiere el Dante, quien sin embargo tenía un gran respeto por el Papa como Vicario de Cristo. El papa Francisco esto lo sabe bien; de hecho hace poco escribió una hermosa Carta sobre Dante Alighieri y la Divina Comedia.
      ¿Cuál es entonces el deber del buen súbdito del Papa? Aceptar sus enseñanzas doctrinales y poner en práctica sus orientaciones morales.
      Pero donde y cuando el súbdito -desde el laico hasta el Cardenal- constata defectos en la conducta moral o en el gobierno de la Iglesia y de las almas, por parte del Papa, no está prohibido en principio y de hecho puede ser muy útil para el Papa y para la Iglesia, siguiendo el ejemplo de los Santos, por ejemplo san Bernardo de Claraval, san Francisco de Asís, santo Domingo de Guzmán, santa Catalina de Siena o el beato Antonio Rosmini, así como el de los verdaderos reformadores (¡no de Lutero!), exponer, con modestia, franqueza y confianza filial, algunas observaciones críticas, sugiriendo cómo corregirse acerca de los defectos de su conducta moral o de su pastoral o de su modo de expresarse, ayudándolo en su ministerio, alabando sus méritos y sus buenas cualidades, defendiéndolo de los enemigos y de los calumniadores y advirtiéndole de los impostores y de los falsos amigos y falsos colaboradores.
      Personalmente he recibido el testimonio de algunos maestros y amigos que han aprendido estas cosas trabajando hace tiempo en la Curia Romana, sea en la Secretaría de Estado o en la Congregación de la Fe. Aunque lamentablemente, como bien sabemos, también trabajan allí falsos amigos y falsos colaboradores; sin embargo, en gran cantidad de casos, trabajar allí (y yo estoy convencido que es así según el testimonio de quienes confío), una verdadera escuela que enseña cómo se colabora con el Papa con lealtad y franqueza, sin adulaciones ni secretas o latentes rebeliones, dando primero el ejemplo y orando por él.

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  6. No siempre me es fácil distinguir cuando el Papa habla como maestro de fe y moral, y cuando, en cambio, habla como doctor privado o bien hace consideraciones que están únicamente en relación con la pastoral, aunque casi siempre vinculadas al dogma. En mi opinión, también teólogos diferentes, al hacer este tipo de distinciones, pueden llegar a conclusiones diferentes.
    Por lo tanto, me da la impresión que estas cuestiones acerca de distinguir las expresiones del Papa como Maestro de la Fe, y como opinador particular, deberían ser más y mejor desarrolladas (con todo respeto y apreciando lo mucho que el padre Filemón ya viene tratando sobre este tema).

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    1. Estimado Rubén,
      desde hace mucho tiempo, y repetidamente, vengo tratando de la cuestión a la que haces referencia. Pero tienes razón en lo que dices: nunca es suficiente, dado que la confusión es muy grande. Seguiremos intentándolo, con nuevos argumentos, si pudiéramos, aunque siempre debemos estar firmemente seguros en que por un lado el Papa nunca puede ser un hereje, y siempre es infaliblemente asistido por el Espíritu Santo cuando actúa como Maestro de la Fe; y por otro lado, puede siempre también fallar humanamente en su oficio pastoral y de gobierno.

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  7. Me da la impresión que la actual Jerarquía quiere deshacerse de toda responsabilidad moral, cargándosela a su vez a los fieles, los cuales por lo tanto tendrían que asumir la plena responsabilidad de sus propios actos. Me parece paradójico, porque parece asumir la apariencia de una inversión de roles entre guías y guiados, entre pastores y rebaño, un poco como si desde arriba estuvieran diciendo a las parejas en cuestión: "¿Realmente no llegan a ser continentes? ¿Piensan que habrá un mal mayor para los hijos de no tener ustedes acceso a la Eucaristía? Si es así y lo piensas así, entonces ponte a la cola para la Comunión..."
    Lo cual, en mi opinión, es más o menos como decir: "es asunto de ustedes, nosotros nos lavamos las manos".
    Por supuesto, el riesgo enorme es que al final todos se pondrán en la fila para la Comunión con mil excusas internas, consideradas como "circunstancias atenuantes", con variados tipos de remordimientos, pero que, me temo, casi todos con ese orgullo desenfrenado de quien habitualmente dice: "¡Miren, teníamos razón!". Lo cual no llevará más que a una mortificación para la Iglesia, más daño. y una avalancha de comuniones sacrílegas.
    Gracias, de todos modos, al padre Filemón, por estas excelentes aclaraciones sobre las complejidades del texto de Amoris laetitia, y las más abundantes confusiones surgidas por las Cartas a las que en el artículo se hacen referencia.
    Espero que de una vez por todas, desde allí arriba, en la Jerarquía, sean igualmente claros y que si el Papa realmente puede aclarar las cosas (pues no es cierto lo que estos días ha vuelto a decir el obispo Víctor Fernández, de que el Papa las ha aclarado) espero que se trate de un permiso muy prudente y verdaderamente raro para casos aún más raros, y siempre bien analizados, y no la habitual propagación del abuso sin el más mínimo control por parte de obispos y sacerdotes que toman el camino que todos conocemos, y que desgraciadamente hemos visto en estos cinco años.

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  8. En su carta del 2016, el Papa no asume la responsabilidad de contradecir una ley divina y descarga tal contradicción sobre los obispos argentinos...

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    1. Estimado Anónimo,
      No es como tú dices.
      El Papa jamás puede contradecir una ley divina. Afirmar eso es caer en herejía.

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  9. Conociendo el altísimo grado de veneración del padre Filemón hacia los Sumos Pontífices, hacia cualquier Papa, incluido obviamente el Pontífice reinante, y leyendo el presente artículo, me dije a mí mismo: si el padre Filemón ha llegado a quejarse de "falta de prudencia" en el Papa actual, quiere decir que la situación es muy grave, aunque ciertamente nunca irreparable, nunca, pero muy grave sí, seguro que lo es.
    Un sincero recuerdo en mi oración por usted.

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  10. Las respuestas por parte del padre Filemón de la Trinidad a los problemas aquí debatidos, no me parecen del todo convincentes. Particularmente en lo relativo a lo que aquí se dice acerca del respeto y obediencia que al Papa se debe como Maestro de la Fe.
    Si el Papa siempre está asistido por el Espíritu Santo en materia doctrinal, ¿cómo es que puede de hecho expresar opiniones personales o incluso lanzar "bromas" o "chistes" que contrastan abiertamente con el depositum fidei? ¿Hace falta citar ejemplos?
    Y entonces, ¿cómo podemos distinguir entre bromas y declaraciones serias? Casi parece que toda declaración herética del Papa no debería ser considerada como una "broma".
    Personalmente sigo muy perplejo respecto al Papa actual.

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    1. Estimado Anónimo,
      este Papa es una persona de tipo extraño y bromista, poco prudente al hablar y demasiado hablador. A menudo no mide las palabras, se contradice o él mismo se corrige. Probablemente haya alguna cuestión de tipo psicológica en su personalidad. De modo que necesitamos paciencia, prudencia y modestia para juzgarlo, sin faltarle el respeto jamás.
      Por consiguiente, es bueno dejar caer sin darles mayor importancia ciertas frases suyas imprudentes. Es necesario examinar cuidadosamente lo que dice, prestando atención a cómo lo dice, a las circunstancias, a las ocasiones, a las materias que trata, y al nivel de autoridad de sus intervenciones.
      Te aconsejo que, en caso de duda, suspendas el juicio y apégate a las intervenciones suyas que son seguramente ortodoxas. No te dejes perturbar con los que acusan al Papa de herejía, porque están desviados, fuera de camino, y si fueran realmente conscientes de lo que dicen serían ellos los que caen en la herejía. Y también están descaminados los fanáticos, los papólatras, que no hacen este discernimiento, y toman en serio todo lo que dice el Papa, en serio o en broma. Creen que con ello están honrando al Papa y, en cambio, solo lo daña a él y se dañan a sí mismos.
      El papa Francisco debe ser tomado en serio como Vicario de Cristo, cuando lo hace en serio, es decir, cuando, verificado todo lo que hay que verificar, resulta con claridad y certeza que él intenta enseñar formalmente como maestro y doctor de la fe, incluso si se trata solo de una enseñanza ordinaria o cotidiana.

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  11. Padre Filemón: Sinceramente gracias.
    El recorrido cronológico que está haciendo en torno a Amoris L. es muy luminoso. Y no da ganas que termine. Todo se va aclarando mucho más, y también da mucha pena los despropósitos que se han venido cometiendo en Argentina respecto a la pastoral con los divorciados vueltos a casar. ¿Hacia donde miran los obispos? Y acaso habria que preguntar: ¿han leído ellos AL?

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  12. Querido "Cristero Argentino",
    me complace que mis apuntes te sean útiles. Creo que aún podremos seguir agregando artículos a los ya publicados.
    Respecto a lo ocurrido en Argentina en la aplicación práctica de las directivas de Amoris laetitia: siempre debemos ser benevolentes y pensar lo mejor de quienes son Sucesores de los Apóstoles; pero también es cierto que las actuales condiciones no nos garantizan una situación ideal, y ni siquiera aceptable en la dirección de diócesis y parroquias. De todos modos, primando la caridad, siempre es posible para los fieles (se trate de sacerdotes o de laicos) ayudar al propio Obispo diocesano en su labor, y si la sugerencia o corrección es hecha con el debido respeto, prudencia, moderación y caridad, seguramente es bien recibida por el Pastor diocesano, que puede sacar provecho y beneficio de laicos y sacerdotes que se sienten así también ellos co-responsables (en su propio nivel) de la vida de la Iglesia, como nos enseña el Concilio Vaticano II.

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