lunes, 19 de septiembre de 2022

Cabos sueltos: Sacramentos a "divorciados vueltos a casar" (4/8)

En la cuestión que estamos examinando, tanto la discusión como la contradicción nos son permitidas y pueden ser útiles, pero en el respeto recíproco de nuestras opiniones, y por eso evitamos absolutizar nuestra personal opinión haciéndola pasar por "doctrina de la Iglesia", como si la opinión opuesta estuviera en contra del dogma. De otra manera, si el papa Francisco decidiera (cosa que aún no ha hecho, ni en Amoris laetitia ni en su Carta a los obispos argentinos) u otro Papa decidiera, que se conceda la Comunión a los llamados "divorciados vueltos a casar", ¿qué diremos? ¿Que el Papa es hereje? ¿Qué ha cambiado la doctrina de la Iglesia? [En la imagen: fragmento de "Retrato de familia", óleo sobre lienzo de Hermenegildo Bustos, siglo XIX, obra actualmente en el Museo Hermenegildo Bustos, en Purísima del Rincón, Guanajuato, México].

Hay publicistas que instrumentalizan la Familiaris consortio
   
----------Sin interrumpir el elenco de objeciones y respuestas sobre la cuestión del acceso a los sacramentos por parte de los llamados "divorciados vueltos a casar", detengámonos hoy algo más para reflexionar con mayor profundidad sobre el tema, en base a una objeción planteada en particular por un lector. Y aclaro de inmediato que la particularidad de tal objeción y el motivo por el cual me llamó la atención, es que para mí no hubo duda que tal lector había basado el contenido de su crítica hacia mi postura, tomando en cuenta los muy conocidos argumentos barajados por monseñor Antonio Livi [1938-2020] en aquellos candentes debates sobre la cuestión sub examine en los años 2015 y 2016. En aquellos años las críticas de monseñor Livi al papa Francisco estuvieron muy descaminadas. Como ya he explicado en otro artículo de este blog, lamentablemente Livi no llegó a convencerse de que el problema que podía plantear la exhortación Amoris laetitia era solamente el de una correcta interpretación, afirmada la cual, no resultaba ninguna herejía.
----------El hecho de que un doctísimo teólogo (enorme epistemólogo de la teología) como Antonio Livi haya permanecido tan desorientado respecto al tema que nos ocupa, demuestra lo arduo de la cuestión, y hace comprensible que si un filosófo y teólogo del calibre de Livi haya podido tener semejantes tentaciones como la de acusar al Papa de herejía por el simple motivo de no haber enfocado correctamente el ámbito del debate, con mucha más razón se comprende que simples fieles, sacerdotes y laicos, puedan también verse descaminados al considerar el tema en cuestión, sobre todo en el caso que tales fieles se encuentren a la vez contaminados ideológicamente por corrientes del modernismo o del pasadismo.
----------Poco antes de su muerte, monseñor Livi logró ver claro y se convirtió de sus posturas contra el Concilio Vaticano II y contra el papa Francisco. Pero aquí no está en mi intención hacer polémica, sino procurar cumplir un específico trabajo: difundir y defender la doctrina y el Magisterio de la Iglesia, sin pasar por alto que al abordar cuestiones tan candentes como la que ahora nos ocupa, nunca faltan objeciones y hasta ataques de fieles intransigentes y sedicentes católicos que muestran una inquietante propensión a confundir la política con la teología, y que expresan también acusaciones de herejía, incluyendo la de ser herejes modernistas, acusando a este blog de no hacer otra cosa que promover y difundir las doctrinas modernistas.
----------Debe recordarse que existen, a nivel de teología dogmática, ciertas cuestiones que el Magisterio de la Iglesia sigue dejando, hasta la actualidad, abiertas a la libre discusión de los teólogos, siempre en el respeto y obediencia a la doctrina establecida. En el ámbito de esas libres discusiones pueden exponerse teorías legítimas, que sin embargo se presentan como opuestas a las teorías morales y a las directrices pastorales sustentadas incluso en textos magisteriales de las últimas décadas, a nivel pastoral.
----------En cuestiones tan complejas y delicadas como aquellas vinculadas a la esfera de la sexualidad humana, particularmente del matrimonio y la familia, suele darse el caso de publicistas que no muestran ningún interés en tomar en consideración los principios de natural humanidad y los criterios fundantes de la caridad cristiana, especialmente ante situaciones de sufrimiento humano que reclaman siempre atención y respeto, además de la búsqueda de soluciones que competen al sabio ministerio de la Iglesia, no a los supuestos reclamos de quienes gritan más fuerte en un intento de convertir las opiniones ciegas de su propio "yo" en doctrinas dogmáticas. En realidad inquietan mucho los escritos e intervenciones imbuidos de rigor farisaico, desde los cuales emerge el espíritu de una antigua pero siempre insidiosa herejía: el maniqueísmo.
----------Esta es la razón de una nueva respuesta que doy ahora a estas delicadas cuestiones, siempre sin mencionar a los autores de las posiciones contrarias. He mencionado el nombre de monseñor Antonio Livi, repito, sólo a título paradigmático, para subrayar lo fácil que es descaminarse en temas teológicos como la cuestión sub examine, incluso para teólogos de la talla de Livi.
----------Objeción: Esta vez no me extenderé sobre los argumentos del lector (en próximas notas de esta misma serie, me referiré en detalle a otros puntos incluídos en las objeciones del mismo lector, también basados en las mencionadas críticas de mons. Livi). Ahora simplemente diré que en sus objeciones a mis ideas sobre la cuestión de los llamados "divorciados vueltos a casar", el lector me acusa de sustentar, dice, "la falsa teoría según la cual la consideración pastoral y canónica de los divorciados vueltos a casar como fieles obligados a salir de su estado de pecado sería un error teológico y un juicio temerario".
----------Respuesta: En efecto, afirmar que los llamados "divorciados vueltos a casar" estén en continuo estado de pecado mortal, lo repito una vez más, es un error teológico que el Magisterio de la Iglesia nunca ha enseñado y que, de hecho, es un juicio temerario. Esto que digo no es una opinión mía sino la doctrina del papa san Juan Pablo II, tanto en la Familiaris consortio como en la Veritatis splendor, por lo demás referente al foro externo y no a la conciencia de los individuos (es decir, el foro interno, donde la guía y el consejo están encomendados a la prudencia del confesor), en línea por otra parte con la tradicional doctrina acerca del "estado de gracia" (y de su contrario, también rencontrable recientemente en los estudios de teología moral de teólogos y pastores como el cardenal Carlo Caffarra [1938-2017], por mencionar un ejemplo muy conocido.
----------Por tanto, como esta doctrina de la Iglesia es tan obvia, no se puede sino ver claramente que quienes la objetan han entendido mal sus argumentos fundantes, expuestos también en este blog, y deberían darse cuenta. En efecto, si procuran leer bien lo que se ha escrito, lo que yo defino "juicio temerario", no es en absoluto "la consideración pastoral y canónica de los divorciados vueltos a casar como fieles obligados a salir de su estado de pecado", sino más bien la pretensión por parte de algunos de considerar que ciertos convivientes, que por el momento no pueden salir de su estado ilegítimo e irregular, se encuentran necesariamente en un estado permanente, inexpiable e insuprimible de culpa mortal, como que estuvieran privados del libre albedrío y la gracia perdonante no existiera. Este es un juicio alucinante de alguien que no sabe en qué consiste el libre albedrío ni qué es la gracia. En efecto, el incentivo al pecado no es aún el pecado. El incentivo puede ser no querido, inevitable e invencible. El pecado es en cambio un acto voluntario, evitable y vencible. De lo contrario, hagamos entonces como Lutero, que confundía la concupiscencia, que es solo tendencia a pecar o deseo de pecar, con el pecado, cayendo con ello bajo la neta condena del Concilio de Trento.
----------De esta herejía de Lutero surge tanto el rigorismo como el laxismo. En efecto, como se sabe, la concupiscencia es invencible. ¿Qué se dice entonces? Se pueden hacer dos cosas: o acusar farisaicamente e implacablemente de pecado a tiempo completo, como si fuera un alma condenada, que, por este simple hecho, está bajo el estímulo de la concupiscencia. O bien se excusa hipócritamente del pecar, porque se dice: "No soy yo quien peca, sino que es la concupiscencia la que me hace pecar". Por lo tanto yo no tengo culpa y puedo seguir pecando. Dios es bueno y me perdona siempre.
----------Los convivientes ciertamente están obligados, si pueden, a interrumpir su relación, que constituye para ellos una tentación fuerte y continua al pecado. Pero no siempre esta interrupción es posible, también a pesar de todos los buenos deseos, y esto por causas de fuerza mayor y también por razonables motivos, como es sabido en ciertos casos particulares intrincados y complejos, donde es necesario tener en cuenta datos objetivos que no pueden eliminarse, por ejemplo, la presencia de hijos o de obligaciones civiles o de necesidades económicas o la presencia del conviviente enfermo. En tal caso los dos se encuentran en un estado de vida que ciertamente persiste, pero esto no quiere decir que se encuentren necesariamente en un "estado de pecado" permanente, si con esta expresión entendemos el permanecer prolongada y voluntariamente en la culpa.
----------En efecto, en virtud del libre albedrío y de la acción de la gracia, ellos pueden en cualquier momento y en cualquier situación o condición, interior o exterior, actual o habitual, ambiental o psíquica, jurídica o moral, incluso muy desfavorable, cancelar la culpa y retornar a la gracia, sin que ello requiera una imposible interrupción de la convivencia y sin la práctica del sacramento de la penitencia, que les ha sido negado a ellos. Dios, en efecto, como bien se sabe, puede dar la gracia incluso sin los Sacramentos.
----------La Familiaris consortio, precisamente porque toca sólo el fuero externo, ni siquiera roza la cuestión en exámen, característica del fuero interno, es decir, de la condición o del estado o del dinamismo interior de la voluntad de los convivientes y, por tanto, san Juan Pablo II deja abierta la puerta a la legitimidad de la discusión, que siguió desarrollándose en el ámbito de los teólogos y que precisamente, a diez años de la muerte del Santo Pontífice, fue una discusión expresamente abierta por uno de sus sucesores, el papa Francisco, en el Sínodo de 2015, la discusión si, en ciertos casos graves, bien precisados, especificados y circunstanciados, con fuertes excusantes o atenuantes, los divorciados puedan o no puedan acceder a los Sacramentos.
----------De modo que en la Familiaris consortio Juan Pablo II se limita a reiterar la norma vigente, expresión de una antiquísima tradición, aunque acompañándola de altos motivos teológicos. Pero tratándose de norma ciertamente fundada sobre el dogma, pero no necesariamente conexa con él, esta enseñanza del Papa no debe ser considerada inmutable, como no lo son en general las normas positivas, jurídicas y pastorales de la Iglesia, sin que ello conlleve un insulto al dogma sobre el cual se basan. En efecto, un mismo principio moral puede tener diferentes aplicaciones. No sería sabio ni prudente aferrarse obstinadamente a una sola de las posibles aplicaciones, por el simple hecho de que ella se funda en un valor absoluto, el cual, por el contrario, admite una pluralidad de diferentes aplicaciones, sin perjuicio del principio.
----------Ahora bien, el temor de algunos de que un cambio en la disciplina vigente pueda afectar el dogma, es infundado, porque la actual normativa no está tan conectada al dogma como si fuera la conclusión de un silogismo demostrativo, donde la premisa sería el dogma; sino que la mencionada normativa sólo tiene una conexión de conveniencia con el dogma, tal como para admitir también otras posibles conclusiones. Asimismo, de la propuesta de vivir cristianamente -valor absoluto e irrenunciable- no deriva necesariamente sólo la vida laical, como creía Lutero, sino que también puede surgir la opción sacerdotal o religiosa.
----------Es similar a lo que sucede en teología dogmática, cuando el teólogo, al momento de explicar un dogma, no aduce razones necesarias del contenido dogmático, porque el dogma no se puede demostrar racionalmente, sino que presenta motivos de conveniencia, que hacen al dogma conciliable con la razón, y que admiten otras posibles explicaciones. Si, en cambio, el dogma se pudiera demostrar racionalmente, no existiría más que una sola conclusión demostrativa (la verdad es una sola) mientras que cualquier otra sería falsa.
----------Por consiguiente, tanto la discusión como la contradicción nos son permitidas y pueden ser útiles, pero en el respeto recíproco de nuestras opiniones, y por eso evitamos absolutizar nuestra personal opinión haciéndola pasar por "doctrina de la Iglesia", como si la contraria estuviera en contra del dogma. De lo contrario, si el papa Francisco decidiera (cosa que aún no ha hecho, ni en Amoris laetitia ni en su Carta a los obispos argentinos) u otro Papa decidiera, que se conceda la Comunión a los llamados "divorciados vueltos a casar", ¿qué diremos? ¿Que el Papa es hereje? ¿Qué ha cambiado la doctrina de la Iglesia?

39 comentarios:

  1. Estimado Padre, el fariseísmo es una enfermedad de tal manera grave que ni siquiera Jesús logró curar y sanar a muchos afectados por ella, según nos relatan los Evangelios. Esto es interesante, y a la vez inquietante, porque es verdad lo que usted sostiene sobre el resurgimiento del maniqueísmo.

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    1. Estimado Ángel O.,
      ciertamente el fariseísmo ha cumplido rol protagónico en la pasión de nuestro Señor Jesucristo, y lo viene también cumpliendo en la pasión de la Iglesia a través de los siglos, hasta la actualidad.

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  2. Estimado padre Filemón, un caso concreto: una feligresa de mi parroquia se casó muy joven con un hombre que pronto resultó ser un "animal" agresivo, violento, traidor, pero sobre todo peligroso. Ella se separó, y volvió a casa de sus padres con el niño, permaneciendo sola durante años, dedicándose en su tiempo libre al voluntariado en la parroquia. Luego se graduó en el instituto superior de ciencias religiosas y se convirtió en una excelente catequista. Mientras tanto, el tribunal eclesiástico, respondió que no había elementos para la nulidad del matrimonio. Luego conoció a un hombre maravilloso, que resultó ser una excelente persona, un excelente esposo, un excelente padre, con quien se casó civilmente, y con quien tuvo otro hijo. En un momento dado, gente que, en favor de la parroquia, o de los ancianos o en favor de los niños, nunca ha hecho ni la milésima parte de lo que ella había hecho a lo largo de los años, empieza a decir que una divorciada vuelta a casar no puede enseñar catecismo. Ella lo se enteró de estos comentarios y, con gran pesar mío, dejó de ser catequista. Hace dos años, el tribunal eclesiástico reconoció implícitamente que, el caso presentado por esta mujer, no había sido debidamente examinado, y en apenas 6 meses reconoció la nulidad del matrimonio, y una mañana a las 7.30 de un día laborable, en presencia de solamente 6 personas, se casó en la iglesia.
    Ahora bien, aquellos católicos que, "casualmente", la pusieron en la tesitura de no enseñar más catecismo, casi todos tienen hijos convivientes, divorciados, vueltos a casar, etc.
    Ella siempre siguió dedicándose a los ancianos enfermos o en dificultad, creando un grupo de eficientísimos voluntarios, pero nunca ha querido volver a enseñar catecismo. Y la parroquia ha perdido a la mejor catequista que tenía.
    En una situación de este tipo, siguiendo el rigor de los modernos fariseos que a veces escriben en su blog, yo como párroco:
    a) ¿Habría debido decirle que vuelva con su legítimo marido, sin importar los riesgos y peligros?
    b) ¿Debería haberla tratado a ella y a su esposo como concubinos en "permanente" estado de pecado mortal?
    c) ¿Debería haberle negado la Comunión?
    d) ¿Debería haberla excluido de la enseñanza del catecismo?
    Cuando consulté con el obispo, él me precisó, en forma del todo privada, que negar la Comunión a una pareja de cristianos tan ejemplares, habría sido una crueldad, y precisó: haz en conciencia lo que creas oportuno, porque es todo un caso del todo singular.
    ¿Acaso he cometidoí un error y he violado la... ley de los fariseos?
    ¡Gracias Padre!

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    1. Agrego mi breve testimonio: en los últimos 10 años he tenido que enfrentar 5 casos diferentes pero completamente análogos al relatado por el testimonio anterior, y frente a los cuales, con palabras diferentes pero similares, de manera discreta y privada, mi obispo me dio la misma respuesta.
      PD:
      Los ataques que a veces veo que recibe el blog (y supongo que debe haber otros más que no conocemos, porque no se publican), son simplemente vergonzosos, pero sobre todo son consecuencia de una ceguera verdaderamente preocupante.

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    2. "¿Acaso he cometido un error y he violado la... ley de los fariseos?".
      (Anónimo19 de septiembre de 2022, 9:46)

      Estimado padre, usted ha violado la Ley Divina, no la... ley de los fariseos. También usted, como Bergoglio y tantos otros, confunden la Ley Divina con la de los fariseos. Y de esto responderá...

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    3. Estimado Sr. Rubén Caldero.
      Tal vez nadie todavía le haya informado que el Código de Derecho Canónico -que ciertamente no prevé el divorcio- sí prevé y reglamenta la separación de los cónyuges. Véase:

      "Can. 1153 - §1. Si uno de los cónyuges pone en grave peligro espiritual o corporal al otro o a la prole, o de otro modo hace demasiado dura la vida en común, proporciona al otro un motivo legítimo para separarse, con autorización del Ordinario del lugar y, si la demora implica un peligro, también por autoridad propia."

      Separación que en algunos casos, precisamente los pastores en cura de almas, deben solicitar y recomendar, en situaciones objetivas y de alto riesgo.
      Por eso le hago una pregunta clara y precisa: ante una mujer que después del matrimonio tiene la desgracia de encontrarse con un marido adúltero, agresivo, violento y por ello peligroso para su mujer y para su seguridad física, con todas los graves daños de carácter psicológico que de ello se pueden derivar hacia los hijos, ¿se tomaría Ud. la responsabilidad de decirle: "De cualquier modo, debes quedarte con tu marido y aceptarlo como es"? Y dígame, pastoralmente, ¿cómo piensa confortarla? ¿Acaso diciéndole: "Ofrece tus sufrimientos por la salvación de las almas del Purgatorio"?...

      En todo caso, consulte con su teólogo de confianza, luego háganoslo saber.
      Es una pregunta precisa que le hago ante su infelíz comentario, y le pido que me responda sobre este punto.

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    4. Estimado Berengario de Tours:
      Soy el sacerdote que relató el caso de la feligresa de mi parroquia. Ha dicho Ud. todo lo que había que decir y mucho mejor de lo que yo hubiera dicho.
      Lo que me amarga de estas personas es el daño inmenso que nos hacen. Me explico: una persona que comenta con los términos como los usados por el Sr. Rubén Caldero, y que se califica no sólo como "católico", sino como auténtico intérprete del verdadero catolicismo, puede anular todo el trabajo que, tal vez durante años hemos realizado los sacerdotes tratando de recuperar a personas que se han distanciado de la Iglesia, pero que en todo caso todavía están abiertas al diálogo, dispuestas a razonar y, eventualmente, a volver sobre sus pasos, a corregirse. Pero resulta que, sujetos con ideas como la del Sr. Caldero, logran a veces anular años y años de nuestro trabajo con una sola frase desdichada, tocando con ella las esferas más sensibles y a menudo dolorosas de las personas, para luego alejarlas de nuevo, quizás después de confirmar el parecer que hoy tienen muchos, de que "con los católicos no se razona".

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    5. Estimado Anónimo,
      las normas eclesiásticas son directivas prudenciales, inspiradas en consideraciones de común sabiduría, que descienden ciertamente de la ley general de la caridad y son de ella una aplicación o determinación a los casos comunes, en sectores particulares de la vida cristiana, como puede ser el ámbito de la relación de pareja.
      Estas leyes, dictadas por la prudencia humana de la Iglesia, no tienen el carácter absoluto ni el carácter indispensable de las leyes divinas o de la ley natural, por lo cual pueden darse o admitirse casos excepcionales, en los cuales el ministro de Dios, sobre todo si está en el cuidado de las almas, debe saber evaluar si la situación, que se supone excepcional, requiere una decisión ad hoc, tal vez sólo para ese caso, por lo cual él puede, por no decir que debe, adoptar por su propia iniciativa ante Dios, siguiendo el ejemplo de Cristo Buen Pastor, pidiendo luz al Espíritu Santo, un modo de actuar diferente o contrario, y por tanto una suspensión de la ley.

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    6. Quiero referirme, respetuosamente claro, al sacerdote que escribió como Anónimo el 19 de septiembre de 2022, a las 9:46:
      Estimado padre, no entendí muy bien el caso que usted propuso. Como aquí ya se ha explicado, obviamente la separación canónica está prevista y permitida, y nadie aquí puede ir en contra de ella cuando existen los motivos. Dado que luego de la declaración de nulidad, el problema no se plantea, es claro que Ud. ha admitido a la señora a los Sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía porque evidentemente tuvo que adherir a un juicio en fuero interno de la citada que estaba de algún modo en certeza de la nulidad del precedente matrimonior, aun y cuando hubiera habido sentencia negativa del tribunal eclesiástico sobre la materia. Luego, los hechos le dieron la razón. Caso extraño, diría yo, o en todo caso bastante excepcional. Seguramente, en presencia de ese dato negativo (del Tribunal que había rechazado la nulidad) otro sacerdote podría haber negado la penitencia y la comunión, en ausencia de un cambio en los presupuestos (Penitencia). En cambio, Ud. lo hizo de manera diferente y lo había "visto correcto y justo". Pero este caso tan particular, si me lo permite decir, es poco relevante en la discusión que aquí se plantea acerca de la Comunión a los divorciados vueltos a casar, pues aquí, así lo supongo, no se habla de matrimonios nulos, sino de matrimonios "fallidos" o "fracasados", y precisamente de dar la Comunión a los "divorciados" vueltos a casar…

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    7. Soy un joven laico y me gustaría expresar mi fuerte desacuerdo con lo que aquí se está diciendo. Me parece que se está justificando a la mujer del caso presentado por el Anónimo párroco, por la razón de que "conoció a un hombre maravilloso, que resultó ser una gran persona, un gran esposo, un gran padre".
      Sólo Dios conoce su corazón, pero por lo que podemos ver, ella prefirió unirse a una "persona excelente" en lugar de permanecer en gracia de Dios. Los presupuestos para esta elección son pensar: 1) que esta persona podría darle un amor mayor que el que Dios podría darle; 2) que Dios es un adversario y ha stablecido una ley que es enemiga del hombre.
      Si aquel hombre que ha conocido fuera tan gran persona, y si ella lo amara con verdadero amor, nunca se habría unido mientras estaba comprometida en un matrimonio anterior.
      Las personas "que por la parroquia, por los ancianos y por los niños nunca han hecho ni la milésima parte de lo que ella ha hecho a lo largo de los años" han -hasta donde yo puedo ver- servido a Dios mejor que ella, que prefirió perder la gracia santificante y arruinarlo todo.
      ¿Decir cosas de una cierta manera pueden "anular años y años de nuestro trabajo con una sola frase desdichada"? Entonces habrá que decirlas de la manera adecuada, ¡pero hay que decirlas!

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    8. Estimado Cruzado, te sugiero releas Juan 7,53-8,1-11. Te lo facilito:
      "Y cada uno regresó a su casa. Jesús fue al monte de los Olivos. Al amanecer volvió al Templo, y todo el pueblo acudía a el. Entonces se sentó y comenzó a enseñarles. Los escribas y los fariseos le trajeron a una mujer que había sido sorprendida en adulterio y, poniéndola en medio de todos, dijeron a Jesús: 'Maestro, esta mujer ha sido sorprendida en flagrante adulterio. Moisés, en la Ley, nos ordenó apedrear a esta clase de mujeres. Y tú, ¿qué dices?'. Decían esto para ponerlo a prueba, a fin de poder acusarlo. Pero Jesús, inclinándose, comenzó a escribir en el suelo con el dedo. Como insistían, se enderezó y les dijo: 'El que no tenga pecado, que arroje la primera piedra'. E inclinándose nuevamente, siguió escribiendo en el suelo. Al oír estas palabras, todos se retiraron, uno tras otro, comenzando por los más ancianos. Jesús quedó solo con la mujer, que permanecía allí, e incorporándose, le preguntó: 'Mujer, ¿dónde están tus acusadores? ¿Alguien te ha condenado?'. Ella le respondió: 'Nadie, Señor'. 'Yo tampoco te condeno, le dijo Jesús. Vete, no peques más en adelante' ".
      Una modesta sugerencia: no te apegues a la frase "Vete, no peques más en adelante", para sostener tu "yo" en lugar de la Palabra de Dios, sino más bien pregúntate esto: ¿Jesús, qué estaba escribiendo en el suelo con el dedo?
      No lo sabemos, tal vez a nadie le fuera dado saberlo, pero seguramente no escribió lo que tú has escrito en tu comentario.

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    9. Sr. Martínez Robles,
      soy pecador y no tiro piedras a nadie; el juicio es de Dios y él lo dará, a mí y a los adúlteros. Sin embargo, debo llamar pecado al pecado, y no me permito presumir cuando Dios concede la gracia por medios distintos a los ordinarios.
      Aquella adúltera del Evangelio fue perdonada por Dios quien le dijo tanto "ni yo te condeno", como "de ahora en adelante no peques más". Le aseguro que no estoy diciendo esto para apoyar mi "yo", pero incluso si lo hiciera, el hecho es que Cristo lo dijo así.
      Me parece que toda la argumentación se basa sobre el sentimentalismo del "hombre maravilloso". ¿Tan maravilloso como para ser preferido al Dios vivo?

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    10. Querido Cruzado:
      Es precisamente frente al pecado que interviene la gracia y la misericordia de Dios, lo que no sigue ni nuestra lógica ni la lógica de los moralistas duros y puros que enarbolan y agitan la "letra" y la "ley" como si fuera un garrote. Y la misericordia de Dios no escucha las razones, por humanamente razonables que sean, del hijo que permaneció fiel en casa con el padre que acoge en fiesta al hijo pródigo que se había entregado a todo desenfreno, quien no volvió porque se arrepintiera, sino porque estaba en necesidad; su arrepentimiento se desarrolla sólo más tarde, ante la gran misericordia de su padre.
      Obviamente, es inútil recordar que, predicando en vano a las arenas del desierto, se explica y se vuelve a explicar, de todas las formas posibles, que todos aquellos pecados vinculados de variadas maneras a la lujuria no son "el pecado de los pecados" y que en el sexo y en la sexualidad humana no reside por entero el misterio del mal, porque existen muchos pecados peores, aunque haya quienes no los mencionen en absoluto.
      Son bien conocidos y se han señalado, uno por uno, los vicios y picardías practicados en su vida matrimonial y sexual por los más duros paladines de la defensa de la familia y del matrimonio. Sobre esos datos nadie responde, nadie lo niega, todos sobrevuelan, pasan por alto.
      ¿Hace falta seguir explicando -con plena rigurosidad moral- que un empresario que explota a 20 trabajadores mal pagados, en negro, sin asegurarles cobertura social, ilegalmente, para obtener lucro con su piel y sus necesidades, comete un pecado mucho peor que una relación prematrimonial o una aventura adulterina, que son y seguirán siendo pecados, pero mucho menos graves que el que acabo de describir?
      Y nadie responde sobre esto, con argumentos teológico-morales. Nadie argumenta que lo que digo sea un error; al contrario, han seguido dándole y dándole contra el sexo, como si en el sexo estuviera resumido todo el misterio del mal.
      Está bien, querido Cruzado, tienes razón: lleva una vida sexual basada en el respeto de todas las normas morales ligadas única y exclusivamente a la esfera sexual, y tendrás a salvo tu alma, independientemente de todo lo demás, que es moralmente secundario, lo cual de hecho, simplemente no cuenta.
      Precisamente por esto, Jesús se puso a escribir en el suelo con el dedo...

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    11. Que el Señor me conceda seguirlo a Él y a todas sus palabras.
      Estimado Aureliano: Me agrada dialogar con Ud., pero hubiera preferido que respondiera a mis argumentos y no que atacara a las personas como lo hace. Gente con la que, entre otras cosas, no tengo nada que ver.
      En su opinión, las relaciones extramatrimoniales y la infidelidad conyugal se pueden conceder en el caso en el cual el cómplice es una persona "maravillosa".
      Llegados a este punto, si viene bien el hombre "maravilloso", entonces viene bien un poco de bien: si uno se conforma con vivir con un poco de bien, es asunto de cada uno, ¿no? ¿Y por qué no las relaciones casuales?
      Y si Ud. conociera a una mujer "maravillosa" con la que formar una familia y tener hijos, ¿se sentiría con derecho a incumplir sus compromisos?

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    12. Estimado Cruzado:
      El Santo Padre habla frecuentemente contra el rigorismo. Pues bien, eso hay que entenderlo correctamente.
      La verdad de que cualquier rigorismo aplicado con rigor matemático vuelve inhumana e inmoral la moralidad.
      En mi comentario anterior no te he respondido mal, simplemente te respondí, y tal vez seas tú quien no quiera precisamente entender, ya que de una de mis respuestas has extrapolado un pasaje con el cual has pensado lanzar una pregunta seca frente a la cual estaría tu intercutor contra la pared pegado con cuatro clavos debido a tu sagaz habilidad. Actitud típica, esa, de alguien a quien se le ha metido en la cabeza haber cazado al otro como se dice "con las castañas en el fuego", de modo que el sujeto atrapado por tu sagacidad se retorciera desesperado y quedara a todos manifiesto su condición de sofista.
      No es así, porque la cosa es más compleja de cuanto te puedas "laicalmente" imaginar; y te explico por qué digo "laicalmente", ya que estamos hablando sobre todo de la muy delicada disciplina de aquellos Sacramentos que tú recibes (y supongo los recibes) pero no administras.
      Por tanto, déjame suponer que nunca hayas asistido, por ejemplo, a los cursos de instrucción promovidos para los confesores por la Penitenciaría Apostólica, cursos en los cuales se habla también y sobre todo de los "casos difíciles" y de las "situaciones extraordinarias", etc...
      Déjame suponer que tú nunca hayas tenido que lidiar con las situaciones, que de ningún modo son nada más que académicas, de los llamados "casos morales difíciles", y por consiguiente, en fin, déjame suponer que nunca has hecho de sacerdote, ni de director espiritual ni de confesor.
      Y todo esto se puede entender precisamente por el modo con el cual haces preguntas del estilo... "te atrapé con las manos en la masa".
      Yo me niego a hablar tanto de los "casos difíciles" como de los "casos extraordinarios", frente al espíritu de quien insiste con la actitud del que en el fondo afirma: "Esto está escrito en el código de tránsito, en forma clara y precisa. Por lo tanto...".

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    13. Tomemos entonces como ejemplo un pecado gravísimo: el aborto, cuya absolución estaría de por sí reservada al obispo, salvo diferente disposición o delegación conferida de la penitenciaría mayor o en otros sacerdotes, etc.
      ¿Sabes que existen casos muy complejos y particulares en los cuales, este pecado en sí y de por sí gravísimo, puede atenuarse hasta el rango de pecado venial, tanto que la persona estaba real y objetivamente privada de voluntad, de deliberado consenso pero, sobre todo, privada de la real percepción de la vida y de lo que verdaderamente estaba haciendo?
      Tú eres libre de aplicar el "código de tránsito", pretendiendo con eso lanzar preguntas que claven contra la pared; y yo soy libre para no responder a preguntas que requieren mucho buen sentido común y mucho delicado y certero análisis de casos muy particulares. Y esto lo saben bien aquellos que como confesores a veces tienen que manejar situaciones verdaderamente muy difíciles, ante las cuales muchas veces, no pocos sacerdotes han debido suspender la confesión, pedir parecer a su Obispo, antes de dar la absolución al penitente.
      El adulterio existe, y es un grave pecado, pero pueden darse situaciones en las cuales las responsabilidades del adúltero o de la adúltera se vean atenuadas muchísimo por hechos, circunstancias y situaciones muy complejas, de hecho: siempre y rigurosamente muy complejas. Y digo adulterio como tantos otros pecados, incluido el mismo homicidio, etc.
      Ante ciertos problemas morales en casos particulares, no te puedes instalar como aquel agente de tránsito, entre Balcarce y Mar del Plata, con el radar de tráfico, y luego decir muy seguro de lo que dices: "el límite era 120, usted iba a 140, de modo que ha cometido falta", le pones la multa, el infractor la paga, y caso cerrado.
      En la moral católica las cosas no funcionan precisamente así y, si alguno pretende hacerlas funcionar así, en tal caso se debe aplicar la sabia máxima de que "cualquier rigorismo aplicado con rigor matemático convierte en inhumana e inmoral la moral".

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    14. Estimado Aureliano:
      Sus suposiciones son correctas. El caso del cual hablábamos, sin embargo, era muy diferente al ejemplo del aborto, porque esa persona tiene la intención de seguir viviendo así. Más bien, ¿no se compararía con el caso de una mujer que ha abortado, aun con todas las atenuantes posibles, y ha declarado querer abortar nuevamente?
      Le doy la impresión de querer "atraparlo con las manos en la masa" porque me parece que estoy hablando de cosas completamente obvias. Pero usted me dice que no es así. Para ir al meollo del asunto, me parece que la imposibilidad de admitir a esa señora a los sacramentos se basa en estas cuestiones:
      a) el matrimonio es indisoluble;
      b) las relaciones extramatrimoniales, las relaciones adulterinas y el comprometerse con otra persona estando ya casados, son pecados objetivos;
      c) no debemos permitirnos presumir una inocencia subjetiva;
      d) quien quiera continuar en el pecado no puede ser válidamente absuelto;
      e) quien no confiesa los pecados mortales no puede hacer la Sagrada Comunión.
      Me gustaría saber con respecto a cuál de estas cosas, o de otras, Ud. quiere dejar de lado lo que Ud. llama el "código de tránsito".

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    15. Querido Cruzado:
      No tengo más remedio que continuar, por las obvias razones ya explicadas, respondiéndote con cuestiones basadas en ejemplos pertinentes, con el propósito de probarte que la moral es muy compleja, como lo es el análisis del pecado con todas sus variables consecuencias que pueden hacer que un mismo e idéntico pecado de una tal gravedad que comprometa la salud del alma, puede acaso convertirse en un pecado venial, repito: todo sobre el mismo e idéntico pecado.
      Tomemos por ejemplo tu enunciado: "quien no confiesa los pecados mortales no puede hacer la Sagrada Comunión".
      Esta es la sana y sagrada práctica sugerida y a seguir, pero!… existen muchas otras situaciones. Por ejemplo: supongamos que soy un sacerdote misionero y que atiendo a una comunidad diseminada en varios pueblos de los Andes donde durante meses y meses hay nieve que imposibilita las comunicaciones y los desplazamientos por la zona de la que me ocupo, durante otros tantos meses. Me encuentro en estado de pecado mortal, pero no puedo confesarme durante dos o tres meses hasta que se restablezcan las comunicaciones y sea posible viajar. Solo entonces podré encontrarme con el hermano sacerdote más cercano para que me absuelva de mis pecados.
      Según ciertos rigorismos "lógicos y morales", yo no podría comulgar, y en consecuencia, durante dos o tres meses, no debería celebrar la Santa Misa, visto y considerando que el sacerdote no puede celebrar la Santa Misa sin comulgar. Todo ello avisando a los fieles que: "Como estoy en estado de pecado mortal, hasta que no me confiese no podré reanudar las celebraciones", también porque usted entiende que, en tal caso, como dice san Pablo, estando en estado de pecado mortal, en lugar de nutrirme del alimento de vida eterna, estaría comiendo mi propia condenación...

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    16. Estimados Cruzado y Aureliano Martínez Robles,
      no es mi intención inmiscuirme en el extenso y rico debate en el que están ustedes inmersos. Sólo permítanme agregar que, como es fácil advertirlo buscando el meollo de lo que ustedes discuten, la cuestión central es la relación entre la universalidad o carácter genérico de la ley y su aplicación a los casos concretos (salvada, claro está, la diferencia entre ley divina y ley humana).
      En la cuestión debatida en estas notas, se hace referencia no a la ley divina, que permanece siempre inmutable (en este caso hablaríamos de dos leyes: la ley de los sacramentos, y la ley de la salvación de las almas). Lo que se debate en estas notas es el carácter humano, contingente, transitorio, mutable, derogable, modificable, de la ley eclesiástica (que sigue siendo ley humana y positiva).
      El Papa es quien crea esa ley, y quien la puede modificar, por antiquísima que fuere, atendiendo a la relación entre las dos leyes divinas inmutables: la sacralidad de los Sacamentos como medios ordinarios de la gracia, y el principio de la salus animarum.

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  3. Es todo muy loco. Los sacerdotes hablan como si fueran los dueños del quiosco. Cómo le voy a negar un caramelo a un nene que me lo pide?, pareciera que dicen.
    Los obispos que citan parecen los administradores del quiosco: hacé lo que te dicte tu conciencia.
    Aquí se trata de seguir la doctrina católica. Estar en gracia para comulgar y la necesidad de confesarse para estar en gracia.
    El resto es herejía.

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    1. Estimado Anónimo,
      ningún sacerdote que se respete a sí mismo, consciente de su vocación y misión, se comportará como "dueño del quiosco", ni los obispos como "administradores del quiosco".
      Sospecho que en su apresurado comentario se percibe una lectura superficial, o bien sesgada, de lo que en mis artículos se afirma.
      Le sugiero, para su bien y para la objetividad de su criterio, que Ud. se permita a Ud. mismo una serena reflexión que incluya una fundada distinción entre la doctrina y la pastoral en la Iglesia, una fundada distinción entre ley divina y ley eclesiástica, y una profundización doctrinal acerca de la correcta relación entre Gracia y Sacramentos. Las confusiones que se advierten en sus expresiones sobre tales temas son alarmantes.

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  4. La mujer traicionada y hecha objeto de violencia es legítimo que se separe. Lo que no está de acuerdo con la Ley Divina es que esta mujer se vuelva a casar (civilmente) o conviva con la nueva "pareja" a menos que vivan como "hermano y hermana".
    He consultado a un teólogo de mi confianza acerca de lo que viene escribiendo el padre Filemón de la Trinidad acerca de la comunión a los divorciados vueltos a casar. Me ha respondido que sus afirmaciones son gravísimas (lo cual quiere decir: heréticas).

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    1. Estimado Sr. Caldero.
      Entonces, ni usted ni su "teólogo de confianza" saben en realidad lo que es una herejía.
      En todo caso, quien hace una denuncia de tal género, debe demostrarlo con argumentos. Apórtelos, entonces.
      Le recomiendo leer aquella fábula de Esopo, en la que la zorra, no siendo capaz de llegar a las uvas, comenzó a decir por todas partes que las uvas son dañinas.

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    2. Estimado Rubén Caldero,
      tengo bien en claro qué cosa es la herejía, y su nocividad en la Iglesia.
      Respecto a la herejía, en sí misma y en sus consecuencias, he escrito extensos artículos en este blog. Lo remito a Ud. a ellos.
      Por lo demás, si nos atenemos tan sólo a lo dicho por el Canon 751 del Código de Derecho Canónico, "se llama herejía la negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma".
      Lo invito, entonces, a prestarme el caritativo servicio de indicarme cuál de mis expresiones a Ud. le ha parecido sospechosa de herejía, y los motivos por los cuales Ud. así sospecha.
      Quedo a la espera de sus explicaciones.

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  5. Fr Filemón de la Trinidad escribió: "si el papa Francisco decidiera (cosa que aún no ha hecho, ni en Amoris laetitia ni en su Carta a los obispos argentinos) u otro Papa decidiera, que se conceda la Comunión a los llamados "divorciados vueltos a casar", ¿qué diremos? ¿Que el Papa es hereje? ¿Qué ha cambiado la doctrina de la Iglesia?".
    Está bien documentado, en la historia de la Iglesia, que algún Papa aplicó actos de gobierno incorrectos (Liberio durante la herejía arriana), otros habrían querido aprobar reformas teológicas que hubieran sido incorrectas (Juan XXII). Este último expresó una idea errónea sobre el juicio de las almas, tres veces en tres homilías; fue sometido a la Santa Inquisición y se retractó. ¿Qué ha sucedido desde entonces como para poder descartar categóricamente esta eventualidad?
    Quisiera hacer presente que quienes están expresando críticas no son solo un par de sitios, ni un par de comunidades. Hay obispos y cardenales que obviamente tienen experiencias pastorales (incluso en ambientes muy difíciles, como en ciertos países africanos) y han escrito libros sobre el tema. No parece, de hecho, que pueda ser reducido todo a una pandilla de "hiper-conservadores".

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    2. Estimado P.Raúl,
      le respondo a cada una de sus críticas:
      1) Respecto a lo que Ud. afirma: "los Cardenales que propusieron las dudas al Papa, quien jamás quiso responder. Varios Obispos también". Ya he dado mi evaluación acerca de los llamados "dubia" de los cuatro cardenales y a la llamada "correctio filialis". He explicado sus errores doctrinales y, fundamentalmente, el básico error eclesiológico que ambos textos comparten: el desconocimiento de que el Papa no puede equivocarse en materia de Fe cuando habla como Maestro de la Fe. Puede Ud. fácilmente acceder a esas notas por medio del motor de búsqueda de este blog.
      2) Respecto a mi condición como autor de este blog, efectivamente, mi labor es difundir la doctrina de la Iglesia a través de un medio "cibernético", como Ud. dice, como la Iglesia siempre lo ha hecho y lo hace por otros medios también: libros, revistas, diarios, radios, TV, etc... Se trata de medios lícitos. Mi motivado "anonimato" no es relevante ni incide en el cumplimiento de esta finalidad.
      3) Jamás he defendido un "seminario" lefebvriano, ni he apoyado a Don Minutella, ni he pretendido argumentar que Benedicto XVI seguía siendo el Papa. Respecto a tales asuntos, lo que siempre he sostenido es que los lefebvrianos son cristianos separados de la Iglesia (cismáticos), lo mismo que el padre Minutella, mientras que Benedicto XVI es Papa emérito. Y sobre estos tres temas también he tratado largamente en este blog (también puede encontrar fácilmente los variados artículos que he publicado sobre esos temas).
      4) Es cierto que tres años atrás, en los primeros meses de vida de este blog y en un blog anterior a mi nombre (cuando yo cumplía otras tareas pastorales y no podía dedicarme al blog como ahora lo hago), otra persona introdujo notas que podían sugerir un perfil "pasadista", corriente que en realidad está muy alejada de mis pensamientos. Tal persona actuaba como administrador del blog: Paolo Fitzimons, y él mismo ya ha aclarado que actuaba por su exclusiva responsabilidad, aunque creando la confusión de que tales notas (ya eliminadas del blog) habían sido escritas bajo mi autoría.
      5) Ustes me tilda de "acérrimo francisquista". Frente a tal afirmación sólo diré dos cosas:
      a) cualquiera que lea los artículos que diariamente escribo advertirá que no soy ni "francisquista", ni "papólatra", pues sé distinguir claramente aquello en lo que el Romano Pontífice jamás puede ser criticado, pues es infalible (lo doctrinal) y aquello en lo cual puede equivocarse y ser respetuosamente llamado a la corrección (lo pastoral y el gobierno de la Iglesia). Y en tal sentido, creo que no son muchos los que han señalado y descripto como yo los errores humanos de este Papa, como se han señalado repetidamente en este blog.
      b) si Ud. no advierte y reconoce lo dicho en el punto anterior, entonces permítame sospechar que Ud., autodenominándose "católico", sin embargo, en realidad llama "francisquista" a quien es verdaderamente católico, vale decir, aquel que sostiene que Francisco es el Romano Pontífice de la Iglesia, que nos confirma en la Fe cuando nos enseña como Maestro de la Fe y debe ser obedecido en su Primado como Pastor universal de la Iglesia.

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    3. Estimado Don Benja,
      los rarísimos casos en los cuales puede surgir la duda de que el Papa pueda haberse equivocado al interpretar la Sagrada Tradición, son bien conocidos por los estudiosos serios, y han sido cuidadosamente examinados, lo cual usted puede verificar consultando una buena historia de los Papas o la Enciclopedia Católica o un buen tratado de Apologética: por lo tanto no debemos escuchar los sofismas y las falsedades de modernistas como Hans Küng o de ciertos tradicionalistas, que desconocen lo que es la Sagrada Tradición, y que tienden a hacer y sembrar confusión sobre el tema.
      Se trata de casos que, en su mayor parte -como precisamente usted dice-, no afectaron a la doctrina, y por tanto a la interpretación de la Tradición, sino al gobierno de la Iglesia, donde ciertamente el Papa no es infalible.
      En cuanto a Juan XXII, fue efectivamente un caso de error doctrinal, pero que él sostuvo no como Papa, es decir, como maestro de la fe, sino como doctor privado, donde incluso el Papa puede cometer errores. Y por lo demás, se retractó.

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    4. Cuanto dice fr Filemón sobre mí, es cierto.
      Afortunadamente, con la ayuda de la gracia de Dios, y también con la ayuda de fr Filemón, he podido reconocer todos aquellos desvaríos míos, en los cuales estaba completamente equivocado.

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  6. Una pregunta desde mi ignorancia: existe el divorcio en la Iglesia y sino porque dicen divorciado vuelto a casar? Porque en el fuero civil uno se puede divorciar cuando quiere no así en la Iglesia. O es qué comulgarian aunque estén en concubinato? Perdón por mi fariseismo.

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    1. Estimado juanm,
      es cierto: usted está preguntando "desde su ignorancia", porque lo que dice me da razones para sospechar que ni siquiera ha leído la primera nota de esta serie, en la que comienzo por explicar que la expresión "divorciados vueltos a casar" es una expresión equivocada, aunque ya inevitablemente instalada en el uso. Le sugiero que lea (o relea bien) esa primera nota, y podrá encontrar mi explicación.

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  7. Si en el pensamiento del padre Filemón la eventual concesión de la comunión a los divorciados vueltos a casar debería estar de todos modos vinculada a la previa confesión, se podría hablar de un hipotético "acceso a la confesión" como sinónimo de "acceso a la comunión", quizás sería menos irritante para muchos de los que leen, y por lo tanto podría ayudar a comprender (puesto que la irritación obstaculiza la reflexión).

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    1. Estimado Berengario,
      según las normas generales de la Iglesia, la Confesión es condición necesaria para hacer la Comunión, si el sujeto se encuentra en un estado de pecado mortal.
      En las condiciones ordinarias de una normal vida cristiana, el pecado mortal puede ser evitado incluso durante mucho tiempo. Siguen estando presentes, en cambio, los pecados veniales, que son frecuentes e inevitables. Sin embargo, también pueden ser eliminados con actos penitenciales personales, incluso sin la previa Confesión.
      De cualquier modo, la Iglesia aprueba y aconseja la Confesión frecuente, aunque sólo sean pecados veniales. Por otra parte, incluso una Comunión bien hecha es suficiente para quitar los pecados veniales.
      Esta regla común podría ser extendida también a los divorciados vueltos a casar, una vez que el Papa decida concederles los sacramentos.
      Se habla sólo de "Comunión" para estos parejas, en cuanto la Comunión, que es comunión sacramental con Dios y con los hermanos, comunión con la Iglesia, como dice la palabra, corresponde al vértice y a la plenitud de la vida de gracia: "fons et culmen totius vitae christianae", como dice el Concilio Vaticano II.
      Pero está claro que, si la pareja es admitida a la Comunión, es porque es admitida a la Confesión.
      Sin embargo, hablar de la Confesión sola no es tan claro como hablar de la sola Comunión, porque esta supone aquella, pero aquella todavía no dice necesariamente esta, aunque aquella tenga por fin esta.
      Por otra parte, la concesión de los sacramentos a estas parejas parece poder ofrecerles una notable ventaja, del mismo modo que un aumento de soporte terapéutico resulta útil en los casos de frecuentes caídas en un determinado estado de enfermedad. No en balde la teología moral tradicional habla de gracia sanante o medicinal.
      Precisamente porque la pareja se encuentra en una situación peligrosa, es de imaginar que ella pueda caer frecuentemente en pecado mortal, por lo cual el socorro de un suplemento de gracia puede defenderla más del pecado.
      Lo cual, naturalmente, no dispensaría a la pareja del deber de reforzar el compromiso moral, evitando esa sutil forma de tentación de Dios que conduce a arrojarse al precipicio con la vana esperanza de la ayuda divina.

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  8. Querido padre Filemón:
    Sé perfectamente que usted es capaz de nadar, y lo hace bastante bien, y hasta muy bien.
    En cambio, ahora que lo pienso, otros aquí se están ahogando...

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    1. Querida Herminia,
      a decir verdad, hace ya añares que he dejado de practicar natación...

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  9. Aquellos que hablan en los tonos en que hablan los "laicos" de ciertos sitios tradicionalistas (en realidad pseudo tradicionalistas), con posturas formalmente o virtualmente cismáticas, por la manera como se expresan en contra del Papa o del Concilio Vaticano II, etc... etc... aparte de la crítica que debemos formular a sus despiadados y arrogantes estilos de lenguaje, lo que ante todo hay que decir es que no tienen ni la menor idea de lo que es, por ejemplo para un párroco, el delicado contacto con lo concreto, con la real dimensión pastoral, en las relaciones con los individuales fieles y con la comunidad de los creyentes. Estos personajes hablan de una iglesia que no existe, y de una pastoral ante la cual palidecería el código penal de un régimen dictatorial. El problema no es lo que algunas personas expresan, sino la confusión que crean (obra típicamente diabólica), las almas que desorientan, y también, sobre todo, las acusaciones que hacen a los obispos, a los sacerdotes y a los teólogos que se enfrentan a estas arduas cuestiones.
    Un sincero agradecimiento, Padre Filemón.

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    1. Estimado Abel,
      agradezco su consenso.
      Le animo a rezar por esos hermanos nuestros, que, como usted señala, afectados de pasadismo y de un principismo rigorista difícilmente sintonizante con la realidad a asistir pastoralmente, son, sin embargo, una gran riqueza cristiana, hacia la cual no hay que medir esfuerzos y sacrificios para hacer retornar desde el cisma (formal o virtual) al redil de la Iglesia Católica, con nuestra humilde labor, y la poderosa acción de la gracia de Dios.

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  10. Estimado Abel:
    es cierto que el contacto con lo concreto es muy delicado.
    Pero siempre más delicado y más importante es el contacto con la persona de Jesucristo. A Él debemos seguir. Y a los fieles tenemos que llevarle a Jesucristo y llevarlos a Jesucristo. Un Jesucristo sin falsificar.
    La confusión la crean quienes pretender confundir la doctrina católica: sean sacerdotes, obispos, laicos... ellos desorientan.
    No me animo de tildar a nadie de llevar adelante una obra diabólica.

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    1. Estimado Juan Manuel,
      para un católico no hay otro modo de seguir a Jesucristo que permanecer unidos a su Iglesia, a su Magisterio y a su Guía, el Papa y los Obispos unidos al Papa.
      En relación a la cuestión debatida en estas notas, el Papa (hoy Francisco) ha señalado directrices concretas para actuar pastoralmente, siempre en fidelidad al dogma. A esas directrices deben estar ligados los Obispos y demás sacerdotes con cura de almas.
      Más allá de eso, es decir, más allá de la unidad católica que tiene en Pedro su fundamento, existe libertad de opinión en cuestiones dejadas al sano debate.

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