Meses atrás publiqué un par de notas acerca del concepto de muerte en san Pablo, pero la temática de las notas permanecería aún inconclusa si no se hacen al menos algunas sugerencias acerca de las dificultades que plantea, precisamente sobre este mismo tema, el capítulo 7 de la Carta a los Romanos.
----------Ahora bien, respecto a esta cuestión, es necesario que centremos nuestra atención a cuanto se refiere a la perspectiva paulina de "morir a la ley", perspectiva que es curiosamente asimilada al morir al pecado, porque la ley, una vez conocida, es ocasión de "esclavitud" y de "pecado", es "causa de muerte" (cf. Rom 7,10). Al mismo tiempo, dice san Pablo, gracias a Nuestro Señor Jesucristo, nosotros "hemos sido liberados de la ley" (Rom 7,6), lo cual es un discurso que se presta al equívoco, porque parece que con Cristo estamos dispensados de obedecer los mandamientos, como de hecho malinterpretará Martín Lutero [1483-1546].
----------Todo esto, con estas ideas aparentemente contradictorias, por lo tanto, no es fácil de entender y genera malestar. El apóstol Pablo parece estar aquí culpando a la ley por el hecho de que caemos en el pecado: "Yo no he conocido el pecado sino por la ley, de suerte que yo hubiera ignorado la concupiscencia si la ley no me hubiera dicho: ¡No desearás! Mas el pecado, tomando ocasión por medio del mandamiento, suscitó en mi toda suerte de deseos; pues sin la ley el pecado estaba muerto, y vivía yo un tiempo sin la ley. Pero en cuanto sobrevino el mandamiento, ha revivido el pecado, y yo morí; y resultó que la ley, que debía servir para la vida, se convirtió para mí motivo de muerte. Porque el pecado, tomando ocasión del mandamiento, me ha seducido y por medio de él, me ha dado la muerte" (Rom 7, 7-11).
----------Quizás, al darse cuenta de la alteración, Pablo inmediatamente se da prisa en decir que "la ley es santa y santo y justo y bueno es el mandamiento" (v.12). Pero ya la gaffe está hecha y tal vez Pablo, dándose cuenta de ella, hubiera hecho mejor en cancelar aquel discurso desviado y peligroso contra la ley, que parece ocultar un toque de animosidad, probablemente ligada a su polémica contra aquellos Judíos, los cuales consideraban que para salvarse no se necesitara la ley de Cristo, sino que era suficiente la de Moisés.
----------Pero el inconveniente de este atormentado cap. 7 de la Carta a los Romanos no está todo aquí. Después de haber admitido que "la ley es espiritual" (Rom 7,14), Pablo pasa a hablar de sí mismo como "esclavo del pecado" (ibid.), con un aparente descargo de responsabilidad, como si el pecado no fuera el efecto de su libre voluntad, sino una especie de personaje o ley hipostasiada, la "ley del pecado" (v.25), un agente maligno interior del Apóstol, que lo constriñen a pecar sin que él no tenga culpa.
----------Sucede algo similar a cuanto Pablo ha dicho a propósito de la ley: así como parece que sea la ley la que le induce a pecar, así ahora es este pecado hipostasiado el que constriñe a Pablo a pecar. Y como antes se manifestaba víctima de una ley esclavizante, ahora se manifiesta víctima de este "pecado" personificado, por lo cual el Apóstol parece llegar al absurdo de sostener que no es él quien pecó, sino que es este "pecado" el que peca en él. Algunos exegetas han planteado la hipótesis de que Pablo se refiere al demonio, como si Pablo se considerara de alguna manera endemoniado. En cualquier caso, el cristiano, hijo de Adán, aparece como un esclavo del demonio y, por lo tanto, parece irresponsable y excusable por el mal que hace. Debe ser sólo compadecido y no condenado. Al menos así lo parece.
----------Dice, de hecho, Pablo: "Porque no sé lo que hago; pues no pongo por obra lo que quiero, sino lo que aborrezco, eso hago. Así, pues, si hago lo que no quiero, reconozco que la Ley es buena. Pero entonces ya no soy yo quien obra esto, sino el pecado, que mora en mí. Pues yo sé que no hay en mí, esto es, en mi carne, cosa buena. Porque el querer el bien está en mí, pero el hacerlo no. En efecto, no hago el bien que quiero, sino el mal que no quiero. Pero si hago lo que no quiero, ya no soy yo quien lo hace, sino el pecado que habita en mí" (vv.15-20). Parece decir: sí, hago el mal, pero no tengo culpa, porque soy incapaz de hacer el bien. No soy libre, sino esclavo del pecado. Él es quien hace el mal en mí. Esta será la interpretación de Lutero.
----------Pero nosotros nos preguntamos: ¿entonces, dónde ha terminado el libre albedrío? ¿Acaso no existe la culpa? ¿Y no es una exageración decir en modo tan perentorio que el bien no habita en mí? ¿Es posible que, incluso sin la gracia de Dios, yo no pueda hacer absolutamente nada de bueno? Y luego, ¿no es un poco demasiado cómodo exonerarse de toda culpa afirmando sin demostrarlo que todo el mal que hago, y hago sólo el mal, lo hago porque no sé resistir a la concupiscencia?
----------Es cierto que si uno cede contra voluntad, a regañadientes, a una fuerza maligna superior, permanece inocente: nemo ad impossibilia tenetur. Pero, ¿es posible que todas las acciones del pecador deban ser pecados excusables y de sola fragilidad? ¿Siempre peca y siempre es absuelto? Pero entonces, ¿qué necesidad tiene el pecador de la gracia y del perdón divino? Basta compadecerlo.
----------Ahora bien, la gracia sanante, como el mismo Pablo explica en otra parte, completa y perfecciona la obra de la naturaleza, tanto es así que de Pablo recaba santo Tomás de Aquino [1225-1274] el famoso principio gratia non tollit naturam, sed perficit. Pero si la naturaleza está totalmente corrupta, ¿de qué sirve la gracia? ¿O la gracia sustituye la naturaleza? ¿Sustituye el Espíritu las obras, la ley y la letra? (Rom 2,29; 7,6; 2 Cor 3,6). Entonces, ¿somos salvos por la sola gracia, sin las obras ni los méritos? He aquí de nuevo a Lutero.
----------Se entiende entonces cómo él haya podido dar una respuesta inadecuada a las preguntas antes mencionadas, que surgen espontáneamente al leer aquellos pasajes de Pablo. Sin embargo, la interpretación de Lutero conduce a una concepción errónea de la conducta humana y de la función de la gracia, contraria a la verdadera concepción de Pablo, que parece clara en comparación con el contexto de su enseñanza.
----------Como siempre debe ser para un fiel católico, el recto entendimiento de la Sagrada Escritura como de la Sagrada Tradición (las dos fuentes de la divina Revelación) nos es dado por mediación del Magisterio de la Iglesia (magisterio pontificio y conciliar). Ahora bien, para comprender verdaderamente el pensamiento de san Pablo, es necesario atenerse entonces a las explicaciones dadas por el Concilio de Trento y no a la interpretación de Lutero, que en lugar de moderar la aspereza del pensamiento paulino, las exagera hasta el punto de la herejía. En particular, el Concilio pone de acuerdo la enseñanza de Pablo con la de Cristo respecto a la práctica de las obras, a la observancia de la ley y de los mandamientos, a la condición de la naturaleza caída y redimida, a la necesidad de la gracia para salvarse.
----------Si bien, de hecho, san Pablo parece demasiado drástico al oponer la ley al Espíritu, las obras a la gracia, los méritos a la misericordia, lo que le dio a Lutero la ocasión de su famoso "sola gratia", hasta el punto de decir que la salvación es un don de gracia independientemente de las obras (Rom 3,28; 4,6), el Concilio de Trento recuerda providencialmente que Nuestro Señor Jesucristo dice claramente que si queremos entrar en la vida eterna, debemos observar los mandamientos (Denz. 1570). Jesús retoma aquí la enseñanza del Antiguo Testamento, mientras que Pablo parece plantear una ruptura entre la ley (AT) y la gracia (NT), incluso si después Cristo mismo precisa diciendo "sin Mí nada podéis hacer" (Jn 15,5).
----------Por otra parte, el Concilio de Trento distinguirá la concupiscencia como impulso inevitable a pecar (fomes peccati), también presente en los santos en esta vida, que por su violencia puede excusar del pecado, del pecado como acto de libre albedrío, evitable, voluntario, deliberado, responsable y culpable. Por tanto, distingue el pecado como culpa del pecado como fragilidad, el primero, merecedor de castigo y necesitado de ser perdonado; el segundo, digno de ser compadecido y tolerado.
----------Por otra parte, el Concilio precisará que el libre albedrío no está extinto, sino solo debilitado (Denz.1553, 1554), por lo que no es cierto que sin la gracia el pecador no puede hacer nada de bueno, y al mismo tiempo no siempre está excusado de todo pecado, sino que puede ser también culpable, por lo cual, prevenido por la gracia justificante (Denz. 1525, 1549), debe colaborar con las buenas obras (Denz. 1570) con la gracia (Denz. 1526) y hacerse de méritos (Denz. 1545) para el cielo.
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