martes, 26 de enero de 2021

Infalibilidad del Concilio Vaticano II: preguntas y respuestas (1)

Afortunadamente, mis intervenciones acerca de la interpretación de los documentos del Concilio Vaticano II, han producido un interesante diálogo con un par de lectores, en el contexto de un rico y frecuente intercambio epistolar que se ha visto ampliado a otros temas de candente actualidad. Aún cuando la discreción me impide reproducir los correos electrónicos de mis interlocutores, nada obsta a que me refiera en esta nota y en otras ulteriores a sus argumentos, y trate, a mi vez, de responder con aclaraciones y nuevas instancias.

----------Indudablemente estos temas, tan espinosos en la actual situación eclesial, no pueden sino abordarse con infatigable pasión por quienes aman realmente a la Iglesia; pero esa pasión y ese amor deben acompañarse con la objetividad del juicio, el equilibrio y dominio que impone la razón sobre los sentimientos y, sobre todo, el espíritu de fe sobrenatural. Y así fundamentados en estos presupuestos, un punto de partida lógico podría ser la siguiente aproximación: la situación de la Iglesia después del Concilio Vaticano II.
----------Como ha expresado uno de mis amigos interlocutores, es indudable que después de todos sus concilios la Iglesia siempre ha experimentado momentos que han sido de gran turbulencia, en razón de un reasentamiento o reacomodamiento, siempre lento, gradual, progresivo, de la estructura eclesial, sacudida, habitualmente, por errores que la amenazaban, pero errores que eran desenmascarados por las definiciones de las verdades de fe. En la historia de todos los períodos postconciliares no han faltado las fracturas (a veces cismas) que se vieron agravadas precisamente por la clara e infalible posición de los concilios.
----------Basta con recordar lo sucedido tras el Concilio de Nicea [325]. Es cierto que el error subordinacionista, que cautivaba también a obispos del calibre de Eusebio de Cesarea [263-339], fue definitivamente derrotado solo con el posterior Concilio de Constantinopla [381], definiendo la divinidad del Espíritu Santo, mientras que, al mismo tiempo, los arrianos tomaban la iniciativa con sínodos muy precisos dirigidos a conquistar para su bando las iglesias. Sin embargo, en aquella oportunidad, los límites de la agitación eclesial estaban bien delineados: por un lado la fe de la Iglesia, defendida por san Atanasio [296-373] y definida en el Concilio, por otro lado, la herejía de la no consustancialidad del Hijo con el Padre y, en consecuencia, un principio de vaciamiento del misterio mismo de la Redención. La catolicidad se tensaba en torno a la misma fe, poniendo cada vez más en entredicho el error doctrinal, que aquí se valía de la condescendencia del Emperador.
----------También después del Concilio de Trento [1545-1563], los precisos confines de la fe católica pronto se hicieron visibles, y con una obra de sabia, oportuna y firme pastoral, la Iglesia volvió a resplandecer con su belleza, que había sido antes oscurecida y dañada por sus hijos rebeldes. Así, se enseñó que la Sagrada Escritura y las Tradiciones no escritas son las dos fuentes del único depósito revelado por Dios en Jesucristo y el Espíritu Santo, y entregado a su Iglesia. La Iglesia extrae su regla de fe de ambas fuentes, unidas en el único acto revelador, custodiado y transmitido indefectiblemente por el Magisterio auténtico.
----------Después del Concilio Vaticano II, sin embargo, se asiste a algo nuevo: es la misma Iglesia la que sufre una profunda crisis, que algunos llaman -no sin buenas razones- crisis de identidad. Es en su interior que se ponen en discusión los dogmas: o se los quiere superar en nombre de un meta-dogmatismo, un más allá del dogma o -lo que me parece que ha prevalecido- se quiere encerrar a toda costa el dogma en el Concilio Vaticano I [1869-1870], para dar un nuevo giro en la asamblea conciliar de nuestros tiempos [1962-1965]: el giro de la conciliaridad; que pronto se convierte en neo-conciliarismo.
----------El mismo enfoque pastoral del Concilio, que es el caballo de batalla de los lefebvrianos para relegar para siempre al olvido al Vaticano II, se ha prestado a variadas lecturas. Ha habido quienes, como el padre Yves Congar [1904-1995], querían un concilio pastoral, que no fuera por eso de menor valor doctrinal, pero que no se limitara a definir o a atomizar la fe, sino que llegara a los hombres de su propio tiempo. De esos exponentes como Congar, pronto se hará eco Giuseppe Alberigo [1926-2007], quien dirá que el Concilio pastoral había puesto en discusión el ecumenismo doctrinal, hasta el punto de abandonar la llamada via antiqua por un "giro epocal"; pero también se harán eco quienes, como el cardenal Giuseppe Siri [1906-1989], veían en el elevado énfasis dado al lema pastoral una "sombra de equívoco" para reordenar la doctrina dejando de lado la condena de los errores, pero provocando necesariamente una cierta mezcolanza. En cierto modo: una misericordia hacia los equivocados podría transformarse en una misericordia hacia el error.
----------Con las limitaciones de todo apretado resumen, esto es lo que en gran medida se ha verificado, aunque involuntariamente, tras el Concilio Vaticano II, y es lo que podemos tomar como lógico punto de partida para nuestra reflexión. Como relataba un lúcido y valiente análisis de esta situación, hecho por el cardenal Giacomo Biffi [1928-2015], que dice: "Un magisterio que no condena nada ni a nadie -naturalmente con toda la prudente atención a las concretas circunstancias y a las exigencias de la caridad pastoral- es fatal que se convierta en cómplice involuntario del error y por lo tanto de aquel a quien el Señor Jesús ha llamado 'mentiroso y padre de la mentira' (cf. Jn 8,44)" (Memorie e digressioni di un italiano cardinale, Siena 2010, p.53).
----------Por estas y por otras razones, uno de mis interlocutores ha encontrado los argumentos, publicados en mis anteriores notas sobre el mismo tema, un tanto precipitados (ya responderé en concreto). Al modo de ver de este amigo, no sería cierto decir que son solo los lefebvrianos quienes corrigen al Papa y al Concilio en nombre de la Tradición, sino que también existirían otros (no fuera de la Iglesia, sino fieles a ella) que se sienten llamados a cuestionar los documentos conciliares, precisamente en razón de la pastoralidad del Concilio y del hecho de que el Vaticano II no ha emanado nuevos dogmas. Mi interlocutor se hace eco de quienes dicen que el propio papa san Pablo VI ha hablado de esa pastoralidad del Concilio y que no ha definido nuevos dogmas, y asimismo de modo particular el papa san Juan Pablo II, que fue quien implementó sus instancias más específicas. Basta pensar en el espíritu misionero interreligioso y ecuménico de este amado Pontífice.
----------Llegados a este punto de nuestra reflexión, advierto que me he extendido demasiado en el punto de partida y en la exposición de las objeciones que han puesto de manifiesto mis interlocutores en oposición a mis posiciones. Pues bien, ya me doy cuenta que en esta primera nota no pasaré de estos presupuestos. No importa. Al menos deseo concluir con algo más de detalle acerca de las preguntas y cuestiones de los amigos lectores, a las que trataré de responder en mi próxima segunda nota.
----------Reconozco que es probable que mi sincera preocupación por el Concilio Vaticano II y sus doctrinas, y el reconocimiento que merece el Concilio (a priori indispensable para todo hijo de la Iglesia católica) pueda dar la apariencia a algunos de mis lectores de estar empujándome a hacer infalibles todas sus doctrinas. No es así, de ninguna manera. No todo lo que dice el Vaticano II es infalible.
----------No faltan quienes afirman que es cierto que la aceptación del Concilio Vaticano II (un deber para cualquier católico) depende de la aceptación de sus doctrinas, sin embargo, según ellos, la aceptación de las doctrinas conciliares no necesariamente tiene que suponer su infalibilidad para que el Concilio sea aceptado. Asimismo, hay quienes reconocen la necesidad de rescatar al auténtico Concilio de la falsificación con que lo presentan tanto los modernistas como los lefebvrianos, y que al cumplir esta tarea, lo "nuevo" del Vaticano II (que en cualquier caso debe reconocerse como un desarrollo y una adición y nunca abrogando lo anterior, porque lo anterior es siempre infalible) debe necesariamente requerir un acto de fe. Sin embargo, lo que mis interlocutores no han comprendido es que este necesario acto de fe en el magisterio conciliar, no es necesariamente un acto de fe teologal, aunque sea siempre un acto de fe sobrenatural. Sea como sea, algunas de las preguntas en las que los lectores insisten, son: ¿Cómo, entonces, se aplica este acto de fe? ¿Se aplica siempre? ¿Cómo podemos distinguir lo doctrinal de lo pastoral?... Pues bien, estas y otras cuestiones planteadas por mis interlocutores, parece que deben ser convenientemente solucionadas.
----------Hay también preguntas más específicas, por caso: ¿Cuáles serían las doctrinas infalibles del Concilio y las enseñanzas pastorales falibles y revisables? ¿Seríamos capaces de hacer un cuadro bien delineado que las distinga, o siempre nos resultaría difícil separar el propósito y la naturaleza pastorales del Concilio respecto de sus enseñanzas doctrinales? Y si las enseñanzas doctrinales no están definidas y por lo tanto declaradas infalibles, ¿por qué razón pueden verse como tales? ¿Sólo en razón del dato doctrinal nuevo aportado por el Concilio? ¿O no más bien en razón de la Tradición de la Iglesia, "metro" del desarrollo dogmático? No hace falta decir que no asumo como míos los términos de estas preguntas, sólo las enuncio, sin mayores explicaciones ni explicitaciones. Por ejemplo, en la última pregunta, afirmar que la Tradición es "metro" del desarrollo dogmático, supone el recto concepto de Tradición. Un católico puede afirmar que la Tradición (bien entendida) es "metro" del desarrollo dogmático, y un lefebvriano también podría afirmarlo; sin embargo, ambos no estarían expresando lo mismo, precisamente porque el católico cuenta con el auténtico concepto de Tradición, mientras que bien sabemos que el lefebvriano, en cambio, lo ha tergiversado.
----------Precisamente en razón de la última pregunta señalada, les parece a algunos que el criterio de infalibilidad no está en el después, sino en el antes, y que la Tradición nunca debería estar contra el Papa. Ahora bien, si lo está es porque se ha perdido su verdadero concepto. Por lo tanto, existen algunos estudiosos del Concilio que tienden a distinguir entre la aceptación de las doctrinas del Concilio y su (general) infalibilidad. Aceptarlas no depende de su infalibilidad, sino del hecho de que son enseñanzas del Magisterio de la Iglesia. En tal sentido, podría tener sus razones a favor afirmar algo así como que la Iglesia es garantía de su propia autenticidad; lo cual podría ayudarnos a liberarnos de una ola impregnada de neo-conciliarismo, cuando, a cada paso, se invoca la autoridad doctrinal del Concilio, con frases muy generales del tipo "dice el Concilio", "el Concilio enseña", tal vez ignorando el mismo Magisterio postconciliar. Podría ser también la forma con la que puedan abordarse las doctrinas del Vaticano II, sin prevenciones dogmatistas, con una libertad, siempre dentro de los confines de la verdad trazados por la Autoridad, para verificar, al mismo tiempo, su anclaje al Depósito de la fe y el esfuerzo de la novedad en razón de la nueva "pastoralidad" querida por los Padres conciliares.
----------Es cierto que el Magisterio postconciliar ha declarado reiteradamente la continuidad de las doctrinas conciliares con la Tradición de la Iglesia. Piénsese, por caso, en la exhortación post-sinodal Verbum Domini, de Benedicto XVI, y la relación entre Escritura y Tradición, que es tema central en la constitución Dei Verbum. Pero esto todavía parece que no nos rescata, lamentablemente, de una sorda y angustiosa apelación al Concilio y siempre al Concilio (la cual apelación les resulta sobre todo asfixiante a los tradicionalistas). No sería inapropiado tal vez un nuevo Syllabus, como solicitan algunos al Romano Pontífice, para advertir o poner en guardia de los errores declamados falsamente en nombre del Concilio; Syllabus con el cual, por supuesto, no se pediría a la Iglesia que se corrija a sí misma de supuestos errores en su Magisterio (cosa impensable) sino que corrija los errores de quienes (modernistas y lefebvrianos) han interpretado de modo no auténtico el Concilio.
----------Después del Concilio Vaticano I, por ejemplo, no hubo mucho que discutir en realidad sobre el contenido de la constitución Pastor aeternus. Hubo quienes la rechazaron, pero la Iglesia no tuvo que retornar sobre su significado para que se sostuviera una sabia hermenéutica de tal documento. En cambio, hay una singularidad del Vaticano II, una modalidad suya, sui generis, que parece esconder un problema hermenéutico de enfoque y de lectura de sus enseñanzas. No faltan los serios estudiosos que están cada vez más convencidos de que más que en las doctrinas del Vaticano II, el verdadero problema se oculta en el principio hermenéutico con el cual se las leen, tema clásico de la modernidad, planteado precisamente como problema gnoseológico. Ese mundo moderno con el cual se quería dialogar ha presentado a la Iglesia el relato de su principal dificultad: ¿ponerse a sí misma en cuestión para llegar, sólo más tarde, a su comprensión?
----------Por último, los lectores también plantean preguntas acerca de la recta interpretación de la Ad tuendam fidem (motu proprio del papa san Juan Pablo II, de 1998). Con este documento, el santo Pontífice se ocupó de proveer de dos párrafos el canon 750 del CIC (y respectivamente al canon 598 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales) para preservar la fe de la Iglesia de los errores que surjan. El primer párrafo de dicho canon recuerda las cosas que se deben creer con fe divina y católica, en cuanto enseñadas infaliblemente por el Magisterio solemne o por el Magisterio ordinario y universal y contenidas en la Palabra de Dios escrita o transmitida (alusión a las dos fuentes de la Revelación). El segundo párrafo, en cambio, se refiere a la firme aceptación de aquellas cosas que el Magisterio enseña como definitivas sobre la fe y la moral. Sin embargo, hay lectores que advierten que no se hace mención, para determinar la infalibilidad de una doctrina, a la sola "materia" de fe, como en este blog se ha afirmado. El "metro" parece que vuelve a ser el Magisterio.
----------Es interesante notar que esta definitividad de la doctrina, aunque de cosas no reveladas sino conexas con la Revelación y declaradas tales por el Magisterio, también fue reconocida por la Escuela de Bolonia, que en un primer momento dio señales de alarma acerca de Ad tuendam fidem, con todo un número monográfico de Cristianesimo nella Storia (n.1, 2000). Se habría así comprometido la deliberada opción del Vaticano II de poner un cierto silenciador a la Tradición constitutiva, que ahora Juan Pablo II buscaba desempolvar en cuanto a la infalibilidad de las doctrinas definitivas, enseñadas por el Magisterio. Así se retomó un cierto controversismo y anti-protestantismo, que había sido dejado de lado por el Concilio. Se recaería en una visión doctrinal contra aquella visión propiamente pastoral del Concilio. Con acentos de ruptura, es cierto, pero también esta hermenéutica reconoce que Ad tuendam fidem habla de la definitividad de las doctrinas establecidas por el Magisterio y da así plena ciudadanía a la Traditio constitutiva.
----------Finalizo esta primera nota, llena de desordenados planteamientos, confusas conjeturas, vagos problemas y preguntas, con aquello que decía Benedicto XVI, actual Papa emérito, que "la Palabra de Dios nos es dada en la Sagrada Escritura como testimonio inspirado de la Revelación, que con la viva Tradición de la Iglesia constituye la regla suprema de la fe" (Verbum Domini n.18). A la luz de estas palabras, parecería, entonces, que toda doctrina, incluso la de un Concilio, nunca debería ignorar esta "regla suprema", este "metro", esta ley interpretativa. Ha sido otro amigo lector quien me ha señalado esta cita, indicándome así, de nuevo, una objeción ya mencionada: es la Tradición la la que debe ser "metro" o criterio del Concilio. Sin embargo, vuelvo a adelantar algo que explicaré luego debidamente: la validez de tal afirmación depende de que estemos aceptando el propio concepto de Tradición que ha sido esclarecido también por el mismo Concilio Vaticano II.
----------En mi nota de mañana, mis respuesta a las objeciones planteadas.

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