A mediados de 2016 ya estaba absolutamente claro: el círculo se había cerrado y, por consiguiente, el camino de la reforma litúrgica promovida por el Concilio Vaticano II y llevada a cabo por los Papas del postconcilio hasta la actualidad, podía reanudarse. El teorema de una "reforma de la reforma", como idealización agresiva de una ficticia iglesia autorreferencial que se inmuniza del Concilio Vaticano II, se inmuniza de la historia y se inmuniza de la experiencia, era finalmente censurado a nivel oficial. [En la imagen: una escena del film "Kreuzweg", Camino de la Cruz, del director Dietrich Brüggemann, estrenada el 20 de marzo de 2014 en Alemania. La escena corresponde a la quinta estación: El Cireneo ayuda a Jesús a llevar la cruz].
El breve relato de un delirio autorreferencial
----------A la nota inicial de ayer, seguirán ahora tres notas en las que iremos profundizando (eso espero) en la problemática surgida (no querida) a partir del motu proprio Summorum pontificum, y que una pequeñísima minoría hizo nacer como desesperado delirio autorreferencial de última hora, al malinterpretar e instrumentalizar aquella carta apostólica del recordado papa Benedicto XVI. Habiendo planteado de ese modo nuestra tesis acerca de la "reforma de la reforma", que de hecho no existió, ni podía (de facto) existir, seguirán ahora tres reflexiones de explicitación cada vez más detallada, a la manera que, como se arroja un guijarro al lago en calma, siguen tres círculos concéntricos, de onda expansiva centrífuga y más amplia.
----------Un lustro después de la publicación en 2011 de la instrucción Universae ecclesiae, por parte de la ya desaparecida Pontificia Comisión Eclessia Dei (texto al que hacíamos referencia en la nota anterior), la combinación de tres pequeños sucesos, solo parcialmente relacionados entre sí, llegó a determinar una importante evolución para la liturgia católica. Los sucesos a los que me refiero fueron, en su orden cronológico, un Comunicado de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, del 29 de junio de 2016, una Conferencia del entonces Prefecto de la Congregación del Culto, cardenal Robert Sarah, del 5 de julio de ese año, y una Nota de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, del 11 de julio también de 2016. La secuencia de los tres hechos condujo a una consecuencia en parte impredecible, aunque completamente esperable. Procedamos por orden.
Los tres eventos en su sucesión
----------En el Comunicado del obispo Fellay se leían dos expresiones: "el final de un tiempo" y "la espera del sucesor del papa Francisco". Lo que este obispo, alejado de la comunión eclesial, afirmaba en 2016, era que el plan de reconciliación, iniciado ya bajo el pontificado de san Juan Pablo II, y que había encontrado un nuevo impulso, sorprendente y en parte inesperado, durante el pontificado de Benedicto XVI, parecía haber llegado a su fin a tan sólo tres años del inicio del pontificado de Francisco.
----------En realidad, lo que estaba sucediendo era que, a diferencia de las expectativas que los lefebvrianos se habían forjado, las exigencias de Roma para una vuelta de los cismáticos a la Iglesia eran, según Fellay, cada vez mayores, y el reconocimiento por parte de la FSSPX del Concilio Vaticano II era cada vez más vago (por no decir hipócrita). La vaguedad y la ambigüedad lefebvrianas acerca de la obligada aceptación de las doctrinas (no de las directivas pastorales, de las que se podía discutir) del Concilio Vaticano II venían de lejos, y habían motivado en su momento el explícito llamado de Benedicto XVI a que la FSSPX "aceptara las doctrinas nuevas del Concilio para poder abandonar su situación de cisma", y terminaban motivando el abrupto corte de los "diálogos teológicos" con los lefebvrianos por parte del papa Francisco.
----------Pocos días después de aquel Comunicado oficial de la FSSPX, en la conferencia de Londres del cardenal Robert Sarah, adquiría carácter público el abrupto cambio de la temática que había caracterizado toda la fase de "apertura" hacia el diálogo con los lefebvrianos para procurar hacer todo lo posible para su retorno a la Iglesia. Lo que había constituído el foco de la apertura promovida por el papa Juan Pablo II y por el papa Benedicto XVI, vale decir, el deseo de una mayor comunión en la Iglesia por parte de los cismáticos herederos del cismático obispo Lefebvre (algo en sí altamente deseable) ahora, según lo que expresaba el entonces Prefecto del Culto, coincidía y se confundía (¡oh sorpresa!) con el proyecto de "reforma de la reforma".
----------En otros términos: se quería aprovechar el hecho del acercamiento con los lefebvrianos, como ocasión y medio para "normalizar" la liturgia conciliar, y no sólo la liturgia conciliar, sino también la Iglesia conciliar. Estoy usando a propósito estas expresiones que huelen más a lefebvrianos que a un cardenal prefecto del Culto, pero el caso es que estas expresiones son precisamente el modo como se había expresado públicamente Sarah. En aquellas imprudentes palabras del cardenal del Culto, aparecía incluso el plan de "reorientar hacia oriente" todos los altares (y todos los sacerdotes), a partir del Adviento de ese año 2016. Nunca, a nivel oficial, había sido tan clara la voluntad de contradecir el designio de la reforma litúrgica conciliar. ¿Quién hubiera podido decir que en estas sorprendentes palabras del cardenal africano se reflejara la voluntad de aquel de quien Sarah debía ser solamente un representante y portavoz: el papa Francisco?
----------Por último, pocos días después de aquella conferencia de Sarah, en la Nota de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, venían establecidos tres principios decisivos: 1. El deseo de salvaguardar el valor de la Santísima Eucaristía debe proceder según lo establecido por el Concilio Vaticano II y por la Institutio del Misal Romano, que prevé "altares separados de la pared". 2. Según la Nota, esta debía seguir siendo la pastoral ordinaria de la Iglesia, que no podía ni puede ser sustituida por la "forma extraordinaria" (que había permitido Summorum pontificum). 3. Finalmente, se expresaba con claridad que no se considera bueno utilizar la expresión "reforma de la reforma", que solo podía generar confusión. En estas tres declaraciones se da el golpe de gracia al sueño autorreferencial de una Iglesia que quería inmunizarse del Concilio Vaticano II y que lo vivía con un malestar no disimulado. Obviamente, cualquier observador de sentido común, no podía sino ver en estas afirmaciones de la Nota de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, la explícita y firme voluntad del papa Francisco.
Una pequeña historia con un final feliz
----------Ahora bien, es bueno recordar, y esto es necesario decirlo claramente, que esta expresión, "reforma de la reforma", ha caracterizado toda una fase del debate eclesial, alimentada por periferias bien sostenidas desde el centro (aunque no, por supuesto, desde el mismísimo centro de la propia Sede Apostólica), con el objetivo de oponerse abiertamente a la reforma litúrgica del Concilio Vaticano II, de hecho "irreversible", como se preocupó de decir en más de una ocasión el papa Francisco. Hemos tenido una serie de textos en el plano de la disciplina litúrgica que, sin usar nunca la expresión "reforma de la reforma", se han utilizado, sin embargo, para construir el teorema autorreferencial de la "reforma de la reforma". La instrucción Liturgiam Autenticam, del 28 de marzo de 2001, la instrucción Redemptionis Sacramentum, del 25 de marzo de 2004, y el motu proprio Summorum pontificum, del 7 de julio de 2007, son los eslabones de una cadena que ha podido intentar redimensionar y a veces contradecir el impulso conciliar hacia la "actuosa participatio".
----------Como he dicho líneas arriba, hay que reconocer que en ninguno de los tres documentos antes indicados es utilizada la expresión "reforma de la reforma". Sin embargo, es indudable que en estos textos se pretende crear otro estilo de "traducción o transferencia de la tradición", para retornar a un acercamiento o enfoque respecto a la Santísima Eucaristía, que hace prevalecer la lucha contra el abuso por encima de la formación para el uso, un enfoque que desgraciadamente ha sido usado para crear un ficticio y peligroso paralelismo entre rito ordinario y rito extraordinario, con consecuencias eclesiales, pastorales y formativas muy problemáticas. Naturalmente, este ficticio y nocivo paralelismo litúrgico, de ningún modo puede pensarse que estuviera en la mente del papa Benedicto XVI al promulgar Summorum pontificum.
----------No han faltado teólogos liturgistas y sacramentarios que, al haber constatado el hecho y los datos que acabo de explicar, han llegado a expresar que en los tres documentos mencionados "está la 'longa manus' primero del prefecto Ratzinger y luego del papa Benedicto". Por mi parte, no me siento de acuerdo con semejante declaración. Sin haber indagado lo suficiente acerca de la relación del cardenal Ratzinger con los dos primeros textos mencionados, afirmo con total convencimiento de fe, que de ningún modo puede adscribirse al papa Benedicto esa "longa manus" respecto a Summorum pontificum, salvo que se la entienda en el sentido de un error de imprudencia pastoral o gubernativa por parte del Papa alemán, o en el sentido de una excesiva tolerancia hacia sus colaboradores en el ámbito del Culto y de la Disciplina de los Sacramentos.
----------Claro que no debemos olvidar que, desgraciadamente, los textos que luego interpretaban aquellos tres citados documentos disciplinares en términos de "reforma de la reforma", iban acompañados, apoyados, bendecidos o introducidos por palabras de prólogo o reseña tomadas de declaraciones del prefecto Ratzinger o del papa Benedicto XVI. Baste recordar los textos redactados por Aidan Nichols, Nicola Bux, Michael Lang o Alcuin Reid. ¿Una hipócrita instrumentalización? Me inclino a pensarlo.
----------Con la mencionada Nota de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, dependiente naturalmente del papa Francisco, del 11 de julio de 2016, todas aquellas maniobras estaban llegando a su fin. Finalmente se estaba diciendo una palabra clara sobre la confusa cuestión. Se podría decir que un símbolo nítido de esta superación puede ser encontrado en un sabroso paralelismo entre dos expresiones. Me explico:
----------Mientras que en el documento de 2004, dedicado a los abusos de la Eucaristía, se dice que "solamente con precaución se emplearán términos como 'comunidad celebrante' o 'asamblea celebrante', en otras lenguas vernáculas: 'celebrating assembly', 'assemblée célébrante', 'assemblea celebrante', y otros de este tipo" (n.42 de la instrucción Redemptionis Sacramentum) -asumiendo de ese modo oficialmente locuciones que eran un lugar común de los partidarios de la "reforma de la reforma"- por el contrario, en la Nota de la Oficina de Prensa del papa Francisco, se censuraba el uso de la expresión "reforma de la reforma". Estaba absolutamente claro: el círculo se había cerrado y, por consiguiente, el camino de la reforma litúrgica conciliar podía reanudarse. El teorema de una "reforma de la reforma", como idealización agresiva de una iglesia autorreferencial que se inmuniza de la historia y de la experiencia, era finalmente censurado a nivel oficial.
Las consecuencias eclesiales: Obispos y Curia Romana
----------A la luz de lo narrado, pues, se advierte que a mediados de 2016, ya no era tan difícil prever las consecuencias de aquella "nota de prensa". Era fácil suponer que la lógica que había inaugurado el proyecto de "reforma de la reforma" (que parece haberse puesto en marcha a fines de la década de 1990) había intentado socavar progresivamente los poderes y competencias episcopales, llegando a su ápice con el motu proprio Summorum Pontificum, que de facto quitaba autoridad a los Obispos en materia litúrgica.
----------Por consiguiente, se advierte que ya a mediados de 2016, podía preverse que la recuperación de la competencia episcopal (temática que todo el pontificado de Francisco pone en primer plano) debía recibir en el ámbito litúrgico normas claras, que superaran el "estado de excepción" que había inaugurado el motu proprio Summorum pontificum. Competencias y poderes acerca de las traducciones, competencias sobre los usos y los abusos, y competencias sobre el uso de la "forma extraordinaria", que jurídicamente hoy ya no existe, y que se ha traducido en la forma de puntuales y concretos permisos de los Obispos, permisos que, dada cierta renuencia episcopal fruto de una "misericordia" mal entendida (de la que ya hemos hablado), necesitan hoy por hoy, del aval de la Sede Apostólica. En definitiva, a mediados de 2016 ya se podía prever un documento que aboliera Summorum pontificum y restableciera las cosas en las vías de la reforma litúrgica del Concilio Vaticano II. En otras palabras, ya se podía prever un texto como el de Traditionis custodes.
----------Por otra parte, también a partir de aquellos mencionados eventos de mediados del año 2016, era relativamente fácil prever que si los Obispos volvían a "gobernar" sus respectivas diócesis también en materia litúrgica, como correspondía, sería inevitable que la Pontificia Comisión Ecclesia Dei fuera perdiendo la mayor parte de los poderes que le habían sido atribuídos por Summorum pontificum. Pues bien, ello se fue haciendo gradualmente, y de hecho terminó con la misma desaparición de tal Comisión.
----------La segunda consecuencia previsible de aquella "Nota", era que se procediera a la descentralización de la Curia Romana también respecto a la liturgia. Un buen comentario en este sentido, con inevitables reflexiones sobre la Curia Romana y sus competencias, vino en aquellos meses del 2016, de parte de Lorenzo Prezzi (periodista y director del blog de información SettimanaNews y de la revista para la vida religiosa Testimoni), quien, razonando sobre el primero de los tres hechos citados al inicio de este artículo, escribía perspicazmente: "Lo que no han entendido Fellay y los suyos es que su problema fue, por un tiempo, central, y ahora es periférico. Hubo un tiempo en que el retorno de la FSSPX a la Iglesia hubiera podido condicionar a la Iglesia. En cambio ahora y en el futuro, ese retorno sólo podrá influir en sus biografías".
----------A mi entender, no sería demasiado arriesgado extender esta opinión de Prezzi también a algunos miembros de la Curia Romana (muchos de ellos ya no trabajan en ella) o bien a los Obispos secundantes (unos cuantos de ellos hoy ya son eméritos de sus diócesis): algunos de ellos hoy parecen consolarse de su fracaso redactando o firmando anacrónicos y rancios panfletos antimodernistas.
Fray Filemón: cuando usted dice que aquellos funcionarios de la Curia o aquellos Obispos que años atrás apostaron a "la reforma de la reforma", hoy "parecen consolarse de su fracaso redactando o firmando anacrónicos y rancios panfletos antimodernistas", parece estar ironizando o dar la impresión de que esto último fuera malo o estuviera equivocado. ¿Usted piensa que eso no es correcto? ¿Está mal ser antimodernista?
ResponderEliminarEstimado Don Benja,
Eliminarlo que diré como respuesta a su pregunta, admito que pueda ser ulteriormente discutido, porque entra en el ámbito de lo opinable, sobre lo que usted podrá manifestar consenso o disenso.
Entiendo que el horizonte o trasfondo básico que da su tono a la reforma de la Iglesia que nos es propuesta por el Concilio Vaticano II implica que demos la primacía a la misericordia, al lado de la justicia. Como usted sabe, entre las múltiples parejas de categorías de las que se compone la doctrina cristiana, una pareja fundamental son las categorías misericordia-justicia, que siempre deben ir juntas, no al mismo tiempo, por supuesto (porque se contradicen), pero sí sucesivamente.
Como recordará, el papa san Juan XXIII, en aquel famoso discurso inaugural del Concilio, que señaló el camino a seguir para los Padres conciliares, indicó la primacía de la misericordia (sin olvidar, por supuesto, la necesidad de que exista también la justicia, pero éste es el tiempo de la misericordia).
¿Estuvo acertado el Papa en esa decisión? ¿Estuvo equivocado? Las respuestas pueden ser diferentes, y no siempre concordantes. Como le dije, estamos en el ámbito de lo opinable, porque estamos en el ámbito de lo pastoral, no de lo doctrinal.
El diálogo ecuménico, retomado acentuadamente por el Concilio, implica esa misericordia, que da primacía a la búsqueda de lo que es común, antes que la condena del error (sin excluir la condena del error).
Pues bien, y ahora viniendo a su pregunta concreta, el diálogo con el modernismo y con los modernistas, también implica ambos polos de la pareja misericordia-justicia. Esto es: implica la individuación de los errores del modernismo y su condena (tarea cumplida por san Pío X con el modernismo de su época, muy distinto y de menor veneno que el modernismo actual), e implica la misericorde aceptación y valoración de sus justas instancias (tarea cumplida por san Juan XXIII, san Paulo VI y el Concilio Vaticano II), porque esto es también justicia.
Ser "antimodernistas" no es malo si se entiende y acepta lo que acabo de decir. Lamentablemente, en ámbito pasadista es frecuente el uso de expresiones tales como: "antimodernistas", "anti-progre", "contra-revolucionarios", sin comprender lo que acabo de decir: se malentienden las cosas: se piensa que ser "antimodernistas" es condenar en bloque la modernidad y desconocer los lados buenos o instancias justas de los modernistas, se piensa que ser "anti-progre" es rechazar todo progreso en la Iglesia, apegándose obstinadamente a realidades del pasado que ya no tienen razón de ser, se piensa que ser "contra-revolucionario" es condenar en bloque a los revolucionarios culturales de la historia que han ido contra lo que llaman confusamente la "civilización cristiana", desconociendo las instancias justas y razonables que también tuvieron las mencionadas revoluciones. Por lo tanto, dadas las fáciles confusiones que se producen, no conviene usar tales categorías.
Estimado padre Filemón:
ResponderEliminarAprecio su análisis, tanto en el primero como este segundo artículo. Pero ahora no me queda del todo tan claro que con Summorum Pontificum se haya "intentado socavar progresivamente los poderes y competencias episcopales" y que "de facto quitaba autoridad a los Obispos en materia litúrgica".
Podría usted explicármelo.
Estimado Sergio,
Eliminarespero que la prosecución del artículo aclare sus dudas y responda a sus preguntas.
Aún así, le respondo brevemente. Efectivamente, el Obispo es el primer Sacerdote en su diócesis, y es el que vigila (epi-skopo) por la vida litúrgica que se desarrolla en su diócesis. Es el Obispo el que tiene competencia para reglamentar la vida litúrgica en su diócesis, atendiendo, por supuesto a las normas de la disciplina litúrgica emanadas de la Santa Sede. Por ejemplo, las que había emanado el papa Benedicto XVI con Summorum pontificum.
Sin embargo, desgraciadamente, en la medida que fue queriendo aplicarse ese motu proprio, también la Comisión Ecclesia Dei fue asumiendo competencias excesivas (que llegaron a producir verdaderas y escandalosas ficciones jurídicas) que limitaron y cercenaron la competencia litúrgica de cada Obispo en su diócesis.
Espero que con lo que he expuesto en las restantes partes del artículo, le quede claro este hecho.
Gracias, padre Filemón. Usted recuerda los hechos; son hechos que vagamente también yo recuerdo, de los que tuve noticias estos años. Se escuchan las noticias, pero entran por un oído y salen por el otro. No parecen importantes. Pero es cierto lo que usted dice, que con el paso del tiempo, con la luz que sobre ellos proyectan los acontecimientos vividos posteriormente, pueden llegar a comprenderse, o al menos parece que se comprenden. Gracias por ayudarnos como lo hace. A veces, las medidas del Papa Francisco, que parece siempre un poco en desequilibrio en su modo de actuar con los progresistas y con los tradicionalistas, sin embargo, si se lo piensa un poco mejor, como aquí se puede ver, se comprende la corrección de lo actuado. Gracias.
ResponderEliminarQuerida Herminia.
Eliminarte agradezco tu consenso, y me complace que mi artículo, modesto como es, te haya sido de alguna utilidad.
Siempre conviene dejar pasar el tiempo para tomar posición respecto a un hecho que nos es contemporáneo, sobre todo cuando se trata de hechos de la Iglesia.
Además, a veces priman otros deberes.
Por ejemplo, durante el tiempo de vigencia de Summorum pontificum, lo que correspondía era respetar la decisión del papa Benedicto, aún cuando el laico o incluso el sacerdote, párroco, pudiera estar en disenso teórico.
Pero estoy hablando de respetar el texto de SP, y las explicaciones que el propio Benedicto nos dió para entender su sentido. No se trabata de ser llevados de las narices por aquellos que querían hacerle decir a SP lo que no decía.
Realmente sorprende la forma en que el cardenal Sarah se expresó en aquella ocasión. ¿Cómo entender su actitud? ¿Ingenuidad? ¿Inconsciencia? ¿Pusilanimidad? ¿Falta de luces?
ResponderEliminarPor lo que sé, había sido nombrado Prefecto del Dicasterio del culto a fines de 2014. Por lo tanto, hacía año y medio que representaba al papa Francisco y colaboraba con él en cuestiones de liturgia.
¿Cuáles eran sus diálogos en ese año y medio con el Papa? ¿Cómo equivocarse de tal modo respecto a la restauración litúrgica a la que aspiraba el Papa? ¿Cómo ponerse de semejante modo al lado de los extremos tradicionalistas? Difícil de comprender. No veo más que enceguecimiento ideológico.
Estimado Berengario,
Eliminarlas preguntas que te haces, también me las he hecho.
No es fácil comprender con benevolencia a Sarah. También yo considero que en aquel 2016, incluso más de tres años después de iniciado el pontificado de Francisco, Sarah se salió de ruta.
Sin embargo, duró en su cargo varios años más. ¿Por qué Francisco no lo removió inmediatamente, como ha hecho con otros?
Es probable que haya llegado a alguna forma de entendimiento con Francisco, o que en la intimidad con el Santo Padre le haya reconocido su error, y el Santo Padre haya preferido dejar las cosas como estaban, sabiendo que remover a Sarah de su puesto de prefecto del culto iba a traer consecuencias en el partido de los pasadistas. Es probable.
De todos modos, se trata de temas opinables, en los que podemos tener consensos y disensos.