martes, 3 de noviembre de 2020

Homosexuales: el Papa, a través de su Secretaría de Estado, aclara: Sin cambios en lo pastoral, y menos en lo doctrinal

La Secretaría de Estado del Vaticano, por medio de una carta privada dirigida a todos los Obispos a través de las respectivas nunciaturas, se expidió por mandato del Santo Padre sobre el contexto y alcance de aquellas declaraciones suyas aparecidas en el documental "Francesco", del guionista Evgeny Afineevsky, acerca de la "cobertura legal" y de la "convivencia o unión civil" de homosexuales.

----------El comunicado, aún siendo de circulación interna en el colegio episcopal, se conoció enseguida por la publicidad que le dieron algunos Obispos en sus redes sociales. En definitiva, no dice nada distinto a lo que los católicos debíamos comprender, en recta conciencia, con un buen discernimiento de aquellas palabras del papa Francisco, que en el mencionado documental "fueron editadas y publicadas como una sola respuesta sin la debida contextualización, lo cual ha generado confusión" dice la carta de la Secretaría de Estado.
----------1) Ante todo se destaca en la Carta la calificación de pastoral al ámbito en el que deben ser ubicadas las palabras del Papa, algo que ayer expliqué, y que es el mismo ámbito pastoral en el que deben ser ubicadas las Consideraciones del año 2003 de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Dice la Carta: "El Santo Padre había hecho en primer lugar una referencia pastoral acerca de la necesidad que, en el seno de la familia, el hijo o la hija con orientación homosexual nunca sean discriminados. A ellos se refieren las palabras: 'las personas homosexuales tienen derecho a estar en familia; son hijos de Dios, tienen derecho a una familia. No se puede echar de la familia a nadie ni hacerle la vida imposible por eso'..."
----------2) En segundo lugar la Carta de la Secretaría de Estado contextualiza la opinión privada del Papa acerca de la necesidad de dar alguna "cobertura legal" o alguna "ley de convivencia civil" a las parejas homosexuales; lo cual, por un lado es competencia del Estado, y por otro lado, implicaría modificar la directiva pastoral pontificia de las Consideraciones del 2003, cosa que no ha hecho el papa Francisco, aunque en principio tiene derecho a hacerlo, si él quisiera.
----------3) En tercer lugar, la Carta de la Secretaría de Estado es suficientemente clara acerca de que no existe ningún cambio en la doctrina de la Iglesia sobre el vicio de la sodomía: "Por lo tanto es evidente que el Papa Francisco se ha referido a determinadas disposiciones estatales, no ciertamente a la doctrina de la Iglesia, numerosas veces reafirmada en el curso de los años".
----------Dicho esto, me parece que conviene que la reflexión que hemos venido desarrollando en días anteriores, sea completada con algunos explicitaciones teológicas y consideraciones prácticas pastorales.
   
El proyecto divino para el hombre y la mujer
   
----------El homosexual, quien se ve atraído por su propio sexo, no conoce la belleza del ser atraído por el otro sexo, belleza que supone esa armonía entre placer físico y placer espiritual, que el homosexual no conoce, aún cuando también él ha sido hecho y creado por Dios para gustar tal armonía. En efecto, el placer que el homosexual no conoce es un placer muy superior al del sexo, es el placer de la razón que pone orden en la vida sexual, es el placer espiritual del ejercicio de la castidad; es el placer y la paz de la conciencia pura y casta, libre de la culpa del vicio de la lujuria.
----------El primer paso para gustar esta belleza es dado por la comprensión y por la admiración por el proyecto divino sobre la sexualidad humana, proyecto que podemos contemplar en el relato de la creación de Adán y Eva, conjuntamente al proyecto escatológico de la felicidad final del hombre y de la mujer, después de la conclusión de la turbulenta historia de la naturaleza caída, pero redimida por la sangre de Cristo.
----------La historia presente es una fase de decadencia del estado edénico, pero, gracias a la obra de la Redención, es también una fase preparatoria a una superior unión del hombre y de la mujer a la resurrección gloriosa. Cuando Dios creó a Adán, lo primero que pensó no fue el permitirle a Adán reproducir la especie, como por largo tiempo en el pasado se ha creído, sino que ha sido el llenar su soledad, dándole una compañía similar a él, como ninguna otra criatura de la tierra, extraída de una costilla, es decir, de su propia carne, igual a él en dignidad esencial, aunque diferente como persona física y espiritualmente, huesos de sus huesos y carne de su carne, que estuviera "de frente" o "delante" (kenegdo, Gn 2,18), cara a cara.
----------Yahvé pensó luego ciertamente en obtener la reproducción de la especie a partir de la unión sexual de Adán con Eva, por lo que Adán se unirá a su mujer. No con una mujer cualquiera, sino con la suya propia. Este es precisamente el concepto del matrimonio: para cada hombre casado su mujer y para cada mujer casada su hombre. He aquí por lo tanto la exclusividad típica del amor conyugal, con el relacionado valor de la unidad, de la fidelidad mutua y de la indisolubilidad.
----------El matrimonio, por consiguiente, no debe ser disuelto, porque el hombre no debe dividir o separar lo que Dios ha unido. Desafortunadamente, de hecho, con la naturaleza caída, se volverá disoluble. La unidad sirve también a la educación de la prole, necesitada de una larga presencia educativa de los progenitores, ambos en estrecha colaboración entre sí y en una recíproca complementariedad, necesaria para una maduración equilibrada y completa de la prole.
----------Pero he aquí que Yahvé mira hacia el destino eterno del hombre, la resurrección de la carne, más allá del matrimonio. Si bien el "creced y multiplicaos" vale sólo para el Edén y la vida presente, Dios ha querido que el aumento numérico y por lo tanto el matrimonio cesaran al final de la historia presente, para dar lugar a una humanidad, aquella de los resucitados, donde permanece sólo el "ya no son dos, sino una sola carne", queda sólo el amor y la reciprocidad: ése es el hombre resucitado.
----------En la vida presente, consecuente al pecado original, la carne se rebela contra el espíritu y el espíritu aplasta la carne. O bien el espíritu es sofocado por el sexo o bien el sexo es odiado por el espíritu. El hombre está atormentado y se debate entre el hedonismo y la frigidez, entre el laxismo y el rigorismo. La armonía edénica entre sexo y espíritu se ha roto.
----------"Si tu ojo te escandaliza", quítatelo, dice el Señor. El uso del sexo es un obstáculo para quienes aspiran a una mayor libertad de espíritu: son los religiosos, los monjes, los eremitas. De ahí la elección de "hacerse eunucos por el reino de los cielos". Pero ya en esta vida reciben a cambio el céntuplo, además del premio de la vida eterna. En cualquier caso, el deber de todos es domesticar y mortificar la carne, para que domine el espíritu. Cuando confieso a un homosexual, le recuerdo que las reglas ascéticas para la adquisición de la castidad son sustancialmente las mismas para todos, por heterosexuales u homosexuales que seamos.
----------El homosexual no se encuentra en una posición desventajosa. Todos debemos luchar contra la carne; no importa si sea de una forma o de otra. Hubo un tiempo en que a los homosexuales se los llamaba "invertidos", personas que no van en la dirección correcta, como quien retorna allí de donde había partido, porque pierde la meta, a diferencia de los que van hacia la meta. Pero en los viajes de la vida presente los unos y los otros deben superar los mismos peligros que los que viajan.
   
Una comparación con los divorciados vueltos a casar
   
----------Es posible parangonar las relaciones homosexuales con la situación de los divorciados vueltos a casar. En uno y otro caso tenemos comuniones humanas problemáticas, y en ambos casos relativas a la vida sexual, que comprometen fuertemente la prudencia y la caridad de la Iglesia. La nota 351 de la exhortación Amoris laetitia es el único punto en el cual el Papa hace referencia a la eventualidad de permitir a los divorciados vueltos a casar el acceso a los sacramentos. Dice: "En ciertos casos, la ayuda de la Iglesia a los divorciados vueltos a casar también podría ser la ayuda de los sacramentos".
----------Por consiguiente, se debe notar que el Papa no habla de permiso efectivo, sino de una hipótesis de permiso, dado que existe el condicional "podría" y no el indicativo "puede". Ciertamente, el Papa sobrentiende su facultad de dar el permiso, pero por ahora no lo da, aunque podría darlo. De hecho, una verdadera norma se formula en indicativo y no en condicional.
----------Ahora bien, sin embargo los homosexuales son admitidos a los sacramentos. Su posición ante la Iglesia, por tanto, parece menos censurable que la de los divorciados vueltos a casar. Se nota sin embargo, también aquí, que hay un contraste con el n.89 de la Exhortación apostólica Familiaris consortio, que excluye taxativamente a los divorciados vueltos a casar de los sacramentos.
----------Sin embargo, tengámoslo presente: estamos siempre sobre el plano pastoral, donde un Papa puede cambiar lo que ha hecho uno precedente. Se podría observar que al menos en el caso de los divorciados vueltos a casar tenemos una relación sexual biológicamente normal. Nos podríamos preguntar si en el caso de la legalización de la unión homosexual, moralmente más reprensible que el matrimonio de los vueltos a casar, puede ser lícito o conveniente que los dos convivientes accedan a los sacramentos.
----------Pero incluso en esta materia debemos aguardar el parecer del Papa, que no se ha expedido formalmente. De cualquier modo, no sabemos si el Papa insistirá en su propuesta. Indudablemente la cuestión debatida a nivel de los Estados pone en juego altos valores morales, que interpelan a la Iglesia. El hecho de que el Papa haya intervenido no es necesariamente una injerencia en la libertad de los órganos seculares. Lo que desconcierta, lo que nos deja perplejos, es la calidad de la intervención que, por una exagerada preocupación por salvaguardar la dignidad humana de los homosexuales, sin embargo termina -al menos así parece- por oponerse de modo demasiado blando a ese grave vicio que es la sodomía.
----------Por otra parte, es necesario tener presente que si bien los divorciados vueltos a casar están ya ligados por un pacto civil, por lo cual por causas de fuerza mayor pueden estar justificados o excusados si no se separan, el homosexual tiene la facultad de no iniciar una unión civil con la pareja, una unión que para entrambos sería una ocasión continua de pecado.
   
La gravedad del pecado de sodomía
   
----------La sodomía es pecado no solo contra la naturaleza racional del hombre, sino también contra su naturaleza animal. Si es cierto que el hombre es un animal racional, se debe decir que la ética sexual involucra a la persona en su totalidad: alma y cuerpo, sentido e intelecto, voluntad y pasión, intuición y razonamiento, consciente e inconsciente, cultura y naturaleza, instinto y libertad, emociones y sentimientos, relación con uno mismo, relación con los otros y con Dios, placer espiritual y placer sexual.
----------En los pecados contra el sexto mandamiento existe ciertamente una graduación en la gravedad según que la materia del pecado contraste más o menos con el orden de la razón. Sin entrar en detalladas distinciones, que nos llevarían demasiado lejos, bastará con evidenciar una distinción fundamental: pecados sexuales contra la razón y pecados contra la animalidad. 1) Pecados contra la razón son aquellos que, respetado el uso normal de la función animal, son tales en los cuales esta función es usada para finalidades contra la razón, como en el adulterio, en la prostitución o en la fornicación.
----------2) En cambio, aquellos pecados contra la animalidad utilizan una función distorsionada de la animalidad, no respetan el uso normal de la función animal. Son aquellos actos que son anormales desde el punto de vista del normal desarrollo del acto sexual en cuanto unión del macho con la hembra: ya sea porque falta el otro sexo, como la masturbación, o porque el acto no es completo, como el onanismo o, como precisamente ocurre en la sodomía, en la cual el mismo acto sexual no es normal en sentido biofisiológico.
----------Un caso grave de sodomía, que todavía suscita generalmente horror, es la pedofilia, porque el placer viene buscado en los menores. Sin embargo, una vez admitida la antropología rahneriana, no existe ya freno moral a cualquier abominación, no solo en el campo sexual, sino en todos los pecados.
----------La palanca o resorte fundamental de todo pecado sexual no es otra cosa que la búsqueda del placer por si mismo. Cuanto más inadecuado es aquello de lo cual se busca el placer, de lo que efectivamente debería obtenerse placer, más grave es la materia del pecado. El placer sexual normal debería surgir de un acto fisiológicamente normal y no de un acto inadecuado o fisiológicamente defectuoso.
----------Por otra parte, la tentativa de los genderistas (de gender, pro ideología o perversión del género) de eliminar la oposición entre lo normal y lo anormal como si se tratara de dos opciones igualmente buenas y legítimas, es un intento de abolir la normalidad, porque considera legítima y libre la elección entre lo normal y lo anormal como si fuera una elección al interior de lo normal.
----------Los genderistas, no admitiendo una norma objetiva igual para todos, fundada sobre la naturaleza humana, para distinguir el acto bueno del malo, descuidan el hecho de que lo normal es obligatorio para todos y, por lo tanto, al hacerlo facultativo, opcional, no aseguran ni la verdadera libertad ni la verdadera felicidad, sino que vuelven igualmente legítimo hacer el mal como hacer el bien, cosa del todo contraria al principio fundamental de la moral que es: haz el bien y huye del mal.
----------Por un lado, de hecho, el genderista acepta como lícito lo anormal, y por el otro niega la existencia de lo anormal, como si lo anormal fuera normal. Pero el verdadero bien del hombre no puede consistir en la libertad de amar tanto el bien como el mal, sino que la verdadera perfección y felicidad del hombre está en la elección del bien y en el rechazo del mal o en la elección entre dos bienes.
----------La severidad de la Carta de Judas (5-7) contra el pecado de sodomía queda, por lo tanto, siempre justificada, porque la sodomía no es la infracción de un uso social superado, sino un acto contrario a la finalidad de la naturaleza animal del hombre, que es siempre la misma en todos los lugares y en todos los tiempos: "A vosotros, que conocéis todas estas cosas, os quiero recordar que el Señor, después de haber liberado al pueblo de la tierra de Egipto, hizo morir en seguida a aquellos que no querían creer, y mantiene en cadenas eternas, en las tinieblas, para el juicio del gran día, a los ángeles que no conservaron su rango sino que abandonaron su propia morada. Así también Sodoma y Gomorra y las ciudades vecinas, que de la misma manera se abandonaron a la inmoralidad y siguieron vicios contrarios a la naturaleza, han quedado como ejemplo, sometidas a las penas de un fuego eterno".
----------Ciertamente, los atenuantes del pecado de sodomía son muchos, sobre todo en la actualidad, en el clima moderno de generalizado hedonismo y relativismo moral: la existencia de una inclinación innata, una mala educación o malos ejemplos recibidos, la ignorancia acerca de los principios de la ética sexual, la violencia del deseo, la dificultad para razonar, un temperamento indócil y rebelde, un hábito a compadecerse de sí en lugar de ser estimulado a hacer el bien, el vicio ya adquirido.
----------Sin embargo, podríamos preguntarnos: ¿es posible que una persona humana, capaz de razonar, ignore de buena fe un deber tan elemental, atrayente y fácil de entender y de apreciar, como es el de unirse al sexo opuesto, hasta el punto de que los mismos animales privados de razón lo ponen en práctica de modo completamente espontáneo, natural e irresistible?
----------Es cierto que en el hombre el instinto sexual es de hecho fluido, móvil, indeterminado y, además, existe la concupiscencia consecuente al pecado original, por lo cual, por una parte, el simple instinto tal como de hecho se encuentra en el hombre no es capaz por si sólo para dirigirlo al bien humano, que es mucho más complejo y elevado que el bien del animal. Por eso Dios ha dado al hombre la razón y la voluntad, para que él, conociendo el fin y las normas de la ética sexual, sepa gobernar con sabiduría los impulsos del instinto.
----------Es cierto que, a consecuencia del pecado original, la razón está debilitada y ofuscada, nublada, de modo que fácilmente se equivoca al determinar qué está bien y qué está mal. Es cierto que la atracción del placer y la concupiscencia son a menudo fuerzas irresistibles, sobre todo en los jóvenes. Sin embargo, se debe recordar que incluso el homosexual más radical, vicioso, ignorante y corrupto es insuprimible, absoluta y eternamente una persona humana, creada por Dios a su imagen y semejanza, destinada a la vida eterna, lo cual quiere decir, dotada de razón y voluntad, capaz de conocer por medio de lo creado a Dios como su Señor creador, sumo Bien y último Fin, quien, como buen Padre providente, justo y misericordioso, ha establecido las exigencias y las normas morales de la propia naturaleza humana en orden a su eterna felicidad.
----------El bien moral de cada persona individual, común a todas las personas, como enseña el Papa en la encíclica Fratelli tutti, no se funda sobre el querer individual de cada persona individual, como parece creer el padre Aristide Fumagalli a partir del personalismo existencialista de Rahner, porque así fallaría la universalidad de la ley moral. En español puede buscarse un libro suyo del 2016, en Sal Terrae: La Cuestión del Gender. Claves para una Antropología Sexual.
----------En otro de sus libros (que yo sepa, aún no en español), dice Fumagalli: "Los actos homosexuales pueden corresponder a la naturaleza de la persona y expresar el amor personal como expresión del amor personal cristiano" (L’amore possibile. Persone omosessuali e morale cristiana, Cittadella, Assisi, 2020). No, rotundamente no. Los actos homosexuales como actos morales no entran en el horizonte decisional o en el ámbito de competencia de la voluntad de la persona individual, la cual no está cualificada o habilitada para establecer la norma moral de los actos humanos. Sino que los actos homosexuales desde el punto de vista moral hacen referencia a la ley moral natural, que es la verdadera ley moral universalmente válida, que todos deben respetar, ley que en cambio aquellos actos infringen, porque los prohíbe.
----------Pero eso es precisamente lo que quieren los genderistas, para quienes la universalidad es, como dicen en Italia, "fumo negli occhi", humo en los ojos. Nosotros decimos más usualmente: es una venda en los ojos, una cortina de humo. Los genderistas llaman despreciativamente a eso: "abstracción" ¡algo que para nosotros, los realistas, es básica función del pensamiento! De hecho, para ellos no existe lo universal, sino solo lo "diferente". Excepto que, sin embargo, como ha advertido perentoriamente el papa Francisco claramente en su reciente carta encíclica, con el peso de su autoridad apostólica, esta concepción de la moral sería abominable egoísmo e individualismo destructor del bien común y de toda fraternidad humana.
----------En cambio, como enseña el Pontífice, el bien privado de cada persona individual debe ser aplicación en el concreto de la ley moral natural, a su vez fundada en la naturaleza humana universal. Solo así, de hecho, la ley moral puede ser universal e igual para todos, fundada en la igualdad y la fraternidad humana. La fraternité se basa en la égalité y es el presupuesto de la liberté. Esto no es masonería, sino Evangelio.

6 comentarios:

  1. No entiendo, el papa podría, según ud dar el permiso de comulgar a divorciados vueltos a casar , así sin más, si él quisiera?

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  2. Querido Anónimo:
    Tal como Ud. formula la pregunta, puedo responder : 1) sí, en principio, "si él quisiera", como Ud. dice. Pero también puedo responder: 2) no, del modo como Ud. lo plantea, con las palabras "así sin más".
    Ahora dos (brevísimas) aclaraciones:
    1) En principio, y en la hipótesis por Ud. planteada de modo general, "permiso de comulgar a divorciados vueltos a casar", en virtud del poder de las llaves (potestas clavium), el Sumo Pontífice tiene facultad, si así lo considera, de conceder la Comunión a los divorciados vueltos a casar. Los dos divorciados vueltos a casar pueden estar en gracia no porque se hayan liberado del precedente matrimonio, sino porque, manteniéndose vigente ese vínculo, se encuentran hipotéticamente en una situación de la cual no pueden volver. Por tanto, pueden y deben en todo caso esforzarse por obedecer la ley divina, incluso en esta condición de irregularidad jurídica. Si caen en pecado, pueden levantarse con la gracia de Dios y volver a la gracia.
    2) Pero, hay que aclarar que en la famosa nota 351 de Amoris laetitia, el Papa no otorga ese permiso de dar la comunión, sino que plantea una hipótesis de permiso, permiso el cual, repito, no da. En todo caso, podría llegar a darlo, porque se trata de una cuestión pastoral, no doctrinal, pero incluso así no lo daría "sin más" como dice Ud., sino con las debidas condiciones, procesos, recaudos, etc.
    Ya he tratado con más detalle este tema en este blog.

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  3. Pero eso no necesita un permiso nuevo. Cualquiera sabe que esas situaciones pidrian comulgar si viven como hermanos. Y aún así no comulgar en la misma iglesia, es decir, manteniendo una prudencia de modo que no escandalice a los que no saben lis vericuetos del caso. Pero eso no precisa de un permiso especial del papa hoy.

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  4. Querido Anónimo:
    No es así. El Papa se plantea en Amoris laetitia (sólo en la nota 351) una hipótesis de permiso; y ese permiso NO lo da. Usa para eso el potencial "podría". Se sobreentiende que se necesita permiso, que el Papa NO lo da.

    Tenga en cuenta un resumen dela cuestión que he hecho en:
    https://linumfumigans.blogspot.com/2020/03/aclaraciones-sobre-la-exhortacion.html
    En todo caso, no es la cuestión de los divorciados vueltos a casar la que he tratado en la nota de ayer martes, sino la de los homosexuales.
    Con todo gusto recibiría sus cuestionamientos o preguntas que quiera hacer sobre cualquier problemática; que siempre podría considerar en alguna nota posterior, si existe interés de otros lectores.
    Que Dios le bendiga.

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  5. Fray Filemón,
    A propósito de la nota 351 de Amoris laetitia, usted escribió: "...se debe notar que el Papa no habla de permiso efectivo, sino de una hipótesis de permiso, dado que existe el condicional 'podría' y no el indicativo 'puede'. Ciertamente, el Papa sobrentiende su facultad de dar el permiso, pero por ahora no lo da, aunque podría darlo..."
    Ciertamente eso es cierto si nos limitamos a examinar únicamente la exhortación Amoris Laetitia. Pero no podemos dejar de tener en cuenta que el 5 de junio de 2017 el Papa Francisco ordenó la publicación en Acta Apostolicae Sedis (AAS 108 [2016; 10]) de dos documentos, especificando que constituyen "magisterium authenticum": una carta con la que aprobó las disposiciones de los obispos de Buenos Aires, por la aplicación de Amoris laetitia, y el texto de ese pronunciamiento episcopal.
    El documento de los obispos argentinos dice: "En otras circunstancias más complejas, y cuando no se pudo obtener una declaración de nulidad, la opción mencionada puede no ser de hecho factible. No obstante, igualmente es posible un camino de discernimiento. Si se llega a reconocer que, en un caso concreto, hay limitaciones que atenúan la responsabilidad y la culpabilidad (cf. 301-302), particularmente cuando una persona considere que caería en una ulterior falta dañando a los hijos de la nueva unión, Amoris laetítía abre la posibilidad del acceso a los sacramentos de la Reconciliación y la Eucaristía (cf. notas 336 y 351)". Por tanto, al aprobar este texto, parece innegable que el papa Francisco concede a los divorciados vueltos a casar, bajo ciertas condiciones, el acceso a los sacramentos, aún consumando relaciones carnales, en contraste con lo que había afirmado san Juan Pablo II en Familiaris Consortio, y reiteró Benedicto XVI en Sacramentum Caritatis.
    Me pregunto, ¿puede el cuidado pastoral contrastar con la doctrina? En la Carta a los obispos de la Iglesia católica sobre la pastoral de las personas homosexuales, del 1 de octubre de 1986, aprobada por san Juan Pablo II, se responde: "Una actitud verdaderamente pastoral comprenderá la necesidad de evitar las ocasiones próximas de pecado a las personas homosexuales. […] Pero se debe dejar bien en claro que todo alejamiento de la enseñanza de la Iglesia, o el silencio acerca de ella, so pretexto de ofrecer un cuidado pastoral, no constituye una forma de auténtica atención ni de pastoral válida. Sólo lo que es verdadero puede finalmente ser también pastoral".
    Me viene a la mente a menudo, pensando en los acontecimientos de hace 2000 años, la pregunta: Si, inmediatamente después de que nuestro Señor dijera: "El que se divorcia de su esposa y toma otra, comete adulterio; y quien toma a la repudiada por su marido, comete adulterio" (Lc 16,18), Pedro hubiera empezado a decir: "pero en algunos casos, después de un camino de discernimiento, se puede conceder...", ¿habría sido injustificado si los otros apóstoles se hubieran airado contra Pedro y le hubieran recriminado: "Pedro, ¿cómo te atreves a corregir al Maestro?"...?
    Tengo la impresión que actualmente, en algunos casos, el sucesor de Pedro, quizás con las mejores intenciones, está haciendo precisamente eso... corregir a Jesucristo. Es sólo una impresión.

    Walter R.S.

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  6. Señor Walter R.S.,
    Quizás a Ud. le pueda responder san Alfonso María de Ligorio, patrono de los confesores, a través del libro de uno de sus buenos conocedores (Domenico Capone, Il personalismo in Alfonso M. de Liguori, in Alfonso M. de Liguori e la società civile del suo tempo, Firenze 1990, p. 214). Le hago una versión rápida al español:

    "...Alfonso, en cambio, combatió duramente contra el pecado, pero amaba con ternura a los pecadores y, sobre todo, fue a buscarlos. Quería comprenderlos; no quería que se les imputara como su culpa aquello que no era culpa. Sobre todo, quería que se les mostrase el amor de Dios Padre en su totalidad, que por ellos había dado a su Hijo Jesucristo y a la Madre de Cristo, María; pero quería que la verdad de la ley, como norma en concreto, fuera comunicada con gradualidad a los pecadores más débiles. Entendámonos bien: san Alfonso no atenuó la radicalidad de la verdad del Evangelio, sino que evitó el radicalismo en el modo pastoral de proponerla. No solo necesitaba respetar la verdad según el objeto, sino también respetar al hacerse de la verdad como vida en el sujeto concreto, 'aquí y ahora'..." (pp.255-256).

    Querido Walter, respecto a la aprobación que el papa Francisco ha dado a la interpretación hecha por los obispos argentinos a la Amoris Laetitia, no quita la interpretación que yo he hecho de la nota 351. Es cierto que los obispos de la región de Buenos Aires proponen algunos casos, que pueden especificar o concretar los casos a los cuales menciona la nota 351. Pero se mantiene siempre el hecho de que el tono de esta nota no es de carácter legislativo, porque el verbo no está en indicativo, sino en condicional, y una ley no se hace en condicional, sino en indicativo o en en todo caso en imperativo.

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