miércoles, 15 de noviembre de 2023

Reflexiones sobre el Purgatorio (1/2)

El dogma del purgatorio fue definido por el Concilio de Trento sin citar los pasajes bíblicos de los cuales es posible derivar esta doctrina, pero confirmando una antiquísima tradición que ya estaba presente en el pueblo de Dios desde los mismos inicios del cristianismo. [En la imagen: fragmento de "Angeles liberan a las almas del purgatorio", obra de Giovanni Andrea Sirani, del siglo XVII].

Doctrina de fe a revisar y entender en el sentido correcto
   
----------Parece estar actualmente extendida la opinión de que en el momento de la muerte el fiel va inmediatamente al paraíso del cielo, en alma y cuerpo, y algunos expresan este hecho diciendo que el difunto "regresa a la casa del Padre". Ahora bien, es necesario hacer algunas observaciones al respecto en base a cuanto nos enseña la fe católica. En primer lugar, lo que sabemos por fe es que no todos al momento de la muerte, van al paraíso del cielo, sino que algunos van al purgatorio y otros al infierno. Por otra parte, no se van beneficiando de una inmediata resurrección del cuerpo, sino que el alma se separa del cuerpo, mientras el cuerpo reposa en el sepulcro a la espera de la resurrección del cuerpo, que tendrá lugar en el retorno glorioso de Cristo al final de los tiempos para juzgar a los vivos y a los muertos.
----------Por lo demás, es un error indicar la muerte como "retorno a la casa del Padre", porque ha sido sólo Cristo, salido del Padre y venido al mundo, quien, resucitando de la muerte, ha retornado allí de donde había venido, es decir, del seno del Padre, en cuanto Hijo de Dios igual al Padre y uno con el Padre en la divinidad.
----------En cambio, lo correcto es afirmar que nosotros vamos, si todo va bien, a la casa del Padre, precisamente allí donde nunca antes habíamos estado. Jesús mismo dice que va a prepararnos un lugar. Pero algunos no van allí inmediatamente, sino que esperan un cierto tiempo antes de ascender al paraíso del cielo; y esto es el purgatorio; otros precipitan en el infierno, lo que, usando una expresión kantiana con un sentido completamente diferente, se podría llamar "abismo de la razón".
----------El dogma del purgatorio fue definido por el Concilio de Trento (Denz.1820) sin citar los pasajes bíblicos (véase por ejemplo Sab 10,2; Num 20,2; 2 Re 13,13-14; 2 Mac 12,43-46) de los cuales es posible derivar esta doctrina, pero confirmando una antiquísima tradición que ya estaba presente en el pueblo de Dios desde los mismos inicios del cristianismo.
----------La definición hecha por el Concilio de Trento muestra cómo la Iglesia, ministra de Cristo en el interpretar, explicitar y explicar sus palabras, no se limita a la citación de sus palabras relatadas en los Evangelios, sino que también se refiere a alusiones o interpretaciones o noticias transmitidas por tradición, que ella reconoce y avala con su autoridad apostólica como presentes y creíbles en el pueblo de Dios.
----------La elección personal fundamental y decisiva de la vida, que marca nuestro destino eterno, ya sea de bienaventuranza o de condenación, es la de estar o por Dios o contra Dios. Nadie puede sustraerse a esta elección ni permanecer neutral ni considerarse no interesado en hacerla. De hecho, nadie ignora que Dios existe y que a Él le deberemos rendir cuenta de nuestras acciones. Cada uno en conciencia siente este deber: es su elección escuchar o no escuchar a su propia conciencia.
----------Esta elección fundamental, que se deriva de nuestra propia naturaleza humana, la hacemos en consecuencia necesariamente e inevitablemente todos, en las modalidades más diversas, implícitamente o explícitamente, reflexivamente o espontáneamente, voluntariamente o de mala gana, cualquiera que sea la religión a la que pertenezcamos, cualesquiera que sean nuestras ideas, agnósticas, ateas, materialistas, panteístas, idólatras, politeístas. Todos nosotros tenemos un Dios, claro que todo depende de ver si es el verdadero: o el Dios del cielo o el dios de este mundo.
----------El purgatorio viene anexo a la elección buena, la cual no es hecha sin embargo con pleno empeño, compromiso y coherencia, sino que es hecha sin plena convicción y sin el máximo fervor, sin suficiente cuidado por estar bien preparados para el paraíso del cielo, mal dispuestos a la renuncia y al sacrificio, rehuyendo del esfuerzo y de la fatiga, apegados a las propias ideas, a las ambiciones, a los placeres, al dinero, al éxito, al poder, a la propia fama y a los honores, rehuyendo del sufrir por Cristo, descuidando una suficiente penitencia, columpiando entre Dios y el mundo, más preocupados de lo que piensan los demás que de lo que piensa Dios, actuando más por deber que por amor, con pereza y sin entusiasmo y fervor.
----------La diferencia entre quien va directamente al paraíso del cielo y quien tiene necesidad del purgatorio se podría comparar a la del modo de proceder de dos peregrinos: uno, que camina ágil y expedito, con la vista siempre fija en la meta, sin dejarse distraer por otras cosas, llevando consigo sólo lo esencial; mientras que el otro, un corpulento, que obviamente no puede sino proceder lentamente, cargado de cosas inútiles, y que se deja distraer por las cosas que encuentra durante el viaje.
   
La duración de la pena del purgatorio es acortada o suprimida
gracias a la práctica de las indulgencias
   
----------El Purgatorio, como dice la palabra, es lugar de purificación. En él el alma, aún no del todo purificada de las huellas contaminantes de los pecados, es totalmente lavada por Dios de la suciedad y de las manchas de los pecados. Ella es purificada por Él, embellecida y liberada de las deformidades y fealdades consecuentes a los pecados y esto sucede por un cierto lapso de tiempo, variable de alma en alma, cuanto sea necesario, según la cantidad de inmundicia a eliminar, de la purificación de la que tenga necesidad. Sin embargo, esta operación divina puede ser acelerada y extinguirse gracias a las oraciones de los vivos, a las indulgencias por ellos lucradas a su beneficio y a la celebración de Santas Misas aplicadas a ellos.
----------Se trata del descuento de una pena temporal debida a los pecados veniales, que es una pena no descontada en la vida presente mediante una suficiente penitencia, una pena que por tanto queda por descontar, un débito que aún queda por pagar, una satisfacción que aún queda por ofrecer al Padre, un residuo de suciedad debido a hecho de que el alma en esta tierra no está suficientemente lavada y limpia, ya que la pena eterna infernal es quitada gracias al sacramento de la penitencia.
----------Para entender qué son las indulgencias, debemos recordar que el pecado está sujeto a una doble pena: una, que deriva necesariamente de la naturaleza del mismo pecado; pecando, el pecador se castiga a sí mismo sufriendo las consecuencias penosas del pecado: si uno bebe un veneno, es lógico que muera. En tal sentido, la Escritura dice que el sufrimiento y la muerte son consecuencias del pecado.
----------Pero el pecado es también desobediencia a la ley divina y, por tanto, ofensa a Dios legislador de la ley moral y justo juez de nuestras acciones. Tal desobediencia es ordinariamente castigada por Dios, sobre todo si el pecador no se arrepiente. Esta pena del pecado de por sí debe ser descontada y la culpa expiada, con adecuada reparación y dando satisfacción a Dios mediante sacrificios, para obtener de Él piedad, perdón y, posiblemente, la remisión o disminución y cancelación de la pena.
----------De ahí el otro aspecto, esta vez no ontológico ni psicológico, sino judicial, de la pena del pecado: Dios premia y castiga. Aquí sin embargo, a diferencia de la pena ontológica, que es inevitable, Dios, a su entero juicio, siempre caracterizado por bondad, justicia y misericordia, puede no infligir inmediatamente la pena, sino posponerla (recuérdese por ejemplo la parábola del rico epulón), disminuirla e incluso anularla.
----------Quien reduce la pena del pecado a las solas consecuencias de la misma acción pecaminosa, no es entonces capaz de comprender qué sentido tenga para la Iglesia imponer penas más o menos pesadas o qué sentido tenga disminuir o anular penas relativas al purgatorio, y esto porque olvida el hecho de que Dios, Juez de los buenos y de los malos, se reserva, como todo juez, el derecho de irrogar a un determinado pecado una determinada pena, independientemente de las consecuencias del pecado mismo, establecida por la divina justicia  correctiva (vida presente y purgatorio) o aflictiva (infierno).
----------El error de aquellos que limitan la pena del pecado a las solas consecuencias del pecado, es que no son capaces de comprender el significado del Juicio universal, donde es más que evidente el poder judicial de Cristo, independientemente de las consecuencias de las buenas o de las malas acciones cometidas por los hombres. Y de hecho una de las herejías de los buenistas es la de negar el Juicio universal transformándolo en una especie de esas fiestas de fin de año entre estudiantes y profesores, que se hacen para festejar, con un sentido de liberación, el final del año escolar con sus ansiedades, fracasos y dificultades. Bien está lo que bien acaba. De acuerdo. Pero la fe nos dice -nos guste o no nos guste- que de hecho no termina bien para todos, y esto sucede para aquellos que, por propia culpa, lo hayan querido.
----------Quien niega que Dios intervenga desde fuera del pecador para castigar a su entera discreción al pecador, casi como si fuera un puntilloso y susceptible señor sediento de venganza, causa a Dios una grave ofensa y ciertamente falsifica el mismo concepto de Dios, de ese Dios que ha dicho por el apóstol san Pablo: "¡mía es la venganza!" (Rm 12,19). Está claro que la venganza divina nada tiene que ver con nuestras mezquinas venganzas movidas por el odio, por la prepotencia y por la envidia.
----------Esto, en efecto, como demuestra claramente santo Tomás de Aquino sobre la base de la enseñanza bíblica, implica un correcto concepto de venganza, la vindicatio, ya presente en el derecho romano, que en ciertos casos puede ser practicada también por la persona privada, como legítima defensa, y que no hace más que un acto enérgico con el cual el vindicador (en hebreo el redentor es el vindicador o reivindicador, goél) da una lección al enemigo a fin de que no lo vuelva a intentar (cf. Summa Theologiae, II-II, q.108).
----------La doctrina del Dios que exige reparación y satisfacción es ciertamente la de un Dios que hace venganza de los agravios sufridos por Él y por sus creaturas, un Dios que hace justicia allí donde la justicia humana no llega. La pasión de Cristo, según la fe cristiana, tiene por tanto esta función expiatoria y satisfactoria.
----------Es cierto que esta doctrina fue particularmente elaborada por san Anselmo de Aosta, pero es doctrina exquisitamente bíblica y puro dato de la divina Revelación. Nada que objetar acerca de su razonabilidad y conveniencia a la majestad divina y al inmenso amor que Ella nos tiene.
----------El hecho es que actualmente los cristólogos buenistas, que quisieran desembarazarse de esta doctrina, para estar dispensados del deber de reparar sus pecados, se desquitan con el pobre san Anselmo, como si se tratara de rechazar una opinión teológica cualquiera, obsoleta o superada o inadecuada, sin tener en cuenta que la doctrina anselmiana, presente en santo Tomás de Aquino, fue dogmatizada por el Concilio de Trento, aunque sin el acento racionalista que ella tiene en Anselmo.
----------Pero el Santo Doctor, bien atento a la misma enseñanza bíblica y fundándose sobre aquello que son las normales relaciones humanas, nos recuerda que hacia un Dios por nosotros ofendido por nuestro pecado, nosotros, pecadores siempre necesitados de salvación, tenemos un doble deber, deber que justamente nos es exigido por Dios mismo: un deber primario desde el punto de vista axiológico, que es el de amarlo por encima de todo; y un deber primario desde el punto de vista temporal, un deber preliminar, que es el de darle satisfacción por la ofensa del pecado y de reparar el daño causado.
----------En efecto, en nuestras relaciones con el prójimo, así como en nuestras relaciones con Dios, debemos recordar que, si hemos hecho daño a un amigo y la amistad se ha roto, para recomponerla no podemos pedírsela inmediatamente al amigo, tal como si nada hubiera sucedido, sino que antes debemos pedirle perdón, darle satisfacción, expiar o reparar el mal cometido. Sólo llegados a este punto, una vez cumplidos estos actos, cobra sentido y es posible recomponer la amistad.
----------Los buenistas quisieran con descaro y arrogancia pasar por alto todo esto sin tener en cuenta en absoluto el deber de la reparación, con el pretexto de que Dios es amor, es bueno y comprensivo, y declarando su amor con palabras, pero sin demostrarlo con los hechos. Pretenderían disfrutar inmediatamente de las dulzuras de Dios sin beber el amargo cáliz de la reparación. Lo ha hecho nuestro Señor Jesucristo por nosotros, Él inocente, ¿y nosotros, los deudores insolventes, no queremos hacerlo?
----------Pero detrás del buenismo existe un gravísimo error, que afecta al concepto mismo de Dios: quienes niegan que Dios sea juez de nuestros actos, para así poder premiar o castigar, acaban por reivindicar para sí el derecho de juzgar y hacer justicia. Ciertamente ellos pueden reconocer que el pecado es una culpa que hay que reparar, que el pecado se vuelve contra nosotros, produce injusticia y merece un castigo, pero afirmando que el castigo no es otra cosa que la consecuencia del pecado y que no hay ningún Dios que lo vea y lo castigue, está claro que terminan por caer sin darse cuenta en una visión atea, donde sólo el hombre es quien imparte justicia. Dios está ausente y está mirando, tamquam non esset.
----------Es como decir: podemos arreglárnoslas solos y podemos prescindir de Dios. ¿Pero es precisamente así? ¿Ha sido suficiente el Tribunal de Nuremberg para castigar los crímenes nazis? ¿O tal vez no se han pagado todas las deudas? Dios, ciertamente, ha guardado silencio cuando los nazis exterminaban a los Judíos, pero ¿acaso es que no ha tenido en cuenta la injusticia que ellos sufrieron? ¿O acaso los nazis se han arrepentido y han sido perdonados? El día antes de su ejecución, Eichmann fue interrogado para preguntarle si se arrepentía y él respondió que no tenía nada de qué arrepentirse. ¿Ha ido al purgatorio? Oramos por su alma.
   
Significado y valor de las indulgencias
   
----------San Paulo VI en la Constitución Apostólica Indulgentiarum doctrina de 1967 explica los fundamentos teológicos de la doctrina de las indulgencias:
----------"Según nos enseña la divina revelación, las penas son consecuencia de los pecados, infligidas por la santidad y justicia divinas, y han de ser purgadas bien en este mundo, con los dolores, miserias y tristezas de esta vida y especialmente con la muerte, o bien por medio del fuego, los tormentos y las penas catharterias en la vida futura. Por ello, los fieles siempre estuvieron persuadidos de que el mal camino tenía muchas dificultades y que era áspero, espinoso y nocivo para los que andaban por él.
----------Estas penas se imponen por justo y misericordioso juicio de Dios para purificar las almas y defender la santidad del orden moral, y restituir la gloria de Dios en su plena majestad. Pues todo pecado lleva consigo la perturbación del orden universal, que Dios ha dispuesto con inefable sabiduría e infinita caridad, y la destrucción de ingentes bienes tanto en relación con el pecador como de toda la comunidad humana.
----------Para toda mente cristiana de cualquier tiempo siempre fue evidente que el pecado era no sólo una transgresión de la ley divina, sino, además, aunque no siempre directa y abiertamente, el desprecio u olvido de la amistad personal entre Dios y el hombre, y una verdadera ofensa de Dios, cuyo alcance escapa a la mente humana; más aún, un ingrato desprecio del amor de Dios que se nos ofrece en Cristo, ya que Cristo llamó a sus discípulos amigos y no siervos.
----------Por tanto, es necesario para la plena remisión y reparación de los pecados no sólo restaurar la amistad con Dios por medio de una sincera conversión de la mente, y expiar la ofensa inflingida a su sabiduría y bondad, sino también restaurar plenamente todos los bienes personales, sociales y los relativos al orden universal, destruidos o perturbados por el pecado, bien por medio de una reparación voluntaria, que no será sin sacrificio, o bien por medio de la aceptación de las penas establecidas por la justa y santa sabiduría divina, para que así resplandezca en todo el mundo la santidad y el esplendor de la gloria de Dios. De la existencia y gravedad de las penas se deduce la insensatez y malicia del pecado, y sus malas secuelas.
----------La doctrina del purgatorio sobradamente demuestra que las penas que hay que pagar o las reliquias del pecado que hay que purificar pueden permanecer, y de hecho frecuentemente permanecen, después de la remisión de la culpa; pues en el purgatorio se purifican, después de la muerte, las almas de los difuntos que 'hayan muerto verdaderamente arrepentidos en la caridad de Dios; sin haber satisfecho con dignos frutos de penitencia por las faltas cometidas o por las faltas de omisión'. Las mismas preces litúrgicas, empleadas desde tiempos remotos por la comunidad cristiana reunida en la sagrada misa, lo indican suficientemente diciendo: "Pues estamos afligidos por nuestros pecados: líbranos con amor, para gloria de tu nombre' (Missale Romanum de 1962, Oración del domingo de Septuagésima; Oración sobre el pueblo del lunes de la primera semana de Cuaresma; Oración después de la comunión del tercer domingo de Cuaresma)".
----------La Iglesia tiene un poder judicial salvífico fundado sobre el sacerdocio, poder que le ha sido conferido por Cristo, Juez divino de los vivos y de los muertos, el así llamado "poder de las llaves". Tal potestad consiste en el poder administrar, distribuir y comunicar sacramentalmente a las almas debidamente dispuestas la gracia de los méritos de Cristo, de la Santísima Virgen María y de los Santos.
----------El poder de conceder y reglamentar las indulgencias entre en este poder general de la Iglesia de aprovechar el tesoro de los méritos de Cristo para distribuir sus riquezas a las almas. En esta línea de discurso comprendemos las palabras del papa Clemente VI en la Bula que anuncia el Año Santo de 1343:
----------"El unigénito Hijo de Dios ha procurado un tesoro a la Iglesia militante y lo ha confiado al bienaventurado Pedro, clavígero del cielo, y a sus sucesores, quienes son sus vicarios en la tierra, para que lo dispensaran saludablemente a los fieles y, siempre por razonables causas, lo aplicaran misericordiosamente a cuantos se hubieran arrepentido y hubieran confesado sus pecados, remitiendo a veces de manera parcial la pena temporal debida a los pecados, tanto en modo general como particular (como juzgaran oportuno en el Señor). Se sabe que de este tesoro constituyen un acrecentamiento ulterior también los méritos de la Santísima Madre de Dios y de todos los elegidos" (Denz.1025).

No hay comentarios:

Publicar un comentario

En ciertas horas del días se permitirán comentarios sin moderación. Los comentarios no cónsonos con el blog serán removidos. Igualmente los que falten a las normas del respeto personal.