sábado, 27 de marzo de 2021

A propósito de la Corredentora. ¿Qué ha querido decir el Santo Padre en la Audiencia General del miércoles 24 de marzo? (1)

Mi modesta nota mariológica del pasado sábado, dedicada al título popular de Corredentora atribuido a María Santísima, estaba produciendo algunos intercambios interesantes con algunos lectores, sea en el foro como en mi correo personal, cuando coincidentemente el papa Francisco, en la Audiencia General de este miércoles 24 de marzo, volvió a referirse al mismo tema, tal como lo había hecho a fines de 2019. Invito a los amables lectores, a través de esta serie de notas, a reflexionar acerca de lo que ha intentado decir el Santo Padre.

----------A María Santísima, dijo el papa Francisco en la Audiencia General del pasado miércoles, "es verdad que la piedad cristiana siempre le da bonitos títulos, como un hijo a la madre: ¡cuántas cosas bonitas dice un hijo a la madre a la que quiere!". Y, de hecho, el título de Corredentora, es un título con una ilustre tradición precedente. Sin embargo, el Santo Padre agregó de inmediato: "Pero estemos atentos: las cosas bonitas que la Iglesia y los Santos dicen de María no quita nada a la unicidad redentora de Cristo. Él es el único Redentor. Son expresiones de amor como la de un hijo a su madre -algunas veces exageradas-. Pero el amor, nosotros lo sabemos, siempre nos hace hacer cosas exageradas, pero con amor". Es que una línea antes el Papa había aclarado una vez más su convicción: "la Virgen, como Madre a la cual Jesús nos ha encomendado, nos envuelve a todos nosotros; pero como Madre, no como diosa, no como corredentora: como Madre".
----------Pues bien, desde hace tiempo sabemos que al papa Francisco no le cae bien el título tradicional de Corredentora atribuido a la Virgen. Y, como comprobamos, el pasado miércoles, ha repetido esta, su convicción, en una decisión pastoral que probablemente no a todos, ni siquiera a los más devotos fieles del Santo Padre, puede parecerle una actitud prudente, dado el revuelo que en la fiesta de Nuestra Señora de Guadalupe, en diciembre de 2019, había causado la manifestación de esta convicción u opinión teológica personal. Incluso en este blog, en mi nota del pasado domingo, hacía yo algunas modestísimas sugerencias pastorales, y entre ellas dije que soy de la opinión de que el Papa no debería repetir sin explicarlas aquellas frases que han suscitado polémicas entre los dos bandos hoy en pugna, modernistas y pasadistas, y que debería el Papa aclarar el sentido de algunas de sus afirmaciones que causan escándalo entre los tradicionalistas y vienen a ser entendidas en sentido modernista por los modernistas. Precisamente, una de esas expresiones del Papa es la de rechazar el título de Corredentora para la Virgen Santísima. En esta ocasión, el miércoles pasado, ha tratado, efectivamente, de explicarse un poco más que otras veces.
----------Su negativa a atribuirle a Nuestra Señora el título de Corredentora puede resultar sorprendente, porque este título mariano también ha sido utilizado por algunos Papas, como Benedicto XV y san Juan Pablo II, mientras que otros, como el beato Pío IX, León XIII, san Pío X y Pío XI han utilizado expresiones tales que pueden hacernos comprender qué cosa quiere decir Corredentora sin que con ello se ponga a María a la par de o con Cristo, como si fuera una diosa al lado de otro Dios, por lo cual recaeríamos en pleno paganismo.
----------Los mencionados Pontífices, precedentes del actual, llegan a admitir el principio de que María Santísima ha merecido de modo congruo para nosotros aquella salvación que Nuestro Señor Jesucristo nos ha merecido en modo digno, y afirman, por ejemplo, que María "está indisolublemente unida a su Hijo en el merecer y satisfacer" (san Pío X), la definen "reparadora de todo el mundo" (León XIII), "consorte de Cristo en la redención del género humano" (Pío XI), dicen que "ella ha redimido al género humano junto con Cristo" (Benedicto XV). Extraigo esta información del tratado clásico de mariología que ya he recomendado en mi nota del pasado sábado, obra del ilustre mariólogo Gabriele M. Roschini, Mariologia, vol. II, Pars prima, Editrice Ancora, Milano, 1942. El autor dedica 200 páginas al tema de la corredención: de la p. 272 ​​a la p. 479.
----------En efecto, estos Papas nos explican que Corredentora no quiere decir redentora a la par, porque esto significaría asignar a María un rol divino que no le conviene en absoluto, porque esto implicaría la negación de la unicidad de Dios y la admisión de dos divinidades salvadoras. En efecto, Cristo es el único Redentor y el único Mediador, porque Dios es uno solo y, como reconoce el propio Corán, no existen otros dioses fuera de Él. Señalo aquí el libro sagrado de los islámicos porque precisamente este mes el Santo Padre, como bien sabemos, nos ha dado notabilísimo ejemplo cumpliendo una magnífica obra de diálogo interreligioso con los musulmanes, en Irak, y seguramente estos pensamientos siguen muy presentes en su mente.
----------De hecho, en la Audiencia General a la que estamos haciendo referencia, el Santo Padre insistió en la unicidad del Mediador, con estas palabras: "Cristo es el Mediador, el puente que atravesamos para dirigirnos al Padre.  Es el único Redentor: no hay co-redentores con Cristo. Es el Mediador por excelencia, es el Mediador. Cada oración que elevamos a Dios es por Cristo, con Cristo y en Cristo y se realiza gracias a su intercesión. El Espíritu Santo extiende la mediación de Cristo a todo tiempo y todo lugar: no hay otro nombre en el que podamos ser salvados. Jesucristo: el único Mediador entre Dios y los hombres. De la única mediación de Cristo toman sentido y valor las otras referencias que el cristianismo encuentra para su oración y su devoción, en primer lugar a la Virgen María, la Madre de Jesús".
----------Ninguna criatura, por santa que sea, puede pretender completar o perfeccionar la obra redentora de Cristo o agregarle algo, como si alguna cosa faltara para su plena eficacia, como si Cristo tuviera necesidad de una ayuda de la criatura para cumplir su obra, como si la criatura pudiera tener el mismo poder de Cristo en el merecer de condigno la salvación para la humanidad. ¿De qué ayuda puede Dios tener necesidad de parte del hombre? En esto los luteranos tienen razón. Aunque se equivocan cuando creen que el hombre no puede ser colaborador y ministro de Dios mereciendo de congruo la propia salvación. Hay que decirlo y repetirlo con firmeza y claridad: no se trata de añadir algo propio nuestro a algo ya perfecto, sino de participar indignamente por gracia y por misericordia en algo divino que nos trasciende.
----------Es cierto que san Pablo dice "yo completo en mi carne lo que falta a los padecimientos de Cristo" (Col 1,24). Pero él evidentemente no pretende referirse a la obra divina, sino más bien a la parte humana, dado que habla de "padecimientos", "sufrimientos", y es evidente que solo el hombre y no Dios puede sufrir, porque un atributo divino que distingue a Dios del hombre es precisamente el de la impasibilidad.
----------San Pablo, por lo tanto, se refiere a toda aquella infinidad y variedad de sufrimientos físicos, psíquicos y morales, privaciones, frustraciones, traumas, enfermedades, deformidades, malformaciones, discapacidades, desgracias, de las cuales está afligida la humanidad, incluso hasta la más feliz, todos sufrimientos que Cristo no ha sufrido en vida, sino que el alma piadosa sufriente puede ofrecer a Dios en unión con la Cruz de Cristo.
----------¿Cómo, por consiguiente, no ver entonces en esta referencia al padecer con Cristo y para Cristo una referencia paradigmática a los sufrimientos de María, Nuestra Señora? ¿Cómo no pensar en la participación suprema, perfectísima y ejemplar para todos nosotros de María Santísima en la Pasión redentora de su Hijo Jesucristo, Nuestro Señor? ¿Y qué es, esta participación, sino corredención?
----------¿Quién entre todos nosotros, uniéndose a la Pasión expiatoria de Cristo, siguiendo su ejemplo, se ha hecho cargo más que la Virgen María de las penas y castigos por los pecados de la humanidad? ¿Y no es esto corredención? Ciertamente, María Santísima, por su inocencia, no es para nosotros modelo de penitencia, porque, inmaculada como era, no tenía nada de qué arrepentirse y de qué hacer penitencia. Pero, por amor nuestro, en perfectísima imitación de su Hijo inocentísimo, como lo hizo Él, ella de todos modos ha querido, en nuestro lugar, sufrir los padecimientos debidos por nuestros pecados. ¿Y no es esto corredención?
----------En el afirmar que Cristo es el único Redentor porque cumple una obra divina de salvación que solo Dios puede cumplir, nosotros, los católicos estamos de acuerdo con los luteranos, quienes, sin embargo, se equivocan en el rechazar a María el título de Corredentora, porque no comprenden que la obra de la redención es, claro que sí, una obra divina, pero obra en la cual estamos llamados a participar mediante la gracia, que es precisamente "participación de la naturaleza divina" (2 Pe 2,4).
----------Y, por el momento, hago un paréntesis en mi reflexión, hasta mañana, porque los espacios de un blog, hablando con sensatez, no son los de un libro, y no puedo extenderme aquí al modo como se extendió, por ejemplo, Roschini, en las 200 páginas que dedicó en su Mariología al tema de la corredención. De modo que mis benevolentes lectores, sobre todo los más impulsivos y ansiosos, que me dan la impresión que piensan erróneamente que estas arduas cuestiones teológicas pueden ser evacuadas simplemente en un tris tras, o con un mero fervorín homilético, por piadoso que fuere, deberán hacerse con algo más de paciencia.

12 comentarios:

  1. Absolutamente cierto lo que Ud dice, fr Filemón, que "desde hace tiempo sabemos que al papa Francisco no le cae bien el título tradicional de Corredentora atribuido a la Virgen".
    Y esto tiene una explicación, al Papa no le cae bien lo que sea que tenga relación con la fe católica.

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  2. Querida/o Anónima/o:
    Por favor, lea lo que se escribe: "no le cae bien el título", i.e. el término "corredención". Sin embargo, los conceptos que usa el Papa para hablar de la obra de María es el mismo concepto o idea de corredención.
    El Papa no puede pecar contra la virtud de la Fe. Afirmar lo contrario es caer (supongo que inconscientemente en Ud.) en herejía.

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  3. Querido padre Filemón: Lo que yo solamente digo, precisamente porque lo queremos bien al Papa, es que convendría que el Papa Francisco se explicara mejor en lugar de tener que leer de los otros una explicación de lo que dice, por ejemplo la explicación que da este blog. No es la primera vez que el Papa habla "raro" sobre la Virgen: "solamente mujer", "únicamente discípula", que se ha "mestizado con Dios" (homilía en la fiesta de Nuestra Señora de Guadalupe, 9 de diciembre de 2019). Entonces, padre Filemón, también he entendido su explicación, pero creo que el papa Francisco a veces no se da cuenta de lo que dice, en buena fe.

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  4. Mi querida Herminia,
    quizás sólo debiera decirte que esperes a las partes siguientes de esta reflexión teológica que intento transmitirles, porque cuando leas lo que viene, quizás tus dudas y problemas puedan desaparecer. Pero no quiero que te quedes angustiada. De modo que aquí intento alguna primera respuesta:
    Es cierto que el papa Francisco a menudo tiene estas expresiones un tanto raras o extrañas, que plantean problemas a los fieles que no han estudiado teología. Como ya sabes, se trata de problemas de su personalidad humana, de su modo de transmitir la doctrina. Hay que lidiar con ello, como hay que lidiar con las características personales, claroscuros siempre, de cada Papa, siempre humanamente distintos.
    Pero, por otro lado, estas expresiones del papa Francisco no deben considerarse como magisterio, sino simplemente como modos personales de expresarse. Por lo tanto, es necesario tener un poco de paciencia para entenderlo, pero con buena voluntad se puede encontrar siempre un sentido aceptable.
    Por otro lado, incluso los Papas que se expresaron de una manera más clara (¡y hablaron menos, que lo que habla el papa Francisco!), han necesitado ser interpretados de vez en cuando. Y además, una de las tareas del teólogo es precisamente esta, la de ayudar a los fieles comunes a comprender el sentido de determinadas frases del Papa, para evitar equívocos o malentendidos. Ese es precisamente el oficio del teólogo. Lo que yo trato de hacer aquí en el blog es precisamente divulgar de modo más o menos popular (en base a mis modestísima capacidad) la teología, la cual no se puede transmitir plenamente en un simple blog: es fruto del esfuerzo de años y años de estudio, y continuado estudio.
    Finalmente, quiero recordarte que el papa Francisco, como Pastor Universal de la Iglesia, tiene (en el tema concreto mariológico que estamos examinando) la tarea de llamar a los fieles a la verdadera devoción hacia Nuestra Señora, evitando las exageraciones, las confusiones sobre la verdadera identidad de Nuestra Señora, la excesiva credulidad en los fenómenos extraordinarios de dudosa naturaleza.
    Ya me dirás algo más si lo necesitas, tras leer las próximas partes.

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  5. Estimado fr Filemón:
    es muy fuerte lo que dice, pero considero que Ud suele ser preciso.
    Ud afirma que el Papa no puede pecar contra la fe y que afirmar lo contrario es caer en herejía.
    Como el código de derecho canónico dice en el canon 751 "Se llama herejía la negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma", le pregunto: ¿dónde está definido que ha de creerse con fe divina y católica que el Papa no puede pecar contra la vitud de la fe? Por favor, padre, le pido una definición magisterial, no una conclusión teológica.
    Muchas gracias por echar luz sobre este asunto.

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  6. Estimado A. Magni,
    como puede ver en el siguiente pasaje del Concilio Vaticano I (tomado del inicio del cap.IV de la Constitución Pastor Aeternus sobre la Iglesia), existe la afirmación de que los Sumos Pontífices Romanos siempre han mantenido pura la recta fe:
    "Los Padres del IV Concilio de Constantinopla, siguiendo las huellas de sus mayores, promulgaron esta solemne profesión de fe: 'La primera obra para nuestra salvación consiste en guardar la regla de la verdadera fe. Y como no puede faltar la palabra de nuestro Señor Jesucristo, que dice: Tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, estas palabras que fueron dichas por Jesucristo, se hallan confirmadas con la realización de los hechos; porque en la Sede Apostólica se ha conservado siempre íntegra la religión y profesado la santa doctrina. Deseando, por lo tanto, no separarnos en absoluto de esta fe y de esta doctrina, esperamos ser dignos de permanecer en la unidad de comunión que predica la Sede Apostólica, en la cual reside la completa y verdadera solidez de la religión cristiana' [Ex formula S. Hormisdae Papae, prout ab Hadriano II Patribus Concilii Oecumenici VIII, Constantinopolitani IV, proposita et ab iisdem subscripta est]".
    Los textos oficiales (latín e italiano) los encuentra en el enlace: http://www.vatican.va/archive/hist_councils/i-vatican-council/documents/vat-i_const_18700718_pastor-aeternus_it.html. Yo se los he vertido al español, pero ante cualquier duda hay que referirse con precisión al texto original latino.
    Ahora bien, esta declaración del magisterio, recabada del Concilio Vaticano I, aunque no forma parte de la definición dogmática de la infalibilidad pontificia, sin embargo es su introducción, que obviamente es vinculante en conciencia.
    Por otra parte, sobre este tema no hay necesidad de una definición dogmática, a tal punto el dato es evidente.
    En efecto, en esta cuestión del eventual papa herético, entra en juego incluso la credibilidad de Nuestro Señor Jesucristo. ¿Por qué motivo?
    Porque nosotros evidentemente tenemos que creer al Señor cuando Él le ha confiado a Pedro la tarea de confirmar a los hermanos en la fe.
    Ahora bien, es evidente que todo Pontífice, como insinúa el Concilio Vaticano I, para poder llevar a cabo esta tarea sobrehumana, donde la falibilidad es inevitable, debe necesariamente poseer una fe de tal fuerza como para no poder nunca fallar ni venir a menos, que es como decir que un Papa no puede jamás ser hereje, al menos según la definición del Derecho Canónico.
    Es posible que a un Papa se le escape o le pase por alto alguna frase que tenga el sabor a herejía, pero no se le debe dar ninguna importancia, porque un acto de tal género solamente refleja su debilidad humana, que nada tiene que ver con el carisma de la infalibilidad petrina.
    Esta tesis que expongo es evidente. No hay necesidad de una definición dogmática.
    En efecto, si el Papa se engañara a sí mismo y engañara a la Iglesia en materia de fe, ya no podría ser aquella roca sobre la cual Cristo ha fundado la Iglesia, pero un hecho de tal género se volvería en contra de la promesa de Cristo. Lo que quiere decir que se terminaría por acusar a Cristo de ser un impostor.
    ¿De veras Ud. se sentiría dispuesto a hacer a Cristo una acusación de tal género?

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  7. Estimado fr Filemón:
    Muchas gracias por su respuesta y por haberse tomado el trabajo de traducir esos textos al castellano. Es absolutamente aleccionadora.
    No quisiera entrar a analizar sus conclusiones, sino que le agradezco que se haya tomado el trabajo de iluminar con ellas.
    Sin embargo el derecho canónico es muy claro al respecto de lo que es herejía. Por eso le pedí una definición dogmática y no conclusiones. Sin entrar en mérito de ellas.
    Es cierto que la cuestión del papa hereje fue planteada -al menos por los autores más notorios- en épocas previas al Vaticano I. Luego fue expuesta solamente por algún teólogo sin mayor relevancia. Pero tampoco fue condenada. Aunque hoy –fuera del ámbito "sedevacantista"- parecería que haya sido dejada de lado por los teólogos.
    Entiendo que los silogismos y las conclusiones que Ud expone para Ud son evidentes, pero en realidad son conclusiones que habría que analizarlas.
    Sin embargo la definición de herejía del código dice otra cosa. Por ello el canon 749 § 3 dice: "Ninguna doctrina se considera definida infaliblemente si no consta así de modo manifiesto".
    Los textos que Ud cita hablan de la integridad de la fe de la Sede Apostólica. En ninguna parte de los textos que Ud cita se define que la persona del Santo Padre no puede pecar contra la virtud de la fe. Es más, si me permite, hay varios pecados contra la virtud de la fe, además de la herejía. Están enumerados en el catecismo: la superstición, la idolatría, la adivinación y magia, la irreligión, el ateísmo, el agnosticismo.
    Sí queda claro que el Santo Padre goza del carisma de la infalibilidad en los términos del canon 749 § 1. "En virtud de su oficio, el Sumo Pontífice goza de infalibilidad en el magisterio, cuando, como Supremo Pastor y Doctor de todos los fieles, a quien compete confirmar en la fe a sus hermanos, proclama por un acto definitivo la doctrina que debe sostenerse en materia de fe y de costumbres".
    En fin, ésta es mi opinión. De todos modos aclaro que no estoy diciendo que este Papa peque contra la fe, sino que decir que la persona del Papa pueda pecar contra la fe no me parece que sea una herejía.
    Distinto será afirmar que el Papa pueda proponer para ser creído algo opuesto a la fe. Pero no era ese el término de este intercambio.

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  8. Estimado Filemón: ¿cuando Pedro negó a Nuestro Señor 3 veces no pecó contra la fé?

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  9. Querido A.Magni,
    Confiaba que fueras capaz de ver la cuestión acerca de que el Papa no puede faltar a la virtud de la fe, más allá de los estrechos términos y límites en que la habías planteado, vale decir, en referencia sólo a la definición de herejía del CIC y en base sólo a una definición dogmática, pero por tu respuesta veo que no ha sido así.
    En primer lugar, no es cierto que la obediencia de la fe, virtud teologal, tenga por objeto sólo el dogma definido por el Magisterio. Cf. Ad tuendam fidem (carta e instrucción).
    En segundo lugar, es imposible hacer teología de la herejía teniendo en cuenta sólo el CIC, como parece que tú quisieras, a juzgar por tus palabras y tus referencias. La herejía es, al igual que la Fe teologal (mysterium fidei, mysterium salutis), un insondable misterio, pero como precisamente el misterio contrario (mysterium iniquitatis) al misterio de la Fe. Existen libros íntegros, voluminosos, dedicados solo al misterio de la herejía.
    Básicamente, hacer una teología del misterio de la herejía implicaría varias secciones; enumero las fundamentales: esencia de la herejía según la Sagrada Escritura, esencia moral de la herejía, esencia jurídica de la herejía (este parcial aspecto es al que tú pareces solamente referirte), las causas de la herejía, la represión de la herejía, la naturaleza del dogma, y naturaleza del progreso dogmático. Estos serían los puntos básicos, como para un libro completo acerca del misterio de la herejía.
    Tengo algunos apuntes al respecto, que podría revisar y actualizar. Si Dios me lo permite, después de la Semana Santa, quizás pueda publicar algo.
    Pido a Dios que te bendiga y a tí, tus oraciones, en favor de tu pobre interlocutor pecador.

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  10. Estimado Anónimo de 1:11:
    Efectivamente, y fue el propio Jesús quien le previno de su falta de fe y sus próximas negaciones, y aún así (cap. 22 de Lucas y concordantes) le prometió: "pero cuando tú vuelvas confirma a tus hermanos". La "vuelta" de Pedro, i.e. la conversión de Pedro, y su confirmación en la Fe para confirmar a los hermanos, sólo serían posibles desde Pentecostés, con la llegada del Espíritu Santo.

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  11. Querido fr Filemón:
    Gracias por su amable respuesta.
    Lamento haberme expresado mal. No pienso que la obediencia de la fe tenga solamente por objeto lo definido por el magisterio. Sino que la herejía es lo que define el código.
    Como Ud bien expresa, un estudio sobre la herejía no se reduce a las pocas palabras del código al respecto. De hecho Santo Tomás le dedica la cuestión 11 de la II-II. Pero me parece que esa definición es importante.
    Lo mismo pido para Ud, estimado padre. Cuente ciertamente con mis oraciones

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  12. Estimado A. Magni,
    que "la herejía ES lo que define el código de derecho canónico", como dices: sí, pero sólo a nivel canónico, práctico actual, es decir, en orden a la disciplina. La definición canónica es sólo una consecuencia práctica (pastoral, gubernativa, disciplinar) de la herejía en sí, la cual es definida, caso por caso, por el Magisterio, eventualmente tras el trabajo teológico. En otros términos, la definición de herejía del CIC le sirve al pastor para la disciplina, pero no le es suficiente al teólogo.
    Tu mención de santo Tomás de Aquino es muy oportuna.
    Espero pases una fructuosa Semana Santa.

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