miércoles, 2 de septiembre de 2020

Otra instrumentalización de la historia: el Concilio de Constanza

Mi puntual referencia de ayer acerca de la instrumentalización que algunos hacen de la historia para servir a sus propias tesis ideológicas se repite en muchos ejemplos de cierta falsa apologética católica.

----------En la nota anterior, aludí a la errónea instrumentalización de la historia que hacen algunos (por ejemplo, Roberto de Mattei y mons. Athanasius Schneider) para dar plausibilidad a la acusación de herejía hecha al papa Francisco, afirmando que en la historia ya se han verificado casos de Papas herejes, y procuran aportar ejemplos probatorios, pero en realidad sus argumentos no logran sostenerse. Igualmente, las mismas distinguidas personalidades de la efervescente lucha apologética en el interior de la Iglesia (sí, apología interna) también caen en similar manipulación de la ciencia histórica para servir a otras tesis ideológicas, como por ejemplo, cuando empecinados por rechazar las doctrinas del Concilio Vaticano II, afirman que algunas de ellas, por caso aquellas contenidas en la constitución dogmática Lumen Gentium, o en la declaración Nostra aetate, o en la declaración Dignitatis humanae, o en el decreto Unitatis redintegratio, están en contraste con el precedente Magisterio de la Iglesia y, en definitiva, con la Tradición, y por lo tanto serían documentos que tienen necesidad de ser corregidos o simplemente suprimidos.
----------Es claro que este reclamo para que se corrijan los que ellos consideran errores doctrinales en el Concilio Vaticano II supone que los reclamantes tienen la convicción de que la Iglesia, al proclamar en un Concilio una determinada doctrina de fe o de moral, puede estar equivocada. Pero esto no corresponde a la verdad. Testimonio autorizado de esto es la condena hecha por el papa León X [1513-1521] de la tesis luterana, según la cual las doctrinas de los Concilios pueden estar equivocadas (Denz. 1479).
----------Recientemente, las mencionadas personalidades, como ejemplo de esta supuesta falibilidad de la doctrina de un Concilio Ecuménico, se han referido a la conocida declaración Haec sancta Ecclesia del Concilio de Costanza [1414-148], 16° Concilio Universal de la Iglesia. Tal declaración, del 6 de abril de 1415, afirma la superioridad del Concilio sobre el Papa. El documento fue elaborado a propuesta y bajo la presidencia del cardenal Pierre d'Ailly [1351-1420], quien, en su intento de remediar el cisma que laceraba la Iglesia en esos años, asumió, con el consenso de los Padres conciliares, la dirección de las labores del sínodo e hizo aprobar el decreto, pero independientemente de la voluntad de los tres Papas que por entonces estaban en obstinado conflicto entre sí, por la supremacía sobre la Iglesia.
----------El documento, redactado con tono sumamente solemne, puede dar la impresión de intención dogmática. Sin embargo, la realidad es que su finalidad era puntual y eminentemente práctica, pues buscaba resolver aquella dificilísima y excepcionalísima circunstancia del cisma en la Iglesia, dificultad de otro modo insoluble. Por otra parte, sin duda era urgente e impostergable que la Iglesia se uniera bajo un solo pastor y Sumo Pontífice, según la voluntad de Nuestro Señor Jesucristo.
----------Es cierto que la declaración no es del todo extraña al conciliarismo de Juan Gerson [1363-1429], de Guillermo de Ockham [1287-1347], de Juan de Jandun [1280-1328] y de Marsilio de Padua [1275-1342] y, efectivamente, se prestaba a ser interpretada como conciliarista. Incluso podría estar relacionada con el conciliarismo de Jan Hus [1369-1415] y John Wycliffe [1320-1384], condenados por el propio Concilio. De hecho, el propio Cardenal d’Ailly simpatizaba con Ockham.
----------Sin embargo, en correcta hermenéutica, es absolutamente necesario separar claramente la posible interpretación conciliarista del decreto (basada en las fuentes ideológicas mencionadas) del propósito práctico por el cual fue redactado y aprobado en la intención de los Padres conciliares, que fue, como se ha dicho, únicamente la de encontrar una vía de salida a aquella situación dramática e insostenible.
----------Y efectivamente, el caso fue que el arriesgado expediente del cardenal Pierre d'Ailly, consumadísimo diplomático, sinceramente deseoso por la unidad de la Iglesia, tuvo plenísimo éxito: los tres Pontífices fueron depuestos, siendo elegido para la sede universal de la Iglesia al papa Martin V [1417-1431]. De este modo, la sede petrina quedaba finalmente liberada de la pesadilla y la Iglesia estaba otra vez reunida y feliz en torno a un solo pastor en la concordia y en la paz.
----------Ciertamente, como era de esperar, el papa Martin V no demoró en anular la declaración Haec sancta Ecclesia, tanto porque ya había cumplido su función contingente, como aún más por el posible argumento que podría ofrecer a los conciliaristas. Sin embargo, el Papa debe haber sido en ese momento muy consciente de que si había podido ser elegido Sumo Pontífice en una Iglesia reconciliada, que había recuperado su unidad en torno al Sucesor de Pedro, se lo debía precisamente a ese imprudente documento del audaz, pero leal y circunspecto cardenal Pierre d'Ailly, autor del singular aporte a la Iglesia.
----------Vale aprovechar la ocasión que nos ofrece este recuerdo de lo ocurrido en el Concilio de Constanza, para mostrar que el conciliarismo, aún antes de ser contrario a la voluntad de Cristo, que quiere que la Iglesia sea gobernada por un solo pastor (lo cual es evidente para todos los católicos), supone una concepción absurda de la relación cabeza-comunidad también desde un punto de vista meramente racional, filosófico. De hecho, lo múltiple como tal no produce lo uno: se necesita un uno que lo una. Esto es evidente desde un punto de vista teológico: Dios Uno precede y unifica la multiplicidad de las creaturas que constituyen el mundo. Pero también es evidente desde el punto de vista social, pues la multitud como tal no puede reunirse por sí sola a menos que sea convocada por uno, si no tiene un líder para unirlo. Y por esto, el líder es superior a la multitud y, por lo tanto, el Papa es siempre superior al Concilio.
----------No es el caso ahora reflexionar sobre Filosofía Política. Basta con decir que no debe conducir a engaño el hecho de la democracia. Los electores se limitan a elegir al líder: no lo producen; el líder debe existir ya como líder posible, fautor y garante de la unidad del pueblo. Sin líder el pueblo no puede unirse por sí mismo, porque la unidad del pueblo nace del hecho de que está guiado por el líder. Por esto el Concilio no puede mandar al Papa, sino que es el Papa quien manda, une y guía al Concilio.
----------La multitud como tal no puede dirigir la acción. Así como la acción es una, el mando debe provenir de uno solo. El Concilio como tal no puede ser principio de acción por encima del Papa. Solo el Papa es el principio de la unidad del Concilio. Como lo uno es superior a lo múltiple, por eso mismo se necesita uno que presida al Concilio; y este no puede ser sino el Papa.
----------Y tras el excursus filosófico volvemos a las razones del hecho histórico: careciendo o habiendo perdido autoridad el Papa en Constanza, era forzoso que uno asumiera las riendas del Concilio. Y este ha sido el cardenal Pierre d'Ailly. Pero él usó Haec sancta obviamente no con intención dogmática, sino solo como un recurso jurídico para preparar la elección de Martin V, aunque desafortunadamente los redactores del documento no brillan por su claridad, por lo que el documento puede parecer dogmático, aunque no lo es.
----------La intención (hay que suponer que es buena intención) de distinguidos apologistas como mons. Athanasius Schneider y el profesor Roberto de Mattei, entre otros, es recurrir al ejemplo de lo sucedido en el Concilio de Constanza para argumentar que un Concilio Ecuménico de la Iglesia puede ser condenado por errores dogmáticos. Lamentablemente para ellos, pero consoladoramente para nuestra fe en el dogma de la Iglesia Católica, su tesis ideológica no resulta probada.
----------Por cuanto respecta a la interpretación de los documentos del Concilio Vaticano II, 21° Concilio Universal de la Iglesia, y el juicio que se debe dar sobre ellos, ya el papa san Pablo VI había distinguido con lucidez las doctrinas del Concilio de sus directivas pastorales, distinción hecha con mayor fuerza y claridad por el papa Benedicto XVI, quien en un discurso dirigido a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X dijo que si ella quería estar en comunión plena con la Iglesia, debía aceptar todas las doctrinas del Concilio Vaticano II, mientras que sus enseñanzas pastorales podían, por supuesto, ser objeto de discusión. Obstinada en sus errores doctrinales desde hace 50 años, la hermandad lefebvriana ha vuelto a reclamar a Roma la discusión de las doctrinas del Vaticano II, pero el papa Francisco, en continuidad con sus predecesores, ha repetido que sobre las enseñanzas doctrinales del Concilio de nuestro tiempo no existe discusión posible.
----------La tesis de que el Concilio Vaticano II sea solo pastoral es cómoda para aquellos que, sabiendo que la doctrina no puede ser discutida, aunque puede serlo la pastoral, con el pretexto de que el Concilio es solo pastoral, rechazan sus doctrinas como si fueran solo pastorales. Pero esto no es leal y no es honesto. Es cierto que el papa san Juan XXIII pensó en un Concilio solo pastoral, pero cuando lo sucedió el papa san Pablo VI, él quiso deliberada y explícitamente darle también al Concilio un carácter doctrinal, en particular por cuanto respecta a la eclesiología y a la antropología.
----------Afortunadamente, no faltan en estos años de confusión y crisis, un buen número de leales, fieles y competentes teólogos, que sostienen la recta hermenéutica de los documentos del Concilio Vaticano II, en plena continuidad con el Magisterio pontificio y conciliar precedente, no en ruptura, como pretenden los errores de la hermandad lefebvriana y de los que simpatizan con su ideología. Son teólogos que nos esclarecen las doctrinas conciliares, necesitadas a veces de elucidación, frente a los nuevos problemas y circunstancias que el mundo y la misma vida de la Iglesia nos proponen, y frente a las argucias, fascinaciones y acechanzas del demonio, fautor constante de división en el Cuerpo Místico de Cristo.
----------Por lo tanto, y a modo de conclusión, hay que saber que a nadie se le prohíbe criticar ciertas posturas o directivas pastorales del Concilio Vaticano II, como, por ejemplo, su visión demasiado optimista frente al mundo y su tendencia buenista y misericordista, que favorece el laxismo y el indiferentismo y parece olvidar las consecuencias del pecado original; así como su visión de las diversas religiones, visión que parece dar demasiado espacio a la diversidad a expensas de la cuestión de la verdad.
----------Pero en cuanto respecta al problema de la interpretación de las doctrinas del Concilio Vaticano II, están absolutamente equivocados, ciegos en su inteligencia, los que quieren ver rastros de modernismo en las doctrinas conciliares (como afirman los lefebvrianos, o mons. Carlo Maria Viganò, o mons. Athanasius Schneider, o el profesor Roberto de Mattei, o tantos otros filo-lefebvrianos), porque el modernismo es una herejía y no es admisible para un católico afirmar que un Concilio ecuménico caiga en la herejía. Es cierto que ciertos pasajes son ambiguos, pero deben ser interpretados in bonam partem. Por supuesto, existe la interpretación modernista de las doctrinas conciliares, la rahneriana, que pretende ser la auténtica interpretación, y es necesario refutarla. Mostrar la recta interpretación de las doctrinas conciliares, alejada de la interpretación ultra-tradicionalista y de la modernista, es, humildemente, una de las aspiraciones de este blog.

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