miércoles, 2 de octubre de 2024

Concilio Vaticano II: ¿continuidad o ruptura? (1/3)

En un modesto blog como éste, la eficacia argumentativa o no de los artículos, es de estricta responsabilidad mía; en cambio, en el foro de comentarios, la eficacia argumentativa, la seriedad, el respeto por las usuales reglas del diálogo especulativo, ya no dependen sólo de mí, sino también de los lectores. Para ello no es suficiente con dar absoluta libertad de opinión a mis interlocutores (salvado, naturalmente, el respeto a la Iglesia y a las personas) sino que también es necesaria la competencia filosófica y teológica para llevar a cabo un diálogo serio y coherente. Esto, como es obvio, no siempre es posible. En las notas de estos tres días presento un sufrido y accidentado diálogo mantenido con un interlocutor, el cual, lamentablemente, se ha manifestado como un obstinado pasadista de estricta y extrema observancia. [En la imagen: fragmento de "Los peregrinos de Emaús", pintura de 1993-1994, obra de Jean Marie Pirot, Arcabas].

El parto doloroso del Concilio Vaticano II
   
----------Han pasado sesenta años desde el final del Concilio. Sin embargo, en la Iglesia han quedado los rastros de un trauma que aún no se ha curado, un nudo todavía sin deshacer, las secuelas de una dura lucha que tuvo lugar durante el Concilio entre las dos contrapuestas corrientes de los progresistas y de los conservadores. Ciertamente, venció por larga mayoría la tendencia progresista, pero la tendencia conservadora (o mejor habría que decir "conservadura") no ha dejado de oponerse, y a tal punto de caer en el cisma.
----------Viene al caso recordar al respecto la encendida confrontación hecha en su tiempo entre Concilio y preconcilio por parte de famosos teólogos, estudiosos o historiadores, en el inmediato postconcilio, como por ejemplo Ratzinger, Küng, Rahner, Congar, Schillebeeckx, Alberigo, Melloni, Martina, etc. Esta confrontación en su conjunto fue demasiado dura y no tuvo suficiente preocupación por el debido respeto por las posiciones de los Papas del siglo XIX, superadas ciertamente en su aspecto disciplinar-pastoral, pero que enseñaban también doctrinas inmutables, retomadas por el mismo Concilio.
----------El drama fue y es que entrambas corrientes hacen cuestión de doctrina, allí donde todos los católicos deberíamos estar unidos en torno a la misma verdad. Y en cambio, la corriente conservadora ha llegado a acusar de herejía a ciertas enseñanzas del Concilio y de los Papas del postconcilio.
----------Uno de los nudos que en mi opinión todavía no han sido disueltos, para así poner fin a este desafortunado conflicto entre las dos corrientes, ha sido el cambio de la relación Estado-Iglesia, desde el régimen de la religión de Estado al régimen de libertad religiosa en los Países de antigua tradición católica, pero hoy teatro del pluralismo religioso y de la incredulidad, donde los que practican la religión católica son una pequeña minoría y en esta minoría a menudo el católico lo es de nombre pero no de hecho, ya que muchos considerados o sedicentes católicos ignoran cuáles son los requisitos esenciales del verdadero ser católico. Se trata de la actual situación civil y religiosa de la que todos nosotros somos testigos.
----------A mi modesto entender, parece faltar un trabajo de seria confrontación comparativa con atenta exegesis sobre ese delicado tema entre el magisterio pontificio del siglo XIX hasta Pío XII y el magisterio pontificio postconciliar hasta nuestros días. A la vez, me parece que los Papas del postconcilio no han explicado el porqué y el sentido del cambio histórico que en la pastoral pontificia ha tenido lugar con el abandono de la religión de Estado y la introducción del derecho a la libertad religiosa.
----------Tenemos en cambio, por una parte, una pequeña pero aguerrida minoría en la Iglesia, minoría todavía anclada a los textos del beato Pío IX o de León XIII o de san Pío X, mientras que, por otra parte, nos las tenemos que ver con los modernistas que, o se burlan de las protestas de los indietristas, o parecen tener un gusto sádico en el contraponer artificiosamente y falsamente a los Papas del siglo XIX hasta Pío XII con los del postconcilio, desacreditando y falseando el verdadero sentido de las enseñanzas del Concilio.
----------He pensado entonces aquí presentar a los lectores el informe de un debate con un lector, que se cualifica como "Pío de María Corredentora", cuyas intervenciones publico en letra cursiva y pequeña, y a las que hago seguir, como de costumbre, mis comentarios o correcciones. El debate es rico, sí, pero bastante caótico y desordenado a causa de las carencias de mi interlocutor, evidentemente no habituado a un correcto diálogo especulativo, filosófico y teológico. Mi interlocutor es, definitivamente, un pasadista, pero bien documentado en cuanto a textos pontificios, así que él me da la ocasión de mostrar cómo en el magisterio pontificio, a lo largo de los siglos, existe un elemento de continuidad, que hace referencia a la doctrina dogmática, siempre la misma, aunque continuamente profundizada, y un elemento contingente y evolutivo o de discontinuidad, expresión del gobierno de la Iglesia o de la pastoral o del poder jurisdiccional de los Papas.
   
La confrontación
   
----------1Paz y Bien. He aquí que, padre Filemón, para tratar de satisfacer su petición, he eliminado mi artículo de 79 páginas, reduciéndolo a solo 35 páginas para facilitar el debate entre usted y yo. Y he tratado de usar un lenguaje que no pueda ser interpretado como una respuesta poco humilde y respetuosa hacia usted!
   
----------Respondo: Estimado Fray Pío, aprecio que usted venga a mi encuentro en este debate. Pero esto no es suficiente. Me doy cuenta de que usted no conoce la tradición polémica que los teólogos católicos practicamos desde hace siglos. Quiero decir que el autor debe exponer su tesis argumentando, pero de tal manera que yo pueda abrazar con una sola mirada esta tesis y comprender el sentido de las objeciones. Solo en este punto estoy en condiciones de estudiarlas, interpretarlas y dar un juicio en mérito. Regúlese según este método, pues de lo contrario no le responderé.
   
----------2. Entonces, padre, hagamos algo mucho más simple. Para facilitarle aún más, le traigo los puntos más destacados de nuestro debate aquí en los comentarios. Empezando por un punto a la vez... y expresado de modo ahora más sintético. Dice el padre Filemón: "[...] La tarea de condenar las falsas ideas religiosas es función de la Iglesia, no del Estado. Pío IX y León XIII enseñan que el Estado debe respetar la ley natural y prohibir las sectas subversivas". Mi respuesta: El Estado debe respetar la ley natural y Divina! El Estado tiene el deber de impedir no solo las sectas subversivas que violan el orden público..., sino también la difusión de las herejías, etc., que constituyen en sí una violación de la Religión Católica y de la Dignidad Moral de las personas y del verdadero bien común! "Ya no son coherentes consigo mismos los que dicen, debiéndose regular según las Leyes Divinas la vida y las costumbres de los privados, no ya del Estado, y en las cosas públicas se le permita pasar por encima de los deseos de Dios, ni punto a hacer leyes. De aquí la consecuencia final de la separación entre el Estado y la Iglesia. Pero no es difícil entender la absurdidad de estas afirmaciones" (León XIII, Encíclica Libertas). "La naturaleza misma nos grita que el consorcio civil debe asegurar y facilitar a los ciudadanos vivir una vida honesta, es decir, conforme a las leyes de Dios, ya que Dios es el principio de toda honestidad y justicia, no puede ser altamente irrazonable atribuir al Estado el derecho de no preocuparse por esas leyes y también de oponerse a ellas con órdenes contrarias" (León XIII, Libertas). "El proveer con leyes sabias no solo a las utilidades y a las necesidades materiales, sino sobre todo a los bienes del espíritu de los súbditos, es el deber sagrado de los gobernantes" (León XIII, Libertas). "A promover estos bienes del espíritu, no pudiendo concebir medios más adecuados que las leyes establecidas por Dios, aquellos que no quieren que se tenga en cuenta en el gobierno de los pueblos, desvían su propósito y orden natural del poder político" (León XIII, Libertas). "El poder real se le ha dado no sólo para gobernar el mundo, sino sobre todo para la protección de la Iglesia" (san León Magno, Ad Leonem Augustum). "[Los principios] deben considerar esa autoridad que se les ha conferido no solo para el gobierno de las cosas terrenas, sino de modo especial para sostener a la Iglesia. [...] persuádanse más bien de que deben tener más en el corazón la causa de la Fe que la del reino" (Gregorio XVI, Mirari vos). "Un juicio no similar debe hacerse de lo que llaman 'libertad de enseñanza'. Estando fuera de duda que la única verdad debe informar a las mentes, porque en ella reside el bien y el fin y la perfección de las naturalezas inteligentes, la enseñanza no debe dictar más que la verdad, tanto a quien la ignora, como a quien la sabe, le dé a unos la noticia y la conserve en los otros. Es del todo contraria a la razón, y nacida para pervertir totalmente las inteligencias, esa libertad de enseñanza que se arroga una licencia para enseñar lo que le place; licencia que el público no puede conceder a los ciudadanos sin faltar a sus deberes" (León XIII, Libertas).
   
----------Respondo: Los Documentos Pontificios que usted cita son del siglo XIX. La materia tratada no es de carácter dogmático, tal que si así fuera ella puede tener un carácter permanente, sino que se trata de una materia jurídica, que, como usted bien debería saber, en el curso de los siglos ha sido objeto de diferentes tratamientos en relación con la necesidad de los tiempos y con lo que a la Iglesia le era posible realizar conformemente a lo que los tiempos le permitían.
----------En el siglo pasado, en este campo, se ha verificado un cambio histórico. El Concilio Vaticano II, en la constitución pastoral Gaudium et Spes (nn. 74-76) toma nota del hecho de que las modernas Constituciones de los Estados están obligadas ciertamente a respetar la ley natural y los derechos humanos, pero, por cuanto respecta a la religión católica, ella no puede ya ser religión de Estado, teniendo en cuenta el hecho del pluralismo religioso. De ahí el principio sancionado por el decreto Dignitatis humanae del derecho a la libertad religiosa. Indudablemente la herejía conlleva efectos prácticos dañosos para el bien común, como pueden ser la anarquía, la sedición, la corrupción de las costumbres sexuales, el homicidio y el robo. Es claro que el Estado, aunque no sea confesional, tiene el deber de actuar contra estos crímenes para la protección del bien común, pero, en materia de doctrinas religiosas, ha perdido su competencia, que sigue siendo reservada a las formaciones religiosas presentes en el Estado.
   
----------3El Estado tiene el deber de Profesar la Religión Católica! ¡Es enseñanza Infalible del Magisterio! ¡Es inmutable Doctrina Católica! La ley natural y divina prohíbe a cada hombre y al Estado ser ateo, profesar una religión falsa, y profesar el pluralismo religioso! Usted mismo escribió estas palabras textuales en un artículo suyo: "un Papa, cuando enseña a la Iglesia... desde la cátedra de Pedro, como maestro de la fe, es infalible". Por lo tanto, el Papa es infalible en materia de fe y moral en el ejercicio de su magisterio petrino, no sólo en el extraordinario, ¡sino también en el ordinario y universal! "Por Fe Divina y Católica se debe creer todo lo que se contiene en la Palabra de Dios escrita o transmitida, y es propuesto por la Iglesia o con solemne definición o con ordinario y universal magisterio como verdad revelada por Dios" (Pío IX, Concilio Vaticano I). "Tampoco se debe considerar que las enseñanzas de las encíclicas no requieran, por sí, nuestro asentimiento, con el pretexto de que los Pontífices no ejercen en ellas el poder de su Magisterio supremo... En efecto, estas enseñanzas son del Magisterio ordinario, por lo cual valen también las palabras: 'Quien os escucha a vosotros, me escucha a mí' (Lc 10,16)" (Pío XII). Lea en tanto atentamente la fuerza de las expresiones vinculantes del Infalible Magisterio del papa Pío IX en la encíclica Quanta Cura e Syllabus del 8 de diciembre de 1864: "Nos, por tanto, en tanta perversidad de depravadas opiniones, bien conscientes de nuestro apostolado y sumamente preocupados por nuestra santísima religión, la sana doctrina y la salvación de las almas, que Dios nos ha confiado, y del bien de la misma sociedad humana, hemos creído necesario elevar nuevamente nuestra voz apostólica. Por lo tanto, todas y cada una de las opiniones y doctrinas expresadas nominadamente en esta carta con nuestra autoridad apostólica, reprobamos, proscribimos y condenamos; y deseamos y mandamos que sean de todos los hijos de la Iglesia católica, consideradas absolutamente por reprobadas, prosciptas y condenadas" (Pío IX, enciclica Quanta Cura y Syllabus). Y el Syllabus del papa Pío IX condena también la siguiente proposición doctrinal: "En nuestro tiempo ya no es conveniente tener la Religión Católica como única Religión de Estado". También enseña el Magisterio del papa León XIII: "De todos los humanos deberes, sin duda el máximo y más sacrosanto es el que nos obliga a honrar con pío y religioso afecto a Dios; deber que nace del ser Dios nuestro absoluto Señor, nuestro Padre providente, nuestro primer principio y último fin" (León XIII, Libertas). "Y a quien pregunte cuál de las muchas religiones opuestas entre sí es la única que debemos seguir, la razón y la naturaleza responden ser aquella ciertamente que fue instituida por Dios y que fácilmente se reconoce por ciertos caracteres exteriores, esculpidos en ella por mano de la divina Providencia, por en lo que es tan importante cualquier error sería fatal. Así, dejando al hombre la facultad de profesar cualquier religión, se le concede poder olvidar impunemente o desnaturalizar a su gusto un deber entre todos santísimo, y por tanto inclinarse al mal, dando la espalda al supremo e inmutable bien; esto no es la libertad como se la llama, sino licencia y esclavitud de un alma abatida en la culpa. Considerada en relación con la sociedad, la libertad de cultos implica que el Estado no está obligado a profesar ni a favorecer ninguno; más bien, que debe ser indiferente hacia todos y considerarlos jurídicamente iguales, aunque se trate de naciones católicas. Pero, para que tales máximas fueran verdaderas, sería necesario que el civil consorcio o no tuviera deberes hacia Dios, o pudiera violarlos impunemente; dos cosas abiertamente falsas" León XIII, encíclica Libertas). "Los hombres unidos en sociedad no están menos sujetos a Dios que los individuos, ni la sociedad tiene menos deberes que los individuos hacia Dios [...]. Por eso, como a nadie le es lícito descuidar sus deberes hacia Dios, y lo más importante de ellos es profesar la religión en los pensamientos y en las obras, no la que cada uno prefiere, sino aquella que Dios ha mandado y que por signos seguros e indudables ha establecido ser la única verdadera [es decir la Católica], del mismo modo las sociedades no pueden sin sacrilegio comportarse como si Dios no existiera o ignorar la religión como única práctica extraña y de ninguna utilidad o aceptarla indiferentemente entre las muchas" (León XIII, enciclica Immortale Dei). "Desde el momento que es necesaria la profesión de una religión en el Estado, se debe profesar aquella que es la únicamente verdadera..., por consiguiente, los gobernantes deben conservarla y protegerla" (León XIII, encíclica Libertas). "La religión católica, siendo la única verdadera entre todas, no puede ser confundida con las demás sin ofensa gravísima" (León XIII, Humanum genus). "Santo debe ser el nombre de Dios para los príncipes, los cuales, entre sus más sagrados deberes, deben poner el de favorecer la religión [católica], de defenderla con su benevolencia, protegerla con la autoridad y el consentimiento de las leyes, ni adoptar ninguna decisión o norma que sea contraria a su integridad" (León XIII, encíclica Immortale Dei). "La pública potestad está constituída en beneficio de los súbditos... debe facilitarles la consecución de aquel supremo y último Bien, en el cual consiste nuestra eterna felicidad, Bien inalcanzable sin la práctica de la verdadera religión" (León XIII, Immortale Dei).
   
----------Respondo: Le hago presente que también los documentos pontificios del siglo XIX no dicen en absoluto que el Estado tiene el deber de profesar la religión católica, dado que ya entonces sucedía fácilmente que los gobernantes no eran católicos. Lo que estos Pontífices enseñan es que el Estado está obligado a respetar la ley natural, y por tanto no puede ser ateo, lo que implica la obediencia a los divinos Mandamientos. Es cierto, sin embargo, que estos Pontífices permiten la religión de Estado, al menos en algunos países católicos.
----------En estas enseñanzas pontificias hallamos una parte dogmática y una parte pastoral. La parte dogmática está ciertamente relacionada con la infalibilidad pontificia y enseña principios inmutables relativos a la relación del Estado con la Iglesia. Me refiero al principio evangélico: "A César lo que es de César y a Dios lo que es de Dios".
----------En cambio la parte pastoral, aun aplicando esos principios, hace referencia a la evolución histórica, por la cual los Estados europeos, que en el Medioevo, siendo gobernados por soberanos católicos, rendían homenaje al Papa, con el final del Medioevo y sobre todo con la Reforma luterana, varios Estados ya no rindieron homenaje al Papa, sino que impostaron su gobierno en sentido anticatólico. ¿Qué hizo el Papado para resolver esta situación? Ya en el siglo XVII, en Polonia, el Papa consentía que el soberano permitiera la libertad religiosa.
----------Sin embargo, hasta que llegó el Concilio Vaticano II, los Sumos Pontífices, en la medida en que a ellos les fue posible hacerlo, pidieron la religión de Estado a aquellos soberanos cuyos Países habían logrado permanecer predominantemente católicos. Sin embargo, también aquí se difundió el pluralismo religioso, y por eso los Papas de hoy se han hecho promotores de la libertad religiosa.
----------Este discurso, sin embargo, no debe entenderse en absoluto -quede bien claro- como principio liberal de la separación del Estado de la Iglesia, sino que supone el principio dogmático y evangélico del primado del poder espiritual, cuidado por la Iglesia, sobre el poder temporal, cuidado por el Estado.
----------Ahora comento algunos de los pronunciamientos pontificios que usted me cita:
   
----------a) "Y a quien pregunte cuál de las muchas religiones entre sí opuestas es la única ... pero licencia y servidumbre de un alma abatida en la culpa" (León XIII, encíclica Libertas).
   
----------Respondo: A propósito de estas palabras del papa León XIII, es necesario que nosotros nos entendamos sobre el concepto de pluralismo religioso. Al respecto, existe un concepto de tipo liberal, indiferentista y relativista, según el cual todas las religiones son simples opiniones y se excluyen los principios religiosos universales. Y existe el concepto católico de pluralismo religioso, introducido por el Concilio Vaticano II, según el cual dicho pluralismo consiste en la pluralidad de las religiones, entre las cuales el cristianismo posee el primado, mientras que al mismo tiempo las religiones están conectadas entre sí sobre la base de la religión natural. Al respecto, el Estado tiene el deber de custodiar el derecho a la libertad religiosa, impidiendo la coacción ya se trate de abandonar la propia religión o bien de abrazar otra.
----------El tipo de libertad religiosa excluido por el papa León no es evidentemente el legitimado por el Vaticano II, sino que es el indiferentista propio de la ideología liberal o masónica.
   
----------b"Considerada en relación con la sociedad, ... dos cosas abiertamente falsas" León XIII, encíclica Libertas).
   
----------Respondo: Aquí el papa León expone la concepción liberal de la libertad religiosa, que es cosa bien distinta a la enseñada por el Concilio Vaticano II. Ante todo León XIII menciona a naciones católicas, cosas que en su tiempo existían todavía, pero hoy por desgracia, como sabemos bien de los más serios análisis sociológicos, nosotros los católicos en la sociedad hemos quedado siendo una pequeña minoría.
----------En el noble discurso del papa León emerge una verdad inmutable, vale decir, la verdad de los deberes del Estado hacia Dios. Estos deberes conciernen sustancialmente al respeto de la ley natural. Por lo tanto, sigue siendo verdadero y siempre será verdadero que un Estado ateo es una tiranía insoportable y no merece nuestra estima. Por otra parte, está condenado a la catástrofe, como ya hemos visto suceder en la Unión Soviética. Por cuanto respecta a la actual situación China, sin duda este Estado se declara comunista. Sin embargo, nos da esperanza el acuerdo que este Estado ha firmado con la Santa Sede.
----------Por cuanto respecta a la actitud del Estado hacia las religiones, la posición de León es claramente a favor de la religión del Estado, por lo cual él rechaza el concepto de que todas las religiones son iguales ante el Estado. En este punto hay que hacer una delicada distinción, y esto es, hay que distinguir entre la manera masónica de tratar acerca de esta igualdad y del pluralismo religioso, y la manera propuesta por el Concilio Vaticano II. El Concilio no propone la concepción masónica del Estado, como a primera vista podría parecer. ¿Dónde está la diferencia? Que el principio católico de la libertad religiosa supone la existencia y la obligación por parte del Estado de reconocer la universalidad de la religión natural, porque las diversas religiones son diferentes realizaciones de la religión natural, aunque es cierto que el cristianismo es una religión sobrenatural. Por el contrario, ¿cuál es el programa de la masonería? Ella, con astucia, se hace la respetuosa de las diferentes religiones, pero tiene el objetivo declarado de destruir el cristianismo, en cuanto religión sobrenatural. Ahora bien, la tarea del Estado, tal como es planteada por el Concilio, no es la que todavía era válida en la época de León XIII de privilegiar el catolicismo, sino que es la de defender a la Iglesia en nombre de la libertad religiosa.
   
----------c"La religión católica, siendo la única verdadera entre todas, no puede ser confundida con las demás sin ofensa gravísima" (León XIII, Humanum genus).
   
----------Respondo: Aquí nosotros debemos distinguir las tareas del Estado de las tareas de la Iglesia. La propuesta del catolicismo, como religión superior a todas las demás, no corresponde al Estado, sino a la Iglesia. El Concilio nos dice que ha terminado aquella época en la que, existiendo los Estados católicos, los gobernantes podían hacerse sostenedores del catolicismo. Este hecho ha acabado por poner de relieve las tareas específicas del Estado. Sigue siendo verdad lo que el papa León ha dicho de los deberes del Estado hacia Dios, hacia la ley moral, hacia la dignidad humana, hacia la justicia social y hacia el bien común. Pero hoy resulta más clara que nunca la diferencia de competencias que se combinan entre sí: la del Estado, como promotor del bien común temporal; y la de la Iglesia, que es la evangelización, la instrucción católica, la administración de los Sacramentos, la promoción de las virtudes cristianas y la animación cristiana de la vida política y social, tareas que son ampliamente expresadas en la actual doctrina social de la Iglesia.
   
----------d"La pública potestad está constituída en beneficio de los súbditos... la práctica de la verdadera religión" (León XIII, Immortale Dei).
   
----------Respondo: Aquí el papa León supone la existencia de una Nación católica y del Estado correspondiente, como ha sido la norma durante siglos hasta que se inició un gradual proceso de secularización del Estado, que le ha eximido de la tarea de apoyar a la Iglesia en su misión específica. El Concilio no ha hecho más que reconocer esta situación de hecho, que lo ha llevado a asignar exclusivamente a la Iglesia la tarea de la difusión y del sostén del catolicismo. Por eso la acusación hecha por algunos al Concilio de haber favorecido la secularización de la política es una acusación falsa, porque el Concilio, al contrario, ha partido de la constatación de esta situación de hecho, exhortando encarecidamente a los católicos a ser luz del mundo y a hacerse en política animadores de la promoción de las virtudes cristianas.
   
----------4Usted está en un error gravísimo! Los documentos magisteriales son clarísimos! Se lo repito a claras letras: el Estado, como tal, tiene de sí mismo, por ley natural y divina, el deber de profesar la religión, es decir, una sola religión, es decir, la única religión, es decir, la Religión Católica! Cada hombre tiene el deber y el derecho de profesar la religión Católica, y está absolutamente prohibido a todo hombre, por ley natural y divina, ser ateo o profesar una falsa religión! ¡Y esto vale lo mismo para el Estado!
   
----------Aquí mi interlocutor volvió a repetir los textos que van desde: "Nos, por tanto, en tanta perversidad de depravadas opiniones..." hasta "...por consiguiente, los gobernantes deben conservarla y protegerla" (siete pasajes en total que aquí, por brevedad no vuelvo a copiar).
----------Respondo: Es necesario que pongamos orden en nuestra discusión. He observado que Usted interviene para objetar en el curso de mi trabajo de respuesta a sus objeciones. Para evitar que me enrede con sus intervenciones, lo cual me hace imposible el trabajo, es necesario que usted, antes de hacer este tipo de intervenciones, me deje terminar de responder a sus objeciones ya recibidas y a las cuales estoy respondiendo. Guarde por ahora para usted estas sus adiciones; espere que yo haya terminado de responder a sus tesis ya presentadas y después añadirá otras objeciones a su discreción.
----------Una cosa es el deber del Estado y otra cosa distinta es el deber de todo hombre tomado individualmente. Está claro que todo hombre tiene la obligación de abrazar la fe católica, pero, como le he dicho y repetido, la Iglesia hoy nos enseña que el Estado tiene el deber de respetar la ley natural y la dignidad humana, de evitar el ateísmo y de respetar la libertad religiosa.
   
----------a"Nos, por tanto, en tanta perversidad de depravadas opiniones, ... consideradas absolutamente por reprobadas, prosciptas y condenadas" (Pío IX, enciclica Quanta Cura y Syllabus).
   
----------Respondo: Esta firme condena del beato Pío IX respecto a los errores, contenidos en el Syllabus, se refiere a los errores doctrinales. Está claro que esta condena sigue vigente hoy. En cambio, en cuanto a las proposiciones condenadas que se refieren al régimen político o estatal de su tiempo, tal condena, a la luz de la actual enseñanza social de la Iglesia, teniendo un carácter pastoral y no doctrinal, es considerada superada por la actual doctrina social de la Iglesia.
   
----------bTambién enseña el Magisterio del papa León XIII: "Y a quien pregunte cuál de las muchas religiones opuestas entre sí ... esto no es la libertad como se la llama, sino licencia y esclavitud de un alma abatida en la culpa".
   
----------Respondo que aquí hay que hacer una clara distinción entre la religión natural, entendida y actuada por la simple razón, y una religión natural totalmente sujeta al arbitrio humano. El papa León enseña que el Estado, y esto vale también hoy, tiene el deber de respetar la religión natural y no puede tolerar una religiosidad determinada por el puro arbitrio de los individuos, porque ésta sería generadora de desórdenes y conflictos sociales, que el estado tiene el deber de eliminar.
   
----------c"Desde el momento que es necesaria ... por consiguiente, los gobernantes deben conservarla y protegerla" (León XIII, encíclica Libertas).
   
----------Respondo diciendo que reconozco que el papa León se refiere a la religión de Estado, sin embargo le recuerdo una vez más que esta recomendación del Papa, si podía valer entonces sobre todo en los Países católicos, ha sido juzgada superada por la Iglesia del Concilio Vaticano II con fundados motivos, que varias veces ya le he expuesto, y tal recomendación ha sido sustituida con la doctrina de la libertad religiosa, rectamente entendida, y no interpretada a la manera liberal o indiferentista.
   
----------5Le pedí al hereje Fray Filemón de la Trinidad que no comentara más... pero dado que lo ha hecho... ahora lo bloqueo de inmediato!!! Dice el padre Filemón de la Trinidad: "...mientras que Pío IX y León XIII consideraban útil para Italia que el Estado privilegiara la religión católica como religión del Estado". "El pasaje del régimen de la religión de Estado al derecho a la libertad religiosa ha sido decidido por la Iglesia en el Concilio Vaticano II, en la plenitud de su facultad pastoral confiada por Cristo. No hay que ver en este giro histórico nada de escandaloso, sino considerar esta decisión como adecuada a la actual situación histórica de pluralismo religioso y la que hoy permite eficazmente la difusión del Evangelio". Pero lo que usted afirma, en línea con el herético concilio vaticano II, es clara e infaliblemente condenado por el Magisterio de la Iglesia! El Magisterio del Papa Pío IX condena también las siguientes proposiciones: "En nuestro tiempo no es conveniente tener la Religión Católica como única Religión de Estado". "La Doctrina Católica es contraria al bien y a las ventajas de la sociedad humana". "De modo loable, pues, en algunos países católicos se ha establecido por ley que es lícito a los hombres que han ido a habitar allí, tener público ejercicio del culto propio de cada uno". "El Romano Pontífice puede y debe reconciliarse y hacerse amigo del progreso, con el liberalismo y con la civilización moderna" (Syllabus). Enseña el Magisterio del Papa San Pío X: "Es una tesis absolutamente falsa, un error muy peligroso pensar que hay que separar el Estado de la Iglesia. Esta opinión se basa en el principio de que el Estado no debe reconocer ningún culto religioso, y es absolutamente injuriosa hacia Dios, ya que el Creador del hombre y también el fundador de las sociedades humanas los conserva tanto en vida a ellas como a nosotros individuos aislados. Por eso le debemos no solo un culto privado sino también un culto social y honores públicos. Además, esta tesis es una negación obvia del orden sobrenatural. Limita la acción del Estado a la búsqueda de la prosperidad pública en esta vida, es decir, a la causa próxima de las sociedades políticas" (Papa san Pío X, encíclica Vehementer nos). Quisiera entonces llamar su atención, que en realidad el Papa Pío IX y el Papa León XIII no han enseñado que sea útil que el Estado profese la religión católica, ¡sino que han enseñado que el Estado tiene el deber de profesar, promover y defender la fe católica! Por tanto, repito, el Estado no debe ser laico, no debe profesar pluralismo religioso, no debe profesar una falsa religión, sino que debe profesar única y exclusivamente la Religión Católica. También enseña el Magisterio del papa León XIII: "De todos los humanos deberes, sin duda el máximo y más sacrosanto es el que nos obliga a honrar con pío y religioso afecto a Dios; deber que nace del ser Dios nuestro absoluto Señor, nuestro Padre providente, nuestro primer principio y último fin" (León XIII, Libertas). "Sin religión no se da verdadera virtud [...]; la religión, que tiene directa e inmediatamente por objeto a Dios, es de todas las demás virtudes la primera en absoluto y moderadora. Y a quien pregunte cuál de las muchas religiones opuestas entre sí es la única que debemos seguir, la razón y la naturaleza responden ser aquella ciertamente que fue instituida por Dios y que fácilmente se reconoce por ciertos caracteres exteriores, esculpidos en ella por mano de la divina Providencia, por en lo que es tan importante cualquier error sería fatal. Así, dejando al hombre la facultad de profesar cualquier religión, se le concede poder olvidar impunemente o desnaturalizar a su gusto un deber entre todos santísimo, y por tanto inclinarse al mal, dando la espalda al supremo e inmutable bien; esto no es la libertad como se la llama, sino licencia y esclavitud de un alma abatida en la culpa. Considerada en relación con la sociedad, la libertad de cultos implica que el Estado no está obligado a profesar ni a favorecer ninguno; más bien, que debe ser indiferente hacia todos y considerarlos jurídicamente iguales, aunque se trate de naciones católicas. Pero, para que tales máximas fueran verdaderas, sería necesario que el civil consorcio o no tuviera deberes hacia Dios, o pudiera violarlos impunemente; dos cosas abiertamente falsas" León XIII, encíclica Libertas). "Los hombres unidos en sociedad no están menos sujetos a Dios que los individuos, ni la sociedad tiene menos deberes que los individuos hacia Dios [...]. Por eso, como a nadie le es lícito descuidar sus deberes hacia Dios, y lo más importante de ellos es profesar la religión en los pensamientos y en las obras, no la que cada uno prefiere, sino aquella que Dios ha mandado y que por signos seguros e indudables ha establecido ser la única verdadera [es decir la Católica], del mismo modo las sociedades no pueden sin sacrilegio comportarse como si Dios no existiera o ignorar la religión como única práctica extraña y de ninguna utilidad o aceptarla indiferentemente entre las muchas" (León XIII, enciclica Immortale Dei). "Desde el momento que es necesaria la profesión de una religión en el Estado, se debe profesar aquella que es la únicamente verdadera..., por consiguiente, los gobernantes deben conservarla y protegerla" (León XIII, encíclica Libertas). "La religión católica, siendo la única verdadera entre todas, no puede ser confundida con las demás sin ofensa gravísima" (León XIII, Humanum genus). "Santo debe ser el nombre de Dios para los príncipes, los cuales, entre sus más sagrados deberes, deben poner el de favorecer la religión [católica], de defenderla con su benevolencia, protegerla con la autoridad y el consentimiento de las leyes, ni adoptar ninguna decisión o norma que sea contraria a su integridad" (León XIII, encíclica Immortale Dei). "La pública potestad está constituída en beneficio de los súbditos... debe facilitarles la consecución de aquel supremo y último Bien, en el cual consiste nuestra eterna felicidad, Bien inalcanzable sin la práctica de la verdadera religión" (León XIII, Immortale Dei). Nota: mi interlocutor, por lo visto, repite pasajes que ya ha citado.
   
----------Respondo: Le hago presente que ya el papa León X, contra Lutero, quien sostenía que los Concilios Ecuménicos pueden equivocarse, condenó esta doctrina de Lutero. Por lo tanto, usted, acusando de herejía al Concilio Vaticano II, se pone en la línea de Lutero y cae bajo la condena pontificia. En cuanto al magisterio doctrinal de Pío IX, éste, muy lejos de oponerse a las doctrinas del Vaticano II, es una preparación, como por ejemplo su encíclica Quanto conficiamur moerore de 1863, Denz. 2866, en la que el Papa describe la fe implícita de aquellos que sin culpa no conocen el Evangelio y por lo tanto se trata de una prefiguración de aquello que habría de ser el derecho a la libertad religiosa, proclamado por el Concilio.
----------Ahora comento algunas de las intervenciones pontificias, que usted cita:
   
----------a"En nuestro tiempo ya no es conveniente tener la Religión Católica como única Religión de Estado (proposición condenada por el papa Pío IX, Syllabus).
   
----------Respondo: Esta posición de Pío IX no compromete en absoluto su infalibilidad, en cuanto ue no fue una posición de tipo doctrinal, sino pastoral, posición que todavía era válida en su tiempo, sobre todo para los países católicos como Italia y España. Pero tenga usted presente que ya desde finales del siglo XVIII la libertad religiosa estaba presente en los Estados Unidos y fue establecida en Polonia incluso en el siglo XVII.
----------El hecho de que el Concilio haya generalizado el derecho a la libertad religiosa no constituye, por tanto, una contradicción con cuanto había establecido Pío IX, porque el Concilio Vaticano II juzgó que esta disposición estaba superada.
   
----------b"El Romano Pontífice puede y debe reconciliarse y hacerse amigo del progreso, con el liberalismo y con la civilización moderna" (Pío IX, Syllabus).
   
----------Respondo: Pío IX se refiere al concepto liberal de progreso y no ciertamente al progreso entendido en el sentido correcto, ya que el progresar es una ley fundamental de la vida cristiana. En efecto, san Agustín dice que la caridad que no progresa no es caridad. Por cuanto respecta a la expresión "civilización moderna", está claro que el Papa no se refiere a lo moderno como tal, que en sí es un valor, sino que se refiere a la concepción cartesiana, según la cual el pensamiento moderno sería la filosofía de Descartes.
   
----------c"Es una tesis absolutamente falsa, un error peligrosísimo pensar que hay que separar el Estado de la Iglesia. ... la causa próxima de las sociedades políticas" (san Pío X, encíclica Vehementer nos).
   
----------Respondo: Estas palabras de san Pío X siguen siendo fundamentales desde el punto de vista doctrinal. Lo único que se podría notar, que todavía denota el clima de su tiempo, es la referencia al orden sobrenatural, evidente referencia al catolicismo. Aquí parece que vemos la promoción de la religión de Estado. Aquí estamos en el plano pastoral y por tanto no nos extrañemos si hoy la Iglesia sigue una pastoral diferente.
   
----------dQuisiera entonces llamar su atención, que en realidad el Papa Pío IX y el Papa León XIII no han enseñado ... pero debe profesar única y exclusivamente la Religión Católica.
   
----------Respondo: Ateniéndonos a la enseñanza del Concilio, el Estado tiene el deber de garantizar la libertad religiosa y de intervenir en el caso que bajo pretexto de religión se provocaran sediciones o se recabara daño a la pública tranquilidad. Por cuanto respecta al concepto de laicidad del Estado, hay que distinguir el significado católico del liberal-masónico. La laicidad en el sentido católico significa simplemente que la competencia del Estado se refiere al bien común temporal, al cuidado del cual deben dedicarse los laicos en la actividad política. En cambio laicidad en el sentido liberal-masónico significa organización del Estado en sentido hostil a la Iglesia.
----------El Estado, al tener que ocuparse del bien temporal, no entra en la cuestión de distinguir verdaderas o falsas religiones. Esta obra de distinción es competencia de la Iglesia. El Estado debe simplemente cuidar la libertad religiosa impidiendo que la religión se convierta en un pretexto para provocar desórdenes o perturbación a la tranquilidad pública.
   
----------6. Por cuanto concierne a la fe implícita, ¡usted también aquí está equivocado! Porque la ignorancia inculpable no da un derecho natural al error, ni un derecho natural a no ser impedido de propagar el error! "No es absolutamente lícito invocar, defender, conceder una libertad híbrida de pensamiento, prensa, palabra, enseñanza, culto, como fueran tanto derechos que la naturaleza ha atribuido al hombre" (León XIII, Libertas). "Lo que no corresponde a la verdad y a la normal moral, objetivamente no tiene derecho ni a la existencia, ni a la propaganda ni a la acción" (Pío XII, Alocución Ci riesce).
   
----------Respondo: La fe implícita, como la entiende el beato Pío IX, no implica un derecho natural al error, que es algo que no tiene sentido, sino que se refiere a la verdad tal como aparece a la conciencia errónea en buena fe, conciencia que aun errando sigue siendo inocente ante Dios, porque erró sin culpa.
   
----------En cuanto al pasaje: "No es absolutamente lícito invocar ... tanto derechos que la naturaleza ha atribuido al hombre" (León XIII, Libertas).
   
----------Respondo: Debe tenerse bien en cuenta que el papa León no habla en absoluto de la libertad de pensamiento como tal, que es un sacrosanto derecho de todos, sino que no por casualidad habla de una "libertad híbrida". ¿Qué es esta "libertad híbrida"? Evidentemente es una falsa libertad, por la cual se nos permite concebir y difundir cualquier tipo de error, incluso los más perniciosos para la salud misma del Estado, para la salvaguardia de la libertad religiosa y del bien común.
   
----------7. ¡Usted está en contra de la doctrina católica! "Nos, por tanto, en tanta perversidad de depravadas opiniones, bien conscientes de nuestro apostolado y sumamente preocupados por nuestra santísima religión, la sana doctrina y la salvación de las almas, que Dios nos ha confiado, y del bien de la misma sociedad humana, hemos creído necesario elevar nuevamente nuestra voz apostólica. Por lo tanto, todas y cada una de las opiniones y doctrinas expresadas nominadamente en esta carta con nuestra autoridad apostólica, reprobamos, proscribimos y condenamos; y deseamos y mandamos que sean de todos los hijos de la Iglesia católica, consideradas absolutamente por reprobadas, prosciptas y condenadas" (Pío IX, enciclica Quanta Cura y Syllabus). "En nuestro tiempo ya no es conveniente tener la Religión Católica como única Religión de Estado" (proposición doctrinal condenada por Pío IX, Syllabus).
   
----------Respondo: Si usted lee serenamente, atentamente, y sin prejuicios, los documentos pontificios que me ha citado, y la interpretación que se debe dar de ellos, se dará cuenta de mi conformidad con la doctrina católica. Y si hay alguien, que está en contraste con esta doctrina, es precisamente usted, quien se permite juzgar heréticas las doctrinas del Concilio Vaticano II.
   
----------Respecto al texto pontificio: "Nos, por tanto, en tanta perversidad de depravadas opiniones ... consideradas absolutamente por reprobadas, prosciptas y condenadas" (Pío IX, enciclica Quanta Cura y Syllabus).
   
----------Respondo: En este documento el beato Pío IX condena de modo absoluto los errores doctrinales, pero no condena de modo absoluto con su autoridad doctrinal la tesis de la libertad religiosa, o bien podríamos decir que condena la concepción liberal de la libertad religiosa.
----------Ahora bien, como ya he dicho y repetido, la relación del Estado con la religión no es materia doctrinal inmutable, sino que se trata de una disciplina jurídica, que la Iglesia en su prudencia a lo largo de los siglos ha tratado teniendo en cuenta las circunstancias. Así fue como ha podido suceder que, mientras un Pío IX excluía la libertad religiosa en los Países entonces católicos, el Concilio Vaticano II, considerando el cambio histórico ocurrido en la relación entre el Estado y la religión, ha decidido reconocer el derecho a la libertad religiosa.
   
----------8. Entonces, Fray Filemón de la Trinidad...
----------A) Tengo el deber y el derecho de profesar y custodiar la Fe Católica, y por lo tanto tengo el deber y el derecho de rechazar la doctrina del concilio vaticano II que contiene enseñanzas heréticas, entre ellas la herejía de la libertad religiosa! Por lo tanto, la doctrina del concilio vaticano II no es Doctrina de Cristo, no es Doctrina de la Iglesia, no es Doctrina del Papa! Sería blasfemo decir algo así!
----------B) Las enseñanzas del concilio vaticano II se oponen claramente a las enseñanzas infalibles del papa Pío IX, del papa Gregorio XVI, del papa León XIII, del papa Pío X, del papa Pío XI, del papa Pío XII. Ahora bien, yo estoy ya vinculado a las infalibles enseñanzas Magisteriales de estos Papas, y de todos los Papas de la historia, y por lo tanto rechazo todo lo que se opone a tales enseñanzas. Note bien, Filemón de la Trinidad, el concilio vaticano II no va contra mi pobre intelecto, sino que va en contra de las enseñanzas magisteriales de los Papas a los cuales mi intelecto está vinculado para siempre! Pero Dios me ha dado también la luz natural de la razón, que iluminada y elevada por la Fe, está obligada a rechazar lo que se opone realmente a la inmutable e integral Doctrina de la Fe, ¡y a rechazar lo que resulta objetivamente contradictorio! ¿Acaso quiere por casualidad que yo ceda al fideísmo? ¡Nunca! ¡La Iglesia ha condenado también el fideísmo, y no solo el racionalismo!
----------C) ¡No me estoy haciendo árbitro del Magisterio, no me estoy sustituyendo al Magisterio! Sino que simplemente soy fiel al Magisterio de la Iglesia y de los verdaderos y legítimos Papas! El concilio vaticano II no es en absoluto enseñanza magisterial, porque quien lo aprobó no era Papa, estaba privado de la Autoridad Petrina que está divinamente asistida, ¡privado ya antes de aprobar las enseñanzas heréticas del concilio! Sea claro pues que Montini no perdió el Pontificado después de que enseñó las herejías, ni lo perdió de modo simultáneo a la herejía enseñada, porque afirmar esto es un error, es una herejía verdadera y propia, porque un verdadero y legítimo Papa, en el mismo acto en que se pronuncia y define, es infalible, no puede errar en materia de Fe y Moral! Si afirmo algo así es como si afirmo que un verdadero y legítimo Papa puede errar en el ejercicio de su Oficio Petrino, ¡y lejos de mí afirmar una cosa así!!! De lo que estoy diciendo, no se desvirtuen mis palabras, es que la enseñanza herética pronunciada y favorecida por Montini, y por su conciliábulo, es signo manifiesto, que ya garantiza de por sí, e incluso antes de una declaración oficial por parte de la Iglesia, que él (Montini) no era Papa ya antes de la herejía enseñada, de lo contrario no podría enseñar la herejía si hubiera estado realmente en posesión de la Autoridad Petrina, y por tanto en posesión del Carisma de la Infalibilidad! Es evidente que el conciliábulo vaticano II, no es realmente enseñanza del Papa, ni tampoco es enseñanza de la Iglesia Docente, porque los obispos, ya sean tomados individualmente, o bien reunidos juntos, no estén dotados del Carisma Divino de la Infalibilidad. ¡Solo a Pedro y a sus verdaderos y legítimo sucesores, Cristo ha dado y da el carisma de la infalibilidad! Los obispos participan de la infalibilidad de la enseñanza, ya sean dispersos o reunidos en un concilio, pero con el Papa a la cabeza, y unidos al Papa, y no sin el Papa o contra el Papa! Enseña el Magisterio del Papa San Pío X: "El Papa y los obispos unidos con él, constituyen la Iglesia Docente" (Catecismo de las Doctrina Cristiana n.114). "La Iglesia Docente se compone de todos los obispos con el Romano Pontífice por cabeza, tanto si están dispersos como si están congregados en Concilio" (Catecismo Mayor n. 185). "La Iglesia Docente no puede errar al enseñarnos las verdades reveladas por Dios: es infalible" (Catecismo de la Doctrina Cristiana n.115). "Todos estamos obligados a escuchar a la Iglesia Docente bajo pena de eterna condena, porque Jesucristo dijo: quien a vosotros escucha me escucha a mí y quien os desprecia me desprecia" (Catecismo Mayor n.188).
----------D) Un verdadero y legítimo Papa es infalible también solo, no como doctor privado, sino en el ejercicio de su Magisterio Extraordinario y Ordinario. Enseña el Magisterio de los Papas: "El Papa, solo, no puede errar en enseñarnos las verdades reveladas por Dios, es decir, es infalible como la Iglesia, cuando como Pastor y Maestro de todos los cristianos, define doctrinas sobre la Fe y las costumbres" (San Pío X, Catecismo de la Doctrina Cristiana n.116). "Esta sede de San Pedro siempre permanece inmune a cualquier error, según la promesa divina del Señor Nuestro Salvador" (Pío IX, Constitución Apostólica Pastor Aeternus)! Por lo tanto, Fray Filemón de la Trinidad, si usted afirma que los ocupantes modernistas, que ocupan la Sede Petrina solo materialmente, son legítimos Papas, es como si dijera que la Sede de San Pedro no sería inmune a todo error! No se puede en absoluto negar que estos ocupantes modernistas han enseñado y favorecido verdaderas y propias herejías, y por lo tanto ellos no son verdaderos Papas! "Por Fe Divina y Católica se debe creer todo lo que se contiene en la Palabra de Dios escrita o transmitida, y es propuesto por la Iglesia o con solemne definición o con ordinario y universal magisterio como verdad revelada por Dios" (Pío IX, Concilio Vaticano I).-"Tampoco se debe considerar que las enseñanzas de las encíclicas no requieran, por sí, nuestro asentimiento, con el pretexto de que los Pontífices no ejercen en ellas el poder de su Magisterio supremo... En efecto, estas enseñanzas son del Magisterio ordinario, por lo cual valen también las palabras: 'Quien os escucha a vosotros, me escucha a mí' (Lc 10,16)" (Pío XII).
----------E) Normalmente, antes de que se pueda tener una constatación objetiva en el foro externo, no se pone en duda el consentimiento de aceptación formal del elegido al Papado; ¡sería una cosa temeraria! PERO, en principio no se excluye la posibilidad de un vicio de consentimiento por parte del designado, y es precisamente lo que ha sucedido con estos ocupantes modernistas! Esto lo sabemos precisamente por la constatación pública del foro externo, por sus palabras públicas y por su comportamiento público, ¡que revela la intención objetiva de tales sujetos! En efecto, el acto de aceptación que el nombrado y designado al Papado pone para convertirse efectivamente en Papa, es un acto humano, realizado por quien no goza aún de la infalibilidad Pontificia, porque el carisma Divino de la Infalibilidad Papal es dado al designado después de su aceptación y no antes! Por lo tanto, no está de por sí garantizado que el designado no ponga un vicio de consentimiento, de lo contrario tendríamos que decir que el designado sería formalmente Papa antes incluso de su aceptación, ¡lo cual va en contra de la fe y de la razón! Si ya un Papa no es infalible como persona privada, como doctor privado (el Papa es infalible en el ejercicio de su Oficio Petrino en materia de Fe y Moral y de todo lo que está indisolublemente conectado con la Fe y la Moral), ¡y menos aún si es infalible un simple designado que todavía no es formalmente Papa! Por lo tanto, la aceptación del Papado no es un acto de un Papa que cumple en el ejercicio de su Oficio Petrino; ¡sino un simple acto humano de un sujeto designado al Papado! La aceptación es una condición necesaria para recibir el Papado formalista que posteriormente se podrá y deberá ejercer. Pero tal aceptación no debe ser solo verbal y escrita, sino que debe ser un acto humano sin vicio de consentimiento, sin que se ponga el obex a la recepción de la Forma Papal, ¡de lo contrario ese sujeto designado no se convierte verdaderamente en Papa!
   
----------Respondo: a cada uno de sus puntos:
----------Respondo a A): La doctrina de la libertad religiosa, contenida en el Decreto Dignitatis Humanae, en cuanto doctrina de un Concilio, debe considerarse verdadera. Tanto más que aquí el Concilio cita la revelación. Si, por lo tanto, quien se considera católico, se atreve a acusar de herejía esta doctrina cae a su vez en la herejía.
----------Respondo a B): La doctrina de la libertad religiosa pertenece al ámbito de la reglamentación jurídica de la relación de la Iglesia con el Estado. Ella es anunciada por el Concilio Vaticano II sobre la base de la Revelación y está definida como derecho civil, que cae, por tanto, en la competencia del Estado, y se presenta, por lo tanto, como una obligación del Estado y la razón de una buena relación con la Iglesia.
----------El hecho de que los Papas del siglo XIX no admitieran el derecho a la libertad religiosa se debía a dos motivos. Uno. La referencia que hacían a los Estados europeos, que habían permanecido católicos después del cisma de Oriente y después de la Reforma protestante. De ahí el sostén a la religión de Estado. Dos. El hecho de que la libertad religiosa era presentada por la ideología liberal y masónica como un pretexto para la difusión del escepticismo religioso y la destrucción de la Iglesia Católica.
----------Respondo a C): Todo este su discurso está basado sobre la negación de que san Paulo VI fuera un Papa legítimo. Le hago presente que, cuando la Iglesia canoniza a un Papa, ella indica infaliblemente un modelo de santidad pontificia. De aquí se ve cómo no puede ser definido católico quien niega la legitimidad del Pontificado de san Paulo VI.
----------Respondo a D): Los Papas del Concilio Vaticano II y del postconcilio son Papas legítimos, tres de los cuales incluso han sido canonizados. Por lo tanto, acusarlos de herejía supone que un Papa pueda ser herético. Pero quien acusa de herejía a un Papa es a su vez hereje.
----------Respondo a E): Cuando el elegido al oficio pontificio ha sido elegido por un Cónclave regular y el elegido consiente, no puede haber ningún vicio de consenso, sino que el elegido decide sabiendo lo que hace y con recta intención. Si no fuera así, la sucesión apostólica se perdería. En efecto, Cristo ha prometido a Pedro, poniéndolo como piedra angular de la Iglesia, que su carisma duraría hasta el fin del mundo.
----------Es necesario admitir, por lo tanto, que el libre consentimiento del elegido al Sumo Pontificado es infalible, porque está sostenido por el Espíritu Santo, el Cual en ese momento asegura a la Iglesia el Sucesor de Pedro.

23 comentarios:

  1. Es una lástima que se niegue cerradamente a dar una discusión seria sobre el alcance de la infalibilidad papal. En el fondo, el sedevacantista con el que está discutiendo piensa lo mismo que usted, todo lo que enseña el Papa es infalible. En el caso del sedevacantista, concluye que no hay Papa. Usted recurre a una serie de trampantojos intelectuales ("dogmatiza" el magisterio reciente, relativiza el magisterio anterior) para salvar las dificultades, que en la medida que avanzan los desaciertos bergoglianos se hacen enormes. Son dos vías muertas. Por otra parte, la afirmación de que un papa no puede ser hereje es harto discutible, la mayoría de los grandes autores sostienen que es factible. Y la conclusión que Ud saca es completamente desacertada: "quien dice que el Papa puede ser hereje es hereje", porque manda al infierno de los herejes, por ejemplo, a San Roberto Belarmino, a Suárez o a Cayetano.
    Es una pena, porque Ud es un buen teólogo cuando analiza sub specie eternitatis, pero sesgado por sus fobias teológicas y supongo que por la herencia maritaniana, que a la larga se ha manifestado como nefasta.
    Sé que no va a publicar esto, faltaba más, pero con que lo lea me siento satisfecho. Toto corde

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    1. Estimado Ludovicus,
      de la acusación que usted me hace, yo entiendo que usted nunca ha leído mis publicaciones, en las que difundo las verdades que desde décadas vengo enseñando, y desde hace algunos años publico en este blog, publicaciones dedicadas a aclarar cuáles son los grados de autoridad de las doctrinas pontificias, y por lo tanto, cuando es lícito criticar al Papa y cuando no es lícito.
      Por consiguiente, antes de hacerme acusaciones calumniosas (aunque yo sé que a usted esto le resulta difícil), por favor lea lo que he estado enseñando durante años y luego retornaremos a discutir.
      El artículo en tres partes que estoy publicado, se trata de un debate en el que le he explicado a mi interlocutor, Fr Pío de María Corredentora, por qué la pastoral pontificia postconciliar ha cambiado las directrices, que fueron dadas por los Papas del siglo XIX.
      Por lo tanto, yo no he relativizado en absoluto ningún dogma, porque el principio de la religión de Estado no era en absoluto un dogma, sino que era simplemente una forma de relación diplomática y jurídica, de derecho positivo, de la Iglesia con el Estado, por lo tanto, se trataba de una práctica prudencial en el campo de la cual la Iglesia tiene plena facultad de cambiar a su arbitrio.
      Como he estado repitiendo durante años en la cátedra académica, y ahora en mis escritos, las doctrinas de Belarmino, Suárez y el Gaetano no pretenden sostener la posibilidad real de un Papa herético, porque eso sería herejía, y lo he explicado muchas veces, y el motivo es que si un Papa fuera herético, deberíamos decir que Cristo nos ha engañado cuando ha prometido su asistencia a Pedro.
      Las doctrinas de esos ilustres teólogos tienen un carácter puramente académico de lógica formal, para decir que si un Papa fuera hereje, en tal caso, o no sería verdadero Papa o merecería ser depuesto. El razonamiento es formalmente correcto, pero está claro que esos teólogos daban la hipótesis de un Papa hereje como una pura hipótesis imaginaria, en ámbito académico, pues su fe católica les impedía (como debe impedirnos a nosotros) imaginar la posibilidad real de un Papa herético.
      Lo que esos teólogos entendían enseñar es todo lo contrario de lo que usted les hace decir. Ellos confirman de hecho que un Papa nunca puede ser herético, en el sentido de que siempre hay que escucharlo cuando enseña como Papa, precisamente porque es el Papa.
      Sé que usted no es teólogo. Por lo tanto, trate de reflexionar sobre lo que le digo yo, con cincuenta años de experiencia como teólogo fiel a la Iglesia.
      Por cuanto respecta a Maritain, le hago presente (y esto porque a usted debe importarle, si se considera católico) que ha sido muy recomendado como modelo de teólogo por dos Papas que son Santos, San Paulo VI y San Juan Pablo II. No hace falta que le diga lo que significa para un católico despreciar una recomendación o llamamiento del Romano Pontífice.

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  2. Y la verdad, sus afirmaciones sobre el papado son muy racionalistas y no consultan la evidencia histórica. No le vendría mal un poquito de método Chénu, que era progre pero inteligente.

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    1. Estimado Ludovicus,
      rechazo esta acusación general, que no me indica con precisión de qué se trata. Lamentablemente, usted está acostumbrado a la mala práctica de lanzar acusaciones, sin argumentar para fundamentarlas.
      Por cuanto respecta a Chenu, tengo por él una gran estima. Sin embargo, tenga usted presente que, debido a su historicismo, tuvo que firmar algunas proposiciones anti-historicistas, que le fueron impuestas por el Santo Oficio.
      Del Padre Chenu yo no diría que "era progresista, pero era inteligente", sino que diría que era inteligente precisamente porque era progresista y no modernista.

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    2. P. Serafín Savelloni3 de octubre de 2024, 11:56

      Estimado padre Filemón de la Trinidad,
      mucho me temo que existen diálogos sumamente difíciles (imposibles?) de llevar a cabo. Y uno de esos casos, del cual tengo experiencia, es el caso de intentar dialogar con quien identifica en la Iglesia progresismo y modernismo. Da la impresión que quienes hacen identificación (pasadistas, por supuesto) son como los mormones o los testigos de Jehova, que lo único que hacen es repetir su folletito proselitista, bien memorizado, sin salirse del libreto, y sin escuchar a aquel con quien están hablando. No hay caso: no les entran las balas...

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    3. Pues la línea es muy delgada, Serafín. Una vez que se admite un progreso ineluctable en la doctrina de la Iglesia, el modernismo ya ha aparecido. La idea de un progreso necesario, y no la posibilidad de desarrollos anómalos, abre la puerta a cualquier novedad, como indicaba San Vicente de Lehrins.

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    4. Estimado padre Serafín,
      efectivamente, existe el hábito entre los filolefevrianos y en los pasadistas de identificar a modernistas y progresistas. ¿Cuál puede ser el motivo de esta confusión? Es el dato de hecho de que ellos tienen suma dificultad para apreciar el valor del progreso y de la renovación. A ellos lo nuevo les aparece como traumático, escandaloso y en conflicto con la Tradición. De manera similar, en la literatura latina el novum es por definición algo que destruye un valor adquirido. Por desgracia, este modo de expresarse está de algún modo presente también en el lenguaje del magisterio preconciliar.
      Es necesario, en cambio, que nos recordemos cuánta importancia tiene la novedad en la revelación bíblica. En la Biblia, sobre todo el Espíritu Santo, es ese Espíritu que "renueva la faz de la tierra". Y san Pablo habla del cristiano como nueva creatura. El Nuevo Testamento sucede al Antiguo.
      En ello se supone que lo nuevo sea fruto de un progreso y también de un cambio, ya que lo viejo ya no sirve más. Hay que tener cuidado de distinguir lo viejo de lo antiguo. Lo viejo es para abandonar y lo antiguo es para conservar. ¿Qué relación hay entre lo antiguo y lo nuevo? Existe una continuidad. En cambio, entre lo viejo y lo nuevo hay una sustitución: lo nuevo sustituye a lo viejo.
      Hagamos ahora una conexión entre lo nuevo y lo moderno. Es evidente que en línea de máxima se trata de dos valores. Por otra parte, se supone que lo nuevo sea fruto del progreso, que significa mejoramiento. Al mismo tiempo se supone que lo nuevo sea moderno y viceversa.
      Veamos ahora qué es el modernismo. Es una modernidad o una novedad que no es un verdadero progreso o que incluso es algo nocivo. Desde este punto de vista los pasadistas tienen razón en rechazar el modernismo. ¿Pero dónde se equivocan? Precisamente en el confundir el modernismo con lo moderno y con el progreso. El modernismo es dañoso, porque también pretende juzgar el Evangelio a la luz de la modernidad, asumiendo así también los errores de la modernidad. En cambio, el verdadero progreso juzga la modernidad a la luz del Evangelio, rechazando de la modernidad sus errores.
      El pasadista (o indietrista como dice el Papa), confundiendo modernismo y progreso, viene a rechazar los valores del progreso, considerando como modernista lo que es verdadero progreso. Caso emblemático es el juicio que dan del Concilio Vaticano II, del cual no saben apreciar el elemento de progreso y lo confunden con una expresión de modernismo.

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    5. Estimado Ludovicus,
      antes de comentar la respuesta que usted le ha dado a la intervención del padre Serafín Savelloni, permítame repetir aquí algunos pensamientos que he desarrollado al inicio de mi publicación de hoy.
      Un diálogo honesto no se desarrolla cuando los interlocutores lanzan al aire sus ideas, cada uno las suyas, sin escucharse, sin tenerse en cuenta, sin acordar o rebatirse en los temas y en los puntos expresados, de manera ordenada y consecuente. Eso lo hacen los relativistas o subjetivistas, o sea, los que en el fondo creen que no existe la verdad, creen que la verdad no es una sola, y que cada quien tiene "su verdad".
      Básicamente, y para decirlo tan sólo de modo breve, un diálogo honesto, sin que llegue necesariamente a convertirse en un diálogo filosófico o teológico, o sea, me refiero a un común diálogo entre gente simple sencilla y honesta, se produce cuando uno de los interlocutores plantea su afirmación, el otro la escucha, acuerda con ella, o bien la enriquece de otros elementos que a su vez son discutidos, o bien plantea objeciones, que a su vez el otro escucha, y acuerda con ellas o bien las rebate, o acepta a medias, aportando sus argumentos (de razón o de fe, según los casos), argumentos que a su vez son tenidos en cuenta por el interlocutor, y aceptados o rebatidos, y así sucesivamente.
      Es lo que Aristóteles y Tomás de Aquino llaman la "dialéctica" (que nada tiene que ver con la dialéctica hegeliana, que no respeta el principio de no-contradicción), dialéctica aristotélico-tomista que se mantiene en el ámbito de la opinión, como propedéutica a la ciencia. Es muy fácil advertir que la verdadera protagonista en tal dialéctica, en tales diálogos, no son por supuesto las personas que dialogan, sino la verdad, la cual es sinceramente buscada, explicitada y profundizada.
      Esta es sólo una pequeña y sensata lección sobre el arte del diálogo y del debate, arte lamentablemente hoy poco conocido, porque se prefiere la dialéctica hegeliana a la aritotélico-tomista.
      Hoy se habla continuamente de diálogo, pero como a menudo no se practica en un sentido tomista, encontramos formas de diálogo o inconcluyentes o un diálogo entre sordos o encontramos la contienda, todas cosas que no solo no llevan a nada, sino que no favorecen la verdad ni la paz de los ánimos.
      Estimado Ludovicus, ¿cree usted que estás llevando a cabo un diálogo honesto? o bien ¿sólo está defendiendo su ideología?

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    6. Estimado Ludovicus,
      por cuanto respecta a la respuesta que usted le ha dado al padre Savelloni, permitáme hacerle presente, que la polémica contra el progreso necesario yo la he encontrado en Maritain. El gran filósofo tomista francés, el mayor tomista del siglo pasado, se refiere con ese tema al concepto racionalista y masónico de progreso, presente también en el Iluminismo del siglo XVIII.
      ¿De qué se trata?
      Se trata de una gran presunción, es decir, de la convicción de la posibilidad de un progreso humano irreversible, como efecto de la simple razón y voluntad humanas. Es claro que esta arrogante jactancia supone la ignorancia de las consecuencias del pecado original.
      Esta idea iluminista tiende, por otra parte, a considerar como progreso también la abolición de valores tradicionales. Y esto es ciertamente un error. En eso estoy de acuerdo con usted cuando habla del modernismo.
      Por cuanto respecta a San Vicente de Lerins, su doctrina del progreso dogmático ha sido citada varias veces por el Magisterio de la Iglesia, por lo que no puedo más que hacerla mía también.
      Ya iré respondiendo a sus demás intervenciones.

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  3. Finalmente, su idea de "progreso" aplicado a la doctrina de la Iglesia es errónea, debería ser revisada. Está sesgada por la idea moderna condorcetiana y hegeliana, que es lo que le pasó a Maritain con su famoso "doble progreso de la Historia". En la Iglesia no hay progreso, hay desarrollos doctrinales (Cf. San John Newman), algunos consistentes y ortodoxos, otros anómalos, y hay épocas de retroceso (dígame si no el "progreso" que hubo en el siglo X).

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    1. Estimado Ludovicus,
      mi idea de progreso, que es también la de Maritain y del Santo Padre, no tiene nada que ver con Condorcet y Hegel, sino que se basa en Aristóteles y santo Tomás de Aquino. En efecto, no implica en absoluto un proceso dialéctico, sino que es un pasaje de la potencia al acto y más precisamente es un avance, es un caminar hacia una meta y por tanto es un perfeccionarse, un mejorarse y un enriquecerse.
      De hecho, progreso viene de pro-gressus, que significa caminar hacia. Tenga presente que la palabra sínodo, sin-odo, también significa lo mismo: caminar juntos. Esta es la idea evangélica de progreso, idea que resulta claramente de aquellos pasajes del Evangelio que nos estimulan a caminar hacia el reino de Dios.
      La exhortación a la conversión ¿qué es sino una exhortación a caminar hacia Dios? Esta idea se expresa en las palabras del Papa: "Vayan adelante". El mismo san Agustín de Hipona dice: "La caridad que no progresa, no es caridad".
      Cuando Maritain habla del doble progreso, quiere decir una cosa importantísima y conforme a la Escritura, es decir el hecho de que en la historia existe una progresiva manifestación del Espíritu Santo, que hace que la Iglesia avance siempre hacia adelante y suscita en ella iniciativas nuevas. Pero, junto a este progreso benéfico, existe también un progreso en el mal, en el sentido de que el demonio falsifica estos pasos adelante. Doy un ejemplo. Con el Concilio Vaticano II se ha producido un progreso inspirado por el Espíritu Santo. ¿Qué hizo el demonio? Ha inspirado el modernismo, que es una falsificación de la renovación conciliar.
      Tenga presente que decir desarrollo doctrinal o decir progreso es lo mismo y, además, está claro que un progreso doctrinal genera un progreso moral. ¿De qué es maestra la Iglesia, si no de progreso moral?
      Sin embargo, es cierto que en la historia de la Iglesia hay períodos de retrocesión, decadencia y de involución. Y todos sabemos cómo uno de estos períodos fue precisamente el siglo X. Sin embargo, es interesante observar que incluso en este período oscuro, que registra aquellos Papas de mala conducta, ningún Papa ha caído en la herejía.
      Por desgracia, los fenómenos de retrocesión también existen hoy en día y son los que el Papa llama los indietristas. ¿Quiénes son estos indietristas? Son católicos, los cuales, al no haber comprendido el progreso propuesto por el Concilio, quisieran volver a los tiempos de Pío XII. ¿Qué hacer con estos católicos? Es necesario usar mucha caridad y tratar de persuadirlos de que con el Concilio la Iglesia es siempre la misma y más bella aún que antes.

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    2. Advierto falta de rigor en sus conceptos. Parecería que identifica progreso con el transcurso de la Historia, no con la perfección, por eso identifica la restauración o retrocesión con el mal. Por ejemplo, si alguien quiere retomar una etapa pasada de mayor desarrollo o mejor usted lo motejaría de indietrista, yo lo llamaría restauración, que es volver a repristinar un ente en su perfección. Augusto restauró Roma, San Gregorio VII restauró el pontificado, León XIII restauró el tomismo. No existe un progreso de la Historia ni de la Iglesia, lo que hay es tiempos de mayor o menor fidelidad, de mayor o menor desarrollo, de la doctrina y eventualmente de la moral. En tiempos de la crisis arriana, había que ser indietrista con Atanasio y no con casi todos los obispos. En tiempos del siglo de hierro, había que ser como san Gregorio, no como Juan XII. Su concepción esta infectada de historicismo, como la de Maritain.

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    3. Estimado Ludovicus,
      me complace, me alegra mucho (y le agradezco el esfuerzo) que usted, de modo sereno y respetuoso, pueda llevar adelante este diálogo, escuchándonos y estando atentos a lo que vamos exponiendo y planteando eventualmente las objeciones a medida que avanza la discusión, y nos tenemos en cuenta recíprocamente, y vayamos respondiendo y encontrándonos punto por punto, con orden y paciencia.
      Ahora bien, por cuanto respecta a lo que aquí me expresa, es necesario que nos entendamos acerca de dos conceptos: el de restauración y el de indietrismo.
      La restauración puede ser entendida en un sentido bueno o en un sentido negativo. Por ejemplo, el trabajo del restaurador de cuadros antiguos, es altamente meritorio. Estoy de acuerdo con usted en apreciar la obra de restauración del tomismo, promovida por León XIII.
      En este sentido, ¿qué quiere decir restaurar? Significa volver a poner o remitir en el ser, en la existencia, un valor que había sido olvidado o perdido. Está claro que en este trabajo es necesario ir hacia atrás en el tiempo pasado para verificar qué es lo que también puede funcionar hoy y qué es lo que, en cambio, es necesario abandonar.
      Existe, por el contrario, un sentido negativo de la palabra restauración, que ha tenido su origen en la así llamada restauración operada por el Congreso de Viena de 1815, cuando se volvieron a colocar en el trono a los soberanos que anteriormente habían sido tiranos y habían sido desalojados por el movimiento de la Revolución Francesa.
      Teniendo en cuenta esta distinción, está claro que la restauración no significa necesariamente retrocesión, sino que la restauración se presenta como una opción beneficiosa, aun cuando no presenta nada nuevo, sino que se limita a recuperar un valor antiguo, que había sido olvidado.
      Por el contrario, el mero retroceder no es signo de apertura a lo nuevo, sino que representa un miedo a lo nuevo, o bien puede ser signo de cobardía, es decir, de falta de valor para afrontar una nueva dificultad.
      El restaurar puede representar sin duda un proceso de perfeccionamiento o incluso un progreso. Por cuanto respecta al curso de la historia yo no identifico en absoluto el progreso con el curso de la historia sic et simpliciter, como hace Hegel, porque admito que en el curso de la historia existen también momentos de involución o de decadencia.
      Como ya le he dicho, yo, con Maritain, no acepto la doctrina iluminista del progreso necesario, porque conozco muy bien los que son los inevitables fracasos de la fragilidad humana.
      Existe solamente una forma de progreso imparable, irrefrenable, que es el de la Iglesia, porque es movida por el Espíritu Santo hacia siempre nuevas etapas en su camino hacia el reino de Dios. Lo cual no quita que también en la Iglesia existan fenómenos de indietrismo o de carácter involutivo, los cuales sin embargo siempre pueden ser corregidos, si aquellos que son víctimas de tales equívocos se abren con sinceridad a las novedades del Espíritu.
      Por cuanto respecta al adjetivo indietrista, un término que ha sido inventado por el papa Francisco, ¿qué es lo que ha querido decir el Papa? Ha entendido referirse a aquellos católicos que, en lugar de avanzar, retroceden por la nostalgia de un pasado, que ya es pasado. El Papa se refiere por ejemplo a aquellos que no aceptan las novedades del Concilio Vaticano II y quisieran que la Iglesia volviera a ser como antes del Concilio.
      El Papa desaprueba esta mentalidad, porque ella no reconoce los progresos realizados por la Iglesia gracias al Concilio Vaticano II, Concilio que estos indietristas consideran erróneamente como infectado por el modernismo. Yo, por mi cuenta, aunque no soy el único que lo ha hecho, he acuñado el término "pasadista", que tiene un significado similar: no subraya el volver atrás (que a veces, como he dicho, puede ser necesario para recuperar un valor olvidado), sino un amor exagerado por el pasado.

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  4. Como sabe que no soy teólogo? Ud no sabe quien soy.

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    1. Estimado Ludovicus,
      es que usted lo ha dicho; y aunque no lo hubiera dicho, salta a la vista, y cualquiera puede advertirlo a la primera mirada a sus publicaciones.
      Por otra parte, hace tiempo que la persona que me ayuda en la administración de este blog ha detectado su identidad. Usted sabe que hemos venido bloqueando sus intervenciones, de hecho en su primer comentario aquí, usted daba por descontado que no le publicaríamos su comentario.
      De modo que tome como un gesto benevolente de mi parte que haya permitido que sus últimos mensajes fueran publicados, y se los estoy respondiendo con la esperanza de que alguna vez usted lleva a cabo un diálogo verdadero. Rezo por ello, para que el Espíritu Santo abra su corazón.
      En todo caso, usted sabe que este foro está habilitado para intentar honestos diálogos, idealmente filosóficos o teológicos, o al menos diálogos sencillos y coherentes. Por lo tanto, ni este blog ni este foro es una tertulia para catarsis relativistas o subjetivistas como los foros o blogs en los que usted participa. Y sabe que precisamente por eso, porque usted en repetidas ocasiones ha tomado este foro como una tertulia para emitir cualquier tipo de declaraciones sin argumentos o faltando muchas veces el respeto a las personas o a la Iglesia, y particularmente calumniando al Papa (como lo hace habitualmente en sus publicaciones), es precisamente por eso que se le han bloqueado repetidamente sus mensajes. Usted sabe todo esto.
      Es mi sincero deseo, de todo corazón, que usted pueda llevar adelante aquí un diálogo respetuoso y honesto, como es evidente que hasta ahora no ha sabido hacerlo.

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  5. Es muy difícil discutir con usted, porque no es honesto intelectualmente. Es falso que los trabajos de Belarmino o Suarez o la misma bula Cum ex Apostolato fueran ejercicios lógicos. Basta leerlos.

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    1. Estimado Ludovicus,
      al no existir registro en latín en el sitio de la Santa Sede, he leído el texto en su versión en italiano (suponiéndolo más confiable) de la Bula Cum ex Apostolatus Officio, publicado en el sitio Cooperatores veritatis:
      https://cooperatores-veritatis.org/2018/04/10/paolo-iv-cum-ex-apostolatus-officio-infallibilita-papale/
      Sin embargo, me he dado cuenta de que la traducción es falsa. De hecho falta una palabra decisiva, sin la cual el texto parece decir lo opuesto a aquello que quiere decir. El Papa no pretende en absoluto plantear la hipótesis de un Papa herético, sino todo lo contrario, pues aborda la gravísima cuestión de su propia responsabilidad de Vicario de Cristo en un momento histórico dramático, signado por la grave rebelión de Lutero.
      Publico a continuación el texto corregido (en mi versión en español), añadiendo la palabra que falta en caracteres mayúsculos. Este es el pasaje que interesa:

      "Nos, consideramos que esta situación es de tal gravedad y de tanto peligro que el mismo Romano Pontífice, el cual actúa en la tierra cual Vicario de Dios y de Nuestro Señor Jesucristo y ha tenido plena potestad sobre todos los pueblos y reinos, y a todos juzga sin que por nadie pueda ser juzgado, si ALGUNO sea reconocido desviado de la fe, pueda ser reprendido, y que cuanto mayor es el peligro, tanto más diligentemente y de modo completo se debe proveer, con el propósito de impedir que los falsos profetas u otras personas investidas de jurisdicción secular puedan arrebatar miserablemente a las almas simples y arrastrar consigo a la perdición y a la muerte eterna innumerables pueblos, confiados a su cuidado y gobierno para las necesidades espirituales o temporales; ni ocurra en ningún tiempo EL ver en el lugar santo la abominación de la desolación predicha por el Profeta Daniel, deseosos como somos, por cuanto nos es posible, con la ayuda de Dios y como nos impone nuestro deber de Pastor, el capturar a los zorros que intentan destruir la viña del Señor y mantener alejados a los lobos de los apriscos, para no aparecer como perros mudos que no tienen ganas de ladrar, para no sufrir la condena de los malos agricultores o ser asimilado al mercenario".

      De las palabras que siguen a cuanto el papa Paulo IV acerca de aquel que es "reconocido desviado de la fe", se entiende claramente que la intervención censoria no se refiere en absoluto al Papa, sino a los falsos profetas y otras personas.

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    2. Estimado Ludovicus,
      respecto a las posiciones de Belarmino, Suárez y el Gaetano, puedo decirle dos cosas. Por un parte conozco la grandeza de estos teólogos, y por otra parte, como le he explicado con claridad, no es posible que un Papa pueda ser herético, porque eso tendría como consecuencia el acusar a Jesucristo mismo de falsedad.
      Por lo tanto, para saber que estos teólogos no acusan a Cristo de falsedad ¿debería yo leer lo que han escrito? Creo saberlo, aunque no he leído cuanto han escrito.

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    3. Léala entera amigo, léela entera;

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    4. Aquì va la parte alusiva. Quiero resaltar, para evitar que maree la perdiz, que no estoy aduciendo que la bula se encuentre vigente, ni siquiera me parece feliz la decisión tomada por el papa Caraffa. Solamente la he traído supra como ejemplo de que en muchos autores se contempla la posibilidad de un papa hereje. Personalmente, me inclino por creer que un papa no puede serlo de modo formal, sí en privado, pero de ninguna manera califico de herejes a los autores que han considerado posible esta situación, la cuestión sub iudice est.

      (si) asimismo un Romano Pontífice se hubiera desviado de la fe Católica o hubiera caído en alguna herejía, [incurrido en cisma o los hubiera suscitado o cometido] antes de su promoción o de la asunción como Cardenal o Pontífice Romano, que tal promoción o asunción sea nula, írrita e inane, incluso si se hubiera realizado con acuerdo y consentimiento unánime de todos los Cardenales; y que no pueda considerarse válida o tener validez por el recibimiento del cargo, por la consagración, o por la consiguiente posesión o cuasi-posesión de mando y administración, por la entronización o adoración de ese Romano Pontífice, por la obediencia que todos le hayan prestado o por haber transcurrido un tiempo cualquiera en tales situaciones;
      y no sea tenida por legítima en ninguna de sus partes;y ni se considere que se ha otorgado o se otorga facultad alguna de administración en lo espiritual o en lo temporal a esas personas por su promoción a Obispos, Arzobispos, Patriarcas o Primados o por su asunción como Cardenales o como Pontífice Romano; por el contario, todas y cada una de sus declaraciones, hechos, actos y directivas, así como cualquiera de las consecuencias subsiguientes, carezcan de fuerza y no otorguen en adelante ninguna confirmación ni derecho a nadie;

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    5. Estimado Ludovicus,
      he leído la tesis de Belarmine, y se trata precisamente de lo que imaginaba. La fórmula utilizada en este caso es una fórmula escolástica, que se expresa con estas palabras: "admitido y no concedido". ¿De qué se trata? Se trata de deducir una consecuencia lógica, partiendo de premisas, que vienen consideradas verdaderas sólo hipotéticamente, pero que en realidad son consideradas falsas.
      ¿Qué sentido tiene este tipo de argumentación escolástica? Quiere demostrar el nexo entre la condición y lo condicionado o bien el orden que existe en un conjunto de cosas. En este caso se plantea hipotéticamente la existencia del Papa herético y nos preguntamos qué se debería hacer en este caso. De aquí los Doctores sacan diferentes consecuencias, las cuales demuestran cuál es la relación del Papa con Cristo y con la Iglesia.
      Por consiguiente, y en definitiva, ¿cuál es el resultado? El resultado es el de aclarar y confirmar el valor de la autoridad Pontificia en relación con la autoridad de Cristo y en relación con los súbditos del Papa, que son sobre todo los Cardenales y el Episcopado universal.
      Ahora bien, en cambio, si se toma en serio esta hipótesis, se cae en la herejía del conciliarismo, porque se avanza la pretensión de que el Papa sea juzgado por un Concilio, lo cual es contrario a la fe.

      Nota: mi lectura de la tesis de Belarmino está tomada básicamente, en lengua italiana del siguiente enlace:
      https://www.radiospada.org/2015/12/la-questione-del-papa-eretico/

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    6. Estimado Ludovicus,
      reconozco no haberla leído toda (la Bula del papa Paulo IV), pero he leído el pasaje que aclara la cuestión.
      Sin embargo, si usted ha encontrado en la Bula alguna palabra del Papa a su favor, le invito a que me muestre el texto auténtico en latín, indicándome la fuente. Se lo agradecería mucho.

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  6. En cuanto a la obligación de toda criatura (y la comunidad política y el Estado lo son) de profesar la fe católica es doctrina pura y dogmática. Otra cosa es qué hacer cuando no se reconoce tal obligación. Pero la noción de Estado confesional pertenece al Magisterio de la Iglesia.

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