jueves, 3 de octubre de 2024

Concilio Vaticano II: ¿continuidad o ruptura? (2/3)

Para los católicos que desgraciadamente están siendo envenenados por el pasadismo (o "indietrismo" como suele decir el Papa, o como también puede decirse: filo-lefebvrismo), un punto crucial de debate es la cuestión del pasaje de la postura jurídica de la religión de Estado, que la Iglesia todavía sostenía en el preconcilio, y el sostenimiento del derecho-deber de la libertad religiosa, que la Iglesia sostiene a partir del Concilio Vaticano II. Por su apego al pasado, ésta es una doctrina difícil de aceptar para los pasadistas (me refiero a los pasadistas cultos, y no a los que lo son por meras puntillas o inciensos litúrgicos). Sin embargo, el problema más grave de la Iglesia actual no es el pasadismo, sino el modernismo, pues el pasadismo es funcional al modernismo, en cuanto es una reacción equivocada al modernismo. [En la imagen: fragmento de "Los discípulos de Emaús", pintura de 1993-1994, obra de Jean Marie Pirot, Arcabas, integrando el ciclo pictórico de Torre de Roveri].

----------Continúo transcribiendo el diálogo mantenido semanas atrás con un lector de este blog. Vuelvo a informar que el debate fue arduo y repetidas veces parecía obstaculizado por la evidente incompetencia de mi interlocutor para sostener un diálogo especulativo según las usuales reglas de la confrontación filosófica y teológica. Más aún, en un par de ocasiones mi interlocutor se salió de los carriles, y me repetía: "Le había pedido que no comentara más... de lo contrario le iba a bloquear! Como ha seguido comentando y ya que sus herejías son evidentes. Ahora le bloqueo!...". Ante tales salidas, no podía hacer más que responderle: Estimado Fray Pío, usted lo dice y lo hace... Sin embargo, mi interlocutor, se ve que algún interés sentía por mis intervenciones, porque parecía volver a una cierta calma y retomaba el debate.
    
----------9Dice el padre Filemón: "He sido acusado... de cerrar los ojos... pero yo he venido enseñando y escribiendo para aclarar estas cosas desde hace cuarenta años". Mi respuesta: [...] Usted habla de "progreso en la continuidad", [...]. Quiero ahora comunicarle lo que afirma a este respecto un cofrade suyo, el modernista Congar, que admitió, al contrario que usted, que hay una verdadera ruptura entre la Dignitatis humanae personae del concilio vaticano y el Syllabus de Papa Pío IX: "No se puede negar que dicho texto dice materialmente otra cosa que el Syllabus de 1864, e incluso...lo contrario de las proposiciones 15, 77, 78 y 79 de aquel documento" (Y.Congar OP - La crisis...,  Queriniana, Brescia 1976, p.54). "La declaración sobre la libertad religiosa dice lo contrario de muchos artículos del Syllabus de 1864" (Y.Congar, Essais œcumeniques. Les hommes, le mouvement, les problemes, Centurion, París 1984, p.85). "A petición del Papa, colaboré en los últimos párrafos de la declaración sobre la libertad religiosa: se trataba de demostrar cómo el tema de la libertad religiosa ya aparecía en la Escritura; sin embargo no aparece" (Y. Congar, La Droite du Père. Enquete sur la Tradition catholique aujourd'hui, Trédaniel, París 1994, p.118). Usted, aunque escribiera libros hasta el fin del mundo, no podrá hacer nada para demostrar la continuidad entre el documento «dignitatis humanae personae» del concilio vaticano II y el Documento Magisterial «Quanta Cura y Syllabus», porque hay una ruptura real y objetiva e insanable entre los dos textos! Así que si se pone de un lado, va contra el otro, ¡y viceversa. Le traigo otro ejemplo de ruptura clara! Bergoglio enseña, y obliga, con su "Autoridad Petrina" [he puesto entre comillas porque en realidad carece de tal Autoridad] a considerar la pena de muerte como una cosa intrínsecamente mala [en sí misma], y por lo tanto siempre inadmisible: "Se debe afirmar con fuerza que la condena a pena de muerte... es en sí misma contraria al Evangelio" (Discurso del 11 de octubre de 2017). Y en su versión del Catecismo de la "Iglesia católica" que se presenta falsamente como "Magisterio petrino", Bergoglio "enseña" y "manda" a toda la "Iglesia", (en realidad, yendo claramente contra la Palabra de Dios y contra la inmutable e integral doctrina de la Iglesia Católica), en el punto 2267: "La Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que la pena de muerte es inadmisible". Pero el infalible Magisterio de la Iglesia, desde siempre, enseña exactamente y claramente lo contrario! He aquí, a propósito, algunos Textos Magisteriales de los Papas: "En cuanto al poder secular, afirmamos que se puede ejercer la pena de muerte [ndr: por lo tanto no es intrínsecamente mala!] sin pecado mortal, siempre y cuando la venganza no sea ejercida por odio, sino por justicia, no de manera imprudente y precipitada, sino con juicio y moderación" (Inocencio III, Ejus exemplo, 18 de diciembre de 1208). "Otra categoría de asesinatos permitidos es la que está dentro del poder de los magistrados, quienes tienen el poder de condenar a muerte. Esta facultad, ejercida según las normas legales, sirve para reprimir a los fascineroos y defender a los inocentes. Aplicando esta facultad, los magistrados no solo no son culpables de asesinato, sino que, por el contrario, obedecen de una manera superior a la ley divina [...]. Hay asesinatos cometidos por expreso mandato de Dios. Los hijos de Leví no pecaron cuando en un solo día mataron a muchos miles de hombres; después de eso, Moisés les dirigió las palabras: Hoy habéis consagrado vuestras manos a Dios (Ex 32,29)" (San Pío V, Catecismo Tridentino, n.328). "Existen casos en los que es lícito matar al prójimo? Es lícito matar al prójimo cuando se combate en una guerra justa, cuando se ejecuta por orden de la suprema autoridad la condena a muerte por algún delito; y finalmente cuando se trata de necesaria y legítima defensa de la vida contra un injusto agresor" (San Pío X, Catecismo Mayor n.413). "...después de una deliberación madura sobre cada uno de los artículos mencionados, por la autoridad de Dios todopoderoso y de los beatos apóstoles Pedro y Pablo y Nos, condenamos y reprobamos y rechazamos todos y cada uno de los artículos y errores mencionados, respectivamente herejes, escandalosos, falsos, ofensivos de los oídos, capaces de seducir el espíritu de los simples y contrarios a la verdad católica; y declaramos y definimos que todos los cristianos, de ambos sexos, deben ser considerados condenados, reprobados y rechazados" (León X, Bula Exsurge Domine, 15 de junio de 1520). El Papa León X condena la siguiente afirmación de Lutero: "quemar a los herejes es contrario a la voluntad del Espíritu Santo" (Bula Exsurge Domine). "... cuando se trata de la ejecución de un condenado a muerte... está reservado al poder público privar al condenado del bien de la vida en expiación de su culpa, ya que con su crimen él mismo se ha despojado de su derecho a la vida" (Pío XII, 14 de septiembre de 1952). "... Dios... es fuente de justicia y ha reservado para sí el derecho sobre la vida y la muerte... Exceptuados los casos de legítima defensa privada, de guerra justa y guerrera con justos métodos, y de pena de muerte impuesta por la autoridad pública por delitos muy graves bien determinados y probados" (Pío XII, 22 de febrero de 1944). Ahora bien, ¿qué dice, padre Filemón de la Trinidad? ¿Existe continuidad entre la enseñanza doctrinal de Bergoglio, que usted se atreve a reconocerlo como verdadero y legítimo Papa (yo no lo reconozco como tal) y las enseñanzas magisteriales de los Papas que acabo de citar, a los cuales yo, usted y todos estamos vinculados para siempre? ¡Yo veo una ruptura clara e indudable!
   
----------Respondo: Congar, por desgracia, sobre esta delicada cuestión, que suscitó entre los padres conciliares una dramática discusión, es demasiado apresurado, por lo cual lo que dice es apto incluso para suscitar escándalo. En efecto, es cierto que el Concilio admite esa libertad religiosa, que Pío IX había proscrito, pero debería haber aclarado con gran prudencia, caridad y respeto, qué sentido tenía ese contraste.
----------Esto es precisamente lo que estoy explicando en detalle durante esta discusión. El principio de la religión de Estado no es un dogma, como usted, Fray Pío, cree, sino que he dicho y repetido que se trata de un simple ordenamiento jurídico o de ley positiva, que concierne al Derecho del Estado, es decir al Derecho Civil.
----------Estando así las cosas, usted debería saber bien que tanto la Iglesia como el Estado tienen facultad para cambiar la ley positiva. Por lo tanto, el hecho de que hoy tanto la Iglesia como el Estado admitan el derecho a la libertad religiosa no supone ninguna ofensa ni a la razón natural ni al dogma, sino que es un instituto que ya en el siglo XVIII comenzó a funcionar para regular la convivencia entre fieles de diferentes confesiones religiosas.
----------Por cuanto respecta a la referencia bíblica, el pasaje más oportuno parece ser las palabras del Señor: "Quien no está contra vosotros, está con vosotros". Por eso el Concilio afirma que ese derecho está basado en la Revelación. Sin embargo, es evidente que estas palabras del Señor son simplemente la base, de la cual se puede sacar esa formulación jurídica que encontramos en el Concilio.
----------Estando así las cosas, la afirmación de Congar "se trataba de demostrar que el tema de la libertad religiosa ya aparecía en la Escritura; sin embargo no existe", es una afirmación que debe ser interpretada correctamente. Y en estas condiciones, parece correcta. Es decir, Congar dice que el documento del Concilio habla solo de Revelación, sin dar la demostración de tal afirmación.
----------Por cuanto respecta a la cuestión de la "ruptura", es necesario decir que el cambio de posición pastoral de la Iglesia con respecto al tratamiento que el Estado debe hacer hacia la religión, no debe ser considerado como una "ruptura", sino como una correcta medida.
----------Ahora bien, si la ruptura, en cambio, queremos referirla a la cuestión doctrinal, entonces debo hacer presente que son solamente los modernistas quienes hablan de ruptura doctrinal del Concilio Vaticano II con respecto al preconcilio. Pero, como he dicho y repetido, la cuestión de la relación del Estado con la religión no es materia de fe, que ponga en juego verdades inmutables, sino que es una cuestión jurídica o prudencial, que debe ser regulada según las circunstancias de tiempo y de lugar.
----------Ante todo es necesario tener presente que la temática relativa a la pena de muerte no es de carácter dogmático, por lo tanto no compromete la infalibilidad pontificia, sino que se trata de una materia de carácter disciplinar, que pone en juego la virtud de la prudencia, considerando la maduración de la conciencia de la dignidad humana, como resultado de un mejor conocimiento de las exigencias del Evangelio.
----------En base a estas consideraciones debemos explicar el motivo por el cual la Iglesia, con anterioridad al Concilio Vaticano II, justificaba la pena de muerte, mientras que el actual Catecismo desaprueba la pena de muerte. Es cierto que observamos una contradicción, pero, tratándose de materia jurídica de carácter positivo, sujeta como tal a posibles cambios dependientes de las circunstancias de tiempo y de lugar, no es de extrañar que un legislador suprima la ley promulgada por un anterior legislador.
----------Esto no quiere decir que el papa Francisco tenga la autoridad de imponer a los Estados su llamamiento a que sea abolida la pena de muerte, porque se trata de materia de la legislación civil, donde el Estado tiene una autonomía propia, y el Romano Pontífice nada puede imponer en este ámbito.
----------Ahora bien, cuando el papa Francisco dice que la pena de muerte va contra las enseñanzas del Evangelio, no entiende hablar como si estuviera en juego una verdad de fe, sino que, como ya he dicho, entiende referirse a las exigencias de un mayor respeto por la dignidad humana, exigencias que han sido puestas en luz por las enseñanzas del Concilio Vaticano II.
   
----------10Filemón de la Trinidad, usted va contra una verdad doctrinal!!!! Usted está objetivamente en herejía! "Nos, por tanto, en tanta perversidad de depravadas opiniones, bien conscientes de nuestro apostolado y sumamente preocupados por nuestra santísima religión, la sana doctrina y la salvación de las almas, que Dios nos ha confiado, y del bien de la misma sociedad humana, hemos creído necesario elevar nuevamente nuestra voz apostólica. Por lo tanto, todas y cada una de las opiniones y doctrinas expresadas nominadamente en esta carta con nuestra autoridad apostólica, reprobamos, proscribimos y condenamos; y deseamos y mandamos que sean de todos los hijos de la Iglesia católica, consideradas absolutamente por reprobadas, prosciptas y condenadas" (Pío IX, enciclica Quanta Cura y Syllabus). "En nuestro tiempo ya no es conveniente tener la Religión Católica como única Religión de Estado" (proposición doctrinal condenada por Pío IX, Syllabus).
   
----------Respondo: El Syllabus del beato papa Pío IX es un resumen o colección de los llamados "errores modernos", que tocan tanto a la doctrina como al orden jurídico. El Romano Pontífice los condena en nombre de su autoridad apostólica, pero es necesario distinguir entre la autoridad doctrinal, con la cual condena los errores doctrinales, y la autoridad pastoral, con la cual condena los errores en el campo del derecho.
----------Por consiguiente, mientras que las condenas de carácter doctrinal, refiriéndose a verdades de fe, de por sí inmutables y por ende mantienen intacto su valor, la condena de algunas teorías jurídicas, entre las cuales la libertad religiosa, tuvo su valor en los tiempos de Pío IX, pero, considerando la posterior evolución religiosa de los Países latinos, donde era aplicable la religión de Estado, una evolución que desde una unidad religiosa católica, había conducido a un pluralismo religioso, oportunamente ha requerido a la Iglesia del Concilio Vaticano II la sustitución de la religión de Estado por el derecho a la libertad religiosa.
   
----------11Benedicto XVI -que usted reconoce como verdadero y legítimo Papa, mientras que yo no lo reconozco como tal- tiene razón cuando dice que la dignitatis humanae personae del concilio vaticano II va contra el Syllabus de Papa Pío IX, y se equivoca cuando afirma que hay continuidad doctrinal entre los textos del concilio y el Sillabus! Ratzinger se contradice realmente, porque el Syllabus condena las proposiciones doctrinales y prácticas que, un siglo después, el concilio vaticano II ha abrazado, promovido y defendido, incluso osando obligar a abrazar, promover y defender tales propuestas que en cambio el Magisterio de la Iglesia ya ha condenado definitivamente! Le traigo también algunas expresiones de Ratzinger que van claramente contra la Doctrina Católica: "No faltemos al respeto de otras religiones..., no faltemos al profundo respeto por su fe" (Ratzinger "Papa" Benedicto XVI, Homilia, 10 de septiembre de 2006). Pero el Magisterio del Papa León XIII enseña: "Todos debemos evitar familiaridad o amistad [...] con aquellos que se ocultan con la máscara de la tolerancia universal, de respeto por todas las religiones" (Custodios de esa Fe). Ratzinger osa afirmar también: "Toda persona debe poder ejercer libremente el derecho de profesar y manifestar, individual o comunitariamente, su religión o su fe, tanto en público como en privado, en la enseñanza, en las prácticas, en las publicaciones, en el culto, y en la observancia de los ritos" ("Papa" Benedicto XVI, 1 enero 2011). Pero el Magisterio de la Iglesia ha condenado la siguiente proposición: "Todo hombre es libre de abrazar y profesar aquella religión que, guiado por la luz de la razón, cada uno habrá considerado verdadera" (proposición condenada infaliblemente por Pío IX, Syllabus). Pío IX, en Quanta Cura enseña magisterialmente: "...con tal idea de gobierno social, absolutamente falsa, no temen defender la opinión supremamente dañina para la Iglesia Católica y para la salud de las almas, llamada delirio por Nuestro Predecesor Gregorio XVI de reciente memoria, es decir "la libertad de conciencia y de cultos es derecho propio de cada hombre... manifestar y declarar sus pensamientos, sea de viva voz, por escrito o de otra manera y en público" (encíclica Quanta Cura). Y enseña León XIII: "El derecho es una facultad moral... Y es absurdo pensar que la naturaleza la conceda de manera promiscua y se acomuna a la verdad y a la mentira, al bien y al mal" (encíclica Libertas, del 20 de junio de 1888). Ratzinger osa afirmar también: "La negación del derecho a profesar públicamente su religión y a obrar para que las verdades de la fe informen de sí también la vida pública, comporta consecuencias negativas sobre el verdadero desarrollo" (Ratzinger "Papa" Benedicto XVI, Caritas in veritate n.56). Pero el Magisterio de la Iglesia enseña: "Ninguna autoridad humana, ningún Estado, ninguna comunidad de Estados... pueden dar mandato positivo o una autorización positiva para enseñar o hacer lo que sería contrario a la verdad religiosa o al bien moral" (Pío XII, Ci riesce). "Ni Dios podría dar tal mandato positivo o tal autorización positiva, porque estaría en contradicción con su absoluta veracidad y santidad" (Pío XII, Ci riesce). " Lo que no corresponde a la Verdad y a la norma moral, no tiene objetivamente ningún derecho ni a la existencia, ni a la propaganda, ni a la acción" (Pío XII, Ci riesce). "Lo que es contrario a la virtud y a la verdad, por tanto, no debe ser puesto en evidencia ni exhibido: mucho menos defendido y protegido por las leyes" (León XIII). Para Ratzinger, en cambio, cada hombre tendría el derecho a profesar públicamente su religión a a obrar para que las verdades de fe informen de sí también la vida pública; ¡Y tendría derecho a hacer todo esto libremente! Las afirmaciones de Ratzinger son de una gravedad indescriptible! Y además, ¿cuáles serían estas "verdades de la fe"? ¿Qué fe?  ¡Es evidente la doctrina masónica del modernista Ratzinger! La verdad y el error se ponen en el mismo plano, teniendo ambos los mismos derechos, como si ambos fueran diferentes expresiones de una religión superior y universal que no corresponde a la Religión Católica, ¡y que incluye todas las religiones! Este es el proyecto masónico del nuevo orden mundial: una religión diferente, por lo tanto, ¡una religión del hombre! También los otros ocupantes masones y modernistas han enseñado esta nueva religión, teniendo el culto del hombre, la fe en el hombre, el hombre en lugar de Dios! Enseña San Pío X: "[Según los modernistas] el sentimiento religioso, que por vital inmanencia se desprende de las nascondillas de la subconciencia, es el germen de toda religión, y es al mismo tiempo la razón de lo que fue o será para estar en cualquier religión. Rudo primero y casi sin forma, poco a poco, bajo la influencia del misterioso principio que le dio origen, se ha perfeccionado, según los progresos de la vida humana" (Pascendi Dominici gregis). "Los modernistas no niegan, sino que afirman, algunos veladamente otros abiertamente, que todas las religiones son verdaderas. [...] Nos definimos el modernismo... la síntesis de todas las herejías" (Pascendi Dominici gregis). "Qué debemos pensar de este llamamiento a todos los heterodoxos y a todos los no creyentes para que demuestren la excelencia de sus convicciones en el terreno social [...]. Qué debemos pensar de este respeto por todos los errores y de la extraña exhortación, hecha... a todos los disidentes, a fortalecer sus convicciones con el estudio y a hacer de ellas fuentes cada vez más abundantes de fuerzas nuevas?" (San Pío X, Notre Charge Apostolique). "No existe verdadera civilización moral sin la verdadera religión. ¡Es una verdad demostrada!" (Notre Charge Apostolique). "Al contrario, y es esto lo que dice el mismo Apóstol, la característica propia del Anticristo, el hombre, con una temeridad indecible, usurpó el lugar del Creador, elevándose 'por encima de todo lo que lleva el nombre de Dios'. Hasta tal punto que, Impotente para extinguir completamente en sí mismo la noción de Dios, sin embargo sacude el yugo de su majestad y se dedica el mundo visible como un templo en el que pretende recibir las adoraciones de sus semejantes: 'Él se sienta en el templo de Dios, donde se muestra como si fuera Dios' (2 Tes 2,2)" (San Pío X, Encíclica E supremas apostolate, 4 de octubre de 1903). "Tememos que haya algo peor. El resultado de esta promiscuidad... una religión más universal que la Iglesia católica, que reunirá a todos los hombres finalmente hechos hermanos y compañeros en el 'reino de Dios'. No se trabaja para la Iglesia; se trabaja para la humanidad" (San Pío X, Notre Charge Apostolique). Además, para Ratzinger, la negación del "derecho" de cada hombre a profesar la religión que quiere, ¡sería contrario al verdadero desarrollo y nocivo a la sociedad humana! Pero el Magisterio de la Iglesia condena también las siguientes proposiciones: "Es falso que la libertad civil de todos los cultos, así como el pleno poder (ndr: el derecho) a quien se le permite manifestar abierta y públicamente todas sus ideas y opiniones, lleve más fácilmente a corromper las costumbres y los ánimos de los pueblos, y propagar la peste del Indiferentismo". (Proposición condenada infaliblemente por Pío IX, Syllabus). "La Doctrina Católica es contraria al bien y a las ventajas de la sociedad humana" (Proposición condenada por Pío IX, Syllabus).
   
----------Respondo: La expresión, quizás demasiado fuerte, de Benedicto XVI acerca de la Dignitatis humanae como "anti-Syllabus" no debe ser en absoluto entendida como repudio de una enseñanza de fe proclamada por el beato Pontífice Pío IX, porque, como he dicho y repetido, la cuestión del sí o no a la libertad religiosa no es en absoluto una cuestión doctrinal de fe, sino de prudencia eclesiástica respecto a las tareas contingentes del Estado en materia de religión en un determinado contexto histórico.
----------Las palabras de Benedicto sustentan, por tanto, su juicio, que como el beato Pío IX mostró sabiduría en el no querer en su tiempo la libertad religiosa en los Países entonces todavía católicos, así también el Concilio Vaticano II ha mostrado sabiduría hoy en conceder la libertad religiosa a Estados que ya no son católicos, sino que son teatro del pluralismo religioso, por lo cual vale más que nunca el dicho canónico tradicional "nemo ad amplectendam catholicam fidem invitum cogatur".
----------La Iglesia tiene el deber de castigar al católico que traiciona la propia fe, pero ya no tiene sentido que el Estado imponga o privilegie la religión católica en un País donde los católicos, cuando les va bien, son el 15% de la población. Más bien, la Iglesia impone hoy a todos los fieles el deber del testimonio y de la evangelización, aprovechando precisamente el derecho de libertad religiosa concedido por el Estado.
----------Comento a continuación algunos pasajes, que cito sólo con sus palabras iniciales y finales:
   
----------Pero el Papa León XIII enseña: "Todos deberían evitar la familiaridad ... para todas las religiones" (León XIII, Custodios de esa Fe).
   
----------Respondo: Este aviso del papa León es efectivamente muy actual y oportuno, porque es verdad que se difunde un cierto falso ecumenismo, que no corresponde al verdadero ecumenismo enseñado por el decreto Unitatis Redintegratio, pero se trata de una familiaridad o amistad ambiguas y peligrosas para ambas partes, por el hecho de que los modernistas evitan corregir a los Hermanos separados con el resultado que ciertos católicos se convierten de hecho en protestantes, creyendo que siguen siendo católicos.
----------El verdadero ecumenismo, predicado por el Concilio Vaticano II, admite ciertamente el encontrarse sobre los valores de fe, que habían permanecido comunes después de la caída en la herejía de los protestantes. Pero el Concilio añade que, sobre la base de estas verdades comunes, nosotros los católicos debemos ayudar a los Hermanos separados a alcanzar la comunión plena con la Iglesia católica.
   
----------Ratzinger osa afirmar también: "Toda persona debe poder ejercer libremente ... cada uno habrá considerado verdadera" (proposición condenada infaliblemente por Pío IX, Syllabus).
   
----------Respondo: No debemos contraponer las palabras de Benedicto XVI a la citada enseñanza de Pío IX. En efecto, mientras Benedicto XVI no hace más que referirse al derecho de libertad religiosa, por el cual cada uno está obligado a decidir en conciencia qué religión elegir, sin que esto signifique que la conciencia sea infalible, Pío IX nos advierte contra la pretensión racionalista o gnóstica de poder libremente aceptar o rechazar la fe católica con el pretexto de la libertad de conciencia. Al contrario, Pío IX quiere recordarnos que la conciencia está ligada a la verdad, por lo cual, si ella descubre que la verdad es Cristo, está obligada a seguir a Cristo.
   
----------Pío IX enseña magisterialmente: "...con tal idea de gobierno social, ... por escrito o de otra manera y en público" (encíclica Quanta Cura).
   
----------Respondo: Aquí el Papa hace evidentemente referencia a la concepción liberal-masónica de la libertad de conciencia. En este sentido la condena vale también hoy. Pero se pueden interpretar estas palabras también referidas a lo que habría de ser la libertad de religión enseñada por el Concilio Vaticano II. Si vale esta interpretación, entonces hay que retornar a las consideraciones que ya he hecho acerca del derecho que el Concilio ha tenido para introducir el derecho de libertad religiosa.
   
----------Y enseña León XIII: "El derecho es una facultad moral ...  al bien y al mal" (encíclica Libertas, del 20 de junio de 1888).
   
----------Respondo: Aquí el gran papa León XIII enuncia un principio importantísimo, referente a la relación entre la ley natural y el derecho natural. El Papa enseña que la ley moral natural, fundada en la naturaleza humana, ordena infaliblemente el bien y prohíbe el mal.
----------Con estas palabras el Papa se opone a la concepción liberal, según la cual la razón humana, desvinculada de toda dependencia de la razón divina, institutora de la ley natural, tendría plena facultad para manipular la naturaleza humana y, por tanto, la conducta moral, según su voluntad y placer, independientemente de una norma moral, objetiva e inmutable.
----------Además, el Papa enseña que el derecho natural está fundado en la ley natural y es también la base del derecho positivo, que concierne a la legislación positiva de la Iglesia y del Estado.
----------Esta doctrina del papa León XIII tiene ciertamente valor dogmático, aunque no está definida según las fórmulas tradicionales, según las cuales la Iglesia tiene costumbre de definir los dogmas.
   
----------Ratzinger osa afirmar también: "La negación del derecho ... consecuencias negativas sobre el verdadero desarrollo" (Ratzinger "Papa" Benedicto XVI, Caritas in veritate n.56).
   
----------Respondo: Aquí el Papa está hablando precisamente del derecho a la libertad religiosa. En efecto, el Papa no se refiere a la religión católica, sino que habla de la "propia religión". ¿Qué quiere decir? Que supone el pluralismo religioso, por tanto la existencia en un Estado no solo de católicos, sino también de protestantes, de ortodoxos, de judíos o de musulmanes u otros.
----------Y esto, a su vez, ¿qué significa? Que el Papa hace referencia a aquella religión que cada uno en buena fe considera ser la verdadera, sobre la base de la religión natural, la cual, en cuanto tal, como enseña también santo Tomás, es común a todos los hombres.
----------En base a esto debemos decir que el Papa hace referencia a verdades de fe admitidas por los fieles de las diversas religiones. Además, él correctamente afirma que estas verdades de fe natural tienen el derecho a ser aplicadas en la praxis política. De ahí el deber del Estado de proteger aquellas costumbres morales y civiles, que derivan de la aplicación de los principios de las diversas religiones, siempre que no contrasten con el bien común, presentes en el Estado.
----------Esto no significa que el Estado deba entrar en el ámbito de las doctrinas religiosas y, por tanto, pronunciarse sobre el valor del Cristianismo o de la Sharia o de la Torá, sino que debe solamente aprobar aquellos valores sociales comunes que dependen de la religión natural y de la ley natural, impidiendo que una determinada religión quiera imponer con violencia a las demás su propio credo.
   
----------"Qué debemos pensar de este llamamiento ... cada vez más abundantes de fuerzas nuevas?" (San Pío X, Notre Charge Apostolique).
   
----------Respondo: Con estas palabras san Pío X no se refiere al derecho a la libertad religiosa, sino que se refiere a un modo equivocado de dialogar con los no católicos, un modo errado que lamentablemente hoy no es infrecuente. Consiste en el hecho de evitar exhortar a los hermanos a acercarse a la fe católica, sustituyendo esta exhortación por el aliento al disidente a confirmarse en sus convicciones, con la idea equivocada de que sea ella el camino de su salvación.
----------Por el contrario, el derecho a la libertad religiosa no tiene nada que ver con esta obra, que es precisamente la del ecumenismo y que es un deber para nosotros, los católicos. El derecho a la libertad religiosa, como he dicho muchas veces, es un derecho civil, que hoy está reconocido por la Iglesia, pero que concierne a los deberes del Estado con respecto a los fieles de las diversas religiones.
----------Es claro que, desde el punto de vista canónico, no existe el derecho a la libertad religiosa, sino que existe el deber para todo católico de obedecer a la autoridad de la Iglesia.
   
----------"No existe verdadera civilización moral sin la verdadera religión. ¡Es una verdad demostrada!" (Notre Charge Apostolique).
   
----------Respondo: Probablemente aquí san Pío X se refiere a la religión de Estado. Sin embargo, estas palabras siguen siendo válidas hoy en día si las referimos a la verdad de la religión natural.
   
----------"Tememos que haya algo peor. El resultado de esta promiscuidad... No se trabaja para la Iglesia; se trabaja para la humanidad" (San Pío X, Notre Charge Apostolique).
   
----------Respondo: Esta polémica de san Pío X es totalmente actual. Pero no tiene nada que ver con el derecho a la libertad religiosa. El Santo Pontífice, con ojo profético, intuyó en su tiempo lo que está sucediendo hoy, es decir el plan masónico-sionista de constituir un gobierno civil mundial promotor de una religión gnóstica y sincretista, que pretende tener sujetas a las diversas religiones y en particular a la católica.
----------Debemos añadir también el persistente peligro de la difusión del ateísmo.
   
----------12Usted, por lo tanto, padre Filemón de la Trinifad, evidentemente ha perdido el debate...! Y como usted se muestra cada vez más obstinado en la herejía, le pido que se vaya y no comente más, porque no quiero dar las perlas a los cerdos, ¡y quiero escapar del hereje! Así que vete y no más comentarios...de lo contrario la bloqueo! Vade retro!
   
----------Respondo: Estimado, deje de una vez esta comedia, y reflexione sobre lo que le he dicho.

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