Continuando con la segunda parte de nuestro breve ensayo de demonología, trataremos hoy acerca del sujeto que tiene el poder de expulsar al demonio y de las normas canónicas al respecto. También hablaremos del modo como se expulsan los demonios. [En la imagen: fragmento de "San Francisco de Borja ayudando a un moribundo impenitente", óleo sobre lienzo, pintado alrededor de 1788, obra de Francisco de Goya, conservado y expuesto en la Catedral de Valencia, España].
Quién tiene el poder de expulsar al demonio
----------El poder de expulsar a los demonios viene solamente de Dios, en particular del Espíritu Santo, en cuanto Espíritu de Cristo que actúa en el nombre y con el poder del Padre. Sin embargo, Cristo ha comunicado este poder a los Apóstoles y a sus sucesores, los Obispos (cf. Mt 10,1; Mc 3,15; 6,7.13; Lc 9,1; 10,1).
----------El poder de expulsar a los demonios se trata principalmente de un poder sacerdotal, presente, por tanto, en la raíz del carácter del sacramento del Orden Sagrado. Según las normas actuales del derecho de la Iglesia, sin embargo, el simple sacerdote o presbítero puede realizar el exorcismo solamente con mandato explícito del propio Obispo. He aquí el texto del Código de Derecho Canónico, can. 1172:
----------§1: "Nadie puede proferir legítimamente exorcismos sobre los poseídos, si no ha obtenido del Ordinario del lugar licencia particular y expresa."
----------§2: "El Ordinario del lugar conceda tal licencia sólo a un sacerdote que esté adornado de piedad, ciencia, prudencia e integridad de vida."
----------Una ulterior puntualización de las normas que regulan el ejercicio del poder de expulsar a los demonios fue publicada por la Congregación para la Doctrina de la Fe con fecha 29 de septiembre de 1985 (Acta Apostolicae Sedis, 12, 1985). He aquí el texto completo:
----------"Desde hace algunos años, en ciertos grupos eclesiales, se están multiplicando reuniones de oración con el fin de obtener la liberación del influjo de los demonios, aunque no se trate de exorcismos propiamente dichos; tales reuniones se realizan bajo la guía de laicos, incluso en presencia del sacerdote."
----------"Puesto que se ha preguntado a la Congregación para la Doctrina de la Fe qué se debe pensar de tales hechos, este Dicasterio considera necesario comunicar a todos los Ordinarios la presente respuesta:
----------"1. El canon 1172 del Código de Derecho Canónico declara que nadie puede practicar legítimamente el exorcismo sobre los poseídos sin una licencia especial y expresa del Ordinario del lugar (par. 1), y precisa que tal licencia debe ser concedida por el Ordinario del lugar únicamente a un presbítero dotado de piedad, ciencia, prudencia e integridad de vida (par. 2). Por tanto, se invita calurosamente a los Obispos a hacer que se respeten estrictamente estas directrices."
----------"2. De tales prescripciones se sigue que a los fieles no les es lícito ni siquiera usar la fórmula de exorcismo contra Satanás y los ángeles rebeldes, derivada de aquella publicada por orden del Sumo Pontífice León XIII, y mucho menos usar el texto completo de dicho exorcismo. En caso de necesidad, los Obispos deben cuidar de amonestar a los fieles sobre este punto".
----------"3. Por las mismas razones, finalmente, se ruega a los Obispos que vigilen para que -también en los casos en los cuales, excluyéndose una verdadera posesión diabólica, parece sin embargo manifestarse alguna influencia diabólica- aquellos que carecen de la facultad legítima (debita potestate) no presidan reuniones en las cuales se emplean oraciones con la finalidad de obtener la liberación interpelando directamente a los demonios y buscando conocer su identidad."
----------Ahora bien, el tenor de estas normas no debe, sin embargo, disuadir a los fieles de orar -como nos enseñó Jesús- para ser liberados del mal (cf. Mt 6,13). Por lo demás, los Pastores podrán valerse de esta oportunidad para recordar a los fieles lo que enseña la tradición de la Iglesia sobre la función específica de los sacramentos y de la intercesión de la Santísima Virgen María, de los Ángeles y de los Santos también en el combate espiritual contra los espíritus malignos.
¿Cómo se expulsa al demonio?
----------El demonio se expulsa mediante el mandato o la orden perentoria (cf. Mt 4,10; 16,23; Mc 1,27; 5,8; 8,33; Lc 8,29; Hch 16,18). Sin embargo, si se da el caso que el poseído es atacado por varios demonios y estos son particularmente poderosos, el mandato puede no ser suficiente; en tal caso -según explícita advertencia del Señor- se requiere la oración y el ayuno (cf. Mt 17,21; Mc 9,28).
----------Una tarea del exorcista, a ejemplo de nuestro Señor Jesucristo, es también la de saber si los demonios son uno o varios y cómo se llaman (cf. Mc 5,9; Lc 8,30).
----------El tono del exorcista frente al demonio debe ser el de una orden o un mandato severo (cf. Mc 3,11) y amenazador (cf. Mt 17,18; Mc 9,25-27; Lc 4,41; 9,42), como se mandaría a un perro o como el domador mandaría a una bestia feroz. Puesto que la voluntad del demonio está estabilizada en el mal, es necesario que el exorcista, que en nombre de Cristo busca obtener un bien de la acción misma del diablo, lo obligue de algún modo a hacer lo que no quiere. Ahora bien, el método de la coerción es precisamente la amenaza. El exorcista, por tanto, puede lograr que el demonio se someta a la voluntad de Dios solamente atemorizándolo con la amenaza de un castigo mayor que el que ya experimenta en su estado actual. Es decir, el demonio puede ser expulsado eficazmente si se le presenta la amenaza de hacerle experimentar aún más la fuerza de la ira divina: sólo entonces se adapta a hacer lo que el exorcista quiere.
----------Ahora bien, ¿cuáles son los medios más eficaces para amenazar al demonio y lograr asustarlo? El principal medio a elegir es el Crucifijo y todo lo que de algún modo esté conectado con la obra de la redención de Cristo: fue el sacrificio de Cristo el que derrotó definitivamente a Satanás. Por consiguiente, los medios por excelencia son las acciones sagradas y litúrgicas del cristiano, sobre todo la Santa Misa, los Sacramentos y los Sacramentales. Medio específico es el Exorcismo solemne administrado por un sacerdote encargado por el Obispo según las normas arriba mencionadas.
----------La amplia experiencia en esta materia enseña que también es útil el uso de objetos o símbolos sagrados, como es el caso de las imágenes y de las reliquias de Santos, el libro de la Sagrada Escritura, las vestiduras sacerdotales, el hábito religioso, el agua bendita, el Santo Rosario.
----------A este respecto, es interesante destacar que ya en el Antiguo Testamento existía la conciencia de que incluso la materia consagrada a Dios tiene algún poder contra el tentador diabólico. Este, aunque por su dignidad de puro espíritu sea superior a los objetos materiales, sin embargo, no puede en absoluto resistir o contrastar la fuerza divina que, de algún modo, desciende sobre un determinado objeto como consecuencia de la invocación de una persona que esté animada por recta intención.
----------Un ejemplo de tal conciencia veterotestamentaria se encuentra en el libro de Tobías, cuando el ángel Azarías revela a Tobías el poder que puede ocultarse en el "corazón y el hígado del pez". Nótese el siguiente pasaje: "En cuanto al corazón y al hígado, puedes hacer fumigaciones en presencia de una persona, hombre o mujer, poseída por el demonio o por un espíritu maligno" (¿alma de un condenado?) "y cesará en ella toda vejación y no quedará en ella rastro alguno" (Tb 6,8).
----------Hoy puede parecer bastante curioso e incluso extraño el recurso a semejantes sustancias animales. Lo que interesa aquí, sin embargo, es tratar de captar el valor del principio que se esconde en este episodio: se trata de la posibilidad de que algunas sustancias materiales venzan al espíritu del mal en virtud de una energía sobrenatural que Dios ha puesto en tales sustancias, energía que se libera cuando esas sustancias son usadas conforme al propósito previsto por personas animadas por recta intención.
----------En el Antiguo Testamento encontramos, finalmente, otro medio eficaz para liberar de la posesión diabólica: la música. De ello se habla en el primer libro de Samuel, donde se narra que el rey Saúl, asaltado y "aterrado por un espíritu maligno" (16,14), era liberado por los cantos de David: "David tomaba el arpa y tocaba: Saúl se calmaba, se sentía mejor y el espíritu maligno se apartaba de él" (16,23).
----------Ciertamente grande es el poder de la música para serenar el espíritu, pero también tiene poder para turbarlo o sofocarlo en la sensualidad.
----------También en el caso de la música, como en el de otros objetos materiales, debemos reiterar que el poder exorcístico no deriva de estas realidades, dado que no sobrepasan el nivel de las fuerzas físicas o, a lo sumo (como en el caso de la música), las fuerzas del espíritu humano. Debe entonces pensarse que, también en el caso de la música, la Providencia divina se complace en utilizar esta expresión de nuestro espíritu (cuando es suficientemente pura y elevada) para hacer de ella vehículo de la potencia divina liberadora que, en última instancia, sólo puede provenir del Espíritu Santo.
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