sábado, 11 de mayo de 2024

Verdades de Fe (18/24) La Ley

En este nuevo capítulo, examinaremos las verdades de fe (dogmas y doctrina de la Iglesia) acerca del tema de la Ley. Se tratarán brevemente los siguientes puntos: concepto general de la ley; la ley natural; la ley divina; la ley eterna; la Ley Antigua; la Ley Nueva o Ley evangélica; y la ley positiva. [En la imagen: fragmento de una ilustración referida a la Lectura de la Torá o Ley de Moisés en una sinagoga sefardita. Miniatura de la Hagadá Barcelona, Cataluña, 1350. Manuscrito sefardí miniado para Pésaj].

Notas: 1) Las proposiciones en letra negrita y entre comillas " " son las palabras textuales de los dogmas (1° y 2° grado) o de las proposiciones próximas a la fe (3° grado). El resto es mi comentario o explicación; 2) las frases en negrita grande evidencian los dogmas de primer grado, las que están en negrita normal los dogmas de segundo grado; 3) en la medida que me ha sido posible, he convertido en positivo las sentencias en negativo, para así mostrar al lector qué es lo que la Iglesia enseña. De lo cual se comprende fácilmente qué es lo que la Iglesia condena.
   
Concepto general de la ley
   
----------"La ley es una cierta regla y medida de los actos humanos, según la cual se induce a alguien a obrar o se lo disuade de obrar; pues se dice 'ley' porque deriva de ligar; en cuanto obliga en orden a la acción. Ahora bien, la regla y medida de nuestros actos es la razón, que, como ya vimos (q.1 a.1 ad 3), constituye el primer principio de los actos humanos, puesto que propio de la razón es ordenar al fin, y el fin es, según enseña el Filósofo, el primer principio en el orden operativo.
----------Ahora bien, lo que es principio en un determinado género es regla y medida de ese género, como pasa con la unidad en el género de los números y con el movimiento primero en el género de los movimientos. Síguese, pues, que la ley es algo que pertenece a la razón. Siendo la ley una especie de regla y medida, se dice que se encuentra en alguien de dos maneras. Primera, como en el principio mensurante y regulador. Y ya que medir y regular es propio de la razón, de esta manera la ley sólo se encuentra en la razón. Segunda, como en lo medido y regulado. Y de este modo se encuentra en todas las cosas que obedecen a alguna inclinación consiguiente a una ley; de donde resulta que cualquier inclinación debida a una ley puede llamarse ella misma ley, aunque no esencialmente, sino por participación" (Santo Tomás, Summa Theologiae, I-II, q.90, a.1).
   
La ley natural
   
----------"La ley moral proviene de Dios y en él tiene siempre su origen. En virtud de la razón natural, que deriva de la sabiduría divina, la ley moral es, al mismo tiempo, la ley propia del hombre. En efecto, la ley natural, como se ha visto, no es otra cosa que la luz de la inteligencia infundida en nosotros por Dios. Gracias a ella conocemos lo que se debe hacer y lo que se debe evitar. Dios ha donado esta luz y esta ley en la creación. La justa autonomía de la razón práctica significa que el hombre posee en sí mismo la propia ley, recibida del Creador" (San Juan Pablo II, Encíclica Veritatis splendor, cit., n.40).
----------"La luz de la razón natural, con la cual distinguimos el bien del mal -lo cual es competencia de la ley natural- no es más que un reflejo en el hombre del esplendor del rostro de Dios (Santo Tomás, Summa Theologiae, I-II, q.91. a.2)" (San Juan Pablo II, Encíclica Veritatis splendor, cit., n.42).
----------Como complemento, acerca de la ley natural, puede estudiarse de Santo Tomás de Aquino, la cuestión 94 de la I-II de la Summa Theologiae.
   
La ley divina
   
----------"Norma suprema de la vida humana es la misma ley divina, eterna, objetiva y universal, por medio de la cual Dios ordena, dirige y gobierna todo el mundo y los caminos de la comunidad humana según el designio de su sabiduría y de su amor. Dios hace partícipe al hombre de esta su ley, de manera que el hombre, por suave disposición de la divina Providencia, puede conocer más y más la verdad inmutable" (Concilio Vaticano II, Declaración Dignitatis humanae, cit., n.3).
----------Acerca de la ley divina, véase: Summa Theologiae, I-II, q.91, a4.
----------Y existe una ética sobrenatural revelada por nuestro Señor Jesucristo, la ética cristiana, interpretada y enseñada por la Iglesia, ética fundada sobre la fe, sobre las virtudes teologales, y sobre los dones del Espíritu Santo, sobre el ser hijos del Padre, vale decir, sobre la fraternidad cristiana, sobre el conocimiento revelado de Dios, sobre la religión revelada y sobre la ley evangélica.
   
La ley eterna
   
----------"La ley natural está escrita y grabada en el corazón de cada hombre, por ser la misma razón humana que manda al hombre obrar el bien y prohíbe al hombre hacer el mal. Pero este precepto de la razón humana no podría tener fuerza de ley si no fuera órgano e intérprete de otra razón más alta, a la que deben estar sometidos nuestro entendimiento y nuestra libertad. Porque siendo la función de la ley imponer obligaciones y atribuir derechos, la ley se apoya por entero en la autoridad, esto es, en un poder capaz de establecer obligaciones, atribuir derechos y sancionar además, por medio de premios y castigos, las órdenes dadas; cosas todas que evidentemente resultan imposibles si fuese el hombre quien como supremo legislador se diera a sí mismo la regla normativa de sus propias acciones. Síguese, pues, de lo dicho que la ley natural es la misma Ley eterna, que, grabada en los seres racionales, inclina a éstos a las obras y al fin que les son propios; ley eterna que es, a su vez, la razón eterna de Dios, Creador y Gobernador de todo el universo" (León XIII, Encíclica Libertas praestantissimun, cit., n.6, Denz. 3247).
----------Santo Tomás de Aquino trata de la ley eterna en la Summa Theologiae, I-II, q.93.
   
La Ley Antigua
   
----------"La Ley de Moisés contiene muchas verdades naturalmente accesibles a la razón. Estas están declaradas y autentificadas en el marco de la Alianza de la salvación. La Ley antigua es el primer estadio de la Ley revelada. Sus prescripciones morales están resumidas en los Diez mandamientos. Los preceptos del Decálogo establecen los fundamentos de la vocación del hombre, formado a imagen de Dios. Prohíben lo que es contrario al amor de Dios y del prójimo, y prescriben lo que le es esencial" (Catecismo de la Iglesia Católica, nn.1961-1962).
----------Santo Tomás de Aquino trata de la ley antigua en la Summa Theologiae, I-II, q.98ss.
   
La ley Nueva o Ley evangélica
   
----------Santo Tomás de Aquino trata de la ley nueva en la Summa Theologiae, I-II, qq. 106-108.
   
----------a) El Espíritu Santo como guía del actuar
   
----------"Sobre esta ley escribe santo Tomás: 'Ésta puede llamarse ley en doble sentido. En primer lugar, ley del espíritu es el Espíritu Santo... que, por inhabitación en el alma, no sólo enseña lo que es necesario realizar iluminando el entendimiento sobre las cosas que hay que hacer, sino también inclina a actuar con rectitud... En segundo lugar, ley del espíritu puede llamarse el efecto propio del Espíritu Santo, es decir, la fe que actúa por la caridad (Ga 5,6), la cual, por eso mismo, enseña interiormente sobre las cosas que hay que hacer... e inclina el afecto a actuar'" (San Juan Pablo II, Encíclica Veritatis splendor, cit., n.45).
   
----------b) La Nueva Ley lleva a cumplimiento la Antigua
   
----------"La Ley nueva o Ley evangélica es la perfección aquí abajo de la ley divina, natural y revelada. Es obra de Cristo y se expresa particularmente en el Sermón de la Montaña. Es también obra del Espíritu Santo, y por él viene a ser la ley interior de la caridad. La Ley nueva es la gracia del Espíritu Santo" (Catecismo de la Iglesia Católica, nn.1965-1966).
   
----------c) La Nueva Ley obra la verdad en la caridad
   
----------"El saber nunca es sólo obra de la inteligencia. Ciertamente, puede reducirse a cálculo y experimentación, pero si quiere ser sabiduría capaz de orientar al hombre a la luz de los primeros principios y de su fin último, ha de ser 'sazonado' con la 'sal' de la caridad. Sin el saber, el hacer es ciego, y el saber es estéril sin el amor. En efecto, el que está animado de una verdadera caridad es ingenioso para descubrir las causas de la miseria, para encontrar los medios de combatirla, para vencerla con intrepidez. Al afrontar los fenómenos que tenemos delante, la caridad en la verdad exige ante todo conocer y entender, conscientes y respetuosos de la competencia específica de cada ámbito del saber. La caridad no es una añadidura posterior, casi como un apéndice al trabajo ya concluido de las diferentes disciplinas, sino que dialoga con ellas desde el principio. Las exigencias del amor no contradicen las de la razón. El saber humano es insuficiente y las conclusiones de las ciencias no podrán indicar por sí solas la vía hacia el desarrollo integral del hombre. Siempre hay que lanzarse más allá: lo exige la caridad en la verdad. Pero ir más allá nunca significa prescindir de las conclusiones de la razón, ni contradecir sus resultados. No existe la inteligencia y después el amor: existe el amor rico en inteligencia y la inteligencia llena de amor" (Benedicto XVI, Encíclica Caritas in veritate, del 29 de junio de 2009, n.30).
   
----------d) La Nueva Ley es comunión con Dios
   
----------"Dios es en absoluto la fuente originaria de cada ser; pero este principio creativo de todas las cosas -el Logos, la razón primordial- es al mismo tiempo un amante con toda la pasión de un verdadero amor. Así, el eros es sumamente ennoblecido, pero también tan purificado que se funde con el agapé. Por eso podemos comprender que la recepción del Cantar de los Cantares en el canon de la Sagrada Escritura se haya justificado muy pronto, porque el sentido de sus cantos de amor describen en el fondo la relación de Dios con el hombre y del hombre con Dios. De este modo, tanto en la literatura cristiana como en la judía, el Cantar de los Cantares se ha convertido en una fuente de conocimiento y de experiencia mística, en la cual se expresa la esencia de la fe bíblica: se da ciertamente una unificación del hombre con Dios -sueño originario del hombre-, pero esta unificación no es un fundirse juntos, un hundirse en el océano anónimo del Divino; es una unidad que crea amor, en la que ambos -Dios y el hombre- siguen siendo ellos mismos y, sin embargo, se convierten en una sola cosa: 'El que se une al Señor, es un espíritu con él', dice san Pablo en 1 Co 6,17" (Benedicto XVI, Encíclica Deus caritas est, del 25 de diciembre de 2005, n.10).
   
----------e) La Nueva Ley es la más perfecta aplicación de los divinos Mandamientos
   
----------"La observancia de los mandamientos de Dios no es imposible para el hombre justificado y constituído bajo la gracia" (Concilio de Trento, Denz. 1568).
----------"El hombre justificado y cuan perfecto se quiera, está obligado a la guarda de los mandamientos de Dios y de la Iglesia, y no solamente a ejercitar la fe, como si el Evangelio fuera una pura y simple promesa de la vida eterna no condicionada a la observancia de los mandamientos" (Concilio de Trento, Denz. 1570).
----------"En el Evangelio no está mandado sólo el deber de creer, como si lo demás fuera indiferente, o no estuviera mandado ni prohibido, sino libre; o como si los diez ma damientos nada tuvieran que ver con el cristiano" (Concilio de Trento, Denz. 1569).
----------Por cuanto respecta al amor al prójimo, el pasaje de la Antigua Ley a la Nueva Ley consiste en el hecho de que mientras en la Antigua el mandamiento ordena "ama a tu prójimo como a tí mismo", la Nueva Ley prescribe amar al hermano así como Cristo lo ha amado y lo ama.
   
La ley positiva
   
----------La ley positiva es la ley puesta por la autoridad humana tanto en el campo civil como en el campo eclesiástico. En el primer campo está determinada por la ley natural; en el segundo está determinada por la ley divina revelada.
   
----------a) La ley eclesiástica
   
----------"Todos los Romanos Pontífices que han sido y Nos que somos Pontífice Romano y aquellos que en adelante lo serán por sucesión, hemos recibido, como Vicarios de Cristo legítimos, de plenísima potestad, inmediatamente del mismo Cristo sobre el todo y universal cuerpo de la Iglesia militante, toda la potestativa jurisdicción que Cristo, como Cabeza conforme, tuvo en su vida humana" (Clemente VI, Carta Super quibusdam a Mekhitar, katholikós de los Armenios, de 29 de septiembre de 1881, Denz. 1054).
----------En cambio, por cuanto respecta al poder jurisdiccional y pastoral, la Iglesia puede emanar leyes y directivas menos prudentes, discutibles, revisables y abrogables. Una cosa, por tanto, es la ley divina y natural, y otra cosa es la ley de la Iglesia. Esta mutabilidad de la ley eclesiástica es lo que autoriza o justifica que un Papa cambie, abrogue, renueve, mejore o corrija lo que ha hecho un Papa precedente.
   
----------b) La ley humana o ley civil
   
----------Santo Tomás de Aquino, trata este tema en la Summa Theologiae, I-II, qq.95-97.
----------"Dios ha repartido, por tanto, el gobierno del género humano entre dos poderes: el poder eclesiástico y el poder civil. El poder eclesiástico, puesto al frente de los intereses divinos. El poder civil, encargado de los intereses humanos. Ambas potestades son soberanas en su género. Cada una queda circunscrita dentro de ciertos límites, definidos por su propia naturaleza y por su fin próximo. De donde resulta una como esfera determinada, dentro de la cual cada poder ejercita iure proprio su actividad" (León XIII, Encíclica Immortale Dei, cit., n.6, Denz. 3168).
----------"En el orden práctico, la razón humana ha de partir de los preceptos de la ley natural como de principios generales e indemostrables, para llegar a sentar disposiciones más particularizadas. Y estas disposiciones particulares descubiertas por la razón humana reciben el nombre de leyes humanas, supuestas las demás condiciones que se requieren para constituir la ley" (Santo Tomás de Aquino, Summa Theologiae, I-II, q.91, a.3).
----------"Dado que hay también individuos rebeldes y propensos al vicio, a los que no es fácil persuadir con palabras, a éstos era necesario retraerlos del mal mediante la fuerza y el miedo, para que así, desistiendo, cuando menos, de cometer sus desmanes, dejasen en paz a los demás, y ellos mismos, acostumbrándose a esto, acabaran haciendo voluntariamente lo que antes hacían por miedo al castigo, llegando así a hacerse virtuosos. Ahora bien, esta disciplina que obliga mediante el temor a la pena, es la disciplina de la ley" (Santo Tomás de Aquino, Summa Theologiae, I-II, q.95, a.1).
----------"En cuanto sea justa la ley tiene valor de ley. Ahora bien, en los asuntos humanos se dice que una cosa es justa cuando es recta en función de la regla de la razón. Mas la primera regla de la razón es la ley natural, como ya vimos (q.91 a.2 ad 2). Luego la ley positiva humana en tanto tiene fuerza de ley en cuanto deriva de la ley natural" (Santo Tomás de Aquino, Summa Theologiae, I-II, q.95, a.2).

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